Servicio doméstico

Empleada doméstica: cómo pedir la licencia por maternidad

16/01/2014

embarazo empleada doméstica-trámite licencia por maternidad ante anses

A partir de la nueva ley que rige desde mayo de 2013, todas las trabajadoras del servicio doméstico tienen derecho a una licencia de maternidad de 90 días. La Anses ya reglamentó este beneficio.

La prestación se enmarca en la misma norma que rige, a nivel nacional, la licencia para las trabajadoras en relación de dependencia del sector privado.

Cómo es el beneficio

La trabajadora debe tomarse 90 días de licencia por maternidad en forma obligatoria. Durante este período, el empleador puede tomar otra persona bajo la modalidad eventual. En este caso, al darle de alta en la Afip (mirá  “Paso a paso para registrar el servicio doméstico”) también hay que incorporar la fecha de baja.

La empleada puede tomarse 45 días antes y 45 días después de la fecha probable de parto (según certificado médico), o bien, 30 días antes y 60 días después. Si el parto se adelanta, se tienen que cumplir los 90 días.

Durante ese período, la Anses abona a la trabajadora la prestación por Maternidad (una de las asignaciones familiares previstas), que es equivalente al sueldo que cobra en forma habitual.

La Anses recomienda realizar el trámite con bastante anticipación porque hay una demora entre la presentación de los papeles al organismo y la fecha en la cual se empieza a cobrar el beneficio. De esta forma, la trabajadora no va a estar períodos sin cobrar nada.

Tiempo mínimo. Para acceder a esta prestación de la Anses, la empleada tiene que tener una antigüedad mínima de 3 meses continuos en su trabajo.

Si cumple este paso después de que inició su licencia por maternidad, recibirá la asignación por los días que le queden.

La empleada, además, tiene que residir en el país, ser argentina naturalizada o por opción, y en caso de ser extranjera, tener una residencia mínima de 3 años.

Cómo es el trámite

Para obtener la asignación de la Anses, la trabajadora debe presentar a su empleador un certificado médico informando el embarazo, con la fecha probable de parto.

Debe pedir un turno al organismo (teléfono 130) y llevar la siguiente documentación:

–  Formulario 2.75 de Maternidad Servicio Doméstico (Descargar Formulario Maternidad trabajo doméstico Form. PS.2.75).

– Constancia del alta de la empleada doméstica ante la AFIP.

– Último volante de pago de los aportes y contribuciones a la AFIP (Formulario 102B o VEP).

– Documento Nacional de Identidad (DNI).

Recordá que las empleadas domésticas pueden acceder a la Asignación por Embarazo para Protección Social y, cuando nazca el niño, a la Asignación Universal por Hijo, siempre y cuando cumpla con los otros requisitos, entre ellos, que no haya otro ingreso “en blanco” del grupo familiar

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Por: comunidadpresupu-admin

Comentarios

328 comentarios

  1. raul raul dice:

    Como determina ANSeS el importe de la asignacion por Licencia de Maternidad? Segun lo declarado en el F102B o por lo declarado en el Alta de la empleada (missimplificaciones)?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Lo que está en el registro de casas particulares de la AFIP (tiene que estar actualizado).

  2. noemi noemi dice:

    cuanto tiempo tarda en pagar el anses la lincencia por maternidad ,hice el tramite el 5/10

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Depende, pero alrededor de dos meses.

  3. Tomas Tomas dice:

    Mi empleada tubo el bebe el viernes 23/10 ella nos habia ocultado
    su embarazo? El tramite lo puedo hacer yo. Gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      No. Es un trámite personal. Pero tendría que tomarse la licencia por maternidad (y reclamar a la Anses que le pague la asignación). Slds.

  4. Yesica Yesica dice:

    Hola soy empleada domestica y me dieron el aumento de sueldo como ago si estoy de licencia y el anses me lo paga puedo presentar el recibo de nuevo con el aumento gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Consultá en la Anses

  5. maru arevalo maru arevalo dice:

    hola! quisiera saber como seria mi caso para cobrar en diciembre mi aguinaldo espese con licencia el 20 septiembre y vuelvo el 21 de diciembre a trabajar.. mi regunta es si me paga el aguinaldo el anses o ya le corresponde a mi jefa el pago…..

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Tu empleadora te tiene que pagar el aguinaldo proporcional por el tiempo efectivamente trabajado en este semestre (sin contar el período de licencia).

  6. EStefania EStefania dice:

    Hola! tengo una empleada doméstica que ingreso el 18/08/2015 y hoy me entero que esta embarazada. Como es el tema de la antigüedad de 3 meses para poder cobrar la asignación? En caso que Anses no pague, le debo pagar yo o no?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      No la tenés que pagar. De cualquier manera, la antigüedad de 3 meses es al momento de tomarse la licencia por maternidad y puede empezar a cobrarla cuando cumpla los tres meses. Te sugiero que vaya a la Anses y se asesore bien estos plazos. Slds.

  7. natalia natalia dice:

    A la empleada q presento el certificado medico x embarazo, en el periodo de licencia, se le sigue pagando ART?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      No. la ART es para el empleador.

  8. Lucia Amarilla Lucia Amarilla dice:

    Estoy embaraza de seis meses..y quisiera saber como tengo que hacer sobre la licencia..porque yo le dije a mis jefes que dejare de trabajar a fines d septiembre..mi pregunta es si aun tengo tiempo hacer la licencia o ellos lo hacen

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Tenés que presentar el certificado médico certificado y hacer los trámites en la Anses. Son 45 días antes y 45 días despues ( o 30 ates y 60 después) de la fecha probable de parto que fija el médico.
      Fijate más detalles en la licencia por maternidad del resto de las empleadas: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/que-tramites-tienen-que-hacer-las-embarazadas-licencia-maternidad/

  9. Gonzalo Gonzalo dice:

    Hola, entiendo que durante los 3 meses que la empleada domestica está de licencia por maternidad no es necesario realizar ningún recibo de sueldo con monto «0», no ?.. Es una duda que tiene mi empleada.
    Por otro lado, ell me pregunta cómo puede utilizar la obra social si no son abonados los aportes durante los 3 meses de licencia.. Lo puede utilizar sin problemas con algún comprobante de la licencia por maternidad?.. Gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Gonzalo,
      Si te deja más tranquilo, yo entregaría un recibo de sueldo indicando la licencia por maternidad.
      El tema de la obra social es una «zona gris» porque no está normado en ningún lado. EN teoría, la empleada debería seguir contando con la cobertura. Te sugiero consultar a la superintendencia: http://www.sssalud.gob.ar/index/home.php
      Slds.

  10. celina celina dice:

    Tengo mi empleada que comienza la licencia por maternidad el 14 de agosto, yo el primero de septiembre le abonare los dias proporcionales a agosto, los aportes también se los tengo que pagar??

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Sí. Los aportes son un monto fijo por mes, si trabaja algunos días de agosto tendrías que abonar los aportes por este mes.

  11. natalia natalia dice:

    Hola yo hice el tramite y kisiera saber como lo cobro,,si en el banco o x donde ..me dijeron q en agosto cobraria pero no me dijeron cuando..en dnd puedo averiguar…gracias.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Consultá en la Anses.

  12. Cecilia Cecilia dice:

    La empleada domestica de mis padres está embarazada y con licencia desde el mes 5. En los certificados no figura ningún diagnostico justificando las licencias, solo dice que debe guardar reposo laboral, esto es correcto?
    Por otro lado mis padres son jubilados y muy viejitos, no pueden estar sin personal que los ayude.- Y se hace muy costa arriba pagar a la empleada que está de licencia y a el reemplazo. Hay alguna contemplación del ANSES para este tipo de empleadores?
    gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      No hay nada de la Anses. Sí, la licencia por maternidad (45 días antes y 45 después de la fecha probable de parto). la empleada tiene que hacer los trámites para que la Anses le pague.

  13. tamara tamara dice:

    hola q tal soy empleada domestica y mi empleador nunca me informo q tenia q hacer el tramite en anses para la licencia.mi bebe ya nacio y no se quieren hacer cargo de los 3 meses de licencia.ya q es culpa de ellos q no me dijeron del tramite.sera q lo puedo hacer ahora?gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Tamara, andá a la Anses a averiguar qué podés hacer. Slds.

  14. Natalia Natalia dice:

    como hago para sacar turno? el 130 jamas me contesta y ya tengo todos los papeles.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Insistí en el teléfono, o acercate a una oficina

  15. Soledad Soledad dice:

    la niñera de mis hijas estuvo los 3 meses con licencia por maternidad, como confecciono el recibo de sueldo, dado que estos tres meses no se los pague yo, si abone las cargas sociales. Gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Soledad,
      Poné el monto del sueldo y restale los días de licencia (debería dar cero). Slds.

  16. Juan Juan dice:

    Me informan que Anses abona no solo el sueldo, si no tambien el pago de aportes. Que es de cierto esto? Cuando una empleada, de otros convenios y presentadas en Afip por dj, tienen licencia por maternidad, el empleador no abona nada por esta empleada. Gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      En los períodos de licencia por maternidad no se generan aportes en los otros convenios. Pero en el caso del servicio doméstico, los contadores recomiendan pagar los aportes porque si no para la Afip queda un período en deuda. Slds.

      1. Juan Juan dice:

        Hola Paula, gracias por tu tiempo. Al empleador le informaron que los aportes lo abona Anses, que hay de cierto? o debería pagarlo el empleador?

        1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

          Hola. No hay nada específico para el sector doméstico pero en el régimen general no se paga aportes durante la licencia por maternidad. Según tengo entendido, no hay que pagarlos porque así la Anses tiene en claro que es el período de licencia. Slds

  17. Daiana Daiana dice:

    Consulta: estoy con licencia maternal y mi empleador me paga mis aportes sin art. Pero no podemos pagarlo xq nose puede modificar el monto. Con q otro formulario lo puede pagar? Gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Es el único formulario 102/RT, no hay uno especial para este caso. Slds.

  18. adrian adrian dice:

    Consulta, la empleada domestica está embarazada y con carperta x prrescripcion medica de largo reposo, hasta cúando debo pagar el sueldo y luego de ese tiempo a quién le correponde. gracias,

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. La Anses paga (la empleada debe hacer previamente el trámite con anticipación) a partir de que la trabajadora sale de licencia (45 días antes de la fecha probable de parto). Slds.

  19. ANA OLMOS ANA OLMOS dice:

    ANA : HOLA MI EMPLEADA DOMESTICA ESTA DE LICENCIA POR MATERNIDAD DESDE EL 15/11/2014, HASTA EL 15/02/2015, MI PREGUNTA QUIEN LE PAGA EL AGUINALDO LA ANSES O LA EMPLEADORA

  20. belen belen dice:

    yo ya tengo todos los papeles como puedo sacar turno para presentarlo

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Llamá al 130 de anses.

  21. Elizabeth Elizabeth dice:

    Quien realiza el pago de los aportes y contribuciones de la pers. domesticas
    que esta con lic. por maternidad?. gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      La tiene que seguir haciendo el empleador

      1. Matilde Leiva Matilde Leiva dice:

        Hola Paula. la licencia por maternidad es un periodo de conservacion del empleo para la empleada, pero significa una interrupcion en el contrato de trabajo, Por lo tanto no devenga salario y no genera obligacion de pago de jubilacion, ni obra social, ni ART. Deje la consulta por escrito en ANSeS y recien me llama la supervisora de piso ratificando que NO debe pagarse el F 102/RT por los meses durante los cuales hubiera licencia por maternidad completa. O sea si la empleada trabajó UN dia SI devenga el 102, pero por lo menos dos meses no se deposita el F.102/RT

        1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

          Hola Matilde,
          Muchas gracias por la aclaración. Yo también entiendo que es así, porque es equivalente a cómo es en la Ley de Contrato de Trabajo para el resto de las actividades.
          El problema es que la Afip no tiene un mecanismo para informar que la empleada está de licencia y no pagar los aportes esos tres meses. Entonces, si por esos tres meses (o dos) no se hacen aportes, después queda generada una deuda. Por esa razón algunos contadores recomiendan pagar igual. Es una de las tantas zonas grises que hay en este régimen y que nadie sabe cómo resolver (la Anses te dice una cosa, la Afip otra).
          Muy valioso tu aporte!

  22. magui magui dice:

    Solo me pagaron 2 meses. Cómo hago el reclamo por el mes q me falta? O ya no puedo reclamar ese mes impago?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Consultá en la Anses.

  23. magui magui dice:

    A mi solo me abonaron 2 meses nada mas. Cómo hago para q me abonen el mes q falta? O ya lo doy por perdido?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Consultá en la Anses. Slds.

  24. magui magui dice:

    Cuántos meses me paga ansses por licencia de maternidad? 3 meses o dos?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Magui,
      Son los tres meses de la licencia.
      Slds.

  25. gisela gisela dice:

    cuando la empleada esta de licencia por maternidad, que el sueldo lo paga anses, el empleador tiene que pagar los aportes y contribuciones en eses meses de licencia???

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Gisela,
      Hay que seguir pagando los aportes.
      Slds.