Luego de que se publicó la nueva ley que regula el régimen de trabajo doméstico, quedaron muchas preguntas sin contestar.
¿Cuánto será el monto final de los aportes? ¿Deberé pagar vacaciones completas y feriados, incluso si trabaja pocas horas semanales? ¿Cómo será la cobertura por accidentes? ¿Cuál será el sueldo mínimo?
Sueldos y categorías. En septiembre de 2013 se unificaron las escalas y se fijaron los salarios mínimos que rigen desde el 1º de este mes. Antes, regían dos escalas, una para todo el país y otra para la provincia de Córdoba.
Las categorías se dividen según las tareas que realizará la empleada y la cantidad de horas. En el nuevo régimen se establecen tres modalidades: sin retiro (o cama adentro), con retiro con un único empleador y con retiro para varios empleadores (mirá “Qué hay que tener en cuenta al contratar una empleada doméstica”).
Aportes y contribuciones. La escala va de $ 20 a $ 135 mensuales (trabajador más empleador), según la cantidad de horas semanales de trabajo. A partir de septiembre de 2014 sube a $ 31 para menos de 12 horas semanales; $ 59, entre 12 y 15 horas; y $ 268 por 16 o más horas (mirá «Cuánto es el nuevo aporte del servicio doméstico«)
La AFIP incorporó a las empleadas con menos de 6 horas de trabajo al primer escalón de la escala anterior.
Recibo de sueldo. La AFIP determinó un nuevo modelo, que incluye diversos datos en detalle (como, por ejemplo, categoría laboral, componentes de la remuneración, lugar de trabajo, cantidad de horas y otras). Mirá «Empleada doméstica: cómo es el nuevo formulario de pago.
Posteriormente, implementó otra opción para emitir el recibo de sueldo y el comprobante de pago de los aportes a través de la página de la AFIP, con clave fiscal (leé «Empleada doméstica: nueva opción para pagar y dar el recibo de sueldo«).
Registración. La ley le dejó al fisco la tarea de implementar un sistema simplificado para registrar la relación laboral. El 30 de abril la AFIP reguló la inscripción de las empleadas domésticas.
Cobertura de accidentes. Se deberá establecer cómo se va a incluir a los empleados domésticos en la Ley de Riesgos del Trabajo. El nuevo sistema recién se implementó de forma obligatoria a partir de noviembre de 2014 (mirá «Empleada doméstica: cómo es el nuevo régimen de ART«).
Asignaciones familiares. Las empleadas domésticas tiene derecho a percibir la Asignación Universal por Hijo (AUH), siempre y cuando el padre de sus hijos no tenga ingresos declarados.
Maternidad. Con el nuevo régimen tienen derecho, también, a la asignación familiar por maternidad, un beneficio que paga la ANSES y que hoy se financia con aportes de los empleadores de todas las actividades. La ley dice que se deberán establecer los aportes para cubrir esta prestación. Este aporte aún no se fijó, pero la ANSES ya otorga el beneficio (mirá «Empleada doméstica: cómo pedir la licencia por maternidad«).
Vacaciones. Con el cambio de la redacción de la ley se subsana una confusión que podría haberse presentado en el caso de empleadas por hora (que cobran el día de trabajo). Ahora, las vacaciones se computan con días corridos, por lo tanto, no hay problemas en calcularlos independientemente de cuántos días por semana se trabaje.
Feriados. En esto la nueva norma es clara, pero lo incluyo en esta nota porque mucha gente consultó al respecto. Todas las empleadas (incluso las que están por hora, algunos días a la semana) cobrarán el doble (100% más) que lo habitual cuando trabajen los feriados y los fines de semana (domingos y sábados después de las 13).
Sin embargo, hay una «zona gris» para las trabajadoras por hora o por día, ¿si el feriado no van, se paga igual? Esto no está previsto en la ley, aunque la interpretación de los especialistas es que sí hay que pagarlos.
¿Tenés alguna otra duda?
– Qué cambia para las empleadas domésticas (abril 2014).
– Qué hay que tener en cuenta al contratar una empleada doméstica.
– AFIP reguló la inscripción de las empleadas domésticas.
– Paso a paso para registrar al servicio doméstico.
– Empleada doméstica: cómo es el nuevo formulario de pago.
– Cómo regularizar a una empleada doméstica.
Consultá el texto de la Ley Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares (Boletín Oficial del 12/04/2013).
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Por: comunidadpresupu-admin
Hola soy roxana yo trabajo de l a v 8 horas estoy en blanco me corresponde q me paguen los feriados. Xq a mi me lo hacen devolver sabado los feriados
Hola. Corresponde que te paguen los feriados.
Hola ! Tengo una empleada 4 horas por día de lunes a viernes y quince rebajar a 3 horas por día y le dijeron en la dirección de trabajo que debo pagarle por hora y que debo indemnizarla . Es así? Hasta cuantas horas semanales se puede prorratear el sueldo de las 8 horas sin tener que pagarle por horas ya que es mucho más caro?
Gracias
hola. En el ministerio de trabajo de Buenos Aires entienden que por menos de 20 hs. semanales se paga por hora, pero eso no es lo que interpretan en otros lugares del país. de hecho, no lo dice en ninguna normativa.
La indemnización corresponde siempre que se reduzca el sueldo (se indemniza por la diferencia). Slds.
Hola buenas noches ..una consulta soy empleada doméstica. Trabajo 3 días a la semana x 3 hs. Esty en blanco y me paga x mes!
Ls días feriados me tiene que pagar igual sino voy a trabajar ..y si trabajo me lo pagán doble?
Y otra cosa día de carnaval corre como feriado? X yo los dos días trabaje y me pagó el sueldo común…y las vacaciones como me las tomo 14 días corridos sin importar que trabaja 3 días de la semana? Muchas gracias
Hola.
Si te pagan por mes, el sueldo al final es siempre el mismo, por más que haya feriados. Si trabajás ese día, se paga aparte.
Lo que se paga son los feriados nacionales (carnaval incluye los dos días), te podés fijar en un calendario oficial. Los días no laborables (jueves santo, lunes 30 de abril) no.
Y las vacaciones son días corridos, sin importar los días hábiles. Slds.
HOLA PAULA QUISIERA SABER SI LOS FERIADOS ME CORRESPONDE Q ME PAGUEN EL DIA.YO TRABAJO MARTES Y JUEVES SON DIAS FIJOS Q VOY. 6 HORAS POR DIA ME PAGAN POR DIA Y OBVIO POR HORA.ME CORRESPONDE EL FERIADO PAGO???
sí
Hola Paula, si le pago a una empleada por horas, un acuerdo de 15 hs semanales que puede cubrir cualquier día, si falta un día porque esta enferma, lo debe cubrir otro de los dias? Se lo descuento si no viene? yo se que tiene licencia por enfermedad, pero si viene otro día puede cubrir las horas que le faltan para llegar a las 15hs…..no tiene porque ser el día que esta enferma las horas que le pago. Es un poco confuso, pero se entiende la pregunta? Por otro lado, le puedo cambiar la cantidad de horas que trabaja semana a semana? O tiene que ser fijjo? Si no, no entiendo la diferencia de pagar por horas o de pagar por mes. Estoy buscando en muchos lados la información, incluso me leí toda la reglamentación, pero esta diferencia de por horas o mensual esta muy poco explicado. Muchas gracias por tu ayuda!
Hola Ana.
En ninguna normativa está la diferencia del pago por hora o mensual. La verdad es que lo dejan sujeto al acuerdo entre las partes.
En algunos lugares interpretan que hasta una determinada cantidad es pago por hora y, si lo supera, es mensual, pero no hay normas al respecto.
Entiendo que el pago por día te da más flexibilidad para cubrir horarios y días diferentes. Siempre es mejor que eso quede claro desde un principio y traten de ponerse de acuerdo.
Sobre las licencias, vacaciones y aguinaldo, no hay diferencias.
Slds.
deseo saber cuanto es wl importe que tengo que pagar a mi empleada por dias feriados trabajados,,tiene un sueldo mensual de $ 8837 mas art $ 811.15
Los días feriados se paga el doble. Es decir, al sueldo normal del mes, le sumás el 100% del feriado (el otro 100% ya está incluido).
Calculá cuando es el día.
Soy empleada domestica sin retiro.si teabajo dia jueves santo completo me deberian pagar doble?
No, el jueves santo no es feriado nacional (el viernes, sí).
Hola Paula, como debo proceder en el caso de que mi empleada quiera disminuir las horas y pasar a régimen por horas, en lugar de empleada mensual.
Hola. Deberías cambiar el régimen laboral en el sitio web de la AFIP. También sería conveniente dejar por escrito que ella renuncia a esas horas, para que luego no reclame indemnización por baja de sueldo.
Como se computan vacaciones si hay un feriado En El medio de cuenta?
Son días corridos, o sea que los feriados cuentan com o los otros
Son días corridos, o sea que los feriados cuentan como los otros
Buenas noches Paula te quiero preguntar soy empleada domestica en blanco y mis patrones se fueron de vacaciones ellos me dicen que como no voy a trabajar hasta que ellos regresen no me corresponde que me paguen esos días que ellos van a estar ausente es verdad? Gracias
Te corresponden que te den vacaciones pagas una vez al año.
Buenas, se registra de alguna manera el pago de feriados en el formulario..? Para que quede registrado que fue feriado “no laboral” pagado, y no, que se trabajo y no se pago el doble.
Como se registra para que quede claro que se cumplio con la ley.
Hola. Si no trabajó y le pagaste normal no se registra nada. Es como otro mes normal.
Si trabajó y pagas el doble sí hay que ponerlo.
Hola pregunta cuantas veces al año se realiza los aumentos del sueldo y en qué meses se debe aplicar , para el 2018 de cuánto sería 48 semanales con cama
Los aumentos los fija el convenio colectivo, suelen ser desde junio y desde diciembre.
El que rige ahora lo podés ver acá: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/aumento-empleada-domestica-desde-diciembre/
Hola! consulta! si la empleada no asiste 10 días al trabajo,como empleador debo pagar lo habitual o se debe efectuar descuento ó recuperación de horas?.. ¿cómo se debe manejar la situación? para que no haya abuso de ninguna de las partes. Gracias!
Hola. Como en cualquier trabajo, los días que no se trabajan no se pagan, o se recuperan. Es algo que es mejor arreglar entre ustedes.
Hola , tengo una empleada en blanco q concurre 2 veces x semana 4 horas, le pago x día. se accidentó fuera de horario laboral x lo q se toma liscencia x un mes …..
Corresponde q le pagué la jornada aunque no venga?
Corresponde licencia por enfermedad.
Hola buenas tardes , corresponde el pago de un día feriado NO TRABAJADO a un empleada domestica que trabaja dos veces a le semana ??
Sí
buenas tardes.
mi consulta es la siguiente,la empelada domèstica me manifiesta no desear que la registre porque en ese caso perderìa una mutual que le resulta muy beneficiosa.Hace un mes y medio que asiste.
Solo asiste tres dìas por semana durante tres horas.El sueldo fue convenido como mensual.Este mes falto una semana por enfermedad.En caso de no estar registrada.corresponde licencia mpor enfermedad?en lo que leo dice que a partir de los 5 meses corre tiene licencia por enfermedad..antes de los 5 meses..no corresponde la licencia?agradecerìa vuestro comentario
La registración de la empleada no es opcionl sino una obligación establecida por ley. No sé por qué perdería la mutual, porque son cosas distintas.
Serà posible que me indiques donde puedo encontrar cuales son las co ndiciones o requisitos para saber si corresponden dias de enfermedad pagos tal como le pregunte en mi entrada anterior??
Te respondí en la otra nota.
solo esto encontrè y no responderìa a la segunda pregunta.
…La registración de la empleada no es opcionl sino una obligación establecida por ley. No sé por qué perdería la mutual, porque son cosas distintas…..
mUCHAS GRACIAS
Fijate acá wn la ley, en la parte de las licencias: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/wp-content/uploads/2015/04/Ley-26844.-R%C3%A9gimen-Especial-de-Trabajo-de-Casas-Particulares.pdf
En caso de desvinculación de una empleada domestica, hay que emitir la constancia de servicio y aportes, como se hace ?
Mirá en esta nota los trámites necesarios: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/como-dar-de-baja-al-servicio-domestico/
como es el pago del dia jueves santo para empleada domestica cama adentro desde cuando le corresponde feriado.
El jueves Santo no es feriado, el viernes sí.
El 3 de abril ya es considerado por ley que sea feriado para las empleadasdomésticas de LA PROVINCIA DE SALTA, en caso q si cual es la normativa? Para fundamentar.
Sí, es el día de las empleadas domésticas. No laborable (se paga como feriado)
Buenas noche el 3 de abril es feriado para las empleada de servicio
Sí
Hola Buen día, Mi empleada no cumple con los meses de antigüedad para poder cobrar por anses la licencia por maternidad. Yo le debo pagar el sueldo sin ninguna duda, pero los aportes se los debo hacer también?
es mejor no dejar de hacer los aportes porque Afip no tiene un procedimiento para cortar cuando está en licencia por maternidad (entonces, si no los hacés te va a quedar una deuda.
Hola Paula, yo trabajo de lunes a viernes 3 hs diarias cuidando un bebé. Lunes y martes q fueron feriados (carnaval) no trabaje. Corresponde q me los pague? Cobro semanal pero de mutuo acuerdo. En un inicio la propuesta era X plata mensual. Muchas gracias desde ya.
Sí corresponde
Hola yo trabajos sábados y domingos categoria 4 cuanto me corresponDe por mes? Y si trabajo los feriados cuanto debo cobrar por feriado? Graciaa
Los feriados se cobra el doble que un día normal.
Si la empleada se quiere tomar 2 meses de licencia sin goce de sueldo (por viaje al exterior) acordadas con el empleador, se debe dar de baja la relacion laboral en la AFIP y al regreso darla de alta nuevamente?
Si no la das de baja te sigue generando obligaciones de aportes. Te sugiero consultar al Ministerio http://www.trabajo.gob.ar/domestico
Los feriados nacionales se trabajan?
Si se trabajan, se pagan aparte. Si te pagan el sueldo normal del mes, no se trabajan.
Hola,mi duda es esta:el sueldo de 3515 osea de las empleadas que trabajan 4hs por dia¿corresponde a las que trabajan de lunes a viernes o de lunes a sabado ?
Hola, los sueldos se computan en horas semanales, pueden incluir o no los sábados.
Buenos días, consulto actualmente el salario de la quita cat. es de $5.358,00 eso a cuantas hs mensuales de trabajo equivalen- ???
Mirá los nuevos valores salariales aquí: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/cuanto-cobran-las-empleadas-domesticas/