Se acaba de publicar una resolución que obliga a todos quienes contraten una persona del servicio doméstico a registrarse e inscribir la relación laboral y sus modificaciones en la AFIP.
A partir de ahora, además de pagar a la empleada a través del formulario que publica el fisco, se deberá cumplir con esta formalidad.
En esta nota, un detalle de todo lo que implica la nueva obligación y el video instructivo de AFIP.
Esta disposición se enmarca en la nueva ley que se promulgó en abril de 2013 y ya está en vigencia,
Para cumplir con el trámite, antes que nada, habrá que obtener la clave fiscal ya que la inscripción y los cambios se realizan a través de la web de la AFIP. Mirá el video tutorial:
Recuerden que, a partir de contar con toda esta información, el fisco cruzará datos y detectará inconsistencias.
Registración. La información de las relaciones laborales que ya existían al 31 de mayo de 2013 se debían suministrar hasta el 30 de junio de ese año. Después de esa fecha se puede hacer una inscripción en forma retroactiva desde el 1 de junio de 2013.
Datos requeridos. La AFIP exigirá que se ingrese información respecto al empleador, los empleados y la relación laboral. De cada uno de ellos, los datos son los siguientes:
a) Con relación al empleador
b) Con relación a cada empleado o empleada
c) Con relación a la prestación
Atención con estos plazos:
Las modificaciones de datos sobre remuneración y domicilio de trabajo, deberán registrarse dentro de los 2 días posteriores a que ocurran esas situaciones.
Cuando se inicia una relación laboral, la comunicación en el registro debe realizarse hasta el día anterior al de comienzo efectivo de las tareas.
La baja del empleado deberá realizarse dentro de los 5 días corridos de la extinción de la relación laboral, por cualquier causa.
La baja del empleador también tendrá que realizarse dentro de los 5 días corridos desde que deja de serlo.
– Resolución General 3491 / AFIP.
– Qué hay que tener en cuenta al contratar una empleada doméstica.
– Servicio doméstico: las dudas del nuevo régimen laboral.
– Paso a paso para registrar al servicio doméstico.
– Empleada doméstica: cómo es el nuevo formulario de pago.
– Cómo regularizar a una empleada doméstica.
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Por: comunidadpresupu-admin
Hola Paula: Si la empleadora tiene 90 años y no se puede mover a la AFIP para pedir una clave fiscal, se hace un poder a un familiar con firma certificada ante la policia o va directamente el familiar a la AFIP PARA LA CLAVE FISCAL PARA REGISTRARLA?
En ese caso debería que nombrar un Administrador de Relaciones Apoderado. Fijate aquí la documentación a presentar a la AFIP: http://www.afip.gob.ar/genericos/guiavirtual/consultas_detalle.aspx?id=5897800
Gracias por tu excelente comunicación, sabiduría y buena onda !!!
Hola Paula; mi empleada trabaja 20 horas semanales distribuidas de lunes a viernes de 4 hs x dias, cuanto debo pagarle por este servicio? gracias
GLADYS DE MENDOZA
Hola Gladys,
La categoría es la quinta (el monto mensual es por 6 días, así que tendrías que calcular la proporción), mirá los montos aquí: http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/200000-204999/204303/norma.htm
Saludos a Mendoza.
Hola! Yo estaba pagando a la niñera de mis nenes con el formulario 102/b anterior y el nuevo cuando selecciono la opción de trabajador activo por 16 hs. o más me pone $55 en lugar de $135. ¿Esto me pasa a mí o anda mal el formulario nuevo? ¿lo puedo hacer a mano? Otra consulta, el titular de los pagos es mi marido (porque tributa Ganancias) pero genero el VEP siempre desde Pagomiscuentas. ¿Puedo hacer el pago y registrarla luego? Porque tiene que pedir la Clave Fiscal y no quisiera atrasar elpago.
Cuando ponés el período mayo de 2013, te aparecen los $ 135 (si no ponés el período te aparecen los $ 55). Si se puede hacer a mano, si lo imprimís en blanco.
Si podés pagar ahora y tenés tiempo para registrarla hasta el 30 de junio.
Si no te permite pagar en Pagosmiscuentas (en mi caso no pude porque no está actualizado el sistema) lo tenés que hacer en el banco.
Muchas gracias! Re claras tus repuestas! En cuanto a pagomiscuentas, me dejó generar el VEP como siempre, asî q no tuve problema. Saludos!
Hola Paula!
Tengo una chica en casa que trabaja 4 hs de lunes a viernes, hace cosas de la casa y cuida al nene. Le estoy pagando 1300 pesos por mes + 135 de aportes. Entiendo que le estoy pagando de más, ya que para 4 hs (6 veces por semana) esta impuesto 1294 en total, cuando yo por 5 veces por semana le estoy pagando 1435. Obviamente mi idea no es bajarlo el sueldo, sino consultarte como me conviene declararlo en el nuevo recibo de sueldo, tal vez podria ponerle la diferencia como presentismo, es eso valido?
Apartir de ahora que les dan tanto tiempo por enfermedad, cada vez que me falta por ese motivo, deberia pedirle certificado medico no?
Desde ya muchas gracias!
Saludos
El caso que planteás no está aclarado en ninguna parte. Te recomiendo aclarar bien en la «descripción» del formulario de pago la cantidad de horas que trabaja por semana y no habría problema con el sueldo. Entiendo que esto se va a cambiar en algún momento, pero por ahora es así.
Sobre la licencia por enfermedad, sí deberías pedir el certificado y fijate en la ley (en otras notas del post hay un link) donde establece cómo ella te tiene que informar.
Saludos.
Hola Paula, quisiera saber cuantos dias le corresponden a la empleada domestica que trabaja en casa por mudanza. Gracias
Nicolás.
No está prevista licencia por mudanza.
Saludos.
Buenas tardes, tengo una empleada la cual estaba encuadrada en la 5ta categoria, ahora cuando completo el formulario no estipula categorias sino denominaciones, el tema que no se si va como MUCAMA o AUXILAR PARA TODO TRABAJO, las tareas son limpieza y planchado. LLame a la AFIP y me contestaron «ah no se, esto es todo nuevo».
Gracias
Alejandro.
Hola Alejandro,
Si no se incluye en ninguna otra, poné Auxiliar para todo trabajo.
Saludos.
Buen dia. Estoy llenando el nuevo F102B y no se que poner en «Puesto Desempeñado» y en «Descripción» de la modalidad de liquidación. Por favor podría sugerirme opciones? Muchas gracias
Fijate en la nota del blog sobre el nuevo formulario, hay un instructivo detallado con los distintos puestos.
La descripción es para explicar la cantidad de horas de trabajo.
Saludos.
Hola, en el campo «Monto de la remuneración pactada», si es empleada por hora, tengo que poner el valor hora o hacer el cálculo mensual? Gracias.
En realidad, eso no está explicitado. La Afip lo dejó a criterio de cada uno.
En cualquier caso, en la descripción explicá bien a qué te referís.
tengo en mi mano el nuevo formulario de la afip, se detalla sueldo basico, etc y dice vacaciones. que tengo que poner ahi en pesos. yo siempre le pague el sueldo del mes de enero entero y la empleada se tomaba 15 dias, pero todos los meses que hay que poner en vacaciones? no entiendo o nolo se pone cuando sale de vacaciones
El mes que salga de vacaciones tendrás que discriminar esos 15 días como licencia y el resto normal.
El resto de los meses solo ponés el básico.
Lo mismo con el medio aguinaldo.
Paula, buen dia. Excelente tu blog, gracias por responder. Yo tengo dos consultas: como empleador tengo la obligación de registrarme en AFIP..? no puedo pagar el formulario 102b y permanecer anonimo como hasta ahora..? Te aclaro que ni de cerca gano las 500 lucas anuales como exige AFIP para el registro. La segunda pregunta es: yo pago ahora $1000 en dos pagos quincenales por 4 horas diarias (soy del interior del país)…es obligatorio pagar el sueldo mínimo para utilizar el nuevo formulario 102b..? ahora sería $1295 por media jornada…gracias, aguardo tus comentarios.
Todos tienen que registrarse en la AFIP y pagar (hasta ahora no era anónimo porque tu Cuit figuraba en el recibo). No tiene ninguna relación con lo que vos ganes.
Los sueldos mínimos son obligatorios (las 4 hs. diarias son por 6 días a la semana).
Saludos,
Quiero poner en blanco a una persona que entrará a trabajar. Es mensual pero en vez de trabajar 8hs. diarias, trabajará 7 porque tiene un nene. Cómo calculo el sueldo? El de 8hs. creo está entre 2400 2500. Queda asentado en algún lado que trabaja 5hs menos por semana y por eso cobra menos? Mi padre como jubilado, puede tenerla él como empleada? La clave fiscal debe sacarla ella, quiero decir, ese registro lo hace la empleada o lo tengo que hacer yo? Puede hacerlo ella con su clave fiscal? Gracias, Úrsula
Úrsula.
Para el sueldo tendrías que sacar una proporción en función de la cantidad de horas que trabaje.
En el formulario de pago vas a tener que detallar la cantidad de horas de trabajo.
El registro lo debe hacer el empleador con su clave fiscal (la empleada solo necesita el CUIL). El empleador puede ser un jubilado o cualquier persona.
Saludos.
Hola paula,!
En mi trabajo me piden para anotarme, la clave fiscal. Ya leí los requisitos para el empleado y no dice que yo deba dar lesa clave. Tengo miedo q me quiera haer monotributista…podría haccerlo teniendo la clase y sin mi consentimiento? Graciass
La clave fiscal es personal y no se la tenés que dar a nadie. Lo que necesitan para inscribirte es tu número de CUIL (lo obtenés en la Anses).
Slds.
Hola paula,!
En mi trabajo me piden para anotarme, la clave fiscal. Ya leí los requisitos para el empleado y no dice que yo deba dar lesa clave. Tengo miedo q me quiera haer monotributista…podría haccerlo teniendo la clase y sin mi consentimiento? Graciass
La clave fiscal es personal y no hay que dársela a nadie. Lo que necesita tu empleador es tu número de CUIL y la clave fiscal de él (no la tuya).
Slds.
hola soy Mariela tengo una duda yo voy a empezar a trabajar de empleada domestica y cuidado de niños, es así yo tengo q cuidar 4 chicos de 13, 11, 8y 5 y a demás tengo q hacer limpieza de la casa, 5hs. en la mañana nada mas. Esta señora me quiere pagar $1000 el mes esta bien o mal?
Hola Mariela,
Sólo por 4 hs. de trabajo por 6 días (24 a la semana) el sueldo mínimo (se puede pagar más) es de $ 12.94,93. Además las niñeras en general entran en otra categoría la tercera. Fijate los valores acá: http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/200000-204999/204303/norma.htm
Saludos.
Hola Paula. Yo tengo una empleada que acompaña a mi mamá. La tengo en blanco desde el inicio hace año y medio. Tengo todo en regla con la ley anterior. ¿Tengo que hacer algún trámite nuevo?.
Muchas gracias.
Ester,
Tenés que inscribirte en el registro de la AFIP, hasta el 30 de junio hay tiempo. Para pagar está el formulario nuevo.
hola para sacar la claver fiscal me pide nivel de seguridad..cual es la coveniente para este tema del blanqueo del servicio domestico? si me tengo que dirigir a la afip o puedo realizarlo via internet.gracias
Se puede hacer por Internet, pero el nivel de seguridad no sirve para hacer estos trámites. Tenés que ir a la Afip.
Hola paula yo trabajo en una casa de familia hace 4 años. Nunca me pagaron aguinaldo. Y mi sueldo es de 800 al mes y ahora quieren blanquearme pero yo tengo una duda quiero hacer el tramite para la asignación. Universal por hijo si me blanquean. Sera que voy a poder cobrar. La asignación. Gracias
Sí podés seguir cobrando la Asignación Universal y estar en blanco como empleada doméstica.
Hola Paula! còmo calculo el sueldo de una persona que trabaja 16 hs semanales>??? es un porcentaje del sueldo de 8 hs diarias?? o tengo que pagarle por hora??
La normativa no dice cómo hacer. En la práctica, se calcula una proporción de las 8 hs para pagarle por mes. Si le pagás por hora, el valor es distinto (en general, es más).
Hola, paula yo trabajo en una casa de familia donde hago de todo, cocino lavo, plancho en fin todo, generamente trabajo 8/40 o 9 pero mi horario es de 8 horas trabajo 4 veces a la semana me pagan 2400 + 100 los viaticos, quisiera saber cuanto tengo q cobrar con el nuevo regimen. Desde ya muchas gracias.
Por ahora, el sueldo sigue igual.
hola! a casa viene una chica que cuida mi nena. Ella no tiene horario fijo, o sea, viene de lunes a viernes 3 hs pero si llueve no la hago venir, cuando yo no trabajo tampoco. Pactamos un salario de 1000 $ pero le pago los aportes(95$)con el formulario de afip como si trabajara 16 hs para que pueda sacar la obra social. Que pasa si no coincide el aporte con el suledo que le doy, se entiende la pregunta?? Gracias
No hay problema con eso en la Afip. Podrias llegar a tener algun tema con la empleada si ella quiere decir en un futuro que trabajó mas horas en tu casa. Para evitarlo, podés aportar en el F102/B por las horas que corresponden y en el F575/B hacer aportes voluntarios por la diferencia.
Consulta: tengo que regularizar a mi empleada desde 2010 hasta ahora. puedo pagar contemporáneamente sus aporte? me cobran una multa? como la inscribo? gracias
Para regularizarla, tendrías que abonar los aportes a la AFIP y los intereses correspondientes, el primero mediante el F 102/B y el segundo con el 575. Ojo que en la página está rediseñando esta cuestión. Cualquier duda, consultá en una oficina de Afip.
Hola. En casa tenemos una señora que cuida nuestro hijo y realiza tareas domésticas. Le hicimos un contrato que referencia las escalas publicadas para el boletin oficial. Contemplábamos horas extras (con un cálculo diferente al vigente ahora) y le dábamos hasta 10 días por año para atención a su hijo.
Con este cambio, vamos a redactar uno nuevo, pero no sabemos a cuál escala hacer referencia. Antes le pagábamos un 10% más que lo indicaba la escala, ahora quisiéramos poner ese porcentaje como un incentivo por presentismo en lugar de que sea algo fijo.
Podemos hacer esto sin tener reclamos posteriores? Siendo que ahora tiene hasta 90 días por enfermedad, estamos pensando sacar la cláusula de los 10 días para atención del hijo, pero estamos en duda si podemos tener problemas.
Las escalas siguen siendo las mismas. Sobre el contrato, no sería necesario en la ley. Te sugiero consultar a un contador o abogado laboralista para ver este tema particular.
Hol Paola,trabaje 10 años en una casa,renuncie por problemas de salud ,estoy aportando con f575 ,con esta nueva ley no se cuánto tengo que pagar y pregunto tengo que prsentar nueva doumentación desde ya muchas gracias .
Por ahora, el monto es el mismo. A partir del mes próximo (vencimiento Mayo 2013) el aporte mensual completo sube de $ 95 a $ 135.
Saludos,
Buenas tardes Yo tengo una empleada que trabaja 16hs semanales. Cuántos días tendría que pagarle de vacaciones con el nuevo régimen? Muchas gracias
Hola Paola.
Los días de vacaciones dependen de la antigüedad, no de la cantidad de horas de trabajo: parten de 14 días corridos (fijate en la nota «Qué hay que tener en cuenta al contratar una empleada doméstica» en el link de esta página).
Le pagás lo mismo que siempre, pero no va a trabajar durante los días de vacaciones. Por ej. si tiene 14 días, esas dos semanas, le pagas como si trabajara.
Saludos, Paula
yo trabajo 11 horas por la noche de cosinera en un bar me tienen en negro, y no nos va a poner en blanco y si denuncio me quedo sin trabajo, que puedo hacer?
este régimen es solo para trabajadores de casas particulares!! no para comercios gastronómicos!!!
Es así, el régimen es para el servicio en casas de familia, no para empresas. Cualquier duda adicional, enviame un mail a la pestaña de Contacto (http://mipresupuestofamiliar.blogspot.com.ar/p/contacto.html) que está en la barra de arriba de esta página.
Slds.