Servicio doméstico

Cuánto es el sueldo de las empleadas domésticas

25/01/2020

Mirá en esta nota los montos que rigen para el salario básico mínimo de las trabajadoras de casas particulares. 


Servicio doméstico

Mirá en esta nota los montos que rigen para el salario básico mínimo de las trabajadoras de casas particulares. 

PARA 2021. El aumento entre junio 2021 y marzo 2022 será de 42% en cuatro tramos.

En el espacio de la Comunidad Mi Presupuesto, tuvimos varios encuentros en vivo exclusivos para ver cómo impactan los cambios salariales en los aportes y el aguinaldo.

El salario del personal de casas particulares se acuerda en una negociación paritaria (antes, lo fijaba el Ministerio de Trabajo). 

Es importante que tengas en cuenta que el convenio colectivo no establece un porcentaje de aumento de sueldo para todas las empleadas domésticas, sino que fija sueldos mínimos, que sí o sí hay que cumplir.

Esto quiere decir que si una trabajadora estaba cobrando más que estos valores no necesariamente tendrá un incremento de sueldo en el mismo porcentaje que los valores mínimos.

Desde el 1 de junio de 2021,  el salario mínimo por mes de la categoría 5 es de $ 25.725,05 (por 48 horas semanales) o de $ 209,05 por hora, para la categoría 5 (tareas generales) con retiro. Para las empleadas domésticas cama adentro es de $ 26.605,95 y $ 225,44, respectivamente.

Se aumenta el adicional por zona desfavorable para quienes trabajen en la Patagonia al 30% sobre estos valores.

Cómo calcular el sueldo

Los montos mensuales corresponden a 48 horas semanales, u 8 horas diarias por 6 días (el máximo que fija la ley de Empleados de Casas Particulares).

¿Qué pasa si trabajan menos? A partir de marzo de 2020, hubo una modificación en la Resolución 1/2020 que fija el convenio colectivo de trabajo. Allí se estableció que la remuneración será proporcional al sueldo mensual si el trabajo es de 24 horas semanales o más. Por menos horas, se deberá abonar según el monto de la remuneración diaria

Esto rige recién desde este fecha, pero no hay ninguna norma en el régimen de casas particulares que lo establezca para períodos anteriores. Por esa razón, los especialistas en temas laborales, abogados del sindicato y miembros del Ministerio de Trabajo, aplicaban en estos casos la Ley de Contrato de Trabajo, que permite el tiempo parcial (y sacar un proporcional), pero solo hasta 2/3 partes del tiempo (32 hs. semanales).

Ejemplos con valores a partir de junio de 2021, para la 5º categoría (recordá que son montos mínimos y que se puede acordar pagar más):

  • 48 horas semanales: $ 25.725,05 (sueldo completo).
  • 36 horas semanales: $ 19.293,79 (25.725,05/48*36).
  • 30 horas semanales: $ 16.078,16 (25.725,05/48*30).
  • 24 horas semanales: $ 12.862,53 (25.725,05/ 48 hs. * 24 hs.).
  • 20 horas semanales: $ 16.724 (209,05 * 20 hs. semanales * 4 semanas).
  • 16 horas semanales: $ 13.379,20 (209,05* 16 hs. semanales * 4 semanas).

Como queda en evidencia, esta forma de cálculo hace que quienes trabajan menos de 24 horas cobren más que las mensualizadas, algo poco razonable y que contraría la Ley de Contrato de Trabajo. Pero es lo que se estableció desde 2020.

Utilizá nuestra calculadora para estimar el sueldo mínimo de las empleadas domésticas mensualizadas:

calculadora servicio domestico 3

Aportes a la AFIP

Los valores vigentes en 2021 para la obra social son de $ 1.408,87, a los cuales hay que sumarle $ 117,68.para la jubilación. (mirá los montos de los aportes del servicio doméstico).

Cobertura de la ART. Además, es obligatorio contar con una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) y pagar la cuota mensual, que va subiendo a medida que aumenta el salario (leé «Empleadas domésticas: cómo es el régimen de ART«).

 

Aportes obligatorios empleada doméstica
Infogram

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Por: Paula Martinez

Comentarios

1.664 comentarios

  1. Griselda Griselda dice:

    Hola una pregunta para la quinta categoría si hago 36 hs corresponde el sueldo completo o cada provincia tiene distintos convenio

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Es igual para todo el país. Aunque los ministerios de Trabajo lo interpretan distinto, la ley es única.

  2. Daiana Daiana dice:

    Hola, trabajo 49hs semanales por lo que ví, entro en la categoría de tareas generales, aunque también cuido un nene.
    Mi pregunta es, ¿Cuánto debería cobrar? Ya que trabajo 9 horas diarias de lunes a viernes y 4 horas los días sábados.
    Gracias.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Tenés que cobrar en la categoría que más trabajás. En tu caso, me parece que sería la 4.

  3. Marilina Marilina dice:

    Hola, siempre tus comentarios son de suma utilidad.
    Consulta: si una empleada trabaja 10 hs semanales y yo me tomo vacaciones en este momento que no coincide con el periodo vacacional de ella; los dias que ella no venga a trabajar se los debo pagar igual?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Creo que deberías arreglar para darle las vacaciones cuando vos te vayas. Si cae fuera del período legal, es cuestión de conversarlo.

  4. Guadalupe Rodriguez Guadalupe Rodriguez dice:

    Hola, el aguinaldo le corresponde a las empleadas que trabajen por hora? Independientemente de la cantidad de horas, es decir 16 o 20 semanales ??
    Gracias, saludos

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Sí. Es así.

  5. Juan Pablo Juan Pablo dice:

    Excelente explicación!!!! Gracias!!!

  6. Fiacu Fiacu dice:

    La cantidad de horas por semana puede variar sin inconvenientes? ejemplo, un mes trabajar 3 veces x semana y al siguiente mes 1 vez x semana?
    Se debe modificar en la afip?
    Se paga solo las horas trabajadas cada mes?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Si pagás por hora, no hay problema

  7. andre oliva andre oliva dice:

    Hola buenas tarde trabajo de niñera 4 cuanto que ,ahora me paga 50ps mas colectivo me corresponde aguinaldo desde ya muchas gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      A todos les corresponde aguinaldo.

  8. Gloria Brana Gloria Brana dice:

    Hola quisiera saber en caso de maternidad.
    Si la trabajadora con cama no se siente bien para trabajar y debe retirarse más de 45 dias antes del nacimiento de su hijo.
    Quien le paga esos días?
    Y si desea volver a su trabajo pero en condiciones diferentes a las que existían cuando se embarazó , ejemplo con retiro ó
    con el bebé.
    Debe aceptar el empleador?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Gloria.
      Si se retira antes de los 45 días no estaría cubierta por la licencia de maternidad. Sí podría pedir licencia por enfermedad, con un certificado médico.
      En el caso de cambiar las condiciones, sugiero conversar con el empleador, siempre es lo mejor para llegar a un acuerdo conveniente para todos.

  9. Maria acuña Maria acuña dice:

    Hola, cuantos esta ganando una empleada doméstica los fines de semana desde jueves a lunes a la mañana desde ya gracias!

  10. Simon Simon dice:

    Buenos días
    Si una empleada trabaja ocasionalmente, 2 o 3 días al mes unas 3 o 4 horas cada uno de esos días, pero no lo hace todos los meses. Se deberían pagar los aportes para aquellos meses en que no trabajó?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. La ley dice que este régimen es para una relación laboral estable.
      O sea, si no hay regularidad, no corresponde la inscripción ni nada de esto.

  11. Adela Adela dice:

    Buenas tardes..! Quiero contratar una empleada por 15 hs semanales (3 dias x 5 hs por dia) pero cuando quiero establecer el sueldo me encuentro con distintas interpretaciones. Por un lado en la web encuentro paginas como la tuya que establecen que al ser un trabajo normal y habitual, de pago mensual se debería pagar un minimo proporcional, o sea el sueldo proporcional por 15 hs del sueldo completo correpondiente a 48 hs semana por regla de tres siples .

    Pero cuando consulto con el mail del ministerio de trabajo me responden esto:

    «Para el cálculo de la remuneración, el Tribunal para el Personal de Casas Particulares (cuya competencia es la Ciudad Autónoma de Buenos Aires) ha establecido como criterio:

    Los valores de las remuneraciones mensuales que se encuentran reguladas por la Resolución Nº 01/2016 corresponden a una jornada de trabajo de 48 hs. semanales.
    Aquellas personas que trabajen menos de 24hs. semanales, se debería tener en cuenta el VALOR HORA de la categoría que le corresponde y multiplicarlo por la cantidad de horas trabajadas.
    Aquellas personas que trabajen de 24hs en adelante, pero menos de 48 hs. semanales, se debería realizar una regla de tres con el VALOR MENSUAL de la escala»

    O sea que no toman en cuenta la ley de contratos de trabjo ni su articulo de trabajo de tiempo parcial: http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/145000-149999/149688/norma.htm

    La verdad es que estoy perdida, no se que hacer…que me puedes aconsejar..?

    Gracias..! Adela.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Adela,
      Es una zona gris bastante importante que tiene la ley de servicio doméstico.
      Como me decís, esa es la interpretación del tribunal con competencia en Caba. Ahora, ¿cuál es la base legal de esa interpretación? No está claro, yo pregunté varias veces y nadie sabe.
      Yo vivo en Córdoba y, tanto los laboralistas como el Ministerio de Trabajo de la Nación, pero con competencia en esta provincia, dan la otra interpretación, la de trabajo a tiempo parcial.
      Si querés, podés asesorarte con un profesional y que te de algo por escrito para cubrirte, por las dudas.
      Pero, si no, te sugiero que arregles un monto mensual en el cual le pagues X cantidad de horas (15 x 4 semanas) al valor hora mínimo establecido en la ley. Así no quedarías fuera de ninguna interpretación.
      Lamentablemente, es bastante desprolijo este tema…

  12. Andrea Andrea dice:

    Hola quisiera saber cuanto me tienen que pagar trabajando 24 horas semanales por mes .

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      El sueldo mínimo es la mitad del establecido por la normativa, que es para 48 horas.

  13. mayra mayra dice:

    Hola yo vivo en santa cruz quisiera saber cuanto me corresponde cobrar x tres horas diarias d lunes a viernes limpieza planchado y un solo dia cuidado d dos niños

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      El mínimo es el sueldo más un 15% por zona desfavorable

  14. Cecilia Cecilia dice:

    necesito saber si el perìodo de prueb,o sea antes de poner en blanco al personal puede abarcar los tres meses..o debe hacerse efectivo antes..considerando lo que dice el articulo…ARTICULO 7° — Período de prueba. El contrato regulado por esta ley se entenderá celebrado a prueba durante los
    primeros treinta (30) días de su vigencia respecto del personal sin retiro; y durante los primeros quince (15) días detrabajo en tanto no supere los tres (3) meses para el personal con retiro. Cualquiera de las partes podrá extinguir larelación durante ese lapso sin expresión de causa y sin generarse derecho a indemnización con motivo de laextinción. El empleador no podrá contratar a una misma empleada/o más de una (1) vez utilizando el período de prueba.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Empieza el día que la persona comienza a trabajar. son 15 días de trabajo efectivo (no días corridos)

  15. sara sara dice:

    buen dia quiero contratar una sra 9 horas x semana , y la quiero poner en blanco cuanto tengo q pagarle x semna o x mes gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      En general, por esas horas, se paga por día.

  16. David David dice:

    Hola paula mi pareja hace 30 hs semanales cuidando a un bebe. Hace 2 años y 1/2. Le pagan 7000 justo con la categoria 5. Tareas generales .no pagan el 15 % de zona desfavorable. Y le dicen que le estan pagando mas de lo que le corresponde.que el sueldo es mas bajo. Mi pregunta es por 30hs semanales esta bien cobrar $7000 justo? Sin zona y con categoria 5 ya que cuida a un bebe. Y es categoria 4? Esta muy angustiada porque le quieren sumar mass horas y no le quieren subir mas el sueldo. Desde ya agradezco informacion.

  17. graciela graciela dice:

    Hola soy Graciela…mi pregunta es la siguiente cuánto se cobra la hora …el horario es de 18hs hasta las 21.30 para atender invitados en un té .. espero respuesta gracias

  18. Fernanda Fernanda dice:

    Hola paula!…estoy por contratar una empleada domestica. De lunes a sabado 8 hs diarias. Cuanto le tengo q pagar?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. El sueldo minimo por categoría es por 48 horas semanales, así que, al menos, ese monto (fijate en la tabla o la calculadora).

  19. Victoria Victoria dice:

    Hola. Trabajo como empleada domestica en junio me tomo la.licencia por embarazo. Queria saber como es el tema de el sueldo. Osea los meses q no trabaje (90dias) sigo cobrando o no?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Tenés que hacer el trámite de asignación por maternidad en la Anses. Este organismo te paga en lugar del empleador. https://www.presupuestofamiliar.com.ar/empleada-domestica-licencia-maternidad/

  20. Eugenia Eugenia dice:

    Hola paula, trabajo en negro, en una casa como niñera y empleada domestica x 6 hs diarias de lun a vier, queria saber si estando en negro me corresponde el ultimo aumento de diciembre, ya q entre a trabajar en nobiembre, gracias!

    1. Eugenia Eugenia dice:

      Perdon, corrijo entre a trabajar en diciembre! Y aguinaldo no me corresponde no?

      1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

        Sí corresponde. El aguinaldo de diciembre es proporcional.

    2. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      El aumento fija un salario mínimo. Si tu sueldo está por debajo, te tienen que aumentar; si no, no es obligatorio.

  21. FUNES FUNES FUNES FUNES dice:

    Hola Paula. Te comento que tengo a la empleada anotada por 15 hs semanales y me la paso leyendo para tener todo bajo la ley.
    Cuando en julio de 2016 comenzó a trabajar y la anoté calculé el sueldo en la calculadora que tienen en esta página. Me dió un valor como que fuera mensualizada, Por las dudas yo le fui liquidando como x horas. Ayer la empleada me trajo un escrito que según ella estuvieron repartiendo en su barrio el sindicato (asociacion de trabajadores auxiliares de casas particulares-personeria gremial n°1690 de Rosario(Santa Fe)
    Donde aparte de informar el aumento del 15% y toda la escala salarial mas como se le debe pagar el medio aguinaldo. Dice textual: «Las trabajadoras que realizan (menos)de 16 hs semanales, se considerará al valor de HORA. Las trabajadoras que realizan(mas)de 17 hs semanales, se considerará MENSUALIZADA.
    Por lo cuál quisiera que me digas si es así y si lo fuera modifiquen el calculador de sueldo para que esté de acuerdo a la ley.
    Muy buena la página.
    FUNESFUNES

    1. FUNES FUNES FUNES FUNES dice:

      Atentos para saber como liquidar el sueldo/ Por hora o menzualizado??
      Llame al ministerio de trabajo de la nación y me dijeron que hasta 16 hs es X HORA. Aunque no está en la ley y su reglamentación, los acuerdos paritarios tienen fuerza de ley.

      1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

        Lo que responde el Ministerio de Trabajo, sin base en ninguna norma (ley, reglamentación, disposición, etc) yo lo tomaría con pinzas. El día de mañana, cambian los funcionarios, interpretan otra cosa y quedás descolocado con lo que te dijeron antes. Además, no tiene fundamento legal si vas a la Justicia.
        En la paritaria no dice nada de cuándo se cobra por hora y cuándo por mes.

    2. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      En ningún lado de la ley dice cuándo se paga por hora y cuándo mensualizada.
      Hay una interpretación del Ministerio de que menos de 20 horas semanales es por hora y más, por mes. Pero, como no está en ninguna normativa no se puede tomar como algo cierto.
      Obviamente, un papel del sindicato no es algo obligatorio legalmente, salvo que diga el número de normativa al cuál hace referencia (yo no conozco que haya ninguna).
      Como en este régimen hay muchas zonas grises y muchas incongruencias, además, hay interpretaciones para todos los gustos pero, el régimen que se aplica es el de esta ley, su reglamentación y, para lo que no haya disposiciones, la Ley de Contrato de Trabajo.
      Un saludo y me alegro que te guste la página,

  22. MARÍA MARÍA dice:

    Trabajo del 2014.como niñera,no me paga mi aguinaldo xq.ellos no están todo enero.dicen que es xeso.me pertenecen mis vacaciones pagas también?.necesito una respuesta.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      A todas las empleadas les corresponden aguinaldo y vacaciones.

  23. claudia dib claudia dib dice:

    Si trabaja 10 hs/sem y con retiro…¿corresponde pagar las horas no trabajadas por feriados o días no laborables?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      si

  24. graciela graciela dice:

    Cuanto deberían abonar de sueldo en un geriatrico ;para limpieza y cocinar 9hs diarias y un solo franco rotativo;pagan en negro;ofrecen 6400nada verdad???

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hay que ver cuál es convenio laboral que corresponde. No se aplica el de empleadas domésticas porque es solo para casas de familia.

  25. Santiago Santiago dice:

    Muy útil y aclaradora la publicación. Muchas gracias.