Hasta el 16 de diciembre de 2015, las compras al exterior desde Argentina o los pagos con tarjeta en los viajes fuera del país tenían un recargo del 35% sobre el precio. También la compra de divisas para ahorrar desde el 27 de enero de 2014, tenía un 20% extra.
Aunque desde el fin del cepo, esa percepción no rige más, si ya te la cobraron, como era un pago a cuenta de impuestos, todavía es posible recuperarla. En esta nota te contamos cómo.
El 35% que se cobraba a las compras con tarjeta de crédito y débito, o de pasajes turísticos (mirá cómo era antes en: “Dólar turista: guía para viajar al exterior”), o el 20% para comprar dólares para ahorro, se puede aplicar al pago del Impuesto a las Ganancias o de los Bienes Personales.
Sin embargo, como no todos pagamos uno o ambos impuestos; entonces, el procedimiento no es similar. Vamos a ver cómo pedir este pago a cuenta a la AFIP, según tu situación fiscal.
Antes de pedir el reintegro, te sugiero consultar la herramienta Mis Retenciones.
Podés consultar las percepciones:
Si sos trabajador en relación de dependencia (o jubilado) y tenés retenciones de Ganancias en el recibo de sueldo, podés deducir de este tributo el 20%/35% de percepción por las compras de dólares. Tenés tiempo hasta el 31 de enero de 2016.
PARA LEER. «Cuánto vas a pagar de Ganancias en 2015 según tu sueldo»
Para computar la percepción, tenés que realizar el trámite a través de la página web de la AFIP (www.afip.gob.ar), mediante el formulario 572 web (el que se usa, también en papel, para informar a tu empleador las deducciones: cargas de familia, servicio doméstico, seguros, prepagas, etcétera). Si ganaste más $ 250.000 el año pasado, ya estabas obligado, si no, vas a tener que realizarlo de ahora en más, todos los meses.
Los pasos son los siguientes:
Los gastos de todo el año se pueden cargar hasta el 31 de enero del año siguiente.
Tu empleador recién tomará estas percepciones en la liquidación anual de Ganancias, que realiza en febrero del año siguiente. Algunas empresas lo devuelven mes a mes, pero la AFIP entiende que no debe ser así.
¿Y si te queda un saldo a favor? Si el monto de la percepción supera lo que pagaste durante todo el año, te quedará un saldo a favor que tu empleador no te reintegrará. En este caso, la forma de solicitar que te acrediten este monto es inscribiéndote en el Impuesto a las Ganancias y presentando la declaración jurada anual en abril o mayo del año siguiente.
Luego, tendrás que pedir que la AFIP te lo devuelva y ahí no hay plazo.
Bienes Personales. Si tuvieras que pagar este impuesto y te queda saldo a favor en Ganancias, podés pedir que se tome el 20% (35%) por compras con tarjeta a cuenta de este tributo en la declaración jurada anual que también vence en abril o mayo.
Si no tributás el Impuesto a las Ganancias no podrías usar la percepción del 20% 0 35% como pago a cuenta de este impuesto.
Si pagás Bienes Personales. Tenés que pedir que se compute la percepción contra este impuesto, cuando hagas la declaración en abril o mayo del año siguiente. Si, aún así, te queda un saldo a favor, debés solicitar el reintegro a la AFIP ya que esto no es automático (igual que en el caso anterior, con saldo a favor en Ganancias).
Si no pagás Bienes Personales (ni Ganancias). En este caso, tenés que pedir que la AFIP te devuelva el 20% (35%) ya abonado mediante un mecanismo establecido en la Resolución General 3.420 de AFIP. Este trámite no tiene plazo.
Para esto necesitarás:
LEÉ: Cómo pedir la devolución del 20 o 35% si no pagás impuestos.
Con estos datos, podés solicitar la devolución, ingresando con clave fiscal a la página de la AFIP, en el servicio «Mis aplicaciones web» (o adherirlo, si no está en tu listado).
Allí hay que ir al Formulario F.746/A (Devoluciones y transferencias) y completar los datos.
Mirá el video «Cómo pedir a la AFIP el recargo de compras en el exterior, si no pagás impuestos» y la Guía Paso a Paso Mis Aplicaciones Web.
En Percepciones no registradas en Mis Retenciones, podemos agregar percepciones, una por cada tarjeta, cada banco, y por cada resumen. Luego, hacemos click en “Obtener monto total de percepciones a tramitar en devolución” y Presentar.
La AFIP dijo que devolverá los pedidos de los períodos 2012 a 2014 en cuotas, a partir del 16 de febrero de 2016.
Las percepciones de 2015 se pueden pedir a partir del 15 de junio de 2016 y se devuelven desde agosto.
LEÉ: «Cuándo devolverá la AFIP la percepción del 20/35% por compra de dólares«.
No olvides de informar a la AFIP tu CBU, habilitando la herramienta en tu listado con clave fiscal (mirá «Paso a paso: declarar CBU a la AFIP«).
Quienes abonan el Impuesto a las Ganancias o a los Bienes Personales pueden utilizar la percepción del 20%/35% para reducir el monto de los anticipos que deben ingresarse periódicamente, o incluir el pago a cuenta en la declaración jurada anual que vence en abril o mayo del año siguiente.
Si queda un saldo a favor, se puede usar para otros impuestos o anticipos o se puede pedir el reintegro a la AFIP.
Según la normativa de la AFIP, los pequeños contribuyentes del Régimen Simplificado (Monotributo) sólo pueden aplicar la percepción contra Bienes Personales; no pueden reducir la cuota que pagan mensualmente.
Si no pagan Bienes Personales, tendrán que seguir el mecanismo de la Resolución General 3420 (herramienta Mis Aplicaciones WEB), que explicamos más arriba (punto 2).
Este procedimiento también se aplica si no estás inscripto y no tributás ningún impuesto de la AFIP.
Como el tema no es sencillo, te recomiendo que ante cualquier duda recurras a un contador para que te asesore personalmente.
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– Cómo comprar dólares tras el fin del cepo.
– Cuándo devolverá la AFIP la percepción del 20/35% por compra de dólares
– Preguntas y respuestas sobre el recargo AFIP para el turismo.
– 10 preguntas sobre el reintegro del 20/35% por la compra de dólares.
– Video: «Cómo consultar recargos de AFIP por compras en el exterior«.
– Claves para comprar por Internet en sitios del exterior.
Por: comunidadpresupu-admin
Hola, Cargue manualmente una percepción de mi tarjeta de credito que no estaba registrada en Mis Retenciones y me figura “El total solicitado para el período [2015] supera lo disponible en Mis Retenciones”. me sabran decir que hago, si tengo que esperar o debo hacer algún trámite yo, gracias !
En ese caso, la Afip va a corroborar que, efectivamente, esté bien cargada la percepción. Tendrás que esperar.
Me dejó cargar todos los meses en los que hice compra de dólares pero no me dejó cargar el de diciembre del 2015, me gustaría saber porque?????
Hola! Esta consulta es por mi suegro. él era empleado bajo relación de dependencia y pagaba ganancias. Hoy en día es monotributista que no paga ganancias. Pero al entrar en la parte de «mis retenciones» veo que tiene retenciones y percepciones, lo cual le da una suma bastante grande a favor. Hay manera de que le devuelvan eso? él ahora no paga ganancias ni tiene relación alguna con su antiguo empleador. Alguno me podría ayudar porfa? mil gracias!!
Hola Lucía,
Si no pagó Ganancias ni Bienes Personales en el período fiscal de las percepciones, puede pedir la devolución mediante el formulario 746/A (Mis Aplicaciones Web).
saludos,
Cómo puedo tramitar la devolución por percepciones del 20% por compra de dólares si yo me he desvinculado de la empresa donde trabajaba y a hasta el último momento los cargue a los comprobantesen el form. de la AFIP haciendo la presentacion correspondiente. Desde marzo a setiembre de 2015, y me des vincule en Octubre?
Les agradecería me pudieran ayudar.
Hola Julio.
Si te retuvieron Ganancias en 2015, la opción es presentar una DDJJ de Ganancias con saldo a favor y después reutilizar ese monto para otros impuestos. Te sugiero consultar a un contador para ver si vale la pena hacerlo, o no, según tu caso. Saludos,
Hola ! Cargue manualmente una percepción que no estaba registrada en Mis Retenciones (de una tarjeta de la cual tengo extensión) y me figura la siguiente leyenda «El total solicitado para el período [2015] supera lo disponible en Mis Retenciones». Alguien me sabe decir como proceder? Si debo esperar a que ellos lo chequeen o debo hacer algún trámite yo ?
Sí podrías pero es un trámite bastante complicado y de difícil resolución favorable
Además, hay que ver si el período esta bien cargado o no. Además, el que tiene que pedir el reintegro es el titular de la tarjeta.
Te sugiero que no lo incluyas y pidas el resto para que te los aprueben sin problemas.
Cualquier cosa, consultá a tu contador.
Estimados consulta: tengo percepciones del periodo 2015, y apartir de este año la empresa comenzo a efectuar retenciones de 4° categoria porque estaba exento por decreto 1242/2013.
Mi consulta es si esa percepcion 2015 la puedo utilizar como pago a cuenta de las retenciones de 4° categoria del periodo 2016, y en caso afirmativo lo exteriorizo a traves del 572 web.
Gracias ,
Hola Verónica.
No se puede porque son de períodos distintos. En el 572 web, ahora solo podés cargar cosas de 2016 (hasta el 31 de enero del año próximo). Slds.
Buen dia: Soy empleado en relacion de dependencia. Despues de haber descontado de Ganancias las comprase en el exterior me quedo un saldo a favor (ya presente Ingresos Brutos pero no tengo que pagar nada, asi que de ahi no puedo descontarlo), como hago para recuperar ese dinero? El Form 746/A no me deja llenarlo porque presente Ganancias y algo del dinero ya me devolvieron en febrero de 2016. Muchas gracias por su respuesta! Saludos! Gabriel.
Hola Gabriel,
Tu caso es un tema que aún no tiene respuesta!
En teoría, tendrías que presentar una DDJJ de Ganancias con saldo a favor y, después, usar ese saldo para pagar otros impuestos (Bienes Personales) o pedir la devolución. El problema es que esta devolución tiene un trámite que los contadores no sugieren seguir (no devuelven a casi nadie y podés quedar sujeto a una inspección).
Te sugiero que consultes a un contador tu caso para que te asesore personalmente.
Saludos,
Hola Paula!!!
Primero te doy las gracias por todo el contenido compartido en la página y las respuestas que das a las consultas.
Te escribo para solicitarte ayuda para resolver mi inconveniente con el reintegro de la retención por dólar ahorro y compras en el exterior.
En la página de AFIP me aparece este mensaje:
—————————————————————————————
F746/A – CUIT [XXXXXXXX] – PERIODO [201401] – TRANSACCION [XXXXXXXX] – FECHA CONSULTA [28-06-2016 06:30]
IMPORTE [XXXXXX]
ESTADO [APROBADO – DEVOLUCIÓN EN CUOTAS (24-70)] FECHA ESTADO [23-01-2016]
Estimado Ciudadano, el importe correspondiente a su solicitud ha sido depositado en la CBU por usted informada.
—————————————————————————————
El tema es que nunca recibí el monto en mi cuenta y hoy chequeé el CBU que cargué y es el de mi caja de ahorro en dólares, ¿Sabés cómo debo proceder? No me han depositado el reintegro tampoco en esa cuenta en dólares.
Desde ya muchas gracias!
Adrián
Hola Adrián, te sugiero que consultes con tu banco, qué puede haber pasado.
Si no te dan respuesta, tendrías que ir a la Afip a consultar.
Suerte!
Hola!
Tengo una consulta que casi nadie me sabe responder. Yo pagaba ganancias en 2013 y luego dejé de pagar. Por todos los años siguientes 2014 y 2015 me quedo saldo a favor por el 20% y el 35%, ya pedí la devolución mediante formulario 746 e incluso ya me devolvieron dos cuotas. El tema es que de 2013, lo que me descontaba mi empleador por ganancias en relación a los adelantos que hice con el 35% me dejan un saldo de unos 5000$ a favor que quiero recuperar. Cómo debería hacerlo? Presentar el 572 web ahora? Lo doy por perdido? Y otra consulta: Mi novio pago y paga ganancias pero no reclamo en el 572 del año siguiente lo que pagó de mas, como hace ahora? Presenta una rectificación o lo incluye en el próximo 572 del año en curso? Mil gracias
Hola. No se puede presentar el 572 retroactivo de años anteriores. La única manera es presentar una DDJJ rectificativa de Ganancias del año en cuestión, con saldo a favor. O bien, usarlo para pagar otro impuesto como Bienes Personales.
El tema es que, si te sobra, no hay un mecanismo para pedir fácil el reintegro (hay un trámite cuero a nadie le han devuelto así).
Antes de hacer nada, consultá a un contador que te asesore bien en tu caso.
Buen día!! Yo tengo el siguiente problema. Me aparece este mensaje y ya probé de muchas formas y me siguen respondiendo lo mismo.
F746/A – CUIT [XXXXXXXX] – PERIODO [201412] – TRANSACCION [XXXXXXXX] – FECHA CONSULTA [24-06-2016 10:01]
«ESTADO [PRESENTADO]
Estimado Ciudadano, a fin de poder cumplir con el compromiso de devolución de percepciones -períodos 2012 a 2014-, tenga en cuenta que:
– El total solicitado para el período [2014] supera lo disponible en Mis Retenciones [582.2]
Una vez solucionado el inconveniente detectado, ud. se encontrará en condiciones de cobrar la devolución de las percepciones en la próxima cuota disponible»
Porque me rechazan el tramite si el valor es el mismo?
hola, según parece hay una inconsistencia entre las percepciones que pediste y las que tiene registradas la AFIP. Te sugiero consultar vía web acá: http://www.afip.gov.ar/consultas
gracias por informacion concreta, simple y clara! entre miles de artículos es el unico que me ayudo a entender como pedir las devoluciones.
GRACIAS!!!! 🙂
Qué bueno, Verónica!.
Me alegro que te sirva la página!
Buenas tardes no tengo cuit y para sacarlo necesito minimo dos servcios a mi nombre, sirve el extracto del banco o el resumen que me llega por correo
y la patente del auto?, gracias.
Hola. Mirá acá los detalles: http://www.afip.gov.ar/genericos/guiaDeTramites/consulta_show.aspx?id=1699
Slds
Gracias , el extracto lo tengo mi duda puntual era si la patente del auto me servia para corroborar el domicilio ya que no es un servicio, gracias por tu respuesta.
Supongo que sí, si está a tu nombre.
Hola! En caso haya sido estudiante en el exterior en 2015 (becado), sin ingresos en Argentina, y por lo tanto hice consumos gravados con el 35%, y estoy pensando en solicitar la devolución, tengo que presentar algo para explicar la situación? Dado que mis ingresos claramente no van a coincidir con mis gastos.
Muchas gracias!
Hola. En principio, no te piden nada. Un saludo,
Me pregunto los pasajes que compre para el exterior los pague en pesos ,a la que lo vende ellos me informaron que lo pagan en dolares ,me corresponde el reitegro del 35 %
Si los compraste después del 17 de diciembre no tenían percepción del 35% (salvo que hayas pagado en efectivo, en cuyo caso era del 5%).
En la factura debería estar discriminada la percepción, si te la cobraron antes de esa fecha.
Cuando queres presentar lo retenido en 2015 sigue apareciendo este cartel:
En virtud de que las percepciones sufridas corresponden a impuestos anuales, para presentar esta solicitud deberá aguardar al vencimiento de los mismos, el que operará en los meses de abril/mayo de 2016 -para el caso de percepciones sufridas en 2015- ó de 2017 -para las sufridas en 2016. La información ingresada quedará guardada en estado BORRADOR y podrá ser presentada después del vencimiento mencionado.
Ya estamos en junio, cuando es que efectivamente se puede presentar?
Hola. Se puede pedir recién en julio.
Buenos dias, he intentado de varias formas y no puedo llegar a ver las retenciones que realizo la afip en la compra de dolares en el periodo 2014, no pago impuesto a las ganancias ni bienes personales, como puedo ver dichas retenciones? Gracias.
Mirá este tutoriaL: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/video-consultar-recargo-afip-compras-exterior/
Hola!
Yo en 2013 pagaba ganancias pero tuve mas retenciones que percepciones por lo que quedó un excedente que nunca me devolvieron. No presento 572 web sino que presento en papel a mi empleador pero en 2014 ya dejé de pagar ganancias y eso nunca se reintegró. Para 2014 presenté devoluciones por 746 y ya cobré pero 2013 no se como debería hacerlo y es bastante plata como para perderla. Les agradezco la ayuda.
Hola. Se puede pedir pero no es sencillo y no conozco a nadie que se lo hayan devuelto. Hay que inscribirse en Ganancias, presentar DDJJ rectificativa de 2013 y que te quede el saldo a favor para usar en otra cosa. Consultá a un contador que te asesore.
Buenas a todos, hace 2 meses que mi estado es:
F746/A – ESTADO [EN TRÁMITE (0-30)] FECHA ESTADO
alguien me puede decir que significa eso?? alguna idea???
Muchas gracias a todos
Yo estoy igual que vos,pero ni la agencia.
Te hicieron la trf ??
Saludos !
Muchas gracias por el instructivo. Me resultó muy útil. Luego de seguir sus pasos, llego a la situación en que la AFIP me informa lo siguiente (para cada una de las retenciones presentadas):
estado [aprobado – devolución en cuotas (24-70)]
El asunto es que no encuentro cuál sería el cronograma de esa devolución.
En algunos diarios encontré uno donde hay una fecha por mes (que en mayo sería hoy).
La pregunta es si ese cronograma corre igual para todas las presentaciones.
O, alternativamente, cómo o dónde puedo encontrar la información sobre las fechas de devolucion.
Nuevamente gracias por su excelente blog
Saludos
Luis
Hola Luis,
La devolución es entre el 10 y el 17 de cada mes, con un máximo de $ 6.000 por mes hasta completar el total. Dependiendo de cuándo hayas realizado el trámite, comienza al mes siguiente.
Slds.
Nuevamente gracias por su atención.
Me depositaron la primera cuota de la devolución sobre el final de ese periodo que Ud menciona.
Lo que hay que fijarse, para calcular a partir de qué mes comienza la devolución (siempre y cuando figure como «Aprobado»), es en la fecha del «Estado».
Saludos
Luis
Podría agregar una información también.
Es muy práctico el formulario de consulta web de la AFIP:
http://www.afip.gov.ar/consultas/
Responden en no mas de un par de días
Saludos
Luis
Gracias, Luis. Es así.
hola una consulta yo realice viajes y compras en el exterior como puedo recuperar ese porcentaje? actualmente estoy sin trabajo. como hago?
Hola. Fijate en la nota tu situación, según el momento en el que viajaste.
Hola Paula, ya me contestaste que si pague el tour a Europa antes de Diciembre 2015, me cobraron el 35 %- Yp pague en Julio /15Tengo dudas de cargar las facturas C que me entregaron. Menciona fecha del tour e importe que pague.
Indica solamente el valor el dolar turista del dia de pago. No cobraron IVA. Y el corredor turístico dice, no ser ente reaudador. No sé que hacer.
Gracias
Lo podrías cargar solo si la percepción está discriminada en la factura.
ESTADO [EN TRAMITE] FECHA ESTADO [23-03-2016]
[7722787 – B1] Conforme surge de las bases de datos de este Organismo, Ud. presentó F. 572 web computando percepciones correspondientes al mismo régimen al que se refiere la presente solicitud de devolución. Por lo expuesto, la misma será objeto de fiscalización. Oportunamente se le comunicará el resultado de la misma.
esto me aparecia hasta hoy., hoy se borro toda la ultima «novedad», y solo quedo igual que a ntes asi :
ESTADO [EN TRAMITE] FECHA ESTADO [23-03-2016]
habrán realizado la fiscalización q decia y continua el tramite?
saludos
Puede ser.
Hola como estan miren yo soy monotributista pero no tengo bs personales y tampoco pago ganancias… y quiero realizar el tramite recien para la devolucion de las misma en el periodo de febrero y marzo del 2015 por un monto chico de $3000, y cuando apreto el boton presentar me salta este cartel que me dice:
«En virtud de que las percepciones sufridas corresponden a impuestos anuales, para presentar esta solicitud deberá aguardar al vencimiento de los mismos, el que operará en los meses de abril/mayo de 2016 -para el caso de percepciones sufridas en 2015- ó de 2017 -para las sufridas en 2016. La información ingresada quedará guardada en estado BORRADOR y podrá ser presentada después del vencimiento mencionado.»
alguien sabe que tengo que hacer,,,?
Hola. Las percepciones de 2015 recién se pueden pedir después de junio.
Hola estoy haciendo la Ddjj de Ganancias y bienes personales de 2015
En Ganancias en el 2015, estaba exento. (estaba bajo el decreto compensador)
En cuanto a Bienes personales, debería pagar $2.000 pero tengo Percepciones por compra de moneda extranjera por $15.000, lo que me da un saldo a favor de $13.000
Sabrás que debo hacer para que me lo reintegren?, o conviene no poner las percepciones en la ddjj y pagar los $2.000 y después pedir la devolución con el formulario 746/A ?
Muchas gracias,
Diego
Hola Diego,
Tenés que incluir las percepciones en la DDJJ de Bienes Personales. El saldo a favor después lo podés usar para años siguientes o pedir un reintegro. Por las dudas, consultá a un contador. Saludos,
Buenas tardes ,tengo gastos de tarjeta desde el 2012 hasta el 2014 .Inclusive en Junio del 2012 me despiden del tarbajo y me descontaron anticipo de ganancias en mi indemnización ,Tengo clave 3 ya entre en mis Retenciones y pude ver el listado .Ahora hoy día todavía estoy sin trabajo desde el 2012 nunca pude volver a trabajar ,pero me encuentro en España por un tratamiento medico y seria mas que importante poder recuperar ese dinero y,a actualice el CBU de mi cuenta pero no me permite realizar la operación ,me pide cuit y que me acerque a una sucursal y datos biometricos .Quisiera saber cual seria la opcion a seguir si nombrar un apoderado para que me pueda gestionar el tramite .ya que por ahora no estoy en condiciones de viajar y esta de mas decirle cuanto me ayudaría ,
Desde ya le agradezco su atención
Un saludo cordial. Miguel Aguero
Hola Miguel, te sugiero que hagas una consulta a la Afip con tu caso: http://www.afip.gob.ar/consultas/
Saludos,
Le Agradezco Paula .Muchas Gracias.
hola, mi pregunta es la sig: compre desd el 2012 con tarjeta de credito casi todos los meses en el exterior via web, yo durante ese tiempo no tuve aportes ya que estaba sin trabajo en blanco, anterior a dic 2012 siempre en blanco por 6 años la ultima vez, presente todos los formularios y me figura esto en cada uno:
ESTADO [EN TRAMITE] FECHA ESTADO [23-03-2016]
[7722787 – 21] Ud. registra un proceso de determinación de oficio. La devolución solicitada quedará supeditada a los resultados de la misma.
[7722787 – 22] Conforme las bases de datos de este Organismo, Ud. registra presentaciones de declaraciones juradas del Impuesto al Valor Agregado durante el año xxx, por lo que corresponderá su inscripción en el Impuesto a las Ganancias. Atento a lo expuesto su solicitud será objeto de fiscalización. Oportunamente se le comunicará el resultado de la misma.
[7722787 – 27] Conforme las bases de datos de este Organismo, Ud. registra consumos con tarjetas de crédito que superan sus ingresos declarados. Por lo tanto su solicitud será objeto de fiscalización. Oportunamente se le comunicará el resultado de la misma.
[7722787 – B1] Conforme surge de las bases de datos de este Organismo, Ud. presentó F. 572 web computando percepciones correspondientes al mismo régimen al que se refiere la presente solicitud de devolución. Por lo expuesto, la misma será objeto de fiscalización. Oportunamente se le comunicará el resultado de la misma.
Como debo seguir o que debiera hacer?, Gracias de antemano
Hola Ariel, La AFIP te está fiscalizando porque encuentra inconsistencias, además, las percepciones parece que las pediste por dos vías.
Te sugiero que, si tenés dudas, consultes a un contador que te asesore. Slds.
Hola, les queria consultar por el tema de la devolucion, porque en Abril devolvieron de menos, de los 6 mil pactados para cada cuota. Esto fue normal?
Muchas gracias por la info y el blog,Saludos!
Hola. Devuelven hasta 6.000 por mes hasta completar el total del monto pedido.
En enero 2015 compre 3 pasajes por la web de Aerolineas. Pague con mi tarjeta de crédito, de la cual soy titular. Pero en Mis Retenciones de la afip no me figura la percepción del 35% correspondiente al pasaje comprado. Hablé a Aerolineas y me dijeron que en los 3 pasajes figura el mismo Cuit. Un Cuit que no pertenece a ninguno de los que viajamos y que en consecuencia no me pueden devolver el impuesto. Como puedo hacer para recuperar ese monto. Gracias
Hola, tendrías que fijarte en la factura y reclamar en la aerolínea o la agencia de viajes. Cuando se compran los pasajes piden los datos del CUIT de facturación.
Hola. Pague un tour segun la cotizacion del dolar turista en pesos. El importe del pasaje aparece para la percepcion pero no el resto de mi pago por el paquete. No cobraron el 35%. Es que puedo reclamar la devolución por la diferencia del dolar oficial -dolar turista?
Muchas gracias.
Catalina
Hola. Si pagaste el viaje después del 17 de diciembre, ya no se cobraba la percepción del 35%. Solo se aplicaba el 5% si lo pagaste en efectivo.
obviamente, solo podés reclamar la percepción que sí te cobraron. Slds.
Gracias Paula por tu respuesta. El viaje lo pague en Julio 2015, viajamos en Noviembre 2015, El Agente turístico todavía no me entrego la factura, pero dice no haberme cobrado el 35% para hacerlo constar en la factura. Cobro en efectivo, según cotización dólar turista del día de pago. Infinitas gracias por tu ayuda.
Si el pago fue en julio, sí tiene que tener el 35%.
Hola, Gracias a mi presupuesto familiar, porque si afip te la puso.. la saco hice todo lo del vidéo informativo y con mucha paciencia y años de espera afip me deposito $ 6.000 la primera cuota, Gracias por la información MI PRESUPUESTO FAMIRIAR por su trabajo, muchas gracias!!! Saludos un gran abrazo…
Me alegro, Jorge!
hola, si durante los años 2012, 2013, 2014 realice viajes al exterior y los pague con una extención de una tarjeta que no esta a mi nombre. Puedo recuperar el 35%?
Lo debe pedir el titular de la tarjeta (se supone que es quién paga).
Hola,
estoy tratando de realizar la devolucion de ganancias por compras al exterior F746 y del 2014 al 2015 me figuran la mayoria en borrador y uno solo presentado, ahora cuando quiero solicitar el recupero de los años anteriores (2012 / 2013) me arroja «Su solicitud no resulta procedente debido a que se verifica que Ud. posee retenciones de impuesto a las ganancias para el período fiscal en el cual las percepciones fueron practicadas. Deberá computarlas en la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias. Si usted ya presento su declaración Jurada de Ganancias y omitió computar las percepciones deberá presentar una rectificativa informando las mismas»
trabajo en relacion de dependencia y no pago ganancias
espero tu ocmentario y graciass
Hola.
Eso es porque en esos años tuviste retenciones de Ganancias y deberían haber sido pedidas vía Siradig hasta el 31 de enero del año siguiente.
Si no lo hiciste, lo que queda es inscribirse en Ganancias y presentar una declaración jurada con saldo a favor para después reclamar. Te sugiero que consultes a un contador para ver si, realmente, vale la pena. Slds.
buenas tardes quiero saber yo trabaje asta agosto del 2015 y luego estube fuera de argentina y con mi tarjeta debito ise compras en exterior y descargue la hoja F 572 wep y lo envie ami ami ex empleador pero no no me devolvieron el saldo por percepcion como puedo acer para recuperar
Debería devolverlo tu empleador. consultá para ver cómo fue la liquidación anual.
Hola! No me hicieron la devolucion del 35% por una deuda con la AFIP. Pague la deuda a través de un VEP. Debo avisar esto en el afip de alguna forma, o retificar los formularios 746 presentados para que se me acrediten los pagos en el proximo vencimiento?
No tendrías que hacer nada. Deberías esperar a que la Afip procese el pago de la deuda. Cualquier cosa, consultá en la Afip.
En el mes de agosto del 2013, efectué una compra en la triple frontera pagando con mi tarjeta de débito. Por ello me efectuaron el descuento de $ 736.- de los fondos de mi caja de ahorros. Como soy jubilado presenté el Form. 746A sin que hasta la fecha me hayan efectuado el reintegro. Ahora al consultar en la pagina de AFIP. me figura como presentado pero a la vez me informan que tengo deudas de obra social e intereses por pago fuera de termino de mi monotributo desde que estaba en actividad. Mi duda antes de cancelar dicha deuda es saber si el reintegro que me haría la AFIP. sería actualizado dado el tiempo transcurrido (2 años y medio) y de ser asi, que parámetros utilizan para la actualización. El tema es que tendria que llenar cerca de 400 F.155
algunos de ellos con valores tales como $ 0,05 y tal vez sería (de no ser actualizado dicho valor) inutil semejante movida. Agradecería me aporten una opinión al respecto. Atte. Hugo Liets
Hola Hugo,
Te aclaro que el monto es a valor nominal, sin actualización.
Según me parece, me enviaste otro mensaje diciendo que ya estabas pagando lo atrasado. Me parece bien que lo regularices porque, tarde o temprano, te lo van a pedir porque sigue siendo una deuda.
Slds.
Hola Paula,
Durante el 2015 yo pague Adelanto de ganancias por el 35% de compras en el exterior.
Estoy en relacion de dependencia e inscripto en ganancias, pero por el resolucion establecida en 2013 no pague nada de impuesto a las ganacias en 2015. Cuando quiero pedir la devolucion por medio del formulario 746A me dice que no es possible porque yo estaba inscripto en ganacias.
Como debo hacer en este caso?
Ahora con el cambio en ganacias voy a tener que empezar a pagar porque soy casado sin hijos. Sabes si podre utilizar el saldo a favor del 2015 para pagar el impuesto que me empiecen a cobrar en 2016?
Muchas gracias.
Francisco.-
Hola Francisco,
Si estás inscripto en Ganancias, la única forma de pedir es incluir las percepciones en la DDJJ de 2015. Si te queda saldo a favor las podés utilizar para pagar Bienes Personales o solicitar que te lo reintegren. No está previsto computarlo a cuenta de la retención de otro período fiscal.
Un saludo,
No entendí…como que no se puede usar como saldo a favor? Yo tenía entendido que sí y que de hecho pedir la devolución era mucho más complicado.
no se puede usar para pagar la retención de un empleado en relación de dependencia., pero sí para pagar otros impuestos (como bienes Personales, o Ganancias por otro tipo de ingresos no salariales).
Hola Paula, durante el 2015 me retuvieron ganancias y cambie de empleador en enero del 2016. Presente el 572 a la empresa que me retuvo en el 2015 el 35% de las percepciones correspondientes al periodo. Cuando me hicieron la liquidación final, no me lo devolvieron. Como hago para recuperar esa percepciones que declare en tiempo y forma???
Debería devolvértelo tu agente d retención de 2015.
Hola,realice compras en el exterior, me descuentan ganancias,pero no realice el tramite de devolución. Puedo realizarlo todavía o ya lo perdí?
Depende de tu situación fiscal. Fijate en la nota tu caso.
Hola Paula, tengo presentados form746 por el 2013 lo cual supongo que devolveran en breve, pero lo que no entiendo es como recupero el saldo a favor que arroja el form711 .Gracias
Hola Laura.
Es un tema ese saldo a favor. Hay un procedimiento establecido en la Res. 2224/79 pero deberías consultar con tu contador si te conviene pedir ese saldo o lo podés usar para pagar otros impuestos (Bienes Personales). Slds.
Paula, mi contador me responde : «La resolución esa hace referencia a saldos a favor cuando son determinados de oficio, no a saldos a favor determinados por créditos de impuestos.» y me dice «Las devoluciones si es que las hacen, van a ser sobre los 746 unicamente.Todo el resto olvidate, no lo van a devolver, por eso en su momento te decía que era un arma de doble filo activarlo en ganancias, porque eso es irrecuperable».
La realidad es que me niego a pensar que eso es asi porque entonces no termino de entender para que me inscribio en ganancias si sabia perfectamente que nunca jamas yo iba a tener q pagar ni ganancias y bienes personales q seria en definitiva la unica finalidad que tendria poner ese credito en el formulario 711.
Me pongo a buscar otro contador…..
Lo que te dijo la contadora es en parte cierto y en parte, no.
Primero. El mecanismo de pedido de devolución seria ese, según me respondieron de Afip por un caso parecido (con Bienes Personales).
Pero, también es cierto que la Afip no estaba devolviendo con ese trámite sino que mandaba una inspección y daba miles de vueltas para no pagar.
No sé si ahora habrá cambiado esta política o no.
Te recomiendo consultar a algún estudio grande de contadores que, como tienen más casos están más informados.
Suerte
Hola Laura,
Yo tengo declaración jurada de ganancias hecha. Me da monto a mi favor. Averigüe como reclamarlo. Me dijeron resolución 2224. Tras idas y vueltas a afip el camino fue:
En página afip (sin mi código) buscar:
Aplicativos
Otros programas aplicativos
Trámites
Devoluciones y/o transferencias
Ahí te aparece cuadro que entre otras cosas tiene instructivo.
Esa info le lleve a contador para que él lo haga (si no llevaba yo toda esa averiguación no me daba bola)
Siguió esos pasos y completo así el 746 (que no es el mismo que el 746/A que es para quien no hace declaración jurada de ganancias)
Fui a mostrar ese 746 a afip para saber si tenía que hacer algo más y me dijeron que no (será?)
No sé que es el 711 que nombras. Si me falta algo por favor avísame.
Gracias. Espero te sirva.
Gracias por compartir esta información, Mercedes.
Te aclaro, el 711 es la DDJJ anual de Ganancias.
Mercedes, gracias por el dato, a mi también me dicen q es por la rg 2224 pero me la pase buscando y no encontré nada,ahora me queda mas contó.El 711 es la declaración jurada de ganancias propiamente dicha porq a pesar de no pagar ganancias por haber quedado afuera en el 2013 la tengo q presentar igual por superar los ingresos .Gracias por el dato,apenas mi contadora vuelva de vacaciones veré de pasarle toda la info,gracias de nuevo
Laura,
Me alegra que te sirvan mis averiguaciones que me llevaron 2 años y mucha mala sangre! Si el sitio lo permite me gustaría que quedáramos en contacto directo vos y yo ya que tu situación y la mía son idénticas y tal vez podríamos ayudarnos en pasos siguientes aunque espero que no haya más! Saludos.
[email protected]
Mercedes/Laura: para poder solicitar la devolución por RG 2224 deben tener todas las declaraciones juradas presentadas y en su caso pagadas.
Anteriormente, AFIP iniciaba una fiscalización para determinar si la devolución era correcta. La normativa dice que de acuerdo a las circunstancias del caso, AFIP «podrá» iniciar una fiscalización, no es que están obligados, por lo tanto, puede que efectúen la devolución sin fiscalización alguna (AFIP cuenta con datos de cada uno de nosotros).
Si no hay nada que esconder, lo mejor es presentarlo y esperar antes que perderlo.
Saludos,
Cr. Pablo Valdés
Gracias por el aporte, Pablo.
Muchas gracias Pablo. Ya presente mi monto a favor de 2015. Tras hacer declaraciones 2016 haré un nuevo pedido de devolución ya que también acumule percepciones el año pasado. A esperar!
Una duda…cuando cargue datos en nuevas declaraciones…eso que aún no me devolvieron…lo sumo a mi favor y lo acumuló con lo nuevo?
Hola hasta cuando hay tiempo de presentar el reclamo para la devolución del 20% en compra de divisas de los periodos 2012-2014?
Muchas gracias.
Saludos
Hola.
Si no pagás impuestos, no hay plazo. Mirá acá los pasos: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/como-pedir-a-la-afip-que-te-devuelva-el-2035-si-no-pagas-impuestos/
Slds.
Hola me figura la leyenda «DATOS PARA ESTA CONSULTA O LOS PARAMETROS INGRESADOS CORRESPONDEN A RETENCIONES/PERCEPCIONES CON IMPORTE EN CERO». Que tengo que hacer para hacer la carga manalmente, ya que tengo 8 meses de percepcion que quiero recuperar
Hola. Primero fijate bien si está marcada la casilla «percepciones». Otra cosa que puede pasar es que estén en otro período.
Igual, también se puede hacer la carga manual.
Hola! Soy una d casa y compre c la extensión de la tarjeta de mi marido en un sitio web del exterior. No entiendo los trámites xa retirar el envió y q tengo q hacer c afip? Me podrian ayudar Graciasss
Hola.
Te dejo esta nota para que veas los trámites: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/10-claves-del-tramite-para-comprar-en-sitios-del-exterior/
Slds.
Hola quería hacer una consulta, yo durante le año 2013 hasta Agosto tuve retenciones de ganancias, luego no por el decreto que salio como beneficio a aquellas personas que cobraban < de 15000. el tema es que quiero ingresar los gastos en el exterior del 2013 y el sistema me dice que no porque tuve retenciones en el periodo fiscal, Como se hace en este caso?
Desde ya muchas gracias
Hola, si tuviste retenciones de Ganancias en 2013 no podés presentar el 746 por ese período. Sí podrías por 2014 y 2015.
Las de 2013 se pueden pedir en una declaración jurada de Ganancias pero te sugiero consultar a un contador para ver si realmente te conviene hacerlo o no. Slds.
en 2014 compre dolares para hacer un viaje al exterior al final no pude viajar por que perdi el dinero. afip a los meses me mando una notificacion para declarar los gasto y comprobar que habia viajado. hice un el descargo por la pag. de afip justificando por que no viaje, corro riesgo de alguna multa? aclaro que recientemente hice el tramite por las retencion de la compra de dolares que me hicieron
Hola Marcos,
Si tenés hecho el descargo y podés justificar todo, no deberías tener problemas.
Buenas noches,
Escribo desde Barcelona porque tengo una duda que quisiera saber si pueden aclararme. Veo que hoy en dia todo se puede hacer via clave fiscal, yo poseo la 3 con datos biometricos y pertenecia al grupo 2- Empleados que no pagan Impuesto a las Ganancias. Me percibieron en su momento (12/2013) 2.030 pesos en la compra del pasaje y presente físicamente el formulario de devoluciones en Afip antes de viajar, que rellene con los datos bancarios de mi padre porque no sabia si volvería. Finalmente no he vuelto pero el dinero no le ha llegado a mi padre, he consultado mis retenciones y el dinero figura allí, no obstante no se ve online el tramite porque lo presente fisicamente (creo que es por eso). Debería volver a gestionar la devolución online ahora para ver si logro recuperar el dinero??
Hola.
No sé qué habrás presentado físicamente, pero el trámite hay que hacerlo on line, a través de Mis Aplicaciones Web. https://www.presupuestofamiliar.com.ar/video-pedir-reintegro-del-2035-a-la-afip-si-no-pagas-impuestos/
Ahora dijeron que la van a devolver más rápido.
Saludos,
Hola, sigo con el mismo problema desde hace 3 años! Hago declaración de ganancias y dadas las percepciones que he tenido tengo saldo a favor que quisiera reclamar. Sé que es por resolución 2224 pero de ahí en más no puedo avanzar. En afip nunca me dan una solución, no me dan los pasos a seguir y los dos contadores que he consultado tampoco saben cómo hacer. Alguien podrá aconsejarme? Gracias. Vivo en capital y si saben de algún contador que sepa hacerlo me vendría muy bien.
Soy monotributista y hace muy poco me recategorice a la categoria E, puedo pedir mis retenciones?, me han retenido $7900 y en bs. $100, que me sugiere que haga, como le decia puedo pedirlo o no?
Hola. Sí podés.
Fijate en tu situación en esta nota: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/cuando-devolvera-la-afip-el-2035-por-compra-de-dolares-y-tarjeta/
Estoy queriendo acceder a ver mis retenciones, pongo mi CUIL, form 217, fecha desde 01012012 hasta la fecha, y selecciono percepciones, y siempre me salta el cartel «No se han encontrado datos para esta consulta o los parámetros ingresados corresponden a retenciones /percepciones con importe en cero». A alguien mas le paso lo mismo? como lo puedo soluconar?
Hola! estoy trabada desde 12 de enero que me dieron cuit y los datos biometricos (que acepte) cargue la cbu pero me figura pendiente de validacion y no me deja descargar el formulario 746 A.. Saben como puedo seguir adelante?
Gracias
Hola. Si no podés, te sugiero concurrir a una oficina de Afip para ver qué pasa. Slds
Buenas tardes, si pague con una extension de la tarjeta de mi papa puede que las retenciones esten a mi nombre?
Con la cuit de mi padre no encuentro las retenciones y pregunto para no ir a la afip a tramitar la clave en vano
gracias
Debería salir a nombre del titular de la tarjeta.
FIjate bien si consultaste las «percepciones» (no retenciones) : https://www.presupuestofamiliar.com.ar/video-consultar-recargo-afip-compras-exterior/
Estimado:
Soy empleado bajo dependencia y por decreto del año 2013 deje de pagar ganancias, pero luego con paritarias y etc….se incrementó el sueldo y el monto anual dio un numero que la empresa me indico que saque clave fiscal y declare por la web.Tengo todo hecho y declarado por la web pero no pago ganancias por estar bajo ese decreto, y quisiera recuperar lo que me cobraron por compras con tarjeta en exterior (Neflix).
Se puede hacer por la web donde declaré o tengo que hacer otro formulario?
Espero me puedas ayudar con la duda y desde ya mil gracias por compartir conocimientos en la web!!!!!!
Hola. Si no tributás Ganancias no tenés que pedir las percepciones a través del Siradig sino a través del 746/A.
Fijate en esta nota: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/como-pedir-a-la-afip-que-te-devuelva-el-2035-si-no-pagas-impuestos/
Saludos y ojalá te sirva!
Una consulta, en mis retenciones me aparecen todas las retenciones de tarjetas de credito, pero no me aparece las retención de pasajes aereos y paquetes a quien lo reclamo?
Lo podés cargar en forma manual. Tenés que tener la factura de la agencia de viajes.
Hola. Soy jubilada y no me descuentan Impuesto a las Ganancias, pero durante el año 2015 hice compras de divisas y viajes al exterior. Tengo registrado mis datos biométricos,clave tipo 3 y en Mis retenciones figuran todas las retenciones del año pasado. Cuando ingreso al formulario 746 me tira este mensaje:
Error de validación
Para solicitar la devolución del gravamen percibido, debe cumplir con el Art. 2° de la RG 3420 (AFIP) y sus modificatorias. Concurra a la dependencia de esta Administración Federal que corresponda a su domicilio.
Corroboré que todos los datos son correctos. Agradecería su opinión al respecto. Gracias, Saludos cordiales.
Hola.
Es posible que no tengas generado el CUIT?
Para las percepciones 2015 hay que esperar hasta mediados de año. Fijate en esta nota: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/como-pedir-a-la-afip-que-te-devuelva-el-2035-si-no-pagas-impuestos/
Un saludo,
hola , trabajo en relac de dependencia , pago solo bienes personales , cuando en mayo declaro y lleno las planillas por medio del S.I.A.P , como pido que se compute la persepcion contra este impuesto ? con algun formulario ? y si me queda saldo a favor me tengo que anotar en ganancias para recuperarlo ? gracias
Hola Gustavo,
Lo tenés que incluir en la declaración jurada como un pago a cuenta para que te reste del impuesto a pagar. El saldo lo podés usar para pagar los anticipos o lo podés pedir por RG 2224. te sugiero que le consultes a un contador para que te asesore en esto. Slds.
Hola, tengo dos consultas:
1)Por recibo de sueldo me descuentan una parte para OBSBA y otra para OBSBA / OSDE,cuando agrego las deducciones en el SARADIG,me pide comprobante de cada mes.El comprobante es el recibo de sueldo.Cómo se agrega?
2) Una vez completado el SIRADIG y enviado ,tengo que hacer algo más?
Muchas gracias
Paula
Hola Paula,
No podés cargar en el Siradig el aporte obligatorio a la obra social (supongo que será el de OBSBA).
Si tenés un aporte voluntario extra, sí puede ir. Te sugiero que consultes con tu empleador cómo lo están facturando; ellos deberían saber.
Al completar el Siradig, después que lo enviás al empleador, está listo. Recordá que el tope es el 31 de enero (mirá https://www.presupuestofamiliar.com.ar/ganancias-completar-siradig-572-web/ )
hola, una consulta, el contribuyente que solicita el reintegro si o si tiene que tener una cuenta bancaria a su nombre o podrá usar la de un tercero?
Sí. La cuenta debe ser de titularidad del acreedor: http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/155000-159999/157678/norma.htm
Hola , yo pago impuesto a las ganancias y bienes personales. Tengo por otro lado monotributo y relacion de dependencia.
Cargue las compras en el extranjero con tarjeta Por Siradig pero solo me dejó 2015. Puede recuperar 2013 y 2014?
Lo de 2015 se me reintegra por recibo de suledo? Cuando?
Gracias y disculpen tantas preguntas!!
Hola Adrián,
Por el Siradig solo podés cargar percepciones del año fiscal hasta el 31 de enero del año siguiente (así que las de 2013 y 2014 ya se pasaron de fecha). Te lo devuelven en la liquidación anual que va con el sueldo de febrero (se cobra a fin de ese mes o principios de marzo).
Para años anteriores, podés incluir las percepciones como pago a cuenta de Bienes Personales. Te sugiero que consultes a un contador para que te asesore en tu caso particular. Saludos,
Hola buenas tardes. Yo cargue el F572, pero yo no pague ganancias excepto un mes de todo el año. Osea lo tenia que cargar por el F746 ? Lo vuelvo a hacer ? Me pide CUIT, generarme el CUIT tiene alguna contra o responsabilidad ? Muchas gracias por tu tiempo. Saludos.
No, tenés que pedir por el 572. Se toma el año completo. Saludos.
Agradezco primero todas las explicaciones y guías, todas muy claras. Te comento que pude completar sin problemas el formulario para el Nov/2014. Pero para los del año 2015 me daba como resultado de la presentación el siguiente error: Resultado ERRONEO (0-Error de seti.-* La solicitud de devolución de las percepciones establecidas de acuerdo a la R.G.3420/12 y sus modificatorias, que fueros sufridas en el año en curso, deberá ser interpuesta luego de operado el vencimiento para la presentación de las Declaraciones Juradas respectivas, por tratarse de impuestos anuales.)
¿Qué es esto? ¿tengo que esperar a que cumplan el año? ¿A qué Declaración Jurada se refiere? Desde ya muchas gracias.
Hola Sivia.
Me alegro que te sirva nuestra información.
Los vencimientos de las declaraciones juradas son en abril y mayo, hay otro vencimiento en junio de la DDJJ informativa para empleados. La verdad es que no sé cuál tomará la AFIP, pero todavía no se pueden enviar las percepciones de 2015. Sí las de 2012 a 2014. Saludos,
Hola, tengo una consulta respecto de una persona en relacion de dependencia que esta exenta del impuesto, que para pedir la devolucion de las percepciones lo hace mediante el F.746, y a su vez informa las deducciones personales por el Siradig; la pregunta es si tambien se deben cargar todas las percepciones en el Siradig o no es necesario hacerlo?
Desde ya, muchas gracias.
No te va a permitir pedir el reintegro por dos vías, así que hacelo por el 746.
Acabo de leer tu post y ver los videos que ahí aparecen. Averiguando mis retenciones y percepciones descubro que tengo casi 16 mil pesos de retenciones impositivas. Todos con fechas 2014. Mi pregunta es, la fecha de vencimiento para presentar el formulario era enero de 2015, ¿vale decir que perdí todo ese dinero? ¿se puede hacer algo al respecto?
Muchas gracias.
Hola. No, podés pedir todo lo de 2014. Las normas no mencionan ningún plazo para esto. Saludos,
Yo pago bienes personales pero no ganancias. Cómo tengo que hacer?…
Hola Matías,
Te recomiendo que le pidas al contador que te hace la declaración jurada de Bienes Personales que pida la devolución del saldo a favor a través del aplicativo. Es correcto lo que te dijeron en la AFIP, no podés usar el 746/A sino el aplicativo Devoluciones…
No son fáciles estos trámites y, si no los podés hacer, lo mejor es pagarle a un profesional que te asesore bien para no tener problemas luego. Slds.
hola te consulto. la declaracion del CBU debe ser de una cuenta del banco Nacion. O puede ser de cualquier banco?.
te pregunto por esto
Art. 2º — Todos los pagos que deba realizar esta Administración Federal, en concepto de devoluciones, reintegros, reembolsos y demás regímenes de restitución de fondos a contribuyentes, responsables y administrados, así como a cesionarios que resulten destinatarios de créditos cedidos conforme al Código Civil por parte de los contribuyentes y demás responsables acreedores originarios de los fondos a restituir, se efectuarán mediante transferencia bancaria a través del Banco de la Nación Argentina , en la cuenta cuya Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) fuera declarada por los mismos en el «Registro».
Hola. El CBU es el de la cuenta bancaria de tu banco.
Entiendo que el artículo que mencionás se refiere a que la cuenta de la Afip es del Banco Nación, no la tuya. Un saludo.
Buenas tardes. Le hago unas consultas. Yo tengo pedido mediante el F746 el reintegro por el 35% de compras en el exterior, las cuales ya ha pasado mas de un año desde que las cargué. Algunos son por percepciones del 2013, otras del 2014. Ya presenté pronto despacho, pero nada, siguen siempre en el mismo estado. Mi consulta es, si yo el año que viene empezara a pagar impuesto a las ganancias por trabajo de relación de dependencia, puedo cancelar esas solicitudes de F746, y poner esas percepciones (del 2013 y 2014), para que me las reintegren? (cargandolas en el Siradig por ejemplo). Se que quizas, no sería lo usual y seguramente me llegara algun reclamo o consulta de la AFIP en los años siguientes, pero me parece que teniendo comprobantes de que yo presente los F746 y no los procesaron por casi 1 año y medio, en un eventual reclamo o demanda que me hagan, eso debería valer. Porque ya veo que si el proximo presidente modifica el impuesto a las ganancias y me toca empezar a pagar, no correspondería que yo tenga que pagar siendo que me deben las percepciones que me hicieron hace 2 o mas años y no me devuelven. Muchas Gracias.
Hola Ariel, te entiendo perfectamente. Yo también pedí por los dos años y en junio me vino un pedido, todavía estoy negociando para ver cómo cobrar.
En principio, las percepciones corresponden al año en curso. Pero, podrías inscribirte en Ganancias, anotar las percepciones como acreencias y que te quede un saldo a favor que vas a usar para pagar el impuesto futuro. De todas formas, te sugiero esperar a que la Afip te responda (demora muchísimo porque hay miles de pedidos iguales sin resolver) y ver si el año que viene tributás Ganancias, ahí le pedís a un contador que te haga una DDJJ rectificativa para incluir estos saldos.
Saludos
Buenas noches.
Mi consulta es la siguiente: Yo no pago ningún impuesto y ya he pedido el reintegro del 35% de un viaje que realice el año pasado. Pero aun no me reintegraron nada, pese a que hace dos meses presente un pronto despacho, y no obtuve ninguna respuesta.
Se puede hacer algo mas, para poder recuperarlo, o solo hay que sentarse a esperar que te lo devuelvan.
Desde ya muchas gracias por la respuestas.
Diego
Hola Diego,
No conozco a nadie que le hayan devuelto con el pronto despacho. Es más, algunos han tenido que ir a otras instancias (Tribunal fiscal, etc).
Yo esperaría porque no es mucho el tiempo que pasó, en general, demoran más de un año en responder (yo estoy en eso, así que sé por qué te digo). Slds.
Hola hasta cuando tengo tiempo para pedir la devolución de retenciones por compras y viajes al exterior.. yo no tengo retenciones de ganancias ,, y viaje en febrero del 2013 y del 2014 ,, las puedo pedir , o hay un tiempo limite.
saludos
Rafael
Pedílas ahora, no hay problema. Las de este año recién las podés solicitar en 2016. Slds.
Porque no me deja solicitar las de 2013??
Depende cual es la herramienta. En el Siradig sólo podés cargar lo de 2015.
Hace ya tres años que presento los Form pidiendo mi reintegro de las percepciones y todavia no tengo ninguna noticia. Tengo los datos biometricos aceptados, la cuenta bancaria cargarda. Hay alguna nota o tramite que se pueda realizar mas para pedir que me lo reintegren,??? se de personas que le han confirmado o enviado un mail.
Gracias por ayudar
Hola Patricia,
Podés presentar una nota de pronto despacho pero no te aseguro que te respondan.
A mí recién este año me respondieron pidiéndome un montón de documentación por solicitudes que hice de 2013 y 2014 (todavía no me respondieron pero está marchando; cuando cobre voy a hacer una nota con mi experiencia, para que les sirva). slds.
Hola, que tal?
En la empresa que trabajo, descubri que me estan liquidando mal el sueldo, pago ganancias desde 2013 cuando realmente no deberia hacerlo, ya que no hice horas extras como minimo 6 meses entre enero y agosto de 2013, lo cual me deja exento de ganancias.
Ahora, la cuestion, hice la declaracion jurada de ganancias y bienes personales de 2013 y 2014, ya que sobrepaso el monto bruto requerido.
La empresa supuestamente, me va a devolver todo lo que me reuvieron de ganancias desde setiembre de 2013 hasta ahora…Entonces como queda mi situacion?
Me refiero a la percepcion por compra de dolares, viajes al exterior, compras en el exterior, etc. Antes las cargaba en el SIRADIG, ya que iban de pago a cuenta del impuesto, pero ahora no debo pagarlo.
Entonces debo pedir la devolucion al AFIP via formularia 746/A?
Sigo cargando el SIRADIG, con las compras de dolares?
Me podrian orientar, por favor.
Muchas gracias
Hola. A partir de ahora ya no tenés que cargar las percepciones en el Siradig ya que este formulario es para informar a tu empleador y que él te lo devuelva.
Lo que tendrías que hacer es pedir de ahora en más con el formulario 746/A, pero recién podés hacerlo desde el año que viene. Slds.
Muchas gracias Paula…Pero ahora tengo otro problema, veamos si me podes orientar.
Te conte en el mensaje anterior que no hice horas extras 6 meses, por lo tanto deben devolverme dinero desde setiembre 2013 hasta ahora.
Pero en la empresa me dicen que no es asi. Te explico la situacion.
Nosotros tenemos 3 clases de horas extras:
1)- Horas simples: horas de capacitacion, nos pagan la hora tal como su nombre dice, simple ni al 50% ni al 100%.
2)- Horas al 100% (Verdes): estas son horas realizadas de lunes a sabados hasta las 13 horas.
3)- Horas al 120% (Rojas): horas pagadas desde el sabado a las 13 hasta el domingo a las 00. Cabe destacar que aparte nos pagan horas compensatorias cuando hacemos Horas Rojas. Ejm. Si hice 8 Rojas me pagan 8 al 120% mas 8 simples.
La ley dice que para que los conceptos sean tomados como Normal y Habitual deben haberse realizado durante al menos 6 meses.
En mi caso yo hice 5 meses de horas al 120%, 5 meses al 100%, estas ultimas en diferentes meses que hice al 120%.
Por lo tanto la empresa lo toma (segun ellos) como que yo hice mas de 6 meses horas extras, para mi no es asi, ya que las horas al 100% no son iguales a las horas al 120%. Por lo tanto no son los mismos conceptos, ya que si fuesen los mismos, deberian de valer lo mismo y claramente no valen lo mismo.
Yo lo veo de la siguiente manera, por definicion juridica, las horas extras son iguales. Pero el concepto por el cual se paga es diferente y valen diferente.
Quien tendria la razon?
Yo vi que ya hay empresas (Pirelli, Fate, Telecomunicaciones, Praxair) que empezaron a
devolver lo mal liquidado.
Muchas gracias
Ahí habría que ver bien cuáles son los rubros liquidados, si están todos en el mismo ítem o no.
Si no te satisface la respuesta de la empresa, te recomiendo que averigües en tu sindicato para ver si hay otros casos como el tuyo. Slds.
Hola Paula, disculpa la demora, pero estuve viendo con mi sindicato ese tema, y como casi todos los sindicatos, se hacen a un lado, dicen que solucionemos nosotros ese tema.
Las horas que te detalle no estan todas en el mismo item, todas tienen su codigo SAP.
Si es que yo tengo razon, ese dinero lo debo pedir al AFIP? o a la empresa?
Hola Daniel,
Te tendría que devolver la empresa.
Te sugiero que hagas una consulta en la AFIP. Está este sitio para receptar dudas: http://www.afip.gob.ar/consultas
Incluso el titular de la Afip dio su mail personal: [email protected]
Espero que te den una respuesta! Saludos
Hola, soy nivel de seguridad 3. quiero saber como hago la declaracion de cbu para luego pedir la devolucion de percepcion cuando compro dólares. ya tengo la cuit .
gracias
Hola. En este video se explica cómo declarar el CBU. Lo que tenés que hacer es agregar el servicio: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/video-pedir-reintegro-del-2035-a-la-afip-si-no-pagas-impuestos/
Hola, que tal, soy jubilada y por el importe no me debitan el impuesto a las Ganancias. Realicé una compra de un pasaje en avión y me retuvieron el 35%. Según acá puedo solicitar el reintegro por la web de la Afip. Tengo cuil y lo que no entiendo es porqué tengo que inscribirme con Cuit si no poseo ninguna actividad comercial. Estaría declarando algo que no soy. Me puede explicar esta situación. Muchas gracias
Hola. No tenés que declarar ninguna actividad comercial, solo tenés que sacar el número de Cuit para quedar registrada en la Afip. Si no, es como si no existieras para ellos y no te pueden devolver nada.
No te genera ninguna obligación ni compromiso sacar el Cuit, así que hacelo sin problemas. Slds.
Ami me descuentan impuesto a la ganancia, pero me lo devuelven por el decreto del 2013, quería saber si yo compro dolares, me empiezan a descontar el impuesto a la ganancia y salgo del decreto del 2013?
Hola Pablo, son dos cosas que no están relacionadas para nada.
hola queria saber si yo no pago inpuesto a las ganancias y tampoco a los bienes personales, si puedo igual pedir el reintegro del 35% de recargo que compre en el extranjero a la afip? si se puede como tendria q hacer? si bien no pagos esos impuesto, pero la tarjeta si que me cobra costos de mantenimiento y un par mas de impuesto mas!!!
desde ya saludos!!
Hola. Fijate en la nota, en el apartado de quienes no pagan ningún impuesto (es el formulario 746, herramienta Mis Aplicaciones Web). Slds.
disculpa no entendí bien, perdón si suena ignorante.. yo salgo de vacaciones en marzo ya solicite la aprobación para comprar moneda extrangera. y al final lo voy a realizar en una casa de cambio LA CUAL ME SUMA EL 35%. ademas de llenar el formulario SIRADIG necesito hacer otro tramite y cuando puedo empesar a hacerlo sobre este año? ( yo soy empleado)
Hola Alejandro, para comprar la moneda extranjera no necesitás otro trámite (antes de comprar con el 35%, mirá esta nota: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/que-moneda-llevar-viajar-al-exterior/).
La carga del Siradig es después, y solo lo podés pedir por esta vía si sos empleado y te retienen Ganancias. Slds.
Hola ,mi viejo es jubilado y le descuentan ganancias. Tenés algún tutirial para reclamar el 35% por turismo? Obviamente en el siradig figura sin empleador. Tampoco sabemos si tiene ingresada a mi mama como deducción ya que es ama de casa. Me podrías orientar un poco? Gracias
Hola Sergio,
Tiene que completar el Siradig y cargar todos los datos, incluidos cónyuge. El 35% los puede pedir ahí en la parte de las percepciones. Slds.
Que ocurre si no hice las deducciones del año 2014 hasta el 31 de enero puedo pedirlo el proximo año, y en su caso en que formulario yo lo hago por SIDARIG
No lo podés pedir para este año. La única opción es inscribirte en Ganancias y presentar la declaración jurada anual 2014 en abril. consultá un contador para que te asesore en tu caso particular. Slds.
Como se recupera el excedente por compras en el exterior, para el caso de un persona que esta en relacion de dependencia que tributa ganancias pero no tributa Bs Personales?
A través del formulario Siradig (fijate en la nota cómo es el procedimiento).
Hola paula que tal, te hago una pregunta, a pesar de que mi marido esta en relacion de dependencia no le realizan retenciones del impuesto a las ganancias, entinces , pudo a travez de la pagina de afip presentar el 746 para pedir la devolucion de las percepciones, no obstante a ello mando mediante la web siradig al empleador el 572. Ese procedimiento es correcto? O hicimos lio. Gracias!! Y son muy muy valiosas tus respuestas para todos nosotros. Gracias !!!
Hola Romina,
No hay problema si completó el Siradig con todas las deducciones (cargas de familia, servicio doméstico, seguros, intereses, etc.) pero no pidió las percepciones por ahí. Estas percepciones las puede pedir por el 746.
En realidad, si está exento de Ganancias no necesita llenar el Siradig, pero si lo hizo no hay drama, con la salvedad que te dije. Slds.
Ok Paula gracias por todas tus respuestas . Ahora voy prendiendo velas jaajj!! Saludos
hola. compre por primera vez dolares para ahorro y por otro lado dolar turista por un viaje en diciembre ultimo. no pago imp a las ganancias ni nada por el estilo mi sueldo no supera los mil pesos….tengo que enviar el formulario 746 y antes informar mi cbu? es correcto este procedimiento? no hay plazo de tiempo no? muchas gracias. espero su respuesta.
Hola Vale. Así es. Slds.
Hola Paula, muchas gracias por el trabajo que te tomas al respondernos!!!! Mi consulta es la siguiente, hicimos gastos en el exterior en el 2013, presentamos con una contadora todo ( el 746 tambien ) eso esta todo ok, mi consulta es si tenemos que presentar otra vez hasta abril la declaracion de ganancias aunque no hayamos tenido percepciones en 2014? Obviamente la Afip todavia no nos devolvio un peso, en caso de querer darse de baja de ganancias ( ya que la incripcion fue solamente para reclamar esas percepciones) se puede? Gracias.Laura
Hola Laura. Sí estás inscripta en Ganancias tenés que presentar la declaración jurada por 2014. Te podés dar de baja pero el efecto es desde ahora. Consultá con tu contadora. Slds
paula buen dia, te hago una consulta, mi contador dice haber presentado un minimo antes del 31/1, para luego hacer una ampliación dado que no le di los ticket de gastos a deducir….sabes si esto es posible o esta engañándome….los dólares que compre mes a mes con el 20% recargo puedo deducirlo de ganancias???? aguardo comentarios y muchas gracias
Hola Luciano, yo no soy contadora ni liquido Ganancias así que te sugiero confiar en lo que te dice (o cambiar de profesional):
El 20% del dólar ahorro sí se pude deducir de Ganancias. Slds.
Hola, a mi no me retienen ganancias pero he realizado compras de moneda extranjera. Acabo de solicitar la devolución del 20% correspondiente a los periodos 10 y 11 de 2014. Cuando se supone que la AFIP me devolvería esto en mi CBU?
Gracias.
Cristina, la Afip recién está respondiendo pedidos hechos en 2013. Así que, paciencia. Slds.
hola, consulta, yo tengo que ir a solicitar el cuit para poder pedir la devolucion del 20% por moneda extranjera. hasta cuando tengo tiempo para realizar ese pedido de devolucion? por que tengo entendido que para los que si les descuentan ganancias es hasta el 31 de enero?
Hola. Si lo vas a hacer por el form. 746 no rige el pl
Hola. Si lo vas a hacer por el form. 746 no rige el plazo del 31 de enero
Hola chicos, entro en mis retenciones y ya la afip tiene registradas mis compras de pasajes al exterior, mi consulta es si debo generar el formulario 512? o con esto me quedo tranquilo que me devolverán el 35%? muchas gracias
Hola Jorge.
La información de mis Retenciones te sirve como información pero tenés que hacer el pedido para que te devuelvan (Ala herramientadepende de tu situación fiscal). Slds
Hola Paula, te agradezco la respuesta. Yo tengo CUIT y clave fiscal 3 pero como bien dijiste es muy probable que el sistema estuviera saturado por estar cerca del vencimiento para aquellos que tienen q completar el siradig porque intente nuevamente despues de las 19 hs con Internet Explorer como recomendas y ya no tuve problemas. Muchas gracias nuevamente. Saludos, Leonardo.
Hola chicos, necesito una mano, al ingresar al servicio “Mis retenciones”, consulto en “impuesto retenido” “217” (imp. a las Ganancias), o “219” (Bienes Personales) y tanto en retención como percepción para el periodo 01/01/2014 al 28/12/2014 figura : No se han encontrado datos para esta consulta o los parámetros ingresados corresponden a retenciones /percepciones con importe en cero, aunque en noviembre me case e hice viaje al exterior por luna de miel comprando pasaje y estadia a traves de Despegar.com y me cobraron el 35%, tambien compre dolar ahorro y me cobraron el 20%.
Luego voy a Mis Aplicaciones Web y cuando ingreso el formulario 746A me tira : «Se ha producido un error de sistema, por favor comuníquese con la mesa de ayuda a través de la dirección de correo electrónico: [email protected]» pero no me contactan.
Yo que no pago impuestos a las ganancias ni bienes personales, tengo tambien como fecha limite para este tramite hasta el 31/01/2015? El tramite solo lo puedo hacer online o puedo presentarme personalmente por el error de sistema que tengo?
Aguardo respuesta. Desde ya muchas gracias. Saludos, Leonardo.
Hola Leonardo,
La fecha límite del 31 de enero es solo para completar el Siradig.
Es probable que el sistema esté saturado (usá siempre el Internet Explorer).
Es probable también que no tengas registrado el Cuit y tengas un nivel de clave fiscal bajo, entonces tendrás que ir a una oficina de AFIP para hacer este trámite personalmente.
te recomiendo esperar hasta la semana que viene, que estará menos congestionado el sistema.
Slds.
Que tal una consulta quiero saber si me puedo cargar el pago de obra social en el formulario 572 web. Si me puedo tomar todo lo que pague o una parte? Además no se donde cargarlo en sí va en cuota médicas asistenciales o en gastos médicos?
Hola Federico. El pago obligatorio que te descuenta la empresa, no lo tenés que cargar porque el sistema te lo toma automáticamente.
Sí podés incluir el pago a una prepaga, por encima del monto habitual a la obra social. Va en «Cuotas médico-asistenciales». Slds.
Me resulta muy util esta página. Muy amables
Gracias Liliana. Me alegro que te sirva!
Hola soy jubilada reciente y en breve viajo al exterior. Entro en la categoría de presentar el formulario 746 A? Gracias
Hola Liliana. Depende de si pagás o no impuestos. Fijate en la nota que los jubilados tienen los mismos procedimientos que los empleados. Slds.
Soy docente y también monotributista, tengo un crédito hipotecario, ganancias no me retienen puesto que queda saldado con el crédito hipotecario. Mi pregunta es si debo pedir la devolución de lo que me retuvieron por compra de dolares y demas mediante el formulario 746 A para monotributistas o a través del servicio SIRADIG – Trabajador. Yo lo ingrese con el formulario 746, y quedo en estado «Presentado», pero no se si esta bien.
Gracias de antemano!.
Hola Cristian,
Si no pagás Ganancias, está bien lo que hiciste. Tenés que esperar porque demora muchísimo (más de un año). Slds.
Gracias Paula!, por las dudas te aclaro que antes si me descontaban ganancias, ahora no porque con los intereses del credito queda saldada, porque lei en el informe que otra forma es si queda un saldo inscribirse en ganancias y despues reclamar.
Hola Cristian,
Aunque el saldo te de cero, sí estás alcanzado por Ganancias, así que tenés que llenar el Siradig.
Es como te dijeron, si te queda un saldo por la compra de dólares tenés que inscribirte en el impuesto y presentar la declaración jurada para usar el saldo en el futuro (consultá antes a un contador para que te asesore bien en tu caso). Slds.
Hola, quisiera hacerles una consulta.
por mi sueldo no debo pagar el impuesto a las ganancias pero por un error de la persona encargada de liquidarme el sueldo pague $84 en el año 2014 por este concepto.
como era poco dinero no hice el reclamo, pero el problema lo tuve despues cuando viaje al exterior. por el impuesto del 35% pague mucho mas que $84 pero no pude reclamarlos como persona excenta del impuesto a las ganancias ya que figuraba que habia pagado. hice el reclamo con el formulario 572 pero tengo una duda, cuándo mi empleador liquide ganancias en febrero yo voy a recuperar todo lo que pague por el 35% o solo los $84?
muchas gracias
Hola.
sólo te va a reintegrar los $ 84. El saldo lo tenés que pedir inscribiéndote en Ganancias y presentando una declaración jurada anual en abril, con saldo a favor (consultá antes a un contador). Slds.
Hola Paula. Una consulta, estoy tratando de llenar el formulario del Siradig para un Jubilado al que le descuentan ganancias. Cuando tengo que cargar la cuit del «empleador», no hay «empleador», el Anses es el que le paga. ¿qué Cuit se pone o cómo se llena? Muchas gracias.
Hola muy buena nota. Como se si me descuentan ganancias? Gano mas de 15 pero no lo se si lo hacen
Hola Laura.
Fijate en el recibo de sueldo.
Slds
Hola Paula
Hoy hice una consulta pero no se si la recibiste, hoy trate de pedir la devolucion del 20% ( no estoy sujeta a ganancias) y me arrojo el error de que debo ir a confirmar el domicilio, ahora, en mi dni que hice en 2010 figura un domicilio del cual me mude dos años despues
Tendra inconvenientes o presentando dos facturas de servicios ultimas a mi nombre les alcanza para corroborar domicilio?
Muchas gracias
Hola Natalia.
Llevá una constancia del domicilio actual.
Slds
Gracias por toda la información. Muy claro el sitio y los tutoriales. Sin embargo quisiera confirmar si es correcto lo siguiente: soy empleada de la provincia (docente) pago ganancias y anualmente presento on line el F572 Web. Interpreto que este formulario es suficiente para pedir el reintegro del 35 % y en mi caso no tengo que presentar el F746/A. ¿entendí bien? Gracias.
Hola Nora,
Entendiste bien. El F746 es para quienes no pagan ningún impuesto.
Slds.
Hola
Un empleado bajo relacion de dependencia, con pluriempleo, remuneraciones mensuales bastante variables, y ademas monotributista, que ha realizado un viaje al exterior, comprado dolar ahorro y realizado compras por internet en el exterior, pagando la percepción del 20% o 35%.
No le interesa recuperar el dinero. Si le interesa poder invocar dichos montos percibidos si en algun momento AFIP le reclama montos ganancias o bienes pesonales. Es decir, no le interesa usarlos ahora pero si tenerlos disponibles si Afip se los reclama. ¿Debe necesariamente utilizar el siradig y generar un F572? ¿O puede no hacer nada y eventualmente si recibe algun reclamo de ganancias o bienes personales utilizar dichas percepciones como pagos a cuenta?
Hola Mariano,
Si no pagás Ganancias no hace falta que llenes el Siradig.
Si lo quisiera tener como saldo futuro, creo que deberías inscribirte en Ganancias, presentar la declaración jurada anual con saldo a favor (en abril) y quedarte con este monto para computarlo en otros impuestos.
Te recomiendo consultar a un contador para que te asesore bien. Slds.
Hola! Soy empleada en relación de dependencia junto con mi marido..y la consulta es la siguiente, en marzo de 2013 hicimos un viaje al exterior y nos cobraron el 20 % de recargo del afip, así mismo venimos comprando divisas todo el año 2014. Ninguno de los 2 paga impuesto a las ganancias ni ningún otro impuesto…en mis retenciones no figura nada y en el de mi marido tampoco. Hay alguna posibilidad de reclamar que nos devuelvan lo retenido y como debo proceder? o tiene un tiempo en particular?. Gracias!
Hola Gimena,
Pueden pedir la devolución con la herramienta Mis Aplicaciones Web (mirá en la nota la parte para quienes no pagan impuestos.
Slds.
Buenos días Paula, tengo una consulta: Estoy cargando las percepciones y algunas no me figuran, cuando la agrego tengo que cargar los datos de la factura que me dieron o del resumen de cuenta de la tarjeta de crédito. Otra consulta: me salen dos opciones para agencias turísticas 1- Pequeños contribuyentes y 2- demás contribuyentes. No pago ganancias debo optar por la segunda opción o se refiere a la agencia de viajes? Muchas gracias
Hola,
La opción de pequeños contribuyentes es para monotributistas. Si no es tu caso, elegí la 2.
Slds.
Muchas gracias Paula, tengo otra consulta. En esa factura, la agencia no me discrimino ningún concepto, me lo hizo por el total que pague. Cuando voy a cargar los datos me solicita el importe de la percepción saco yo misma el valor final sobre el 35% ? La otra duda es en que periodo fiscal lo cargo, porque no me facturaron enseguida sino con una demora de uno o dos meses. Muchas gracias
Hola. Te sugiero consultar en Mis Retenciones (mirá esta nota: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/video-consultar-recargo-afip-compras-exterior/ ) y cargarlo igual. Slds.
Hola te vuelvo a pregunta paula,no me descuentan ganancias y mi empleador me esta pidiendo que complete el f.572 por la web,yo pensaba pedir reintegro de la compra de dólares atravez del f.746 pero hasta ahora no lo hice. La pregunta es……si completo por web el 572 como me pide mi empleador,puedo pedir el reintegro del 20% y 35% por el siradig? Osea es lo mismo hacerlo por el siradig que por el 746? Muchos dicen que si completo el siradig luego me van a empezar a descontar ganancias. Gracias y saludos.
Hola Sergio,
Que descuenten Ganancias no tiene que ver con que completes o no el Siradig.
El tema es que, si no te retienen Ganancias el procedimiento para pedir las percepciones es el 746, no las podés pedir por dos lados porque vas a tener una inconsistencia.
Consultá nuevamente con recursos humanos de tu empleador, para ver por qué te piden que completes el Siradig.
Slds.
Hola Paula, una consulta. Si soy empleado en relación de dependencia y gano más de $144.000 anuales entiendo que debo presentar la declaración jurada de ganancias y bienes personales anualmente aún cuando no el empleador no me retiene ganancias. Ahora bien, las percepciones por compra de dólares y por viajes en el exterior, ¿tengo que informarlas igual en el 572 web? ¿Las debo incluir en las declaraciones juradas aún cuando no el impuesto es cero? ¿O directamente pido la devolución ? Muchas gracias!
Hola Pablo,
La declaración que hay que presentar es informativa (no declarativa) y tiene que dar saldo cero.
Para pedir las percepciones si no pagas ningún impuesto, el procedimiento es el de la herramienta Mis Aplicaciones Web (formulario 746), como indica en la nota.
Slds.
hola yo empece a comprar dolares ahorro apartir de noviembre los retire y me cobraron un %20 mas por retiralo y este año no me sacaron nada de impuestos a la ganancias el %20 ese me lo pueden devolver?? ya q no tengo nada para deducir? si se puede como lo pido
Hola Jonathan,
Lo podés pedir con el procedimiento de quienes no pagan impuestos (herramienta Mis Aplicaciones Web, F 746).
Slds.
Hola,
Si yo use una extensión de una tarjeta de crédito a mi nombre (el titular de la tarjeta es otra persona) para hacer gastos en el exterior, y me hicieron la percepción del 35%, ¿Puedo agregarla en el formulario 746 como «percepciones que no aparecen en mis retenciones»?
Hola Guido,
La verdad es que esta situación es una incógnita. La resolución de Afip dice que quien puede reclamar es el que paga la tarjeta y, en este caso, sería el titular. Si la quisieras pedir vos tendrías que demostrar que la pagaste y supongo que será un proceso complicado (no sé si vale la pena, realmente).
Slds.
Hola. Estoy en relación de dependencia, pero no pago impuesto a las ganancias por el Decreto 1242. Para solicitar la devolución del 35% de las compras en el exterior, debería hacerlo como aquel que No Paga Ningún Impuesto? Lo puedo hacer yo o necesito que un contador me asesore? Gracias – muy útil toda la información.
Hola Laura.
Sí es el mismo procedimiento que quienes no pagan impuestos.
Lo podés hacer vos pero te sugiero consultar a un contador si tenés dudas para no tener problemas.
Slds
Hola
Soy empleado bajo relacion de dependencia, pero tengo pluriempleo, y ademas soy monotributista.
He realizado un viaje al exterior, comprado dolar ahorro y realizado compras por internet en el exterior, pagando la percepción del 20% o 35%.
No me interesa recuperar el dinero. Si me interesa poder invocar dichos montos percibidos si en algun momento AFIP me reclama ganacias o bienes pesonales. Es decir, no me interesa usarlos ahora pero si tenerlos disponibles si Afip me los reclama. ¿Debo utilizar el siradig y generar un F572? ¿O puedo no hacer nada y eventualmente si recibo algun reclamo de ganancias o bienes personales utilizar dichas percepciones como pagos a cuenta?
Hola Mariano.
Si no te retuvieron Ganancias no tenés que llenar el Siradig sino pedir el dinero a través del formulario 746.
De todos modos te aconsejo consultar a un contador para usar el monto como saldo a favor en el futuro.
Slds
Hola,
Tengo varias consultas.
En primer termino yo no pago ganancias ni bienes personales. He hecho con mi hija un viaje al exterior, el en cual pague el 35% de percepción.
Mis preguntas son:
1- El pasaje de mi hija (menor) salio con factura separada a la mia y con el nro de cuil de ella, en este caso, como recupero el 35% abonado?.
2- Varios gastos en el exterior los hice con una extensión de tarjeta de crédito de mi padre. Como es el mecanismo para recuperar el 35%?
3- Durante el 2014 hice la compra de dólares, retirando en caja, es posible recuperar el 20%?
Gracias!
Hola Fernando,
El procedimiento si no pagás impuestos es el de Mis Aplicaciones Web.
La percepción por el pasaje de tu hija la podés recuperar vos, si ella está a cargo (es menor de 24 años y no tiene ingresos).
La extensión de la tarjeta de otra persona es más complicado. Se supone que el reintegro lo pide quien paga la tarjeta (tendrías que demostrar que vos la pagaste, es medio difícil).
La compra de dólares para ahorro se pide de la misma forma.
Slds.
Impresionante, viajas al exterior, pagas el pasaje de otra persona, compras dolares para ahorro, pero no pagas ni ganancias ni bienes! Muy bueno tu contador! Un consejo, no pidas que te devuelvan nada si queres seguir por el camino de no pagar ninguno de los impuestos.
Marcelo.
No entiendo cuál es la incongruencia. Los empleados en relación de dependencia pueden comprar dólares y viajar al exterior,( también los monotributistas) y quedar exentos de Ganancias porque no cobraban más de 15000 hasta agosto de 2013. De ninguna manera implica que estés evadiendo impuestos.
(Tampoco pagás bienes personales si tu patrimonio, valuado según normas de Afip, no supera los 305000)
Hola! Consulta…hice un viaje al exterior en marzo de 2012 y no figuran en mis retenciones, como puedo hacer para reclamar las retenciones hechas? También vengo comprando dólares desde hace tiempo y tampoco figuran en mis retenciones…como puedo hacer? Hay alguna posibilidad de reclamo?. Gracias!
Hola Gimena.
Las podés agregar vos una por una.
Slds.
Hola que tal te quería consultar, cuanto tiempo se demora aproximadamente afip en generar el reintegro, yo ya presente los formularios 746 solicitando el reintegro, han pasado dos meses y cuando voy a ver el estado sigue en presentado, debo realizar algún otro tramite o solamente sentarme a esperar, desde ya muchas gracias.
Hola Hernán.
Hay pedidos que demoran más de un año. Así que, paciencia.
Slds.
Hola, muy buena la página, les hago una consulta.En Agosto 2013 cobraba menos de 15000$ brutos. Siempre en Relación de Dependencia. Luego en Agosto 2014 pasé a cobrar mucho más que esos 15000$. Según resolución de AFIP durante el 2014 no me retuvieron ganancias, pero si tuve compras en dólares + gastos en tarjeta en dólares, por lo tanto quiero recuperar lo que me retuvieron. Según puedo leer, yo debería obtener un CUIT, asociar un CBU y seguir los pasos hasta completar el 746. El tema es que otras personas me dicen que en mi situación, yo debería completar el SIRAGID o 572 para que mi empleador se encargue de la gestión con AFIP para que me devuelvan lo retenido.
¿Es correcto esto?
¿Necesito obtener un CUIT siendo empleado en relación de dependencia o solo completo el formulario?
¿Cuánto tardan en devolver el dinero, si hago lo del CUIT + CBU?
¿Hasta qué día puedo presentar el 746?
Mil gracias!!!! La verdad no tengo a quién preguntarle.
Slds.
Ricardo.
Hola Ricardo.
Si no pagás Ganancias el procedimiento es el que señalas con el formulario 746.
No hay plazo tope para pedir y la Afip tampoco tiene plazo para responder (demora muchísimo tiempo).
Slds.
Hola, como hace un empleado que esta en relacion de dependencia, que no le descontaron ganancias a lo largo del año ni abona bienes personales, como reclama a la afip el impuesto del 20% por compra de dolares , gracias
Hola Verónica.
Es el caso que se explica en esta nota con el formulario 746.
Slds.
Hola, como debe hacer para reclamar las percepciones del impuesto del 20% x compra de dolares un jubilado que no tiene descuentos de ganancias ni paga bienes personales? gracias
Hola Verónica
Es el mismo caso que los empleados. A través del formulario 746.
Slds.
Buen dia, me retuvieron ganancias durante el 2013. Cargue mis percepciones en SIRADIG y me las devolvieron en febrero 2014. Por la modificacion en el impuesto a las ganancias no me retuvieron ganancias durante 2014. Consulta, ahora puedo cargar el F746/A para que me devuelvan lo percibido, o como ya me retuvieron en 2013 solo lo puedo seguir haciendo en el SIRADIG. Muchas gracias!!
Hola Andres.
Proba cargar en el 746 pero no se si te van a dejar. El Siradig no tiene sentido porque es para que el empleador liquide el impuesto.
Slds.
Hola soy pensionada y tengo compras hechas en el exterior durante el año 2014 que he realizado por turismo. Mi pregunta es: me reintegran el 35% que me han retenido? si es así como debo proceder porque no trabajo solo tengo la pensión. Gracias
Hola Graciela,
Hay un procedimiento para pedir el reintegro, lo que no quiere decir que te lo vayan a devolver (si lo hacen, tarda muchísimo tiempo, más de un año).
Fijate en esta nota que es el mismo trámite que los empleados que no pagan Ganancias: el formulario 746 en las herramientas Mis Aplicaciones Web.
Slds.
Consulta. Tengo retenciones del 20% y 35% para declarar por el período 2014, Hasta noviembre 2014 las fui cargando por SIRADIG mes a mes, ya que me encontraba en relación de dependencia. De todas formas por la nueva resolución de enero a agosto 2014 al no superar el ingreso bruto $15.000 no se me retuvieron ganancias. Actualmente tengo una suma a favor por pagos adelantados pero desde noviembre 2014 estoy sin empleo. Mi consulta es si debo seguir cargando por SIRADIG las percepciones o no (ya que no tengo empleador vigente). Como se procedería a la devolución a través del CBU?
Asimismo en diciembre he decidido pasar un tiempo en Ecuador por lo cual al tramitar la visa mercosur (autorización para estar 2 años en el país) desde la embajada argentina me han realizado el cambio de domicilio. Esto me perjudica en algo para mi declaración de devolución del impuesto??
Yo aún poseo mis cuentas bancarias en Buenos Aires y me estoy manejando con tarjetas de crédito y adelantos en efectivo para solventar mis gastos que pago en pesos más el 35%.
Les agradeceré vuestra opinión.
Hola,
Si ya no estás más empleada, no tiene sentido completar el Siradig porque este es un formulario que va a tu empleador para que te liquide Ganancias.
Sobre el otro tema, del cambio de domicilio, consultá a un contador bien tu caso particular.
Slds.
Consulta por compra de dolares tambien se hace el reintegro?
Hola Fabián,
Sí. Es igual que la compra para viajes.
Slds.
Muchas Gracias. Otra consulta, si retuvieron ganancias de una cooperativa (Una sola vez en el año) pero no fue el empleador hace falta hacerlo por el 572 Web? Gracias nuevamente!!
Hola, yo tengo clave fiscal y tengo el CUIT relacionado en Mis Aplicaciones Web pero no tengo los datos biometricos declarados. Hace falta que vaya a Afip para que me los tomen? No me retienen impuestos. Muchas Gracias
Hola Gustavo.
Depende qué nivel de seguridad tiene tu clave fiscal. Probá cargarlo así y si te deja, listo. Te va a salir un cartel si tenés que ir a la Afip.
Slds.
Hola, interesante la pagina, y aprovecho para preguntar si es correcta mi interpretación, Soy Jubilado Pcial de Cba y la Caja me retuvo por impuesto a las Ganancias,$ 27000, he remitido el For. 572 por la WEB en la cual tengo informado compras al Exterior y Compra de Moneda Extranjera por $ 16000.-.Estos $ 16000.- la Caja cuando cobre los haberes de Marzo me los debe devolver y a mí en ningún momento me pidió la actualización de domicilio en el formulario. por lo consiguiente no tengo CUIT:
Gracias desde ya por la repuesta .
Hola Julio,
Efectivamente, tu interpretación es correcta y la Caja te tienen que hacer la liquidación anual final de 2014 con el haber de febrero (ahí te puede dar un saldo a favor o no).
Para el Siradig no necesitás Cuit, ni ir a la Afip a hacer ningún trámite.
Slds.
¡Buenos dias,
en caso de un jubilado al que le retienen ganancias, ademas es monotributista, y tuvo percepciones por compras y viajes en el exterior , y esta inscripto en bs personales, se debe presentar Siradig para que el monto retenido sea menor? o lo puedo computar a otro impuesto? Muchas gracias.
Hola Jaqueline,
Primero lo tiene que cargar en el Siradig antes del 31 de enero y si le queda un saldo a favor lo puede computar para el pago de Bienes Personales (el Monotributo, no).
Slds.
muchas gracias paula. En caso que sea jubilado solamente y le hayan retenido por compra de dolares,puede presentar el siradig para que en el recibo de haberes le devuelvan esa plata? o no se puede hacer esto?? muchas gracias por tu blog!!
Hola Jaqueline,
Para los jubilados es igual que para empleados. Si pagó Ganancias, presenta el Siradig. Si no, a través de Mis Aplicaciones Web.
Saludos,
Hola Paula,
Escribo para consultarte como realizar el tramite de inscripción en el Impuesto a las Ganancias cuando me queda un saldo a favor.
Gracias por la ayuda!
Hola Romina.
Te sugiero consultar a un contador para ese trámite.
Slds.
Hola, quería saber si estoy inscripto como monotributista y trabajo como relación de dependencia y mi sueldo es mayor a 15000 y no pago bienes personales como tengo que hacer. Gracias
Hola Carolina.
El procedimiento es el mismo que el de personas que no pagan ningún impuesto, ya que no se permite tomar las percepciones a cuenta del Monotributo.
Slds.
Paula
Como estas?
A prinicipios de 2014 compré reales para viajar a Brasil, hoy AFIP me pide, para poder hacer la devolución del 35% un dato llamado «djat»
No tengo idea de donde sacar ese dato ya que compré los reales en el banco y no tengo en ningun lado dicho dato
Desde ya muchas gracias
Hola Pablo,
La DJAT es el código de autorización por la cmpra de divisas.
Ingresá con clave fiscal en el lugar donde pediste la autorización (consulta de operaciones cambiarias) y en lugar de ingresar una nueva solicitud andá a la parte de consultas. Allí te aparecen todas las autorizaciones que te otorgaron y el código correspondiente.
Slds.
Estimada :
Muy buen informe, mi consulta es la siguiente:
Ya que no estoy alcanzado por ninguno de los impuestos ¿ Hasta cuando tengo tiempo para presentar el formularia 746/A , para las percepciones que me efectuaron durante 2014 ?
Saludos.
Cesar.
Hola
No hay un plazo establecido.
Slds
Estimada Paula, comencé a trabajar en mayo de 2014, por lo que no he pagado ganancias hasta ahora (Diciembre 2014), pero lo haré en 2015 ya que supero el mínimo bruto de 15000 mensual. Tengo compras en el exterior realizadas en 2014 que quisiera deducir de ganancias del 2015. ¿Es esto posible? Gracias!
Hola Emilio
En principio, el 35% de compras en el exterior se toman como pago a cuenta del mismo ejercicio.
Para aplicarlo a otro ejercicio, entiendo que tendrás que inscribirte en Ganancias y presentar la DDJJ anual 2014 (en abril próximo) con saldo a favor para disponer de este monto en el pago de otros impuestos. (de todos modos, no es seguro que pagues Ganancias de tu sueldo en 2015).
Te recomiendo consultar a un contador para que te asesore en tu caso particular.
Slds.
Te hago otra consulta Paula, mi marido compra dolares ahorro todos los meses pagando al valor tarjeta, el no presenta ddjj de ninguna clase y quería saber si puede pedir el reintegro de el 35% ya que el no paga ganancias tampoco, muchas gracias!!
Hola Noelia,
El dólar ahorro tiene el 20% (no el 35%) y para comprarlo necesita presentar la autorización de Afip en el banco (no entiendo que compre sin esto).
Para pedir el reintegro puede usar el procedimiento para el caso de quienes no pagan impuestos que está en esta nota (herramienta Mis Aplicaciones Web).
Slds.
Consulta, estoy en relacion de dependencia y para este año RRHH me informa que no voy a pagar ganancias y tengo retenciones por compra en el exterior y por compra de dolar ahorro. Ahora quiero recuperar esos importes retenidos a traves de devolucion por CBU (ya averigue y tengo que sacar CUIT) y mi consulta es: tengo que presentar igual el F572 web y luego pedir el reintegro o directamente pido el reintegro sin presentar el formulario 572??
Muchas gracias
Diego
Hola Diego.
Si este año no te descontaron Ganancias no sirve de nada que completes el Siradig. Esto es para informar a tu empleador las deducciones y pagos a cuenta que tiene que tomar para liquidar el impuesto en tu recibo. Solo te devuelve hasta el monto pagado por Ganancias.
En tu caso tratá de pedirlo por Mis Aplicaciones Web.
Slds
Hola Paula, tengo una consulta, tengo una tarjeta con la que hice compras en el exterior y no tengo trabajo, mi esposo me salio de garantía de la tarjeta pero no es una extensión, es una visa. Me gustaría saber cómo puedo hacer para recuperar los impuestos que cobraron sobre ella ya que no estoy inscrita como autónoma o monotributista ni en relación de dependencia por lo tanto no tengo CUIT. Muchas gracias desde ya por la atención y por la información de la pagina que me fue muy útil siempre!
Hola Noelia,
El procedimiento es mediante el F. 746, en la nota lo podés ver en el apartado que dice si no pagás ningún impuesto. Vas a tener que tramitar el CUIT. De todos modos, si no tenés ingresos en blanco es difícil que la Afip te devuelva y es muy posible que te pidan explicaciones de dónde salió el dinero.
Slds.
hola. hay que tener alguna factura de la compra realizada con debito en el extranjero?
Hola Adrián,
Si comprás en el exterior, te deducen el 35% si pagás con una tarjeta de débito o crédito; el comprobante es el resumen de la tarjeta o del débito de la cuenta bancaria.
Slds.
Hola, se puede consultar las percepciones sin tener el CUIT?
Hola Soledad,
Sí, con la herramienta Mis Retenciones. El CUIT te lo pide en Mis Aplicaciones Web.
Slds.
hola, quería saber cuánto tiempo tarda la afip en devolver las percepciones y además, te aparece directamente en la cuenta del cbu? gracias
Hola Sofía,
La Afip no tiene plazo. Puede demorar más de un año (y sí, si te lo aprueban se acredita en la cuenta).
Slds.
Consulta, yo hasta agosto de 2013 pague IIGG, luego de ahi no me sacaron mas entiendo por el decreto que salio para los sueldos de septiembre. Cuando quiero llenar el formulario 746 me tira error no asi cuando lo quiero hacer con SIRADIG. La consulta es como recupero el 20% del dolar ahorro y la res del 35% para viajes? Ya declare el CBU pero solo puedo llenar el Siradig, me lo van a devolver?
Hola Lucio,
El problema es que el Siradig es para que tu empleador tome ese 20 y 35% y te lo descuente de tus retenciones de Ganancias. Si no pagás Ganancias no hay de dónde descontar.
Lo que la Afip estipula en estos casos es que te tenés que inscribir en Ganancias, presentar la ddjj en abril del año que viene con saldo a favor y ahí pedir la restitución (con mucha paciencia).
Te aconsejo consultar a un contador tu caso particular para ver qué te sugiere.
Slds.
Buenas tardes,
Alguien conoce a alguna persona que no pague ganancias, y haciendo este trámite del F 746/A se lo devolvieron?
Muchas gracias! La información está super completa
Hola Paula no puedo encontrar el item “Pago a cuenta – Compras en el exterior” cuando ingreso en SiRADIG lo que veo es «Pago a Cuenta – Compra de Moneda Ext. p Turismo…» etc.. como agrego la opcion de «compras en el exterior»? Gracias.-
Hola Christian
Mirá en esta nota, en el punto 10 (es ahí donde estabas viendo): https://www.presupuestofamiliar.com.ar/ganancias-completar-siradig-572-web/
Slds.
Buenas tardes!
Recién seguí todos los pasos y elegí las percepciones dentro de «aplicaciones web», desde donde puedo seguir el proceso? En realidad lo que más necesitaría es chequear el detalle de las que quedaron seleccionadas para poder agregar algunas manuales que no me aparecen, donde veo eso?
Desde ya muchas gracias!
Saludos,
Sofía
Hola Sofia.
Desde la misma herramientas Mis Aplicaciones Web en lugar de agregar un nuevo período consulta cada uno de los periodos cargados
Slds
hola buenas tardes, al momento de ir a mis aplicaciones web para cargar las percepciones mes a mes , me salta una pantalla que me dice que tengo que acercarme a la afip a efectos de confirmar mi domicilio. Porque me salta este error, y como tengo que hacer para solucionarlo?
Mil gracias
Saludos
Alvaro
Hola Alvaro,
Es porque tenés que sacar el CUIT en una oficina de AFIP (es probable que solo tengas CUIL). Tenés que llevar comprobante de domicilio.
Slds.
Hola! Consulta: El importe de debo cargar en el campo «Monto Total» es el la moneda que lo pague (Euros o Dolares) o en el equivalente a Pesos?
Muchas gracias!!
Hola Sebastián,
Es en pesos.
Slds.
Hola este ano voy a tener saldo a favor en bienes personales, puedo presentar compensaciones por los anticipos o debo esperar presentar DDJJ Gracias
Hola Lucrecia,
Estuve averiguando tu caso y lo que me dicen los contadores es que para tomar la retención a cuenta de Bienes Personales tenés que haberle informado previamente al agente de retención esta situación. Si no, te tendrías que inscribir en Ganancias (el año que viene), presentar la DDJJ con saldo a favor y utilizar este saldo para la DDJJ de Bienes Personales.
Slds.
Hola, hay alguna manera de obtener la información de los gastos que hice con mi tarjeta en el exterior (Nro de Comprobante, CUIT del comercio, monto, etc) sin tener que andar revolviendo los papeles buscando los tickets de compra.
Muchas gracias.
Hola Leandro,
Podés usar la herramienta de Mis Retenciones de Afip.
En esta nota tenés un instructivo y un video paso a paso: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/video-consultar-recargo-afip-compras-exterior/
Espero que te sea úti!
Slds.
LO que podes hacer es ingresar al sitio web de tu tarjeta y fijarte en los totales de retenciones mes x mes en el caso de Visa o Mastercard tiene una opción de detalle anual de impuesto cobrado por compras al Exterior.
Hola quisiera hacer una consulta: en mi caso tribute un solo mes ganancias y realice la declaración por formulario 572 en tiempo y forma (de hecho en el cuadro de ganancias que mi empleador me realiza, figura la retencion de ganancias, y la deducción del saldo a favor que genere en mi viaje al exterior). Al consultar con afip, y luego de declarar cbu y tramitar la CUIT, me dijeron que debía bajarme el aplicativo SiAp, y luego descargar el aplicativo «Devoluciones y Transferencias» desde el cual ingresar nuevamente las retenciones sufridas por las compras en el exterior. Finalmente debo meterme en la pagina de afip para, con otra aplicación, solicitar que se exporten dichos datos del SiAp y recién ahí sentarme a esperar la acreditación de mi dinero. Es eso cierto? tiene una fecha limite? Alguno sabe bien como utilizar el modulo de «devoluciones y transferencias»?
Muchas gracias!!!!!
Hola Felipe.
Entiendo que a vos te quedó un saldo a favor que no lo podés restar de Ganancias.
Lo que tendrías que hacer es inscribirte en el impuesto presentar la declaración jurada con saldo a favor y pedir el reintegro, que no tiene plazo de respuesta. Esto es el trámite que te dijeron en Afip.
Te recomiendo que antes de hacer nada, consultes a un contador para ver si te conviene todo ese trámite.
Slds
Mi mujer pago el alquiler de un auto con tarjeta de credito en la argentina, y le cobraron en dolares, en el resumen de cuenta de la tarjeta de credito, vino desglosado en pesos y en dolares y en otro item el famoso 35 %, como puede recuperarlo, ya que ella no paga ganancias, es trabajadora en relacion de dependencia.
Hola José Luis.
Mirá en esta nota el procedimiento: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/video-pedir-reintegro-del-2035-a-la-afip-si-no-pagas-impuestos/
Slds.
Es para débito y crédito? o solamente las compras que se hicieron en el exterior con tarjetas de crédito? muchas Gracias!!
Hola,
Es para ambas. Tanto en compras con débito con crédito en el exterior se suma el 35% de percepción de AFip.
slds.
Hola Paula, una consulta, mi caso era complicado porque durante el 2013 yo haba pagado impuesto a las ganancias y luego desde Agosto cdo lo suben a 15.000 deje de hacerlo. Bien, asesorada por vos y un contador hice todo lo que la afip me solicitaba, darme de alta en ganancias, (para pedir la devolución vía DDJJ, declarar CBU, y armar cosa que hice, la declaración jurada del 2013 exteriorizando mi saldo a favor…
De esto ya paso bastante, esto lo realice en Abril 2013…cuando vencía a plazo..aun no tuve novedades, sabes de gente a la que le hayan devuelto habiendo tenido que pasar por todo lo que pase yo, (que no fue nada fácil ni sencillo)????
Tiempos???
Hola Victoria,
Hay muchísima gente que quedó en tu situación.
Como todo lo que se pide a la Afip para que te reintegre no tienen plazos. Así que hay que armarse de paciencia y esperar (los plazos pueden ser eternos).
hola que tal, no pago ningun impuesto asi que tengo q completar el fromulario en mis aplicaciones web, pero desde enero del 2014, se puede, i en cuanto tiempo te reintegran??
Hola Federico,
No hay un plazo definido. La Afip se toma mucho tiempo (varios meses, incluso hay pedidos pendientes del año pasado).
Slds.
Que tal paula. Otra inquietud. Loas percepciones por comiras en el exterior y por compre de dólares se pueden cargar en cualquier momento no? A lo que me refiero es que no se cargan junto con la DJ de ganacía de los empleados que tienen un plazo hasta el 31 de enero creo y en las que se cargan dedicción es con se ser de gastos médicos.
Hola Federico,
Si es a través del Siradig, se pueden cargar en cualquier momento pero la fecha tope es el 31 de enero (el empleador lo tomará en la declaración final de febrero, pero hay algunos que lo tienen en cuenta cada mes).
Si es a través del f 746, en cualquier momento.
Slds.
Hola: estoy recientemente jubilada y cobro en mano $ 10.000.- ¿Puedo comprar dólar ahorro? Gracias por su pronta respuesta.
Hola Rosa,
Por tu ingreso, sí podrías comprar. Fijate si la AFIP te autoriza (acá la nota con el paso a paso: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/todo-lo-que-tenes-que-saber-para-ahorrar-en-dolares/
Slds.
Hola que tal.tengo compras en el exterior desde enero del 2014 y no pago ningún impuesto.hasta cuando tengo tiempo para llenar el formulario vía web y realizar el reintegro. Otra consulta cuanto tipo tienen el afín para reintegrar lo solicitado o más o menos en cuanto tiempo lo devuelve
Hola Federico,
No hay un plazo ni para pedir ni para que te respondan el pedido a través de Mis Aplicaciones Web. Te recomiendo hacer el trámite lo antes posible para que vaya corriendo el plazo. Y después, paciencia.
Slds.
hola, no pago ningún impuesto, para recuperar el 20 % del dolar ahorro, debo sacar el CUIT?
Hola Raúl,
Sí. Para llenar el Formulario 746 vas a necesitar tener CUIT.
Slds.
hola, te hago una consulta, soy empleado en relación de dependencia, y no pago ganancia a la 4ta categoría debido a que quede por debajo de los 15.000. para pedir el 20 % del dolar ahorro, solo debo completar el formulario en «mis aplicaciones web, y pedir la devolución mes a mes?
Hola Raul
Así es. Antes vas a tener que sacar el Cuit (si no lo tenés).
El software de afip no te genera en forma automática el 20% del dólar ahorro, así que lo tenés que cargar a mano. Slds
Buenas Tardes, alguien sabe si en el caso de haber tenido gastos en 2013 los cuales sufrieron percepción y no fueron reclamados, los puedo reclamar en 2014?
Gracias!
Hola Leonardo,
Sí los podés reclamar, pero es complicado (y no sé si te lo van a autorizar). Te recomiendo consultar a un contador para ver si te conviene en tu caso particular.
Slds.
Hola,estoy exento del pago de impuesto a la ganancias desde agosto del 2013,hoy en día cobro mas de $ 15000 y quiero pedir el reintegro del gasto de tarjeta en el exterior(35%),para eso tengo que pedir el cuit y anotarme como responsable inscripto si es q entendí bien lo que me explicaron en afip,mi pregunta es la siguiente….si hago esto del cuit,me van a empezar a descontar el impuesto a las ganancias nuevamente? O algún otro tipo de impuesto? Gracias y muy buena la pagina.
Hola Sergio,
Si solamente sacás el CUIT no genera ningún efecto. Pero, si te inscribís como responsable en el impuesto vas a tener como obligación presentar las declaraciones juradas anuales y otros requisitos según tu situación.
Vas a tributar Ganancias en la medida que tus ingresos menos lo que puedas deducir de un saldo positivo. Si no, no.
Me parece que en tu caso deberías probar si te deja realizar el trámmite de Mis Aplicaciones Web (form. 746) pero sin inscribirte en Ganancias. Mirá http://www.youtube.com/watch?v=6YJcGQtdaNQ
Podés sacar el CUIT sin ningún problema pero antes de inscribirte en un impuesto consultá tu caso particular a un contador, por las dudas.
Slds.
Hola paula gracias por contestar ,voy a averiguar en la afip si me dan el cuit sin inscribirme en nada(quizás entendí mal) eso por un lado y por el otro me exprese mal en la pregunta….el formulario 746 lo puedo completar para reclamar el 35% el problema era que no me aparece el botón de «agregar percepcion» para reclamar el 20% por compra de dolar ahorro. Por eso supuse que necesitaba el cuit. Saludos.
Hola Sergio,
es que esa opción no la habilitaron. Podés agregarlo a mano.
Slds.
Que pasa si soy Monotributista y al facturar me hicieron las percepciones en relación al impuesto a las ganancias? Como los puedo imputar a Monotributo? Gracias
Hola,
No se puede tomar a cuenta del Monotributo. Sólo podrías si pagaras Bienes personales. Si no, tendrías que utilizar el formulario 746 (mis aplicaciones web).
Slds.
Hola Paula, Gracias por tu respuesta. Si, yo me refería para tomarlo a cuenta de Bienes Personales. Actualmente, lo veo en Mis Retenciones, bajo el concepto de Ganancias. Cómo puedo hacer para tomarlo a cuenta de bienes personales? Gracias Saludos
En ese caso, lo tenés que presentar en la declaración jurada anual del impuesto. Te recomiendo que consultes con un contador para hacerlo.
Slds.
Hola, buenos días
Una consulta concreta:
Compré un pasaje con una tarjeta de mi papá en despegar. La percepción apareció en Mis retenciones del titular (mi papá) pero con el CUIT de la aerolinea. EL comprobante que me envio despegar figura a nombre del titular de la tarjeta, el comprobante de la aerolinea (ticket electrónico) está a nombre mio que soy el pasajero.
Ahora bien, cuando intento pedir la devolución de la percepción por siradig del titular me pide el nombre del pasajero y solo aparece el titular (ya que yo no estoy a cargo del titular).
Que me conviene hacer? pedirla con el cuit de lan a nombre de pasajero del titular (que es como aparece en Mis Retenciones) o cargarla manualmente con el cuit de despegar que si tengo un comprobante a nombre del titular? Cruzan de alguna manera la información con migraciones para saber quien viajo?
Espero me puedas ayudar, pregunte en la AFIP y todas las respuestas son ambiguas.
Muchas Gracias.
Hernán.
Hola Hernán,
En principio, quien tiene que puede tomar como pago a cuenta la percepción es quien paga el viaje, en este caso la Afip presume que es el titular de la tarjeta, no importa quién viajó.
Salvo que puedas demostrar de alguna forma que vos pagaste, tendría que pedirlo tu papá.
Slds.
Nunca presente las DDJJ informativas de ganancias, me intimó/notifico la AFIP y quiero presentarla. En 2013 hice compras con tarjeta en el exterior y me retuvieron ese 20%, como lo cargo, donde? Hay un servicio con clave fiscal «Regimen simplificado para trabajadores en relacion de dependencia», es ahi?
Te recomiendo consultar a un contador para que lo haga. Hay que presentarlo mediante un aplicativo. Ese servicio es solo para Ganancias pero también tendrías que presentar bienes personales. Slds
Paula te hago una consulta yo presente en abril del 2014 , lo que me retuvieron sobre los 4 pasajes en Buquebus, los 300 dls queme autorizaron comprar y el porcentaje que me cobro la Afip sobre los pesos ur uguayos que me autorizaron. Ahora bien los de los pasajes figura como aprobada , Que significa eso?
Gracias
Hola Graciela,
No me aclarás cuál es tu situación, entiendo que es por el formulario 746 (Mis aplicaciones web).
En ese caso, deberías estar en condiciones de cobrar el reintegro en tu cuenta bancaria, si declaraste el CBU.
Por cualquier duda, te sugiero consultar a la AFIP: (0810) 999 2347
Slds.
Hola,
Soy el caso que no paga ningún impuesto. Hice compras con tarjetas adicionales. Esas retenciones no aparecen. ¿deberían aparecer? ¿las puedo agregar? ¿como se hace?
¿Como puedo estar seguro de que si tengo o no CUIT?
Saludos.. César
Hola César.
Las percepciones las tiene que solicitar quien las paga, en teoría; o sea, el titular de la tarjeta.
Si no aparecen, agregalas manualmente cuando completes el formulario 746 (hay una opción para agregar lo que no te aparece en Mis Retenciones).
Tenés CUIT si alguna vez te inscribiste en algún impuesto (si hiciste el trámite personalmente en la Afip): monotributo, Ganancias, bienes personales, u otro.
Probá de completar el F. 746 y si te dice que tenés que dirigirte a una oficina de Afip es muy probable que sea porque no tenés CUIT (el trámite es muy sencillo).
Slds.
Presenté el frio. 746/A para la devolucion del 35% de las tarjetas de credito(con todos los pasos del CBU etc). Saben cuanto tiempo tardan hasta que te depositan la plata? en promedio mas o menos…como para tener una idea si son dos meses o un año. Gracias!
Hola Adriana,
La Afip no tiene ningún plazo para responder. Sé que están resolviendo algunos casos que se presentaron el año pasado, pero la verdad que no sé mucho más. En el caso de las empresas, los reintegros pueden demorar un par d años, pero no sé si en esto va a ser igual.
Yo no contaría con esto y, si llega, bien.
Slds.
Paula, te consulto, los que nos inscribimos en ganancias para poder pedir la devolución vía DD.JJ. Que pasa??
Cuanto le calculas para que lo vean????? Conoces algún caso que lo hayan devuelto?
Yo la presente en Abril pasado.
Por estar inscripta es que no me deja este año cargar el 746 verdad??
Hola Victoria.
Para que la Afip te haga un reintegro del dinero hay que tener muuucha paciencia. distinto sería si pagaras algún impuesto y lo podés aplicar al pago, porque es más rápido.
Para que tengas una idea, a las empresas los reintegros les pueden demorar un par de años.
Como estás inscripta no te va a dejar pedir por el 746, pero la demora es similar, creo.
Slds.
Hola, queria hacerles una consulta.
Mi sueldo es inferior a los $15000 mensuales, pero algunos meses con horas extras me cobraron impuesto a las ganancias, realmente un importe muy bajo. Yo hice el reclamo por lo que abone de impuesto por compras en el exterior y notifique a mi empleador. Lo que quiero saber es que pasa con la devolucion en febrero si me voy del empleo que estoy actualmente. Quien me devuelve ese dinero??? Gracias.
Hola,
Si te vas del trabajo, cuando te hagan la liquidación final también te tienen que cerrar la liquidación de Ganancias y ahí incluir todo lo que declaraste.
Slds.
Se puede hacer en oficina de afip ?
Los trámites son vía web, con clave fiscal.
Slds.
Hola, quería hacer una consulta. Completé a principio de año en tiempo y forma los formularios para la devolución del 35% por compras con tarjeta en el exterior (por internet), a mi no me descuentan impuesto a las ganancias. Cuando consulto en la web de Afip el estado de los formularios presentados, dice que están Aceptados. Pero aún no me devoliveron nada de lo retenido. Se sabe cuándo realizan esa devolución? A alguien ya le devolvieron el 35% de la tarjeta?. Gracias.
Olvidé comentar que tampoco pago bienes personales, que gano menos de 15000, y que tengo cargado el CBU. No se qué mas hacer. Gracias.
Si tenés cargado el CBU, andá a la dependencia de Afip que te corresponde para ver por qué todavía no te depositaron el monto (si está aceptado).
Slds.
Mira yo tengo pendiente un cobro por compras en el exterior desde Enero de 2013 y ya me aprobaron y todo y todavia no me depositaron nada. Creo que hay que tener paciencia nomas. Saludos
Hola.
Tendrías que ver si declaraste el CBU de tu cuenta bancaria. Si no lo hiciste, consultá en la oficina de Afip a ver qué pasó con tu trámite.
Slds.
Hola que tal. Quisiera saber si puedo solicitar la devolución de las percepciones que me hicieron por operaciones este año? o tengo que esperar al año que viene? espero su respuesta. gracias.
Hola Marcos,
Podés ir pidiéndola ahora, pero te lo van a devolver el año que viene.
Slds.
Hola. las retenciones/percepciones por compra de moneda extranjera que hice este año recien puedo pedir que me las devuelvan el año que viene verdad? o puedo hacerlo ahora?
Hola,
Las podés ir pidiendo ahora cada mes, pero te las van a devolver el año que viene.
Slds.
Buenas tardes. Gano menos de 15000 por mes y no pago impuesto a las ganancias. Debo viajar al exterior. me devuelven el 35 de los pasajes de avion y los gastos afuera?? muchas gracias.
Hola Sergio,
Si no pagás tampoco Bienes Personales, podés pedir que te lo reintegren mediante el formulario 746/A (mirá en la nota cómo es el procedimiento), pero la verdad que no están respondiendo estos pedidos. Es cuestión de plantearlo y esperar.
Slds.
hola te hago una consulta!!! yo compre unos Juegos Digitales de PC via Tarjeta Visa por un valor de $50 Dolares (dolar oficial 8.16) !! seria un total de $408 pesos, tengo que agregarles el %35 en pesos? o no me lo cobran?!! y si me los cobraran que tengo q hacer para recuperar el %35?
Hola Santiago,
Sí tenés que agregarles el 35%. Te lo va a cobrar la tarjeta en un ítem aparte (se paga en pesos).
Para recuperar ese monto tenés que ver cuál es tu situación laboral, si pagas impuesto o no, etc. Fijate tu caso en esta nota.
Slds.
Tello lucas. Yo no pago gananciaa se puede recuperar las retenciones q me hisieron. En un viaje al exterior.
Hola Lucas.
Fijate en la nota en la herramienta Mis Aplicaciones Web. Es para quienes no pagan impuestos nacionales.
Slds
Perfecto, pero…Còmo hago para que me devuelvan todo lo que tengo a favor del 2013- en el cual me descontaron ganancias hasta Julio/ Agosto y justo despues de esos meses hice los gastos con tarjeta mas importantes… Presente la DD. JJ en abril 2014- Pero no tengo novedades, que puedo hacer para que me devuelvan esa guita.???
Sigo cargando en el Siradig los gastos con tarjeta ??? si viajo? Como para que al menos vean y quede asentado lo que estoy pagando de impuestos y no me devuelven?
Hola Victoria,
Te recomiendo que consultes a un contador para hacerlo (te aclaro que yo soy periodista, aunque conozco del tema esto es muy puntual). Según entiendo, se puede aplicar al pago de otros impuestos (ganancias o Bs. personales) en el futuro, o bien pedirlo y esperar con mucha paciencia.
Slds.
Acabo de probar si me deja cargar algo en mis amplicaciones web y nooooo, imposible, me dice que para el periodo fiscal, yo estoy inscripta en impuesto a las ganancias…
Hola Victoria,
No te deja porque estás inscripta en Ganancias. Si este año no te retienen el impuesto del sueldo, vas a tener que pedirlo a través de la delaclación jurada 2014, que vence en abril del año que viene.
Slds.
Hola Paula!
Yo igual que la persona que te escribió antes, estoy en la misma situación,
Desde Agosto del año pasado no pago Imp Gcias. y he seguido igual….cargando en el siradig todos los importes de las percepciones de compras en el exterior y compras de dolares.
Asmismo, me he inscripto en impiusto a las ganancias y presente mi DD.JJ, en Abril…que hasta ahotra no me devolvieron nada.
Que hago con el 2014 que no pago impuesto porque no me da el monto de mi sueldo, no llego a 15000 por mes…
Cargo en mis amplicaciones web????
Si lo cargo en el siradig…igual, no lo veo luego en mis aplicaciones web?
Debo reclamar lo del 2013- que pedi por la DD. JJ. ???
Muchas gracias, Victoria-
Hola soy monotributista , que seria pagar bienes personales ? ya tengo los datos para solicitar la devolucion pero no se si puedo aplicarlo con bienes personales ( porque no se si pago ) o mediante la resolucion 3420 , gracias.
Hola Claudio,
Te correspondería pagar si tu patrimonio supera los $ 305.000 valuados según la AFIP. Mirá cómo es en esta nota: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/quienes-pagan-bienes-personales/
Si estás dentro de estos casos, te recomiendo consultar a un contador para que te asesore en tu caso.
Si no tenés que pagar Bienes Personales, solicitá la devolución mediante el formulario 746 y esperá a que te respondan (se toman bastante tiempo, meses).
Slds.
Hola! Cuando el gastos en el exterior lo hace la tarjeta de credito ADICIONAL quien recuperara el 35%? el titular de la tarjeta y la cuenta? Te pregunto esto porque soy ama de casa y mi marido es el que trabaja en rel, de dependencia.Gracias.
Hola Gisela,
Es el titular, porque es quien supuestamente paga la cuenta para la Afip.
Slds.