A partir de abril de 2014, el Gobierno argentino implementó nuevos cambios que complementan el nuevo régimen del servicio doméstico.
Lo sustancial apunta a la necesidad de abrir una cuenta sueldo, la obligación de contratar una ART y algunas precisiones sobre las vacaciones.
Veamos de a uno cuáles son los cambios que estableció la reglamentación del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares (la ley se había publicado un año antes, en abril de 2013) y cómo te podrían afectar:
Remuneración. Las empleadas que trabajen durante 32 horas o más por semana (en una misma casa) cobrarán a través de una cuenta sueldo. Esta cuenta bancaria la tendrá que abrir el empleador y es sin costo para la trabajadora. En los casos de un trabajo por menos horas semanales, el pago mediante el banco es optativo.
Pese a esta obligación, el decreto reglamentario dice que la empleada puede pedir que le paguen en efectivo (nota: desde septiembre de 2014 suben los aportes obligatorios a la AFIP, mirá «Cuánto es el nuevo aporte de la empleada doméstica (septiembre de 2014)«).
ART. El decreto reglamenta el artículo de la ley sobre la cobertura de accidentes laborales y obliga a los empleadores a contratar con una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART).
Además, establece que la AFIP será la que cobre la cuota (que se sumará al aporte mensual) y después distribuirá los fondos entre las ART.
Consultá esta nota con los detalles del nuevo régimen, que es obligatorio desde noviembre de 2014 «Empleadas domésticas: cómo es el nuevo régimen de ART«.
Por el momento, entonces, quienes tienen contratado un seguro de accidentes personales para cubrir a su empleada doméstica, pueden seguir con este sistema hasta que venza el período del contrato.
Pago de las vacaciones. En el caso de que la empleada trabaje sólo algunos días por semana, para calcular las vacaciones se multiplica la cantidad de días de la semana, por las semanas que le corresponden de licencia anual. Por ejemplo, si trabaja dos días por semana y tiene menos de 5 años de antigüedad (14 días corridos de vacaciones), se pagarán 4 días. El monto es el que cobra normalmente.
Vacaciones mínimas. Si una empleada no cumple los 6 meses de trabajo dentro de un año calendario, necesarios para tener la licencia anual completa, la ley establecía un día de vacaciones cada 20 días de trabajo corridos.
En la reglamentación se fijó un mínimo de días corridos de vacaciones pagos:
– Si trabajó entre 4 y 7 semanas, le corresponderá, al menos, 1 día.
– Entre 8 y 11 semanas, 2 días.
– Entre 12 y 15 semanas, 3 días.
– Entre 16 y 19 semanas, 4 días.
– Más de 20 semanas, 5 días.
Las vacaciones comienzan el primer día hábil de trabajo habitual de la semana; y si es feriado, al siguiente.
Cuota sindical. Hoy la afiliación al gremio es voluntaria y cada empleada debe ir a abonar la cuota al sindicato. Ahora se encomienda a la AFIP a implementar el cobro de esta cuota sindical y derivarla al gremio correspondiente.
Empleo temporario. Se puede contratar una empleada por tiempo limitado (se llaman eventuales o por temporada), siempre y cuando se haga un contrato por escrito donde quede asentado los motivos. Si es un reemplazo de otra trabajadora (por ejemplo, en caso de licencia por maternidad), debe quedar por escrito el nombre de esta.
Empleo de menores. También tiene que quedar asentado en un contrato. La trabajadora debe tener un certificado médico de que está apta para el empleo y, además, tener certificado de los estudios terminados. Los menores de 18 años no pueden trabajar más de seis horas diarias y en horario diurno (desde las 6 hasta las 20 hs).
Antes de contratar un menor de 18 años hay que tener en cuenta estos y otros requisitos estrictos porque si no la relación se considerará mal registrada.
Tribunal para resolver problemas. Se crea el Servicio de Conciliación Obligatoria para el Personal de Casas Particulares (SECOPECP) para resolver las controversias entre trabajadores y empleadores. Este funciona.
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–Cuánto es el nuevo aporte de la empleada doméstica (septiembre de 2014).
–Qué hay que tener en cuenta al contratar una empleada doméstica.
–Paso a paso para registrar el servicio doméstico.
–Empleada doméstica: cómo es el nuevo recibo de pago.
–Remuneraciones del servicio doméstico.
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Por: comunidadpresupu-admin
Quisiera saber ,,,yo cumplo 6 años en una casa recien en agosto del 2014 me blanqueo ,,,quisiera saber cuantos dias me correspobde de vacaciones,,,ya q ayer me dijo 2 semanas q me toca muchas gracias espero respuesta
Hola Erika,
La antigüedad se calcula al 31 de diciembre de cada año. Fijate en esta nota cuántos días te tocan: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/empleada-domestica-como-pagar-las-vacaciones/
Slds.
Hola, mi empleada domestica trabaja 2 veces x semana 5 hs x dia, o sea 10 hs. semanales. Corresponde pagarle Aguinaldo y vacaciones?. Si la respuesta es positiva, deberia pagarle aguinaldo cuota junio y cuota diciembre o a partir de cuando cambia la ley. Yo tenia entendido que era a partir de 16 hs semanales trabajadas. Muchas gracias por su respuesta
Hola Bárbara.
Desde el año pasado todas las empleadas domésticas cobran aguinaldo y vacaciones.
Slds.
Hola gracias por el asesoramiento. Mi empleada comenzó en abril y tomó en agosto licencia de 3 meses por maternidad y se reincorporó en noviembre. No ha trabajado 6 meses corridos…igualmente le corresponden 14 días de vacaciones? Y el pago de las mismas sería el correspondiente a 8, ya que trabaja 4 días a la semana?
Hola Irene
Por el período de licencia consultá en el Ministerio de Trabajo 0800-666-4100 opción 5.
El pago de las vacacionesconsultalo en esta nota: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/empleada-domestica-como-pagar-las-vacaciones/
Slds.
yo trabajo 3 veces ala semana 4 hora 1/2 x dia a cuarenta la hora me corresponde el aumento de enero?
Hola
Los aumentos son de los sueldos mínimos. Si estás cobrando más podrían aumentarte menos.
Slds
Hola paula gracias por tu respuesta, me explicarias bien como se saca el proporcional del aguinaldo? Disculpa tantas molestias y gracias por todo
Hola Victoria,
el proporcional es para pagar a empleadas que no trabajaron todo el semestre. Tenés que poner la cantidad de días dividido 180 días. Este valor multiplicalo por el medio aguinaldo completo.
Más información en esta nota: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/calcular-aguinaldo-empleada-domestica/
Slds.
Perdon por decirte ana, Paula. Soy victoria
Hola ana soy empleada domestica de casa particular asi figuro, quisiera saber cuanto me corresponde de aguinaldo ya q empece a trabajar el 1 de septiembre mi sueldo es de 2400 y el mayor sueldo que tuve sin contar diciembre es de 2640 porque como otros conceptos cobre 240 lo cual en dic seria de 2760 ( otros conceptos 360) y solo me quiere pagar 3 meses cuando deberia cobrar por los 4 meses desde sep a dic inclusive…
Ademas quisiera saber si mi sueldo es acorde a los aumentos nuevos y cuanto tendria que cobrar a partir de enero de 2015 cuando trabajo mas de 16 hs. Semanales. Desde ya muchas gracias, atte victoria.
Hola Victoria.
El aguinaldo es una proporción. Si trabajás desde septiembre es 4/6 por la mitad del mejor sueldo del semestre.
El sueldo mínimo es de $ 3864 por mes para un trabajo de 48 hs semanales o un proporcional si trabajás menos de 32 hs semanales.
En esta nota podés ver los valores vigentes y los de enero :ttp://www.presupuestofamiliar.com.ar/cuanto-cobran-las-empleadas-domesticas/
Slds
Si una empleada trabaja 3 veces a la semana-15 hs en total- le corresponde aguinaldo y vacaciones
Hola Ana,
A todas las empleadas les corresponde.
Slds.
Hola, yo quisiera saber cuntos días de vacaciones le debo pagar a una empleada que trabaja 1 vez por semana 6 hs, es decir 24 hs semanalas. Debo pagarle sólo 2 días (según lo que entiendo por la explicación dada arriba)? o cómo lo debo calcular?
Hola Cecilia,
En esta nueva nota de la página está la forma de cálculo de las vacaciones: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/empleada-domestica-como-pagar-las-vacaciones/
Slds.
Hola, tengo ciertas dudas con mi empleada, ella trabaja conmigo desde Mayo de este año, al principio venia una vez por semana 9 horas, hace un mes trabaja 3 veces por semana (lunes miércoles y viernes), a veces viene 2 porque tiene una vida muy complicada, pero siempre suman 15 horas semanales, nada mas. Por mes le pago $2500 mas el viatico, serian $2750. Ella me pidió que le pague por semana porque no sabe manejar su economia con mensualidad, entonces divido los 2750 por la cantidad de semanas que tiene el mes, hasta ahi mas o menos se entiende. Ahora viene la duda, a fin de año hay feriados, se toma las vacaciones y le corresponde el medio aguinaldo… Ella se quiere tomar a partir de la semana del 29 de diciembre. Estoy muy confundida porque como me pidió que le pague por semana, pero diciembre tiene casi 5 semanas, no me queda claro cuanto le tengo que pagar por vacaciones y sueldo, si sumo todo. Ademas, a partir de cuando se calcula el comienzo de sus vacaciones?? pensando que son 14 dias corridos que le corresponden por antigüedad, se calcula a partir del 29 o del 23 que es el ultimo dia que viene a trabajar?? Ah lo que si, me ofreció venir el 26 feriado para compensar los feriados y navidad…
Cuanto le tengo que pagar antes de sus vacaciones??? Si lo calculamos desde el 26 entonces? y desde cuando se cuentan sus vacaciones? desde el 26 o desde el 29 (lunes).
le pagaria lo úlimo del mes el dia 26 pero asi ya le estaria pagando dias vacacionales porque se los toma antes de fin de mes, como se hace???
Espero se entienda algo, tengo un matete en mi cabeza y al escribirlo es peor aun.
Muchas gracias
Hola Carla,
Las vacaciones se empiezan a contar (los 14 días corridos) desde un lunes o el primer día hábil de trabajo habitual.
Fijate en esta nota a ver si te aclara un poco: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/empleada-domestica-como-pagar-las-vacaciones/
Slds.
sara delgado consulta: los feriados puente ej 26 de dic. y 2 de enero si la empleada se presenta a trabajar se debe pagar doble? gracias
Hola Sara.
Ambas fechas se toman y se pagan como cualquier feriado nacional.
Slds
Hola,
Hay que pagar el aguinaldo también?
Gracias!
sí.
Me faltó aclarar en la consulta, que la empleada trabaja 5 horas semanales. Gracias.
hola tengo una duda con la vacaciones estoy mas de un año se que me corresponde 14 días pero mi jefa me dice que se cuenta feriado y fines de semana y yo solo trabajo LaV TRABAJO 4h por día..y me quiero tomar las vacaciones el lunes 22 de diciembre y según mi calculo debería empezar el martes 13 de enero el trabajo.. pero ella quiere que vuelva el 5 de enero ya que cuenta los días de navidad y año nuevo más sábado y domingo..y no me parese justo que me descuente los días que ya de por si no trabajo
Hola Laura.
Las vacaciones son 14 días corridos. O sea, no importa si hay feriados o no en el medio.
Slds
mi empleada viene 3.30 de lunes a viernes pero falta mucho, a veces, hay semanas enteras en las que no viene, esos días se pueden descontar? o establecer un sueldo basico y luego un plus por dia trabajado? o pasar del pago mensual al pago por hora trabajada? si cambio de pago mensual a pago por hora tengo que hacer algun cambio en la registración ante la afip?
gracias
Hola Romina,
Si le pagás por mes y falta, los días obviamente se los tenés que descontar.
La otra opción me parece que puede ser más conveniente en tu caso es el pago por hora. Para eso, cambiá la registración en la Afip.
Slds.
hola,tengo una empleada que viene de 8 a 1 de lunes a viernes cuanto tendría que pagarle? y de lunes a sábado? muchas gs
Hola Carlos.
El sueldo mínimo es de 3864 por mes por 48 hs semanales. Si trabaja menos de 32 hs se calcula un proporcional.
Slds
Buenos Dias, viendo el calendario de diciembre 2014, les pido si por favor me aclaran si tengo que pagar todos los feriados (incluyendo los «turísticos puente»? mi empleada esta en blanco pero trabaja solo 3 veces por semana, 15 horas semanalmente. Se puede pactar que no venga si quiere pero que recupere las horas de alguna manera? según este calendario le estaría pagando toda la semana prácticamente sin presentarse a trabajar… muchas gracias!
Hola Solana,
En teoría le tenés que pagar todos los feriados nacionales, incluidos los puente (es cierto que son muchísimos). En diciembre son: 8, 25 y 26 (24 y 31 no) y en enero 1 y 2.
Slds.
Hola , tengo una empleada que estuvo a prueba 15 días y luego la anote en blanco a partir del 01 /09 , o sea que no se cumplieron los 3 meses . Necesito despedirla por faltas reiteradas . Cual es el procedimiento? Y que corresponde abonarle? Trabaja 4 hs diarias de lunes a viernes.
Espero su respuesta , muchas gracias ,
Monica
Hola Mónica,
La indemnización mínima es de un sueldo. Se paga el mes de preaviso y un proporcional de vacaciones no gozadas y aguinaldo.
Además, tenés que darla de baja en el registro de la Afip.
Slds.
Quisiera saber cuanto le corresponderia cobrar a mi empleada domestica que trabaja 3 horas diarias de lunes a viernes,y si la jubilacion va por partes iguales ?
Hola María,
La jubilación depende de muchas cosas más (los años, aportes en otros trabajos, etc).
El sueldo mínimo por 48 hs. semanales es de 3.864 por mes, o un proporcional si trabaja a tiempo parcial (menos de 32 horas semanales).
Si el pago es por hora, el mínimo es $ 30 la hora.
Slds.
Hola soy empleada trabajo hace 7 años 6 hs d l a v y estoy embarazada me piden q renuncie q debo hacer ?
Hola Mabel,
No te pueden pedir la renuncia por estar embarazada. Te sugiero consultar al sindicato de tu ciudad.
Slds.
Hola, tengo la siguiente duda, debido a que me han respondido distintas cosas. Contrate una persona para el cuidado de mi hijo, viene 40 hs semanales. Ella es pensionada nacional y tiene PAMI como obra social. Yo la deberia dar de alta como activa porque en realidad no es jubilada, pero el aporte de la obra social si o si lo tengo que hacer? a ella no le interesa cambiar de OS. Supongo que lo tengo que depositar, seleccionar cualquier obra social y ese dinero perderlo.
Hola Alexis,
Si trabaja más de 16 hs. semanales tenés que hacer el aporte obligatorio completo, no importa si ella ya tiene obra social (tendrías que señalar cuál es en el registro de AFip, incluso es probable que aparezca en forma automática).
Slds.
donde encuentro escala salarial para salta capital en la web? gracias…
Hola Pablo,
La escala es la misma para todo el país. Salarios mínimos: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/wp-content/uploads/2014/10/Remuneraciones-servicio-dom%C3%A9stico-2014-2015.pdf
Slds.
quisiera saber cuanto se fue el pago voluntario diferencia de contribucciones 896 23 y 895 92
Hola Mónica,
El total que tenés que completar es:
233 de obra social (aporte trabajador)
35 de jubilación (contribución empleador, sigue igual).
La diferencia depende de cuál es la categoría de aportes obligatorios en la cual estás. Mirá los nuevos valores acá: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/wp-content/uploads/2014/07/Aportes-servicio-dom%C3%A9stico-AFIP-2014.pdf
Slds.
tengo una empleada hace pocos dias por eso quiero saber que tengo que hacer,viene 2 veces 4hs,cobra por hora $40.por favor quiero saber que tengo que hacer!!!!!!!!!!!!!!urgente
Hola Julia,
Te tenés que registrar como empleadora y dar de alta a la trabajadora en la AFIP: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/paso-a-paso-registrar-afip/
Te dejo esta nota para que veas cómo es el régimen: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/contratar-una-empleada-domestica/
Slds.
Hola yo trabajo 7 hs por dia de lunes a viernes cuanto tendria que ser mi sueldo trabajo en una sola casa
Hola Astry,
Aquí están los nuevos sueldos mínimos desde octubre: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/cuanto-cobran-las-empleadas-domesticas/
Slds.
hola trabahajo de niñera de lunes a viernes 4 hrs por dia 20 semanales cual seria mi sueldo y estoy empleada desde mayo del 2014 cuantos dias de vacaciones me corresponden gracias
Hola Zulma,
En esta nota están los nuevos sueldos mínimos: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/cuanto-cobran-las-empleadas-domesticas/
Las vacaciones son 14 días corridos.
Slds.
mi amiga trabaja entre 13 y 14 hs por dia,dos veces por semana.le pagan $40 pesos la hora.o sea que no le conviene que la blanqueen,porque estuve viendo que le tendrian que pagar $30 la hora…una miseria,y de ahi tendria que pagar la obra social,los aportes jubilatorios,ART,ect.que le queda?
Hola Analía,
No es una cuestión de conveniencia sino que estar en blanco es una obligación del empleador (que el trabajador tiene que aceptar).
Sobre el monto por hora, el mínimo es $ 30 pero se puede arreglar entre las partes cobrar más (y de ningun modo se peude reducir el sueldo).
Slds.