Impuestos

Bienes Personales: todo lo qué hay que considerar al cierre de 2021

20/12/2021

El impuesto patrimonial se basa en una “foto” al 31 de diciembre de cada año. Se puede pagar menos poniendo el dinero en rubros exentos. La actividad del Congreso estos últimos días es clave para ver el impacto del mínimo no imponible y las alícuotas diferenciales. 

Se acerca el fin de 2021 y quienes tienen algunos (pocos) bienes deberían prestar atención a la composición de su patrimonio al 31 de diciembre porque es esta “foto” la que determinará cuánto se pagará del Impuesto sobre los Bienes Personales por este año.

Si bien este ejercicio es común todos los años, en este hay algunas particularidades de relevancia.

En primer lugar, en el Congreso Nacional hay un proyecto de ley con media sanción del Senado que busca elevar el mínimo no imponible del impuesto de $ 2 millones a $ 6 millones (además de subir la exención para la casa habitación y establecer un ajuste automático). Esta iniciativa, votada por unanimidad por la Cámara Alta antes de las elecciones a instancias de un senador oficialista, ahora “duerme” en Diputados. Hay toda una disputa política y la oposición habría logrado que el proyecto se trate antes de Navidad. Veremos qué pasa.

Si la iniciativa no se aprueba antes de fin de año, el impuesto mantendrá el mismo mínimo no imponible por tres ejercicios (estos 2 millones empezaron a regir en 2019) pese a la inflación. Son menos de 20 mil dólares (al tipo de cambio oficial, que considera el impuesto) y los vencimientos anuales operan a mitad de 2022.

Alícuotas

Un segundo punto que generará controversia es la alícuota diferencial para bienes del exterior (que llega hasta el 2,25%). En 2019, el Ejecutivo tuvo la facultad de elevarla por dos ejercicios (2019 y 2020) y, para seguir haciéndolo, el Congreso debería haberle prorrogado esas facultades, cosa que quedó descartada con el rechazo al Presupuesto 2022 de los últimos días.

Para esos dos años, la alícuota progresiva para bienes del país osciló entre 0,5% y 1,25% y para bienes en el exterior, entre 0,7% y 2,25%

De todos modos, está por verse cómo queda este tema. Es que el Gobierno podría argumentar que la facultad era para aumentar las alícuotas, que ya lo hizo y esa modificación seguiría rigiendo. Para los tributaristas, en cambio, el permiso era para subirla por dos años y ya terminó.

Es otro tema para seguir.

Exenciones

Con este panorama, los contribuyentes deberían tener en cuenta qué activos tributan, cuáles están exentos y qué alícuotas se aplican para ordenar su patrimonio de modo de tributar lo menos posible.

Una aclaración previa: aunque Bienes Personales se aplica sobre el cierre de 2021, el fisco tiene la potestad de realizar controles si considera que podría haber una maniobra elusiva (por ejemplo, si la cartera se modifica sólo por pocos días al finalizar el año y con este único fin).

Vivienda. Una de las exenciones más importantes es la de la casa habitación. El monto que queda fuera del tributo es de $ 18 millones (valuado según las normas del impuesto que establece la AFIP). El proyecto del Congreso quiere subirlo a $ 30 millones.

Depósitos bancarios. Las cajas de ahorro, tanto en pesos como en moneda extranjera, están exentas del impuesto (las cuentas corrientes, no). Como los dólares en efectivo sí tributan, para quien tiene dólares puede ser más conveniente tenerlo en una cuenta bancaria que declarar dinero “bajo el colchón” o en una caja de seguridad.

Plazos fijos. Estas colocaciones también están exentas de tributar. La exención alcanza a plazos fijos en pesos, dólares o con cláusula de ajuste (como UVA).

Títulos públicos. Los bonos del Estado nacional, provincial o municipal tampoco tributan Bienes Personales.

Acciones y participaciones societarias. No están exentas pero el impuesto lo pagan las sociedades al 0,5% (no las personas dueñas)

Además, en 2021, se incluyeron otros activos financieros en las exenciones, para fomentar el ahorro en pesos:

Obligaciones negociables (ON). Están exentas las emitidas en pesos con oferta pública que destinen los fondos a inversiones y capital de trabajo en el país.

Fondos Comunes de Inversión (FCI) y fideicomisos financieros. También están exentos si cuentan con oferta pública autorizada por la CNV y su activo subyacente principal está integrado por los depósitos y bienes exentos de Bienes Personales.

Otros instrumentos en moneda nacional. Incluye aquellos destinados a fomentar la inversión productiva, que establezca el Poder Ejecutivo Nacional, siempre que así lo disponga la norma que los regule.

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Por: Paula Martinez

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