Los cambios rigen desde el 7 de octubre. Hay topes a los aumentos de la factura, bonificación por reducción del consumo y tarifa social.
Desde el 7 de octubre de 2016, rigen las nuevas tarifas de gas para todo el país, luego del fallo de la Corte Suprema que anuló el esquema que se había establecido desde abril de este año.
En esta nota, te contamos cómo son los cambios y qué pasa con los meses que te facturaron de más o que no facturaron.
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Aumento más bajo. Los precios finales para los usuarios residenciales (también para comercios e industria y GNC) son menores a los que se habían establecido en abril de 2016.
Esto quiere decir que el aumento de la factura final será menor al que habías pagado o te había llegado por ese período (hasta que fue suspendido por la decisión de la Corte).
¿Cuánto menos? Depende de cada caso. Pero, el ministerio de Energía presentó como ejemplos las siguientes facturas promedio por categoría (recordá que esta categorización depende solo del consumo del último año, o últimos 6 bimestres).
R1 a R2-3. El aumento promedio es de 231%, en lugar del 291% que regía antes.
R3-1 a R3-3. Suba promedio de 173%, frente al anterior 232%.
R3-4. Aumento promedio de 119%, versus el anterior 172%.
Recordá que este incremento es por el mismo consumo y la misma categoría. Si tuviste un mayor consumo o subiste de categoría, la suba se multiplica.
Estos son algunos valores que se difundieron oficialmente para Metrogas. Mirá acá las nuevas tarifas desde abril de 2016, según el lugar dónde vivas.
Incremento con tope. Si, por alguna razón, el aumento es muy alto con los nuevos valores (mirá aquí por qué es probable que igual pagues más que en 2015) , no vas a pagar la totalidad de la factura.
Desde octubre, la factura (impuestos incluidos) de este año no podrá superar la del mismo período del año anterior, en los siguientes porcentajes, según categoría:
– Usuarios R1-R23: Hasta 300%
– Usuarios R31-R33: Hasta 350%.
– Usuarios R34: Hasta 400%.
– Usuarios SGP (comercio e industria): Hasta 500%
Estos límites se aplican siempre y cuando el monto total de la boleta sea mayor a $ 250.
Si el monto actualizado supera esos porcentajes, la diferencia se restará del total y en la factura aparecerá bajo el rubro: “Bonificación Res. MEyM N° 212-E/16”.
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Facturación. Por ahora seguirá siendo bimestral, pero vendrá la opción para desdoblar en dos pagos mensuales de igual monto.
Se mantiene una tarifa reducida para los usuarios que logran reducir, al menos, un 15% el consumo (en metros cúbicos, m3) respecto a igual período del año 2015.
MIRÁ: 10 consejos para ahorrar gas en tu hogar
La diferencia es que, ahora, se estableció una bonificación que dependerá de la categoría:
-R1-R23: Bonificación de 50% del precio de gas.
-R31-R33: Bonificación de 30% del precio de gas.
-R34: Bonificación de 20% del precio de gas.
Se modifican los criterios para acceder con más beneficiarios.
Podrás acceder a la tarifa social si estás es las siguientes situaciones:
CONSULTÁ. Cómo es el trámite para tener la tarifa social del gas.
¿Qué implica la tarifa social? Que los beneficiarios, en lugar de pagar la totalidad del monto de la factura pagarán solo lo correspondiente al costo del transporte y distribución, no al consumo.
En general, es menos de la mitad (el descuento es mayor si se consume más).
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En este caso, hay una parte que ya habrás pagado (con los valores más altos, que luego la Corte suspendió) y otra que no.
Por lo que pagaste de más, te vendrá una bonificación en forma de descuento de los períodos siguientes.
Las boletas van a ir llegando por esos períodos y se podrán pagar hasta en 4 veces.
Mirá cuánto se pagará después del fallo de la Corte.
Cómo es el trámite para tener la tarifa social del gas.
10 consejos para ahorrar gas en tu hogar.
Cuánto vas a pagar de gas después del fallo de la Corte.
Por: comunidadpresupu-admin
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