Impuestos

10 preguntas sobre el reintegro del 20/35% por la compra de dólares

19/01/2015

cómo-pedir-reintegro-20-35-%-compra-de-dolares

El pago  a cuenta del 20% o 35% que nos cobra la AFIP si compramos dólares para ahorro, viajes al exterior, gastos con tarjeta o divisas para salir del país, se puede recuperar.

Pero depende de la situación fiscal de cada uno, cuál es el trámite que hay que hacer y cuánto va a demorar el reintegro.

En una nota anterior te cuento cómo es el procedimiento para recuperar ese 20% o 35%, y acá planteo 10 preguntas que hacen los lectores de Mi Presupuesto Familiar sobre el tema.

1- ¿Quiénes pueden pedir el reintegro de las percepciones? ¿A cualquier persona se las devuelven?

En teoría sí. Pero quienes están tributando el Impuesto a las Ganancias o a los Bienes Personales las pueden recuperar más rápido y seguro. El resto, tiene que tener paciencia y esperar  (mirá las preguntas 3, 7 y 8).

2- Si el titular de la tarjeta o la cuenta bancaria no es la misma persona que hizo el gasto ¿quién tiene que pedir la devolución?

Según las resoluciones de la AFIP, quien está sujeto a la percepción es la persona que paga (un viaje, una compra, etcétera). Si se trata de un pasaje, en avión o en colectivo, que sale a nombre de otra persona (un hijo, por ejemplo), quien abona la puede tomar como pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias, siempre y cuando ese hijo esté a cargo en el impuesto.

3- ¿Qué trámite hay que hacer para pedir la devolución de la percepción del 20% o el 35%?

Depende de la situación fiscal de cada uno.

  • Empleados en relación de dependencia o jubilados que pagan el Impuesto a las Ganancias: a través del Siradig (el formulario 572 web que se utiliza para informar las deducciones al empleador). Mirá: «Cómo completar el Siradig«.
  • Empleados o jubilados que no pagan Ganancias: a través del Formulario 746/A, herramienta Mis Aplicaciones Web (clic para ver el video). Necesitan tener CUIT, clave fiscal, registrar datos biométricos en AFIP y declarar el CBU de la cuenta bancaria. Mirá: «Cómo pedir el 35% si no pagás impuestos» .
  • Autónomos: mediante la declaración jurada anual del Impuesto a las Ganancias, o del Impuesto sobre los Bienes Personales.
  • Monotributistas: se computan en la declaración jurada del Impuesto sobre los Bienes Personales. Si no tributan, se utiliza la herramienta Mis Aplicaciones Web, y se genera el Formulario 746/A.
  • Ninguno de los casos anteriores: con Mis Aplicaciones Web y el Formulario 746/A.

4- En la herramienta Mis Aplicaciones Web no me deja cargar nada y me aparece un cartel de que debo dirigirme a verificar mi domicilio a la AFIP ¿qué hago?

Eso puede ser porque tenés CUIL, y tenés que ir a la dependencia de AFIP que te corresponde a sacar el CUIT.

También puede ser que tengas un nivel de clave fiscal muy bajo (1) y necesitás subirlo para hacer el trámite. Andá a la AFIP con documentación que corrobore tu domicilio.

También corroborá que el domicilio fiscal y el particular estén correctos.

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5-Para completar el Siradig ¿tengo que ir a la AFIP?

Solamente necesitás tu clave fiscal de nivel 2 o superior. Si no la tenés, tendrás que sacarla.

Si ya estás haciendo trámites en la web de AFIP, no será necesario. No necesitás sacar el CUIT.

6- Soy empleado pero el monto de las percepciones por compra de dólares supera lo que pagué de Ganancias ¿cómo recupero la diferencia?

En ese caso, el empleador reintegrará hasta el monto que se pagó de Ganancias en todo el año. Para pedir el resto, el trabajador debería inscribirse en este impuesto y presentar la declaración jurada anual (en abril o mayo) con un saldo a favor. Este saldo se puede aplicar luego a otros impuestos.

Te recomiendo consultar con un contador que te asesore para hacer correctamente la presentación.

7- ¿Cuándo puedo pedir el reintegro de las percepciones?

Depende de tu situación y la herramienta que utilices. Recordá que las percepciones corresponden al período en el cual se paga la compra (podés consultar las que te hicieron a través de Mis Retenciones).

  • Siradig (F.572 web). Se pueden cargar mes a mes, o todo junto. El último plazo para completar y enviar el formulario es el 31 de enero del año siguiente.
  • Declaración anual de Ganancias o Bienes Personales. Las percepciones de todo un año calendario se incluyen en la presentación anual que vence entre abril y mayo del año siguiente.
  • Mis Aplicaciones Web (F.746/A). En este caso no hay un plazo máximo para cargar los datos pero recién se puede pedir a partir del año siguiente.

8- ¿Cuándo me lo van a devolver?

También depende el trámite y tu situación. Si pagás impuestos, es mucho más rápido y seguro; si no tributás está más bien, ligado a la “suerte” que tengas.

  • Siradig. En general, los empleadores las toman en cuenta las percepciones del F 572 web  recién cuando realizan  la liquidación anual del Impuesto a las Ganancias, con el sueldo de febrero del año siguiente. Pero, hay empresas que decidieron computarlas en la liquidación mensual de Ganancias, así que, en estos casos, el reintegro depende de cuándo envies los datos.
  • Mis Aplicaciones Web. En este caso, lo único que te puedo decir es que la AFIP no tiene un plazo para responder la solicitud. Si te lo devuelve, demora muchísimo (más de un año). Se puede presentar una nota para pedir un pronto de despacho después de los 60 días, pero el resultado también es incierto.
  • Además, la AFIP puede rechazar la solicitud y pedirte que expliques de dónde sacaste los fondos, si no tenés actividad declarada que justifique los gastos.
  • Declaración jurada. Si la percepción se puede descontar del monto que tenés que pagar de Ganancias y Bienes Personales, no hay problema. Lo recuperás en abril o mayo, al presentar la DDJJ.

Pero, si te da un saldo a favor te quedará para compensar impuestos futuros (en caso de que alguna vez tributes).

9- ¿Qué hago si se me pasó el 31 de enero y no completé el Siradig?

Tenés que inscribirte en el Impuesto a las Ganancias y presentar la declaración jurada anual en abril o mayo con las percepciones y las deducciones que no informaste a tu empleador.

 10- ¿Qué pasa si no me aparecen las percepciones en la herramienta Mis Retenciones?

Primero, asegurate que estás haciendo el procedimiento correcto para la consulta.

Después, tené en cuenta que las percepciones se toman en el mes que fueron pagadas (si son de tarjeta de crédito no es el mes de la compra sino el del vencimiento del resumen) y, en general, después del día 10 aparecen las del período anterior.

Si así y todo no están, las podés agregar en el Siradig o en Mis Aplicaciones Web, con todos los datos que te piden.

Si te quedó alguna pregunta sobre tu caso particular, no dudes en consultar a un contador que te asesore para que no tengas problemas futuros con el fisco.

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Por: comunidadpresupu-admin

Comentarios

370 comentarios

  1. Esteban Navarro Esteban Navarro dice:

    Buenos días! Anteriormente les había consultado acerca de cómo cargar un importe de un pago facturado en dólares (dentro de la opción «Otras Retenciones, Deducciones y Pagos a Cuenta») porque, por lo que veo, el sistema no permite distinguir entre dólares y pesos, solo se pueden poner números. Cómo se hace para que se aclare que el monto ingresado corrsponde a dólares y no a pesos? Muchas gracias!

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Los montos hay que ponerlo en pesos. Saludos!

  2. Juan Juan dice:

    Buenos días,
    Soy empleado en relación de dependencia, este año no me descuentan ganancias, estoy inscripto en ganancias, pago impuesto a los bienes personales y soy monotributista. Hasta ahora venía recuperando las percepciones mediante el f.572 y el remanente lo utilizaba para el pago de bienes personales. ¿Hay alguna forma de recuperar las percepciones del 2015 que no se por medio del f.572? Aún tengo bastante crédito para pagar impuestos y no quisiera que se me acumule lo de este año.
    Muchas gracias!
    Saludos.-

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Juan,
      Si pagás Bienes Personales tenés que incluir las percepciones en la DDJJ anual del año que viene. Si te da saldo a favor, después lo tenés que recuperar (te sugiero consultar con un contador para que te asesore en tu caso personal sobre cómo hacerlo).
      Saludos,

  3. Esteban Esteban dice:

    Buenas noches: te hago una preguntonta, cómo cargo una percepcion en dólares (por una compra de un servicio con tarjeta de crédito a través de una página web de turismo) para que el sistena me reconozca que el monto de esa percepción son dólares y no pesos? Digo, porque no es posible poner símbolos delante de los valores.
    Gracias!

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Lo tenés que cargar en pesos (al tipo de cambio que pagaste).

  4. Cintia Cintia dice:

    Hola, una consulta, si estoy en relación de dependencia pero por el decreto que se emitió no me descuentan ganancias (en 2013 no superaba los 15.000) me devuelven la percepción por compra de dólares si presento el siradig? o debo presentar el 746?. Muchas gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Por Siradig no (no lo completes), tenés que hacerlo por el 746. Slds.

  5. Emmanuel Emmanuel dice:

    Hola, Una consulta, Ya tengo realizada las presentaciones para la devolución mes a mes de todas las retenciones que se me hicieron por viajes al exterior y percepción del 20% de compra de dolares.
    No pago ganancias por que nunca me pase de los 15mil pesos.
    Pregunta: Como yo No pague ganancias, Es necesario cargar los datos Siradig (F.572 web). para que se genere la devolución correspondientes a los períodos fiscales 2013 y 2014?
    Muchas Gracias.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Si no pagás Ganancias no tenés que cargar el Siradig (y no podés pedir las mismas percepciones por dos lados). Slds.

  6. belen belen dice:

    Hola! Entre por consulta de ddjj y de la 746 me dice aceptada, cuando lo devolveran? y a donde me lo devuelven? ellos tienen mi cbu?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      El CBU lo tenés que declarar con la clave fiscal.
      La Afip demora bastante más de un año para resolver estos casos, así que solo queda esperar. Saludos,

  7. Hugo Hugo dice:

    Estimada, durante este año, en mayo, realicé un viaje al exterior (Cuba) y el mismo lo pagué con tarjeta de crédito en diciembre del 2014. Dado que viajaba en mayo no lo declaré en el formulario para que me lo descontaran de Ganancias (trabajo en relación de dependencia), puede declararlo ahora?.
    Otra consulta: en los viajes realizados al exterior pagué con mi tarjeta de crédito mi pasaje y el de mi mujer, cabe aclarar que no estoy casado sino que convivo con ella pero no la tengo a cargo en Ganancias. Corresponde que descuente ambas retenciones?.

    Muchas gracias por las respuestas. Saludos.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola,
      La percepción la tenés que cargar en el período (año) en el cual te la facturan, con tiempo hasta el 31 de enero del año siguiente para el Siradig y sin plazo por el formulario 746/A.
      Fijate si te deja cargar el pasaje de tu mujer. En principio, debería ser por personas a cargo, solamente, pero en el f. 746 no te piden eso.
      Slds.

  8. Rodrigo Rodrigo dice:

    Hola Paula

    Te quería consultar algo..
    Adquirí paquetes turísticos para viajar al exterior, los pague en la agencia turística con la correspondiente percepción del 35% de AFIP.
    La factura tipo B es por 44551 pesos y la percepción es por 5147pesos, ya que solo algunos de los servicios están sujetos a dicha percepción.
    En el Siradig me pide el monto de la percepción y el monto total.
    Mi consulta…En el monto total: cargo el total de la factura o solo el monto de los items que están sujetos a la percepción del 35%.

    Desde ya muchas gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Tenés que cargar el monto total sujeto a percepción. No sé por qué hay rubros que no pagan (puede ser algún servicio que se brinde en ARgentina y no requiera comprar dólares, o bien que te discriminen el monto de las aerolíneas en otra factura).
      Slds.

  9. Esteban Esteban dice:

    Una consulta si un amigo hace compras en el extranjero con una extension de mi tarjeta yo me puedo computar dichas percepciones?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Podés pedir las percepciones de otra persona, siempre y cuando esté a tu cargo

  10. matias matias dice:

    Mi caso es bastante especial.
    Yo pago bienes personales pero no ganancias.
    Según la nota, debería utilizar el 746/A, pero en la AFIP me dicen que tengo que bajarme el SIAP y una aplicación especial llamada «Devoluciones», pero no entiendo realmente cómo usarla…
    Cómo tengo que hacer?…

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Matías,
      Te recomiendo que le pidas al contador que te hace la declaración jurada de Bienes Personales que pida la devolución del saldo a favor a través del aplicativo. Es correcto lo que te dijeron en la AFIP, no podés usar el 746/A sino el aplicativo Devoluciones…
      No son fáciles estos trámites y, si no los podés hacer, lo mejor es pagarle a un profesional que te asesore bien para no tener problemas luego. Slds.

  11. MARIA MARIA dice:

    hay alguna forma de saber si me devolvieron lo declarado en formulario 746A?? Se puede consultar el estado en que se encuentra??

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Te va a llegar una comunicación de AFIP diciendo si está aprobado o si te piden alguna documentación extra. Pero tené paciencia porque demora bastante.

  12. gustavo gustavo dice:

    compre pasajes al exterior para mi familia esposa e hijas , pude cargar en el formulario 572 en la web en la opción pagos a cuenta , pagos de servicios pasajes aéreos o algo asi , donde colocas los datos de cada ticket , fecha , numero , cuit de la empresa , pasajero monto percepción etc , pero solo me aparecen mis hijas con su cuil para cargar . Como hago para cargar el pasaje de mi esposa ?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Solamente se puede pedir la percepción de personas a cargo (si no tenés a tu esposa cargada en el Siradig porque ella tiene ingresos, no podrías): Probá hacerlo en forma manual, pero no creo que te deje. Slds.

      1. Francisco Francisco dice:

        Paula, te consulto.

        Para que un conyugue este a cargo no debe percibir ingresos por actividad laboral?

        1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

          El tope del ingreso es equivalente al monto de la ganancia no imponible, que es ínfima con lo cual en la práctica es como si no tuviera ingresos. Son menos de $ 2.000 por mes, según cada situación (mirá en el cuadro actual, en esta nota: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/las-claves-del-impuesto-a-las-ganancias-2015/ )
          Lo mismo pasa con los hijos y otros familiares a cargo.

  13. Mariano Mariano dice:

    Buenos días, hasta ahora hice todos los pedidos pero no me devolvieron nada, me deben desde 2012 en adelante.. esta bien? o tengo que reclamar algo?
    Muchas gracias.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Si pediste desde 2012 ya te tendrían que haber respondido (estaban analizando pedidos de 2013).
      Te sugiero hacer un pedido de pronto despacho para ver qué te dicen. Slds.

  14. marta barcala marta barcala dice:

    hola necesitaba sacarme la duda yo compro dólares pero no para ahorro…puedo reclamar la percepción o es solamente para las personas que compran y no toenen posibilidad de sacarlo del banco por 1 año gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Si te cobraron la percepción, la podés reclamar. No importa lo que hacés con los dólares. Slds

  15. Francisco Francisco dice:

    Hola. Compré un pasaje por LAN (ida y vuelta), en 12 cuotas fijas en AR$. Lo mismo hice para el hotel en el extranjero, ya que lo compre por medio de compañia local. La idea es solicitar devolucion de AFIP (35%).

    Pregunto: Ambas empresas me deben proveer la factura de compra donde se discrimine el recargo de AFIP (35%), de modo que pueda cargarlo en el SIRADIG? Al momento ninguna de las dos me proveyo la misma.

    Saludos, Gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Tenés que pedir la factura de compra con el monto de la RG de AFIP separado. Si no te la dieron, pedilo.
      En el Siradig vas a necesitar los datos del agente de percepción (Nombre correcto y cuit) y eso está en la factura. Slds.

  16. Maria L Maria L dice:

    Buenas tardes. Al completarbel SIDARIG de mi marido, (a quien le descuentan Ganancias), por los gastos con tarjeta en el exterior, me pide el num de tarj que se uso p el gasto. Con Visa, usamos tanto la de él, Titular, como la mia adicional. Con Master, solo usamos la mia adicional. Que numero indico en cada caso? O solo basta con poner el numero del plastico del titular?
    Y qué fecha corresponde ingresar en ese item, la del cierre de la tarjeta (que figura en el mismo renglon de la percepcion) o la del vencimiento (que es al mes siguiente)?
    Muchas gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola,
      La percepción del gasto con tarjeta la tiene que reclamar el titular (es quien se presupone que paga).
      La fecha es la del pago del resumen (aunque sea antes del vencimiento).
      Slds

  17. luciana luciana dice:

    Hola! yo hice e tramite de presentación del 35/ en julio, me dice aceptado. Pero no cobro ganancias. Y no me aparece el dinero en la cuenta que yo tengo para que me depositen. Cuanto tardan en pagar? o al alguna manera de saber cuando te depositen o como se ve…
    Gracias saludos

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Demoran más de un año en responder. Te va a llegar una comunicación por correo.

  18. Felipe coni Felipe coni dice:

    Hola ,yo vengo comprando dolares desde principio de este año, no he pagado impuesto a las ganancias y trabajo en relación de dependencia, mi pregunta es , me devuelven esa percepción ? Yo complete y cargue los datos en el informe siradig .

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      El Siradig no te va a servir si estás exento de Ganancias. En tu caso deberías ver si lo podés pedir por el formulario 746 (Mis Aplicaciones Web) o, si no, te vas a tener que inscribir en Ganancias y presentar DDJJ con saldo a favor para luego pedirlo.

  19. Alberto Boullosa Alberto Boullosa dice:

    Hola que tal. Compré dólares para viajar el extranjero, llegado el ,momento del viaje no lo pude realizar por problemas con la visa asi que di de baja la operación y devolví los dólares al banco donde los había comprado. El banco me devolvió los pesos correspondientes a mi compra pero no así el 35% del impuesto que percibieron como agente de retención ni me dicen como debo manejarme para conseguir su devolución por parte de la Afip. Que debo hacer??. Gracias desde ya

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Tenía entendido que el banco devolvía este monto. Te sugiero consultar en la Afip ([email protected]; o acá: http://www.afip.gob.ar/consultas/ )
      Comentame cómo te fue, me va a ser útil para otros lectores de la página. Slds.

  20. Antonia Antonia dice:

    Buen día Paula, antes que nada muy útil la información que nos brindas. Te cuento que solicité la devolución a la AFIP por compras con tarjeta en el exterior y compra de dólares el año 2014. Ahora la AFIP me solicita que presente DDJJ de Ganancias y Bienes Personales. Cómo se hace si soy empleada en relación de dependencia pero no me descuentan Ganancias porque no llego al monto.Por favor me podrás indicar los pasos que debo seguir.
    Muchas gracias.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Antonia. Si sos empleada tenés la obligación de presentar una declaración informativa de Bienes Personales y Ganancias si tu sueldo bruto supera los 144.000 al año (lo explico en esta nota: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/trabajadores-presentacion-de-ganancias-y-bienes-personales-2/ )
      Si no la presentaste, te sugiero que lo hagas ahora (venció el 30 de junio) con un contador. Slds.

  21. FERNANDO FERNANDO dice:

    Soy empleado en relacion de dependencia (me retienen gcias ) y por error / olvido, no he cargado en el Siradig las compras de dólares, del año 2014. Es viable poder cargarlas en este ejercicio 2015, junto con las compras de este año. Cabe destacar que las DJHAS por compras 2014 figuran como pendientes de declarar en el Siradig.
    En caso de poder cargarlas me van a quedar 2 DJHAS en cada mes del 2015.
    Como debo proceder ?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Fernando,
      No se pueden cargar. La fecha tope era el 31 de enero. Sí podés pedir el reintegro a la AFIP pero tenés que inscribirte en Ganancias y presentar la declaración jurada con saldo a favor, para esto también se pasó la fecha porque para el ejercicio 2014 fue en abril de este año.
      Si es mucho dinero, te sugiero consultar a un contador a ver si realmente te conviene porque no es algo fácil. Habría que ver el caso en particular. Slds.

      1. FERNANDO FERNANDO dice:

        Hola Paula, muchas gracias por tus comentarios.
        El tema es que yo estoy inscripto en Ganancias y de hecho me descuentan todos los meses.
        Algun contador me comento (sin mucha certeza) que si las DJHAS del año pasado 2014 aun están disponibles para declarar en el Siradig, las mismas son validas, caso contrario no tendría posibilidades de poder tomarlas para la declaración.
        De todos modos muchas gracias por tu opinión. Un saludo.

  22. leonardo leonardo dice:

    Me cobraron el 35% por comprar en una pagina web con tarjeta este monto lo puedo descontar del impuesto de afip compras en el extranjero cuando retire el producto en aduana o es aparte?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      No lo podés descontar. Es a cuenta de Ganancias o Bienes Personales, no de otros impuestos. Slds.

  23. Cristian Cristian dice:

    Hola, primero que nada quiero agradecerles toda la información que nos brindan siempre, es de mucha utilidad.

    Trabajo en relación de dependencia, en Agosto 2013 no llegaba a los 15 mil pesos, por lo cual no pago ganancias.
    Durante el 2014 compré dólares y realicé compras en el exterior.
    En enero de 2015 presente los formularios 742/A en la página de AFIP mes a mes por todo el 2014. También me presente en la AFIP y me dijeron que tenía que presentar ganancias y bienes personales.
    Presente todas las declaraciones adeudadas de ganancias y personales y ahora estoy al día.

    En septiembre de 2015 me presenté en AFIP para ver en que estado se encontraba mi trámite, y me dijeron que en Agosto 2015 pasó a regional. No me supieron explicar nada más. Sabes que significa esto? Como puedo hacer para ver en que estado se encuentra mi solicitud?

    Por otra parte, leí que se puede presentar una solicitud de pronto despacho por cada 741/A presentado, es conveniente hacer esto?

    A la espera de tus comentarios y nuevamente muchas gracias

    Saludos

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Cristian,
      Gracias por el comentario. me alegro que te sea útil la página.
      Te comento que yo también estoy con este trámite. En mayo me llevó una requisitoria para presentar un montón de documentación (comprobantes de todas las percepciones, presentaciones de Ganancias y Bs. Personales de empleados, jsutificación de movimientos en cuenta bancaria, entre otros). Eran varios pedidos de 2013 y 2014.
      La contadora que llevó mi caso, muy amable, me dijo que tenían 35.000 pedidos en carpeta y, además, otras tareas, así que se demoró. A esta fecha, ella ya me aprobó todo pero quedó en manos del jefe de sección.
      Así que estoy esperando para poder cobrar (espero que pronto). Cuando lo haga voy a hacer una nota para contar mi experiencia.
      Te digo esto porque no creo que sirva de mucho una nota pronto despacho y te sugiero paciencia. Sé de gente que ya lo cobró pero van sacado los pedidos de a poco.
      Saludos,

  24. Alan Alan dice:

    Hola, no pago impuesto a las ganancias pero he comprado algunos dolares del 01-2013 a la fecha. Veo que tengo retenciones, pero no me deja completar el formulario 746A, qué es lo que debo hacer? y desde donde puedo reclamar?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Tenés que ir a una oficina de la AFIP, es probable que no tengas CUIT (solo CUIL) y este es un requisito imprescindible. También tenés que registrar datos biométricos.

  25. Sebastian Sebastian dice:

    Buenas tardes; tuve que cancelar un viaje por motivos personales, por ende tuve que devolver los dolares adquiridos para dicho viaje.
    Lo que no me han restituido es la parte del 35% de la percepción, se sabe cuando te lo devuelven?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Me mataste con la pregunta, creí que te lo devolvían en el momento. Por qué no consultas en el banco donde los vendiste?