Si compraste dólares ahorro, realizaste gastos en el exterior, con tarjeta o por Internet, o compraste viajes, la AFIP te cobró una percepción a cuenta de impuestos del 20% o 35%, según la fecha.
Si no pagás Ganancias ni Bienes Personales, para pedir el reintegro tenés que seguir un procedimiento especial, que te muestro en este video instructivo.
El mecanismo lo estableció la AFIP en la Resolución General 3.420, que no establece plazos límites para pedir la devolución.
Las percepciones de 2012, 2013 y 2014 ya las podés pedir y te las van a devolver en cuotas. Las de 2015, recién las podrás enviar a mediados de 2016 después que venzan las presentaciones de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales.
MIRÁ. Cuándo devolverá la AFIP el 20 o 35% por la compra de dólares.
EL TRÁMITE. Cómo pedir a la Afip que te devuelva el 20/35% si no pagás impuestos
Antes de empezar vas a necesitar:
Para pedir la devolución, tenés que ingresar con clave fiscal a la página de la AFIP, en el servicio “Mis aplicaciones web” (o adherirlo, si no está en tu listado).
Allí hay que ir al Formulario F.746/A (Devoluciones y transferencias), agregar nuevo y completar los datos mes por mes.
Si algún recargo que te hicieron no figura, lo podés agregar en Percepciones no registradas en Mis Retenciones.
Luego, hacé click en “Obtener monto total de percepciones a tramitar en devolución” y Presentar.
No olvides informar a la AFIP tu CBU, habilitando la herramienta en tu listado con clave fiscal (mirá “Paso a paso: declarar CBU a la AFIP“).
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–Guía Paso a Paso Mis Aplicaciones Web.
–Cómo recuperar el 20/35% de los recargos por compras en el exterior.
–Video: Consultar recargos de AFIP por compras en el exterior.
– Cuándo devolverá la AFIP el 20 o 35% por la compra de dólares.
– Cómo pedir a la Afip que te devuelva el 20/35% si no pagás impuestos
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Por: comunidadpresupu-admin
Hola! Alguien podrá informarme hasta q fecha se puede hacer el reclamo de la devolución del 35 porciento por compras en el exterior? Yo no pago ganancias, por lo cual sólo sería fecha limite para presentar el 746a.
Desde ya muchas gracias.
Hola Marcela.
No hay plazo.
Slds
Excelente! 11 meses despues seguimos leyendo y comentando! Llegué aqui buscando ayuda, hoy fui a comprar moneda extranjera con la autorizacion de la AFIP y en el banco me dijeron que «ya registraba compra» y no pude concretar la operacion; intenté anular la solicitud en la pagina web de la AFIP pero me dice lo mismo! Alguien puede decirme como proceder? Muchas gracias!
Hola Walter,
Lo que decís parece como que alguien utilizó tu solicitud para comprar. Es muy raro, tendrías que ir a la Afip para ver si te dicen qué pasó.
Slds.
Hola que tal? les cuento mi caso a ver si me pueden ayudar..
Resulta que venia comprando dolares ahorro cada mes a la par de mis compañeros y realice el pedido de reintegro de percepción del 35% por la compra de aéreos que realice este ultimo mes. Resulta que cuando voy a sacar la nueva solicitud para la compra de dolares ahorro, solo me permite comprar la cuata parte de lo que compraba cada mes.
Alguien sabe porque? que debo hacer?
Gracias!
Hola Juan,
No creo que puedas hacer mucho para aumentarlo si la Afip te autorizó un monto X.
No sé qué puede haber pasado, salvo que tus ingresos hayan bajado drásticamente (¡?).
Hola.
Para que me reintegren la retención necesito si o si CUIT siendo persona física no comercial?, no basta con el CUIL?
Gracias
Hola Sebastián,
Necesitás el CUIT para completar entrar en Mis Aplicaciones Web y completar el formulario 746.
Slds.
Hola, te hago una consulta, me mude hace muy poco a un lugar donde voy a estar solo por unos meses hasta que me entreguen el depto definitivo. en mi DNI figura mi domicilio anterior. Para poder sacar el CUIT, el domicilio de mi dni tiene que coincidir con el actual?? yo puedo presentar el certificado policial de donde estoy viviendo ahora, pero no quiero sacar un nuevo dni por 5 meses, ya que me mudo de nuevo en ese tiempo. Sabes si puedo tener alguna clase de problema con este asunto a la hora de sacarlo???
Hola Alejandro,
Declará el domicilio actual en la Afip con algún comprabante.
Slds.
Hola
tengo un par de consultas,
entiendo que para poder pedir la devolucion de la retencion tengo que sacar CUIT, pero se sabe desde que fecha puedo pedir la devolucion? yo nunca pague ganancias y tampoco he pedido la devolucion, me retuvieron en 2012,2013 y 2014, puedo pedir la devolucion de los gastos de 2012 y 2013?
necesito presentar el 746 y con eso basta? puedo acelerar el tramite mediante carta documento?
Gracias!
Hola Bruno,
No hay una fecha tope para pedir la devolución, así que podés pedir para atrás.
Tenés que presentar el 746 y antes pedir el CUIT en una oficina de AFIP.
Podés enviar una carta documento si no te responden en un plazo razonable, pero no te aseguro que te respondan…
Slds.
Buenas tardes Paula, te consulto quiero hacer lo de la percepción y me sale: Error de validación
Usted deberá dirigirse a la Dependencia AFIP que le corresponda a efectos de confirmar su domicilio, yo el tema de la clave fiscal ya lo habia hecho porque no me pidieron o validaron el domicilio ahi mismo…. sabes por casualidad que tengo que hacer y en caso de tener el dni en provincia tengo que ir a la delegacion de ahi??? para este tramite o voy a la cercana de donde vivo que es en capital?
Hola Luciana,
Es porque tenés que sacar el CUIT (es probable que solo tengas CUIL). Lleva DNI, y constancias de domicilio a la oficina de la AFIP.
Slds.
Hola Paula,
Te consulto lo siguiente… Trabajo bajo relación de dependencia y no pago ganancias por ende se me complica reclamar la percepción por compra de moneda extranjera. Yo CUIL tengo y dado de alta en afip ya que por ese medio compro. Como tengo que hacer para que me devuelvan esa percepeción?, tengo sacar un cuit tambien en afip o entendi mal?… de ser asi que hay que presentar?.
De realizar compras en ele exterior como es el reintegro de la tarjeta?, el mimso mecanismo?.
Desde ya muchas y disculpa las molestias.
Hola Christian,
tenés que pedir el CUIT en la AFIP y realizar el procedimiento que se ve en el video. Es para todas las percepciones el mismo mecanismo: dolar ahorro, compras con tarjeta, compra de turismo, etc.
Lo que sí, la Afip no responde rápido esta solicitud (puede tardar más de un año).
slds.
Muchas Gracias Paula por tus respuestas, en mi caso tuve retenciones de ganancias por parte de mi empleador durante el 2013 y por compra de moneda extranjera que las informe en su momento a traves del formulario 572 quedandome un saldo a favor porque había pagado mas por compra de moneda extranjera que lo que me había retenido mi empleador.
Ahora durante el 2014 no me hicieron retenciones de ganancias, solo las de compra de dolar ahorro, entonces puedo pedir la devolucion ó al estar inscripto en ganancias por haber tenido retenciones otros años solo puedo informarlas a traves del 572 y seguir acumulando saldo a favor ? Conoces a alguno que le hayan devuelto ?
Muchas Gracias nuevamente,
Saludos
Hola Sebastián,
En realidad, si te estaban reteniendo Ganancias por recibo de sueldo no estás inscripto en el impuesto (salvo que lo hayas hecho en forma deliberada).
Si este año estás exento, no podés pedir el reintegro por el 572 (Siradig). Tenés que utilizar la herramienta de Mis aplicaciones Web, como se ve en este video.
sé que a muy poquita gente le han devuelto, después de bastante tiempo (más de un año). También hay gente que le rechazaron el pedido por inconsistencias con los ingresos.
Yo lo pediría si tenés todo en orden y a esperar…
Slds.
Hola! Te hago una consulta, una vez que se realizo la presentación de la devolución, y ya tengo el acuse de recibo, cuanto tiempo tarda para que la AFIP me deposite el monto en la cuenta del CBU que tengo registrado?
Hola Johana,
El acuse de recibo no implica que te hayan aprobado la solicitud. La AFIP se está demorando basstante (varios meses, en algunos casos más de un año) así que hay que tener paciencia.
Slds,
Buenas tardes… la verdad me salvaste con el paso a paso! Ahora, para cambiar de CUIL a CUIT que debo presentar? Como es el tramite? Llamo para consultar al 0800 de afip pero es inútil, nunca atienden.
Y por otro lado, todo lo retenido durante el 2014 y parte del 2013 (en mi caso es así), hasta cuando tengo tiempo de presentar esta solicitud? o mejor dicho, a partir de cuando?
Muchas gracias!
Hola Federico,
Me alegro que te sirva la info!
Para el CUIT tendrías que ir a la oficina de AFIP que te corresponde por tu domicilio y llevar tu DNI con domicilio actualizado, con una constancia de este lugar (sabe haber bastante gente para esto).
Podés cargarlo en cualquier momento.
Slds.
Hola Paula, te hago una consulta…
En mi DNI figura el domicilio donde siempre viví, la casa de mis padres, pero hace más de un año alquilo en otro lugar. Puedo mantener mi DNI con esa dirección (la de mis padres) y declarar la dirección del depto. que alquilo como mi dirección fiscal? A esta nueva dirección recibo mi correspondencia y servicios a mi nombre, pero no quiero hacer cambio de domicilio porque hoy alquilo ahí, mañana quien sabe donde.
gracias y saludos,
Hola Paula,
Sí podés. Tenés que justificar el domicilio con lo que pagás a tu nombre.
Slds.
Hola Paula. Soy empleado en relación de dependencia, no pago ganancias ni bienes personales y adquirí dolares ahorro para tenencia. No logro entender si al día de hoy puedo pedir lo retenido por AFIP o solamente aplica para el caso de compra de dólares con motivo de viajes y turismo.
Además quisiera saber si hay posibilidad de pedir lo retenido por el método Siradig u otro; ya que me genera complicaciones ir a una dependencia de la AFIP a tramitar el CUIT.
Desde ya muchas gracias!
Hola Diego,
Si no pagás ningún impuesto, la única forma de pedir que te reintegren el 20% es a través del formulario 746 (mis aplicaciones web). Y para eso vas a necesitar el CUIT (el Siradig es solo para quienes pagan Ganancias, porque en realidad es para informar deducciones al empleador). Mirá esta nota: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/como-recuperar-20-por-ciento-compras-exterior-con-tarjeta/
La AFIP ya habilitó la posibilidad de pedir reintegro de dólar ahorro a traves del f 746.
Slds.
estoy pagando un viaje para mi hija el próximo año, ahora en diciembre y luego en junio debo pagar con el 35% y hace un mes comenze a comprar algunos dolares, cuando debo presentar el formulario a la afip y que debo presentar? mil gracias por la respuesta
Hola Alejandro,
Depende de tu situación laboral. Fijate en esta nota donde está explicada cada opción: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/como-recuperar-20-por-ciento-compras-exterior-con-tarjeta/
slds.
Hola, buenas tardes. Antes que nada muchas gracias por realizar estos tutoriales, son de gran ayuda. Mi consulta puntual es la siguiente. Me aparecen todas las percepciones realizadas con mi tarjeta de débito y de 2 tarjetas de crédito. Me quedaría por AGREGAR 2 tarjeras. ¿Desde donde puedo agregar los 2 montos del retención del 35% que no me figuran en el listado que me pasa Afip? (No pago ganancias por lo que lleno el formulario 746A). Gracias!
Hola Lionel,
Cuando ingresas al servicio podés poner «agregar percepción».
Tené en cuenta que las percepciones recién aparecen en el listado de AFiP después del 10 del mes siguiente (y los pagos con tarjeta de crédito se toman recién el mes que se paga el resumen, no cuando se realiza la compra).
Slds.
Muchas gracias por la información, de gran utilidad!! quisiera preguntarles en el formulario572, cuando nos piden que pongamos el monto de lo gastado con t.crédito (y el mes de gastos realizados en el exterior) en qué moneda se agrega ? no encuentro la info en ningún lado! muchas gracias!!
Hola Claudina
Es el monto en pesos.
Slds
Hola Paula.
Antes que nada, muy buena la página y muy útiles todos los contenidos… como así también los comentarios que ayudan a entender todo el proceso y reutilizar experiencias de otros casos.
Yo soy otro de los que tienen percepciones para recuperar sin pagar ganancias, y mi problema esta en que no tengo CUIT, aunque si tengo CUIL y clave fiscal L3. Actualmente estoy viviendo en el extranjero y mas allá de que viajo seguido para Arg y eventualmente puedo ir a la AFIP a hacer el trámite, creo que se me va a complicar poder hacer el alta de CUIT por los requisitos. Mi pregunta viene por ahi justamente, que experiencia han tenido o que se puede hacer para poder tramitar el CUIT fácilmente y que esto no sea parte del problema a la hora de recuperar las percepciones.
Aun tengo mi DNI con domicilio en GBA, pero estoy complicado con los demás… Alguien se le ocurre algo?
Gracias y suerte para todos con este bendito tema, yo ya estoy casi desesperanzado de recuperar esas percepciones…
Saludos!!!
Jeremías.-
Hola Jeremías,
El trámite del CUIT es sencillo, pero como es personal en las oficinas de la AFIP hay largas colas y bastante demora.
Si no podés venir al país, deberías nombrar a algún representante legal que realice el trámite. El teléfono de consultas (dessde Arg.) es 0810 – 999 – 2347. Más contactos: http://www.afip.gob.ar/Contacto/canalesdecontacto.pdf
Slds.
Hola Paula. Gracias nuevamente. No tengo problema en ir a hacer el trámite personalmente. Solo que estuve viendo los requisitos para «justificar» el domicilio que voy a mencionar en el formulario, y son varias cosas las que piden. La idea saber como había sido en otros casos, si se ponían pesados con detalles o no. Porque, entre otras cosas, por mi situación actual no tengo servicios a nombre mío en el domicilio que voy q declarar. Aunque si tengo el DNI con ese domicilio.
Más allá de la demora y las colas de gente que seguro habrá.
Mas cerca de fin de año iré a hacer el trámite.
Gracias!!
Buen dia, te hago dos consultas: 1º) Adquiri durante el 2014 dolares ahorro. No pagoa ganancias, ni me hicieron retenciones durante este periodo. Tengo que pedir mediante el 746 la devolucion de la percepcion (20%) . 2º No figura en MIS retenciones, las que me hizo el Banco Nacion cada vez que compre dolares en los ultimos 3 o 4 meses. ¿Las tengo que incluir yo manualamente? Se pueden incluir en la afip? GRACIAS POR RESPONDER MUY BUENA LA PAGINA
Hola Claudio,
Gracias por el comentario y me alegro que te sirva.
A las dos preguntas, la respuesta es sí. El tema es que la AFIP todavía no adecuó el sistema del 746 para pedir el 20% del dólar ahorro, así que hay que cargarlo en forma manual.
Slds.
Hola
Yo tambien como varios, llevo todo cargado de enero a la fecha. No pago impuesto a las Ganancias y bienes personales. Me solidarizo con aquellos que están a la espera del reimtegro del dinero «ya devaluado enormente»; esperar nada mas hasta que la AFIP se digne del reintegro. El contribuidor siempre pierde
Estoy en la misma. Hice todos los tramites, perdi mucho tiempo y presenté las cosas en su debido momento. Estando a mes 11, todavia estoy esperando sin ninguna novedad al respecto. Para cuando me devuelvan lo que injustamente me quitaron, valdrá 40% menos de lo que debería. NADIE DICE NADA, increiblemente.
Como estas? Yo cargue en mayo 2014 todos los formularios 746 correspodientes al periodo 2013, todavia no vi inguna respuesta, tambien presente pedido de pronto pago y nada… Hay algo mas que pueda hacer para reclamar?
Es plata de octubre 2013, que obviamente ya esta desvalorizada.
Soy asalariado que no paga ganancias.
Gracias
Hola Sebastián,
La AFIP no tiene plazo para responder este pedido. Conozco muchos que cargaron todo el año pasado y aun no han tenido contestación. Hay que esperar.
Slds.
yo vengo cargando todo desde enero… pero todavia no vi nada…. alguien sabe cuando devuelven o paga la afip???
gracias
Hola Guillermo,
Depende cuál sea tu caso. Si pagás Ganancias y cargás todo en el Siradig, tu empleador te lo toma en cuenta al cerrar el año en febrero del año que viene.
Si no, no hay plazos (es decir, la Afip upuede tomarse el tiempo que quiera…).
Sdls.
Hola. Mirá, a mi también me da el error «Usted deberá dirigirse a la Dependencia AFIP que le corresponda a efectos de confirmar su domicilio.», pero yo ya estuve en la dependencia local de la AFIP y ya registré mis datos biométricos.
Alguna idea de qué puede haber pasado?
Hola Federico,
Tendrías que esperar unos días e insistir. Si no podés, deberías ir a la Afip a consultar.
Slds.
Hola Paula , mi consulta es la siguiente, en Enero 2014 pague un viaje al exterior con transferencia bancaria , ahora lo busco en mis retenciones y no me aparece, solo las compras que hice con tarjeta, como puedo cargar ese viaje?
Slds Fabiola Villalon
Hola Fabiola,
Habría que ver si te cobraron el 35%. Si no, no hay problema.
Si te lo cobraron, tenés que agregarlo en forma manual en mis retenciones.
Slds.
Hola Paula,
Te hago una consulta. Realicé la compra de un pasaje por línea aérea con una extensión de una tarjeta de mi papá. La retención le aparece a él en Mis Retenciones, ahora como yo no estoy a cargo de él no la puede pedir. La puedo pedir yo con los mismos datos que le aparecen a él? (Yo no pago ganancias). En el ticket dice CUIT del pasajero pagador y está el de mi viejo, se podrá presentar con el nombre de él? o se cruza con otra cosa?
Lo lógico sería que lo presente yo porque yo lo pagué y yo viajo, pero sino me lo van a devolver nose.
Te agradezco,
Saludos!
Hola Hernán,
En principio, el que puede pedir el reintegro es quien paga. si tu papá es el titular de la tarjeta, la Afip presume que él es quien pagó.
Me parece que lo podrías pedir vos pero con un trámite especial, demostrando que pagaste la tarjeta, pero la verdad que no sé si vale la pena. Si él lo puede recuperar, mejor.
Además, si no pagás Ganancias, a través del F. 746 se puede pedir el reintegro pero la devolución es lenta y no conozco muchos casos que hayan recuperado la plata.
Slds.
Hola Daniel, tengo alguna dudas para pedir el reintegro del 35%.
Trabajo en relación de dependencia, soy empleado del poder judicial por lo cual estaría exento al pago de ganancias. No tengo CUIT pero si clave fiscal. Hace poco hice nuevo DNI y cambié mi domicilio antiguo (provincia) por el actual que es en capital. Y cuando ingreso a la web de la AFIP con mi clave fiscal me sigue figurando el domicilio viejo de provincia. Si quiero modificarlo no me deja, me dice que necesito CUIT.
Si quiere llenar el formulario 746A, que entiendo que es el que me corresponde, me tira error y dice que debo ir a la dependencia que me corresponda y confirmar el domicilio. Lo mismo si quiero informar el CBU para que quede registrado a la hora del reintegro.
Me podrías orientar un poco? Gracias.
Hola.
Para llenar el formulario 746 necesitás CUIT (es probable que solo tengas CUIL). TEnés que ir a la Afip y sacarlo. además vas a tener que tramitar el cambio de domicilio.
Todo eso, antes de hacer el trámite.
Slds.
hola me pasa lo mismo que a ezequiel,tengo cuil y clave nivel 3,la pregunta es….si tramito el cuit me estarian agregando a monotributista o este cuit que te dan no tiene nada que ver con el monotributo? por que cuando inicias el tramite de la declaracion del domicilio te figura como regimen tributario. gracias.
Hola Sergio,
Quedate tranquilo. No tiene nada que ver. Si no te inscribís en ningún impuesto o régimen simplificado, no tenés ninguna obligación.
Slds.
Hola Paula.
Trabajo en relación de dependencia y actualmente no pago impuesto a las ganancias. Cuando intento realizar la operaciones según las instrucciones del video, aparece un cartel que dice «Su solicitud no resulta procedente debido a que se verifica que Ud. posee retenciones de impuesto a las ganancias para el período fiscal en el cual las percepciones fueron practicadas. Deberá computar las percepciones en el F. 572 presentado ante su empleador.»
El tema es que hubo un mes que por error mi empleador realizó una retención por impuesto a las ganancias. Luego de aclarado el problema me acredito el impuesto erroneamente retenido. El tema es que cuando voy al servicio «Mis retenciones» aparece este débito, y pienso que esto quizás impide que complete el F.746/A.
¿Sabrías como solucionar este problema?
De antemano muchísimas gracias!
Saludos
Hola Javier,
Supongo que la Afip no te debe dejar completar el F 746 por ese motivo.
Como es una situación particular, vas a tener que ir a la Afip para ver si lo solucionan. Si no, tendrás que seguir completando el Siradig y, como te va a dar un saldo a favor, pedir el rentegro el año que viene mediante la declaración jurada (solo si vale la pena porque es bastante engorroso y de dudosos resultados).
Slds.
Te agradezco la respuesta. Voy intentar ir a la AFIP. Saludos
Buenos días, trabajo en relación de dependencia. El año pasado realicé compras en el exterior y, como tuve retención de ganancias solicité mediante Siradig (antes del 31 de enero del 2014) para que se me devuelvan dichas retenciones, las cuales efectivamente me devolvió mi empleador en marzo. Ahora, durante este año, no tengo retenciones por impuesto a las ganancias, pero sí realice compras en el exteriór y compra de dolar ahorro, por lo que quisiera poder solicitar el reintegro el año que viene. Mi consulta es, si antes del 31 de enero del 2015, debo cargar dichas percepciones en el Siradig (entiendo que el Siradig como ya lo presenté una vez, siempre debo presentarlo de ahora en mas), pero tengo la duda si las percepciones por compras en exterior y dolar ahorro debo cargarlas o no en el Siradig, o si debo solamente solicitar el reintegro a travez del F746 como extá explicado en la pagina. Ademas, veo que las percepciones de los primeros meses del 2014, ya aparecen cuando selecciono «Nuevo» formulario F746, por lo que le quería consultar si ya puedo ir solicitando dichos reintegros, o si tengo que esperar a Febrero del 2015 para realizar el pedido todo junto de las percepciones que me hayan hecho durante todo el 2014. Muchas Gracias.
Hola Ariel,
El Siradig sólo te lo van a tomar en cuenta si tenés retenciones de Ganancias en el mismo año.
Probá a ver si te dejan pedir el reintegro por el F746 (si no, te aparece un aviso de que tenés retenciones y tendrías que hacerlo por el Siradig). En este caso, la devolución tarda bastante (puede ser más de un año).
En cualquiera de los dos casos, podés ir cargando las percepciones todos los meses, no hace falta esperar al año que viene.
Slds.
Muchas Gracias por la respuesta. Osea, ya puedo ir pidiendo a travez del F746 los reintegros por las percepciones que me vienen haciendo este año, o si o si tengo que empezar a cargarlo desde enero del 2015? Y ademas, por el tema del Siradig, no me queda claro si lo tengo que ir cargando por ahi tambien, o si no hace falta que lo cargue por el Siradig (como ya se que ganancias no me retienen este año, se que no tiene sentido cargarlo en el siradig, pero lo que no estoy seguro es si despues me pueden negar la devolución pedida en el F746, diciendome que no lo informé en el Siradig tambien). Gracias.
Podés ir pidiendo ahora por el F. 746 (si te deja).No lo podés pedir por dos lados.
Slds.