Impuestos

Trabajadores: quiénes tienen que informar Bienes Personales en 2025

14/05/2025

La declaración informativa de Bienes Personales es una obligación formal que deben cumplir quienes no tienen que pagar pero superan un piso de sueldo anual. Cuáles son los montos y los vencimientos en 2025.


Ganancias_BienesPersonales_afip_declaracion_informativa_presupuestofamiliar

Aunque una persona no esté inscripta ni tenga que pagar el impuesto sobre los Bienes Personales, igual tiene que cumplir con la presentación de una declaración jurada informativa anual en determinados casos.

Esta declaración es una obligación formal que la ex AFIP (hoy ARCA) prevé para quienes superen un monto mínimo de ingresos pero que no sean contribuyentes del impuesto.

Para el período fiscal 2024, que vence el 30 de junio de 2025, están obligados con esta presentación quienes tuvieron ingresos brutos anuales de $ 150 millones el año pasado.

Vencimientos. En 2025, por la declaración informativa de 2024, la fecha de presentación es hasta el 30 de junio.

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La declaración informativa es para quienes no están inscriptos en el impuesto sobre los Bienes Personales y el saldo de la presentación da $ 0 (cero) , es decir, no tiene monto a pagar ni a favor. Quienes cumplan esta obligación no tienen que darse de alta en el impuesto.

Desde hace un par de años, se eliminó la declaración informativa del Impuesto a las Ganancias y sólo quedó la de Bienes Personales.

En la Comunidad Mi Presupuesto analizamos los temas impositivos en encuentros virtuales con consultas. Sumate para participar.

¿Cómo saber cuál fue la remuneración total del año anterior?

Para llegar a los $150.000.000 de ingresos, se contemplan lo que se cobra por las siguientes actividades:

  • Cargos públicos.
  • Sueldos por el trabajo en relación de dependencia (por todo concepto).
  • Jubilaciones y pensiones.
  • Retiros o subsidios sujetos al pago de Ganancias.
  • Trabajo personal de socios de cooperativas de trabajo.
  • Monotributo.
  • Rentas financieras alcanzadas por el impuesto cedular.
  • Rentas exentas, no alcanzadas o no computables en Ganancias.

Para saber cuál es el monto cobrado por relación de dependencia en el año anterior, hay que consultar el flamante formulario 1357 o 1359 (Liquidación anual del Impuesto a las Ganancias) que se descarga desde el sitio web de la ARCA, con clave fiscal.

Hay que ingresar al servicio Siradig Trabajador (el mismo que se utiliza para informar las deducciones al empleador) y en el menú encontrarás la opción «Consulta de Liquidacion F . 1359», desde donde se puede descargar.

Distintas situaciones

– Ingresos brutos anuales inferiores a $ 150 millones (por todo 2024). En este caso no corresponde presentar declaración informativa salvo que esté inscripto en alguno de ellos o tenga un saldo a pagar o a favor.

– Ingresos brutos anuales superiores a $ 150 millones (en 2024). En este caso se debe presentar la declaración informativa de Bienes Personales salvo que esté inscripto o tenga un saldo a favor o en contra.

– Patrimonio superior a $ 292.994.964,89 (al 31 de diciembre de 2024). Cualquiera sea su nivel de ingresos, quienes tengan bienes (valuados según lo establecido por la ARCA) por encima del mínimo exento, tienen que inscribirse y tributar el impuesto a los Bienes Personales (ver “Quiénes tienen que pagar Bienes Personales”). En este caso, la declaración jurada que deben presentar ya no es informativa, sino determinativa (determina el impuesto) y el vencimiento es diferente. Si se presenta luego, se deben pagar intereses por el atraso.

– Saldo a pagar o a favor. Si de la declaración jurada surge que un trabajador tienen que abonar al fisco por Bienes Personales o le queda un saldo a favor, deberá inscribirse en el impuesto, presentar la declaración jurada determinativa y cumplir con los vencimientos generales.

– Personas inscriptas. Quienes se dieron de alta en el impuesto en años anteriores, independientemente de si tienen saldo a favor o su nivel de remuneración, igual tienen que presentar la declaración jurada en los vencimientos generales.

– REIBP. Quienes adhirieron el año pasado al Régimen Especial de Ingreso sobre los Bienes Personales (REIBP) no tienen que presentar declaración jurada informativa para los períodos fiscales 2024 a 2027, inclusive.

¿Cuándo son los vencimientos?

El 23 de junio de 2025. Presentación de la declaración jurada determinativa 2024, según número de CUIT. El pago vence al día siguiente.

30 de junio de 2025. Declaración Jurada Informativa.

Cómo presentar las declaraciones informativas

Las presentaciones se realizan por el sistema web de la ARCA. Salvo que conozcas sobre estas cuestiones, te recomiendo consultar a un contador para que te asesore y realice las presentaciones.

  • ¿Querés entender mejor la realidad económica y conocer cómo te afecta? Conocé la Comunidad Mi Presupuesto, Sólo la información que necesitás, sin marearte.

 

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Por: Paula Martinez

Comentarios

163 comentarios

  1. NATALIA NATALIA dice:

    Hola tengo un caso de empleado que no llega al millon y medio en sueldos y venia presentando ddjj de ganancias regimen general, pero le di la baja en 06/2018 para evitar seguir presentando dado que no superaba desde esa epoca los maximos de sueldos. Ahora no se si igualmente debo presentarle ddjj de ganancias 2018 por haber estado inscripto esos 6 meses o si no estoy obligada a presentar la ddjj por no estar inscripto en ganancias a la fecha de la presentación

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      No sé cómo es el caso de Ganancias, pero en Bienes Personales, si el contribuyente se da la baja antes del 31/12 no tiene que presentar la declaración de ese año.
      Capaz que Ganancias sea diferente, ya que no es un stock sino un flujo. Fijate en la Afip, en preguntas frecuentes si está ese tema, o podés hacerle una consulta web: https://serviciosweb.afip.gob.ar/consultas/

  2. Ali Ali dice:

    Si por el sueldo de empleado en relacion de dependencia no se supera el limite de $1.500.000 pero además se tuvoeron ingresos por renta financiera y sumando ambos ingresos si se supera el limite de $1.500.000, hay que presentar impuesto cedular y declaracion informativa de ganancias y bienes? O solo el correspondiente al cedular?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      El límite de 1,5 millón es solamente a los efectos de la presentación de la declaración informativa de Ganancias y BP. Sólo computa las remuneraciones brutas de 2018, no otros ingresos.
      El impuesto cedular a la renta financiera es una declaración separada y no hace falta presentar Ganancias (salvo que hayas tenido ingresos por otras cosas, como alquileres, por ejemplo). Además, si tu renta financiera no superó los $ 200.000, podés pagar vía VEP, sin presentar DDJJ con el detalle.
      Tené en cuenta que, si tu patrimonio (según valuación fiscal) superó $ 1.050.000 sí tenés que presentar DDJJ de Bienes Personales.

  3. Adriana Adriana dice:

    Soy monotributista con la categoría más baja, debo pagar ingresos brutos?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Depende de tu actividad y la jurisdicción. En algunas provincias hay actividades exentas pero varían de una a otra, no es igual en todo el país.

  4. Juan Gu Juan Gu dice:

    Hola , estoy inscripto en IG por una actividad que ya no ejerzo desde hace varios años, únicamente obtengo ingresos por mi actividad en relación de dependencia y menores al 1000000 anual. Al momento de cargar los datos en Ganancias Web, se me presenta la duda si lo puede hacer por Regimen Simplificado o al estar inscripto en el impuesto lo tengo que hacer en la opción Régimen General? Gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      El régimen simplificado es para los ingresos de 4° categoría exclusivamente. Te sugiero que lo consultes con tu contador para que te asesore bien. Yo no liquido impuesto y sé que se hicieron varias modificaciones al sistema. Slds.

  5. Paula Fiorin Paula Fiorin dice:

    Buenas tardes, Paula. Te hago una consulta:

    Entré a Ganancias Personas Humanas para confeccionar la DDJJ. En la parte de Ingresos de la 4ta categoría me figura:

    Ingresos exentos

    Ingresos Exentos o No Alcanzados / Monotributo

    ¿Tengo que completar este campo si, además de trabajar en relación de dependencia, soy monotributista?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      Te dejo el link al sitio de la Afip, fijate en las guías paso a paso: http://www.afip.gob.ar/gananciasybienes/#ver
      Cualquier duda, consultá con un contador que te asesore porque todas estas herramientas se van modificando y ellos están al tanto.

  6. Laura Laura dice:

    En el año 2010, una persona confeccionó una DDJJ de ganancias (4° Categoría – Personal en relación de dependencia) errónea ya que las retenciones que realizaba mi empleador las incluyó como anticipos de pago en efectivo. Ese mismo año y antes que venciera el plazo para la presentación de la DDJJ presenté una rectificación pero AFIP no lo aceptó porque me está tomando la DDJJ original y no la rectificativa.
    Quisiera saber que me recomendas realizar para poder solucionar el tema.
    Muchas gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Te sugiero que consultes con un contador que te asesore y te resuelva el problema. Es mejor no tener cosas pendientes con la Afip… Slds.

  7. Fer Fer dice:

    Buenas Noches
    Mi consulta es solamente para la parte de Ganancias que se presenta anualmente
    Si siendo empleado en relacion de dependencia, tenes ese unico ingreso de dicha relacion de dependencia, y el empleador actua como agente recaudador, descontando impuesto a las ganancias mes a mes. El saldo a pagar en la DDJJ correspondiente al «Ganancias Personas Humanas» F711. Deberia ser siempre CERO? o bien existen casos en los que aun contando con un unico ingreso en relacion de dependencia puede que tengas que pagar tambien cuando haces la DDJJ ?
    (Por ejemplo si tuvieras moneda extrangera en plazo fijo y esta incremento su valor durante el periodo)

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Si es tu único ingreso y te retienen en el sueldo, la DDJJ tendría que dar cero (pedí a tu empleador el formulario 649 y que tu contador vea los datos de ahí).
      El tema del plazo fijo (impuesto a la renta financiera) recién va para el año que viene (año fiscal 2018) y todavía no se sabe cómo se va a pagar, si habrá que hacer una DDJJ o no. En 2017 no estuvo vigente.
      La moneda extranjera sí hay que declararla en Bienes Personales, si tuvieras que hacer la declaración. Mirá esta nota: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/quienes-pagan-bienes-personales/

  8. Patricia Patricia dice:

    Buenas tardes, aunque venga presentando años anteriores, sino supera los mínimos de $ 1.000.000 de ingresos y un patrimonio superior a $ 905.000, no se debe presentar?
    Muchas gracuas

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Si estás inscripta en alguno de los impuestos, se sigue presentando la DDJJ aunque no corresponda pagar. Consultá a tu contador para ver tu caso. Slds.

  9. Ana Santos Ana Santos dice:

    Hola Paula, buenas tardes.

    Te consulto: una persona no inscripta en el impuesto y que no tuvo ingresos superiores a $ 1.000.000 pero que tiene patrimonio superior a $ 950.000 debe presentar DDJJ?
    Muchas gracias!!

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      Sí, debe presentar Bienes Personales y pagar por el excedente sobre el mínimo. Consultá con un contador para que te asesore. Slds.

  10. PABLO roselli PABLO roselli dice:

    BUENAS PAULA , SOMOS UN MATRIMONO CON UNA CASA ,VALUACION FISCAL 2018 DE 1.580.000 $
    CON DOS AUTOS DE 115 MIL Y 150 MIL SEGUN ACARA, LA CASA HIPOTECADA Y COMO BIEN DE FAMILIA , NOS QUEDAN 30 CUOTAS AL BANCO NACION, LOS AUTOS A NOMBRE DE LOS DOS , MI MUJER PARA IMP. A LAS GANANCIAS , YO NO.
    AMBOS EMPLEADOS PUBLICOS, Y YO APARTE SOY MONOTRIBUTISCA CLASE D.
    YA QUE TENDRIAMOS QUE TRIBUTAR CADA UNO EL 50% , ENTRAMOS EN EL PAGO DE BIENES PERSONALES?
    GRACIAS

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. La valuación fiscal de 2018 recién va para el año que viene. Ahora se toma la del año pasado.
      Si los dos trabajan, suman todos los bienes y cada uno declara el 50%. Para este año es 905.000 , y si tuvieran que pagar, la alicuota es 0.50% sobre el escedente. Sería muy poco. Te sugiero consultar a un contador en junio, cuando sea el vencimiento.

  11. Mercedes García Díaz Mercedes García Díaz dice:

    Hola soy monotributista y a su vez tengo un empleo en relación de dependencia. No tengo patrimonio. Y no supero los montos en ninguna categoría. No debo presentar alguna DDJJ verdad?
    Gracias. Muy claras las explicaciones

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      No, para nada. Me alegro que te sea útil nuestra página.
      Slds.

  12. andrea andrea dice:

    Si en el año 2014 fui alcanzada por la declaracion jurada de bienes, pero este año no, ya que mi sueldo se redujo porque pase de full time a part time, y mi sueldo actual es la mitad, ademas subio el limite 2017, debo presentar ddjj de bienes igual? o puedo declarar no estar cobrando lo mismo?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Depende. Si presentaste solo declaraciones informativas, no hace falta seguir presentando.
      Si tuviste que pagar el impuesto, estás inscripta y tenés que seguir presentando las declaraciones todos los años.

  13. Jorge Jorge dice:

    Hola, un monotributista que además cobra una jubilación por la que le retienen ganancias, entiendo debe presentar la declaración de ganancias. Mi pregunta es, los ingresos que obtiene como monotributista, debe incluirlos como exentos en la declaración de ganancias?. Muchas Gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Te sugiero que consultes a un contador para que te asesore en esto, presentar una declaración jurada no es fácil. Además de completar los datos, los números tienen que «cerrar» para que no tengas problemas. Slds.

  14. Miguel Ladrimotto Miguel Ladrimotto dice:

    Buenas, intente rectificarla ddjj de 2015 porque recibí una notificación en e-ventanilla de que tomaba cargas de familia que no correspondían. Al intentar modificar la ddjj el sistema me indicó que de esta manera debo insceibirme en ganancias. Mi consulta es con qué fecha debería realizar el alta en el impuesto.

    Gracias.
    Saludos

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Te recomiendo que te asesores con un contador en este caso, para que no tengas problemas luego. Slds.

  15. Graciela Graciela dice:

    Hola Paula, soy monotributista categoria E hace varios años. Mi consulta es 1) tenia o tengo la obligacion de hacer alguna clase de declaracion jurada? (Nunca hice de ninguna clase) — Hoy mi patrimonio esta compuesto x un auto q compre en 2015, q hoy esta valuado en $ 140.000 y U$S 10.000 en efectivo q no estan bancarizados–
    Y 2)Tengo q hacer igual lo del sinceramiento por mas que los bienes no superen los $ 305.000 y el auto este debidamente registrado a mi nombre? Hay q blanquear cualquier monto en dolares por mas infimo que sea? Desde ya Muchas Gracias. Graciela.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Graciela. Si sos monotributista no tenés que pagar ni presentar DDJJ de Ganancias y, la de Bienes solamente si superabas los 305 mil pesos. Las declaraciones informativas eran una obligación para los empleados, no para los monotributistas.
      Si tu patrimonio es inferior, no te hagas problema, no presentes nada.
      Slds.

  16. Gustavo Gustavo dice:

    Soy un empleado en rel de dependencia y nunca presente las DDJJ de ganancias y bienes personales (informativa). La consulta es, a partir de que año debería comenzar a regularizar el incumplimiento? y cual es el aplicativo para regularizar los años anteriores?, es la ultima version actual publicada por la afip?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Tenés que presentar DDJJ informativas solo si pasás los $ 500.000 brutos de sueldo al año en 2016.
      Te sugiero que consultes con un contador, pero si no tenías que pagar, no creo que te haga falta presentar para atrás, realmente la Afip no lo está controlando.

  17. jose jose dice:

    Hola, soy empleado y tengo que presentar DDJJ solo hice una la correspondiente al 2010.
    Ahora con el sincerarimento fiscal puedo presentar las correspondientes hasta la actual?
    O ya no vale la pena desde cual tengo que presentar. gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Te convendría presentar 2014 y 2015 para pedir el bloqueo fiscal para atrás, pero no para ingresar al blanqueo.
      Te sugiero que consultes lo antes posible con un contador porque el plazo vence el 31 de marzo.

  18. Sergio Sergio dice:

    Hola buenas noches. En mi caso, soy empleado en relación de dependencia, llego aproximadamente a los 300.000 anuales brutos. Intento hacer la DDJJ pero me piden CUIT. Lo tengo que tramitar en AFIP? Gracias.

    1. Sergio Sergio dice:

      Hasta ahora he realizado la presentación de Ganancias. No hice la de Bienes Personales. Realmente en mi trabajo nadie la hace. Hay un desconocimiento importante sobre el tema por lo que veo, especialmente para los que no tenemos casa propia o bienes propios.

      1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

        Hola Sergio,
        Te sugiero que consultes a un contador antes que termine el blanqueo, la moratoria y el bloqueo fiscal para que te asesore bien en tu caso. Esta es una oportunidad de ponerse al día, si hiciera falta.

    2. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      No, tenés que hacer una declaración informativa. Te sugiero consultar a un contador

  19. Mabel Mabel dice:

    Soy docente en Chubut con un hijo discapacitado. Todos los años presente el formulario para el impuesto a las ganancias
    En que mes debo presentarlo este año 2017?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Lo tenés que presentar ya, así te lo toman para liquidarte el sueldo.

  20. Noemi Tacuri Noemi Tacuri dice:

    hola mi nombre es Noemi Tacuri acabo de sacar la clave fiscal por lo cual quiero realizar la declaración jurada pero también quiero agregar a mis hijos ya que tengo tres hijos a cargo mio. No se como realizarlo me podrian ayudar..
    desde ya gracias.

  21. Mariana Mariana dice:

    Ciando realizo la ddjj de un empleado en relacion de dependencia Como se si tengo elegir presentación de declaración de bienes y ganancias o elegir 4 categoria exclusivamente?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Consultalo con tu contador.

  22. DANIELA DANIELA dice:

    HOLA, LES CONSULTO, HICE UNA PRESENTACIÓN DE GANANCIAS CUARTA CATEGORIA, AFIP LA ACEPTO Y ME DI CUENTA QUE ME CONFUNDI CON EL NOMBRE DE LA PERSONA LE PUSE MARIA Y ERA MARIELA.
    tENGO QUE HACER LAS RECTIFICATIVAS?

  23. Maria Maria dice:

    Hola sabes q no di de baja ingresos brutos y me siguen cobrando q puedo hacer

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Consultá con tu contador para que te asesore Slds.

  24. Rosa Rosa dice:

    Buen dia Paula ! te hago una consulta sobre una monotributista categoría D que tiene percepciones por compras en el exterior durante el año 2015. se realizo el pedido a través del F-746/A en el mes de julio, consulto y el Estado figura en Tramite, mas una leyenda «conforme a la base de datos de este organismo ud registra consumos con tarjeta de crédito/débito que superan sus ingresos declarados en el periodo 2015. Por lo expuesto su solicitud se encuentra en proceso de verificación. oportunamente se le comunicara» hasta la fecha no tengo respuesta. Que debo hacer?.Gracias!

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Es como dice ahí, está en revisión porque los gastos supera los ingresos como monotributista. Si no te dice nada, no hagas nada. Slds.

  25. RUBEN RUBEN dice:

    HOLA. LES HAGO UNA PREGUNTA, SI TENGO ACCIONES COMPRADA ATRAVES DE UN BANCO Y SUPERAN APENAS LOS 340.000$ TENGO QUE HACER ALGUNA DECLARACIÓN?? DESDE YA MUCHAS GRACIAS…

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Sí, corresponde presentar BIenes Personales. Las acciones no están exentas dle impuesto.
      Te sugiero consultar a tu contador. Slds.

    2. Valeria Valeria dice:

      Hola paula! Quería consultarte ya que solicite la devoluc!ompras en el exterior pero afip me dice q debí haber presentado bp. Tengo un auto y bastante plata en una caja de ahorro pero al estar exenta no pagaría. Como en junio no la presenté, ahora debería ponerme en el blanqueo?? OPuedo presentar la dj no x siap? Muchas gracias!

      1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

        Hola Valeria. Te recomiendo consultar con un contador que te asesore en tu caso concreto. Slds.