Servicio doméstico

Servicio doméstico: paso a paso para afiliarse a una ART

27/10/2014

Desde el 3 de noviembre de 2014 dio inicio la cobertura y el pago mensual.

paso-a-paso-afiliación-ART

La Superintendencia de Riesgos del Trabajo estableció el siguiente mecanismo de afiliación a una  Aseguradora (ART). En una nota anterior (“Empleadas domésticas: cómo es el nuevo régimen de ART”) podés ver cuáles son las particularidades de esta cobertura.

Cómo es el trámite

Obligatorio. Si sos empleador de un trabajador del servicio doméstico, tenés que contar obligatoriamente con una cobertura de riesgos del trabajo.

Para elegir. Se puede optar por cualquiera de las 22 aseguradoras que funcionan. Como la cuota mensual es fija, el precio no es una variable para elegir. Entonces, se pueden considerar otras cuestiones como: oficinas cercanas al domicilio, el asesoramiento de un productor de seguros, que sea la misma compañía que ya tengamos en nuestro auto o nuestra casa, etcétera.

Si no te afiliaste previamente, la Superintendencia te asignará de oficio a alguna luego de que comiences a pagar el aporte.

Para saber en cuál ART estás afiliado, ingresá en la página de la Superintendencia de ART, en el menú Cual es mi ART  y hacé clic en Buscador ART, poniendo el CUIT o CUIL del empleador.

Contrato. Quien tiene que afiliarse a la ART es el empleador (no la trabajadora). Para esto, hay que firmar un contrato de cobertura de riesgos del trabajo.

El trámite se puede hacer personalmente en una sucursal de la ART elegida o hacerlo a través un productor de seguros.

Documentación. Se necesita el DNI (original y fotocopia), del empleador y el empleado; la constancia de registración como empleador del servicio doméstico y el Alta del trabajador. Esto último, se obtiene de la página de la AFIP, con clave fiscal (en el mismo Registro de Empleadores de Casas Particulares).

Es decir, antes de afiliarse a una ART hay que inscribirse en el Registro de AFIP (mirá acá el procedimiento).

Seguro de vida. Al contratar la cobertura de la ART, la aseguradora pide que los empleadores contraten el seguro de vida obligatorio (igual que el resto de los trabajadores). Tiene un costo de entre $ 60 y $ 65 anual (se paga una vez al año).

Pago mensual. Según la SRT, el pago de la alícuota se realizará por medio de un formulario diseñado por la AFIP, que unifica esta obligación con las cargas sociales que se abonan mensualmente.

El nuevo formulario es el F.102/RT (descargar e imprimir para abonar).

Vencimiento. La cuota a la ART vencerá el 10 de cada mes (igual que los aportes a la AFIP). Pero, a diferencia de las cargas sociales se paga el mes en curso (no a mes vencido). O sea, el 10 de noviembre de 2014, vencerá el pago de riesgos de trabajo del período noviembre.

Tarifa. Desde noviembre de 2014, la cuota fijada es de:

-Menos de 12 horas trabajadas por semana: $ 130

-De 12 a menos de 16 horas: $ 165

-16 horas o más: $ 230.

Las tarifas son fijadas y serán ajustadas en forma anual por la SRT y la Superintendencia de Seguros de la Nación.

banner calculadora servicio domestico

 ¿Qué pasa si no se cumple con el régimen?

La afiliación y el pago a una ART es obligatorio y, como dijimos antes, la Superintendencia asignará de oficio a quienes no se afilien.

Pero, a los empleadores que no contraten una ART ni se inscriban en el Registro creado por AFIP, no se les asignará una ART de oficio, y estarán incumpliendo sus obligaciones ante AFIP y ante la SRT aunque realicen el pago de las cargas sociales y de la tarifa de riesgos del trabajo.

En este caso, si  ocurren accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, los empleadores deberán responder con su patrimonio personal ante los trabajadores.

[sam_ad id=»14″ codes=»true»]

Para seguir leyendo

Qué tener en cuenta al contratar una empleada doméstica.

Cuánto cobra una trabajadora de casas particulares.

Cuánto es el aporte obligatorio del servicio doméstico.

¿Te resulta útil nuestro contenido? Apoyá nuestro trabajo con un cafecito:

Invitame un café en cafecito.app

Descubre más desde Mi Presupuesto Familiar

Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.


Por: comunidadpresupu-admin

Comentarios

86 comentarios

  1. María del P.S. Arigós María del P.S. Arigós dice:

    Buenas Noches, inicié mis trámites de jubilación en octubre 2014. Mis aportes provienen de una Empresa Editorial Tusquets,con la primera moratoria del gobierno actual. Actualmente soy asistente gerontológica y presto dichos servicos edeln una casa particular, donde mi empleadora me puso en blanco dentro del servicio doméstico. Ahora me piden que presente los formularios 102 de Servicio doméstico para adjuntar al expediente. Estos trámites que entiendo corresponden a la ART deben ser realizados por el empleador , pero aún no están concluidos.
    Qué debo hacer ya que me veo perjudicada porque mi jubilación se retrasa ya que la asistente social que tiene que corrobarar la relación laboral aún no ha concurrido al domicilio de mi empleadora y ahora esrte nuevo formulario a presentar.

    Agradezco una respuesta a mis inquietudes, sin otro particular los saludo atte.

    María Arigós

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      María.
      Consultá este tema con quien te hace los trámites de la jubilación. Yo no conozco de esto.
      Slds

  2. Guadalupe Guadalupe dice:

    Hola, muy bueno el blog. Mi consulta es la siguiente: Hoy me aparece designada por la SRT la AFIP para el personal doméstico que registré. La consulta es si debo firmar algo o ya con esto está cubierta, y si debo entregarle alguna documentación o comprobante o a ella para cualquier accidente o enfermedad. Muchas gracias!

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      Consultá en la ART. Tendrías que firmar un contrato pero no sé cómo están haciendo con el servicio doméstico.
      Slds.

  3. Carla Carla dice:

    Hola quiero hacer un consulta sobre la ART de las empleadas domesticas: si un empleador ya cuenta con ART porque tiene empleados en otra activadad (agricultura) como se hace para incluir a una empleada domestica? Ya pregunte en la ART y me dijeron que consulte en la Superitendencia de riesgos de trabajo a ver cual ART le toco por sorteo a la empleada pero en la pagina web no figura ningun dato sobre ese CUIL Y por telefono es imposible comunicarse. Gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Carla,
      Si ya estás afiliada a una ART como empleadora por otra actividad, a tu empleada doméstica la tenés que afiliar en la misma ART (lo dice la resolución de la Superintendencia).
      Leé esta nota de la SRT donde se resumen la norma: http://www.srt.gob.ar/index.php/prensa-y-comunicacion/noticias/noticias-srt/854-personal-de-casas-particulares-comienza-a-regir-la-cobertura-de-riesgos-del-trabajo
      Slds.

  4. sofia sofia dice:

    Buenas tardes, necesito inscribir a una empleada domestica en la ART, segun lei si me excedi de la fecha limite para elegir una aseguradora tengo que esperar que me asignen una. Donde debo comunicarme para tramitar esto? gracias! sofia

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Sofía,
      Si tenés alguna ART en vista, consultá a ver si todavía te dejan afiliarte. Si no, tenés que pagar la cuota del mes y esperar que te asignen de oficio (ellos luego se tendrían que comunicar).
      Slds.

  5. lola lola dice:

    hola
    si me pasan a una art que no quiero como hago para pasarme?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Lola.
      A los 6 meses te podés cambiar. Y después una vez por año.
      Slds

  6. agustina agustina dice:

    Buenas tardes, quisiera hacer una consulta respecto de la nueva implementacion de ART para personal domestico.
    Yo le pago el aporte a mi mama que cuida a mi hijo. Buscando informacion encontre lo siguiente:

    «¿Quiénes quedan excluidos del régimen?

    b) Las personas emparentadas con el dueño de casa, tales como: padres, hijos, hermanos, nietos y/o las que las leyes o usos y costumbres consideren relacionadas en algún grado de parentesco o vínculo de convivencia no laboral con el empleador;»

    Esto quiere decir que no debo darle de alta en la Art?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Agustina,
      Significa que no podrías incluirla en el régimen del servicio doméstico (ni tenerla en blanco, ni pagarle los aportes (tampoco la ART).
      Slds

  7. Mi nombre es Liliana y comence en noviembre a tener una chica que viene 30 horas semanales . Ya pague todo , la art, aportes y contribuciones y en el recibo de pago me sale Aportes $233, Contribuciones $35 y Art $230 . Esa contribución que aparece es la de la empleada , porque en el recibo de sueldo electrónico no me aparece nada y no se que tengo que descontarle, su sueldo bruto es de $4000 , cuales son los descuentos y como se pagan . Mil Gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Liliana,
      La parte de la empleada son los 233 de aportes (en el recibo se lo tendrías que descontar del bruto).
      Slds.

  8. marcela marcela dice:

    Hola Marisa yo tengo mi empleada que trabaja en varias casa y en la mia 2 veces x semana y le hice los aportes hasta julio del 2013,que tuvo que viajar ella al interior y ahora volvio y esta trabajando en casa nuevamente, tengo que pagarle los aportes de los meses que no vino a trabajar o me conviene inscribirla de nuevo ?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Marcela,
      Si ella no está dada de alta por este período, podrías reinscribirla desde ahora, si la relación laboral siguió, le tendrías que pagar los aportes por este tiempo.
      Slds.

  9. Cristi Cristi dice:

    Hola la chica que viene a mi casa solo lo hace 4 hs semanales. obvio no viene más porque es lo que puedo pagar, ponerla en blanco y pagarle una art y el seguro anual y quese yo cuantó más, darle el recibo, pedirle los papeles los míos. GENTE YO NO SOY UNA EMPRESARIA ADEMÁS DE QUE ME SALE MUCHO MÁS (PARA MÍ SÍ LO ES) ES UN ENGORRO. ENTONCES ELLA A MÍ NO ME SOLUCIONA LA VIDA ME LA COMPLICA. Entonces que tengo que hacer? decirle que no venga más. porque este gobierno no entiende que los particulares como yo (que tienen una simple ayuda) no somos empresarios. si´?????? al final muchas chicas van a perder trabajo. yo lo siento pero no puedo con todo esto. además esto es un negociado. tener una art por 4 hs?????? plata para la art. ellos recaudan claro! amen de que es lo mismo que trabaje 4 que 12. Y NO,NO ES LO MISMO .estoy furiosa!!!!!!!!!!!!!

  10. Berenice Berenice dice:

    Abone el aporte, pero no asocie a ninguna ART, por lo q tenia entendido la superintendencia me asignaria una, cual es el tramite a seguirr?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Berenice,
      Supuestamente, la ART se tiene que comunicar. No sé cuándo harán la distribución.
      Slds.

  11. veronica veronica dice:

    hola, ya me di de alta como empleador pero mi empleada empezo recien ayer 6/11, es el mismo formulario 102 rt el que tengo que completar? como hago para pagar solo la art ya que es mes adelantado? gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      hola Verónica.
      Mirá esta nota que acabo de subir: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/servicio-domestico-como-es-formulario-102rt/
      Slds.

  12. Gi Gi dice:

    Alguien me puede decir donde se encuentra la constancia de empleador de trabajadores de casa de Familia,?? que me la piden en la ART y entro con la clave fiscal y no se donde esta….

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola,
      No se puede imprimir de la web. En mi ART me tomaron una impresión de la página en el Registro (dice la fecha de alta como empleador y los datos). También me dijeron que hay que buscarla en Afip pero no sé de nadie que lo haya hecho y no sé si la dan.
      Probá con imprimir la página.
      Slds.

  13. Hola Paula, tenés alguna recomendación sobre cuáles son las mejores opciones entre las ART disponibles? Tengo que hacer el trámite ya y la verdad es que no sé cuál elegir?
    Saludos

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Vanesa,
      Depende de lo que te convenga. Que tengas oficina cerca de tu casa, puede ser la misma compañía que te cubre el auto o la casa, o alguna que te recomiende un productor.
      te recomiendo una compañía buena ya que el monto a pagar es el mismo.
      Slds.

  14. alberto luque alberto luque dice:

    Hola Paula
    Ya nos inscribimos con un productor, pero en la pagina de AFIP no aparece la ART, dice esperando confirmacion de SRT, sabes si es normal? porque le mande la pregunta a la mesa de ayuda de la afip y todavia espero respuesta, saludos

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Alberto,
      Sí es normal. A mí me respondieron de la mesa de ayuda de Afip (consulté otra cosa, en realidad) que aparece esta leyenda hasta que la superintendencia informe a la Afip la ART asignada.
      Slds.

  15. Paula Martinez Paula Martinez dice:

    Para todos quienes preguntaron, la AFIP ya actualizó el formulario para pagar los aportes de la ART, junto con el de la seguridad social.
    Acá lo pueden bajar, imprimir y llenar: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/?attachment_id=1497

  16. agus agus dice:

    Por favor, alguien me pondría indicar donde bajar  la constancia de registración como empleador del servicio doméstico, para presentar en la aseguradora? Gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola,.
      No se puede imprimir una constancia de alta como empleador. En mi caso, imprimí la pantalla del Registro. Si no, hay que pedirla personalmente en la Afip.

  17. Andrea Andrea dice:

    Hola! que pasa si no me pagan la art? se tiene que hacer cargo el empleador si tengo un accidente de trabajo, o si o si tiene que pagar? gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Andrea,
      Así es. lo dice la resolucion de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (en esta nota está: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/wp-admin/post.php?post=1393&action=edit).
      Slds.

  18. Mara Mara dice:

    Hola Paula, el formulario Afip 102/RT es el que reemplaza al 102/B? hay que hacer recibo de sueldo en la pagina de la Afip y formulario 102? No entiendo para que hay dos metodos, no son lo mismo? Gracias, Mara

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Mara,
      Hay dos opciones, tanto para el recibo de sueldo como de pagar los aportes. En esta nota nueva explico un poco esto: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/servicio-domestico-como-es-formulario-102rt/
      Slds.

  19. Juan Juan dice:

    Buen día,

    ¿como hago para establecer la relación entre el pago con el formulario 102/TR y la ART elegida para la cobertura? Evitar la selección por oficio? Consulto, ya que en el aplicativo de AFIP no está esta opción.

    Por otro lado, al realizar el pago de este formulario (home banking en mi caso), se desviarían los fondos correspondientes a la ART para aquella que haya seleccionado, con lo cual no debería pagar absolutamente nada a la ART seleccionada, correcto?

    Finalmente, en caso de que afip me asigne alguna por oficio, como me entero cuál es, para poder de estar forma hacer los reclamos pertinentes en caso de algún siniestro?

    Muchas gracias por adelantado, y muy buena información!

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Juan,
      Si te afilias a un ART no te asignan por oficio. La derivación la hace la Afip según lo que le indica la Superintendencia (todavía no informó aunque uno ya se haya afiliado):
      Si la afiliación es de oficio, se hace después de pagar el primer aporte de noviembre y la ART que designó la Super. te tiene que informar.
      Acá te dejo la nueva nota para pagar el formulario: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/servicio-domestico-como-es-formulario-102rt/
      Slds.

  20. maria maria dice:

    si el empleado tiene como cese de trabajo el 31-10-2014, por que inicia los trámites jubilatorios y tiene turno el 15 de noviembre para presentar los papeles, que debe hacer el empleador ante esta situación, contratar la ART. seguir pagando el aporte??????????

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola María,
      Si ya no trabaja más, no deberías contratar una ART. El aporte a la Seguridad social se paga vencido, así que deberías ingresar el monto de octubre (mirá en esta nota cómo hacer ante el cese de una relación laboral: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/servicio-domestico-como-es-formulario-102rt/
      Slds.

  21. Silvia G. Brenna Silvia G. Brenna dice:

    Buenos dias Paula! te hago una consulta, para poder contratar con la ART el empleador tiene que registrarse en AFIP como tal, bajo la actividad económica “Servicio de hogares privados que contratan servicio doméstico “ que lleva el código de actividad 970000 (Rev.4 CIIU). Sin embargo, al hacerlo nos sale un mensaje que dice: Ud. no registra impuestos. Para informar deberá ingresar en la opción «Registro Tributario F420T Alta de Impuestos/Regímenes» y al ingresar ahí no sabemos que elegir. El empleador es mi marido que es un empleado en Relación de Dependencia que está alcanzado por el Impuesto a las Ganancias 4º categoría. No vemos ninguna opción que se adecue a eso. ¿cuál hay que elegir?
    Desde ya muchas gracias. Tus publicaciones son excelentes.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Silvia,
      Gracias por los comentarios!
      Para afiliarte tenés que inscribirte en el Registro Especial de la seguridad Social – personal de Casas Particulares (mirá cómo hacerlo acá: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/paso-a-paso-registrar-afip/). Lo que vos me señalás es para otros empleadores.
      Slds.

  22. Asuncion Asuncion dice:

    Hola Paula, Gracias, como siempre, por toda la información que nos brindás. Es posible realizar este trámite online. Me encuentro fuera del pais.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Asunción,
      Podés realizar el pago (mirá la nota: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/servicio-domestico-como-es-formulario-102rt/) pero no sé si las ART aceptan la afiliación vía Internet.
      Slds.

  23. Maximo Maximo dice:

    Hola Paula. Muchas gracias por estas notas! nos haces la vida mas facil a los legos legales como yo.
    Te falto el hipervinculo al procedimiento para registrarse como empleador en la afip.
    saludos y gracias!

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Gracias! ahí lo corregí.

  24. marisa marisa dice:

    HOLA BUENAS TARDES, YA SALIO EL NUEVO FORMULARIO PARA EMPLEADAS DOMESTICAS PARA INCLUIR ART ADEMAS DE APORTES?
    GRACIAS!!!!

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Marisa.
      Todavía no salió. Hay que afiliarse a la ART igual. El primer vencimiento es el 10 de noviembre. Supongo que habrá algo antes.
      Slds

  25. María Elena María Elena dice:

    Paula: La chica que trabaja en casa viene 3 veces a la semana y va a otras casas. ¿Tenemos que ponernos de acuerdo todos los empleadores en la elección de la ART ? ¿O puede tener una ART diferente por cada empleador? Muchas gracias.Muy interesantes todas tus publicaciones.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Maria Elena.
      Gracias por el comentario!
      Cada empleador tiene que tener su ART. No importa si es la misma o no.
      Slds

      1. María Elena María Elena dice:

        Muchísimas gracias!!!