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Cómo regularizar a una empleada doméstica

regularizar empleada doméstica. www.presupuestofamiliar.com.ar
Cuando un empleador se atrasa en el pago de los aportes, o quiere “blanquear” a un trabajador de su casa hacia atrás, tiene que abonar los períodos atrasados y los intereses.

Luego del cambio de régimen, con la nueva obligación de registrar todas las relaciones laborales, muchos están interesados en regularizar su situación.

En esta nota, vas a encontrar una guía completa de los formularios, los procedimientos y los cálculos para realizar el trámite ante la AFIP. 

Después de marzo de 2000

En esta fecha, la AFIP implementó un régimen simplificado para regularizar la situación del servicio doméstico, con lo cual la forma de ponerse al día es mucho más sencilla (más abajo veremos qué pasa en años anteriores).

Qué tengo que hacer. Si querés blanquear a tu empleada por estos últimos 13 años, lo único que tendrías que hacer es pagar los aportes a la AFIP.

A partir del 1 de junio de 2013, además, tendrás que inscribirla en el Registro Especial del Personal de Casas Particulares del fisco (ver una guía aquí: “Paso a paso para registrar al servicio doméstico”).

Podés registrarla primero y después realizar los pagos.

Mirá cómo realizar la registración en la web de AFIP en este video tutorial:


Qué tengo que pagar y cómo lo hago. Los aportes y contribuciones obligatorios o voluntarios a la AFIP más los intereses resarcitorios o capitalizables, correspondientes. Hasta septiembre de 2014 tenés que utilizar el F.102/B  (en el formulario están los montos de cada fecha) y después el formulario F.102/RT.

Se podrían generar diversas situaciones:


Cómo calculo los intereses. Deberás ingresar a la página de la AFIP, en una herramienta especial para ello: Cálculo de intereses

El monto obtenido tendrás que ponerlo en el formulario correspondiente (Rubro II, del F.102/B o en cada sección del F. 575/B).

Tené en cuenta que:

Si tenés clave fiscal, podés ingresar a la página web de la AFIP y generar los períodos adeudados desde la Cuenta Corriente para Monotributistas y Autónomos, como lo explicamos en este video:

 

Períodos anteriores

Si tuvieras que regularizar meses comprendidos entre noviembre de 1994 y marzo del 2000, el pago de los aportes se ingresa a través de los formularios: 906 (empleado mayor de 18 años), 907 (menores de 18 años en actividad desde el 19 de julio de 1994), 908 (menores de 18 años en actividad antes del 19 de julio de 1994), 909 (si el empleado era jubilado).

Los intereses resarcitorios se ingresan a través del formulario 801/E.

El importe a ingresar lo determinará el sistema bancario, teniendo en cuenta el sueldo o aguinaldo que informes en los formularios y aplicándole los coeficientes correspondientes (mirá el Instructivo del formulario 906NM o descargá el archivo Servicio doméstico 906 (1).pdf).

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