La cobertura para accidentes de trabajo es obligatoria y tiene un costo mensual de entre $ 151 y $ 373 desde mayo de 2019 (antes, $ 130 y $ 230). En esta nota, todas las claves del sistema. El régimen para cubrir los riesgos del trabajo de las empleadas del servicio doméstico comienza a ser obligatorio a partir de noviembre de 2014. A partir de ese mes todos los empleadores tendrán que afiliarse a una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) y pagar las cuotas mensuales.
La cobertura es para accidentes de trabajo, en el hogar o en el trayecto hacia o desde su casa (se llama in itinere), y para enfermedades laborales (por ejemplo, problemas de columnas u otras generadas por el trabajo).
Quiénes están incluidos. Todos los empleadores de personal de casas particulares registrado. Incluye la modalidad cama adentro, con retiro, pago mensual o pago por hora, sin ningún límite.
Un tema importante a tener en cuenta: este sistema no es una cobertura para la trabajadora sino para el empleador. En caso de un accidente de trabajo, la ART se hace cargo de los gastos médicos y, además, pagará el sueldo si ella no puede trabajar. En caso de no estar asegurado, el empleador debería abonar todo de su bolsillo.
Monto de las cuotas. No son un porcentaje del sueldo sino un monto fijo que depende de la cantidad de horas de trabajo por semana (según el formulario 102 de la AFIP). Desde mayo de 2019:
SUBA. Cómo aumentará el aporte a la ART desde 2019.
Cómo pagar. La AFIP dispuso el pago a través del nuevo formulario 102/RT de AFIP, que también incluye el pago de los aportes a la seguridad social.
Afiliación. Cada empleador tiene que elegir una compañía de seguros que brinde este servicio para afiliarse. Hay que firmar un contrato específico para el régimen del servicio doméstico. Mirá «Paso a paso para afiliarse a una ART«.
Si uno no se afilia a una ART pero paga la cuota mensual, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo lo asignará de oficio a una aseguradora para que el trabajador tenga cobertura. Empezará a correr al día siguiente de la asignación de oficio o en la fecha que señale la afiliación voluntaria. Se puede cambiar de ART, pero el tiempo mínimo de permanencia es un año.
Para saber en cuál ART estás afiliado, ingresá en la página de la Superintendencia de ART, en el menú Cual es mi ART y hacé clic en Buscador ART, poniendo el CUIT o CUIL del empleador.
Múltiples empleadores. Las trabajadoras que estén en varias casas de familia pueden tener varias ART porque cada empleador elige la aseguradora que quiera.
En caso de un accidente de la trabajadora en la casa o en el camino hay que avisar enseguida a la ART para que brinde la cobertura. La aseguradora pagará las prestaciones médicas y asistenciales y también los salarios caídos en caso de que la empleada doméstica no pueda trabajar (este pago se llama Incapacidad Laboral Temporaria -ILT).
El empleador puede pagar la ILT y los aportes a la Seguridad Social y luego pedir el reintegro a la ART dentro de los siguientes 30 días corridos.
Qué paga. El principal problema es que la reglamentación establece que la ART sólo pagará la remuneración mensual mínima fijada por el Ministerio de Trabajo. Entonces, si una trabajadora cobra más que mínimo, habrá una zona gris sobre quién paga esa diferencia. En principio, lo pagaría el empleador.
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Por: comunidadpresupu-admin
Hola quisiera saber me operaron de prolapso la ART me cubre el sueldo así me dijo mi empleador
Hola.
La ART cubre accidentes laborales o enfermedades producto del trabajo.
Todo lo otro se cuenta como licencia paga por enfermedad.
Buenas tardes, que Formulario se tiene presentar para el reintegro de ILT en AFIP?
Qué es ILT?
Hola si tengo un accidente y quedo incapacitada para trabajar momentaneamente y trabajo en 3 casas me cubre el sueldo de las 3 casas en las que trabajo??
Hola.
La ART cubre la obligación del empleador en caso de accidentes o enfermedades laborales cuando vayas a trabajar en ese domicilio.
Para el resto de las casas deberías utilizar la licencia por enfermedad. De todos modos, consultá en la superintendencia cómo funciona el sistema: https://www.argentina.gob.ar/srt
Hola; mi empleada se accidentó y la art solo me está reintegrando la remuneración mínima. Donde figura eso? En que ley lo dice? No lo encuentro.
Yo le pago bastante mas porque es cuidadora de mi madre.
Gracias
Hola. Es lo que dice la normativa, pero fijate que esté bien declarado el sueldo en la Afip. Slds.
Hola hasta qué edad cubre la art a una empleada doméstica?
no hay tope de edad.
Hola soy empleada doméstica, en blanco hace un año. Sin obra social y estoy con problemas de vesícula. Cobro x semana, si me opero tengo derecho a q me sigan pagando mí jefa?
Hola. La ley prevé hasta 3 meses de licencia por enfermedad al año.
Silvia Nelson. Mi empleada tuvo una complicación en cirugía de vesícula y hubo que operar dos veces porque las piedras se fueron al coledoco. Tiene mínimo para 45 días. Cubre la art la licencia?
Hola silvia.
La ART solo cubre enfermedades o accidentes laborales. Lo otro va como licencia por enfermedad.
Hola. Una consulta: mi empleada piso mal al bajarse del colectivo hace varios meses, como no paso nada en ese momento no hicimos la denuncia. Ahora comenzó con dolores en el pie y se tiene que hacer una resonancia. Tengo cobertura medica paraeato? Puedo hacer la denuncia ahora?
Graciasss
Hola.
Consultá con tu ART. Slds.
Hola hace 9 años que estoy en blanco y desde febrero estoy con tratamiento psicológico y ahora empiezo con tratamiento siquiatrico . Mi patrona me dijo que mi art me cubre 6 meses . En realidad cuanto me cubre con este tratamiento siquiatrico
Hola. Consultalo en la ART.
Soy empleadora de una señora que realiza tareas domestica, en blanco, con aportes al dia, se accidentó practicando deportes fuera del trabajo y lleva 3 meses sin trabajar, le debo abonar sueldos
La ley contempla hasta 3 meses de licencia por enfermedad al (paga) año, con una antigüedad inferior a 5 años; o hasta 6 más con más antigüedad.
Cuanto debo de pagar de aportes con menos de 12 hs semanales, con retiro.
https://www.presupuestofamiliar.com.ar/cual-es-el-nuevo-aporte-del-servicio-domestico/
Hola mi empleadora aporta 48$ mis horas trabajadas son 100 horas al mes. No tengo obra social y no cobro asignacion familiar porque en anses me dice que tengo que tener un aporte minimo de 250$ y me mando al afip.¿ Yo tengo que completarle a esos 48$ para mis aportes? O como seria? Es la primera vez que estoy en blanco.
Hola.
Para la obra social tenés que completar el aporte total por mes (el que corresponde a más de 16 horas semanales): https://www.presupuestofamiliar.com.ar/cual-es-el-nuevo-aporte-del-servicio-domestico/
En el caso de asignaciones, como empleada doméstica podrías cobrar la AUH.
Necesito informarme de lo siguiente. Mi empleada se va a operar . La operación está pautada porque no es de urgencia. Quien se hace cargo de su sueldo?, le han dado un mes de licencia. Aclaro que está registrada, cobra lo que la ley dice, tiene su obra social y su ART. Gracias
Hola. La ley establece hasta 3 meses al año de licencia por enfermedad (paga) con antigüedad hasta 5 años, o hasta 6 meses anuales por más años de trabajo. Slds.
Buenas noches, mi consulta es relacionada al cálculo de la remuneración de una empleada doméstica.
Ella trabaja tres días a la semana 7hs y sab 2hs, total 23hs semanales con retiro. Con el sistema de cálculo ofrecido por ustedes me tira una remuneración de 5293$ pero si yo tomo el valor de la hora de jornadas parciales (84$) y lo multiplico por las horas trabajadas mensualmente (92 totales), me tira un resultado de 7728$. Mi pregunta es…¿Porque la diferencia? ¿Qué remuneración es válida?
Muchas gracias
SILVINA
Hola. Como habrás visto, el valor por hora no es lo mismo en el pago mensual y en el pago por día. Así figura en el convenio.
Lo que yo sugiero es que, si vas a pagar por mes, llegues un acuerdo. En general, el pago por hora se genera cuando son pocos días a la semana pero ninguna norma dice si corresponde una cosa o la otra. Slds.
Hola
mi empleada doméstica se realizó una cirugía durante sus vacaciones para no faltar al trabajo a mi casa, pero la recuperación le llevó dos mese no uno como ella pensaba. Ella se operó en enero y le pagué el mes, febrero debía reincorporarse pero el médico no la dejó. Comenzó a trabajar nuevamente en marzo. Quién debe abonar el mes de febrero el empleador o la ART?
gracias.
Mónica
Hola. Corresponde licencia por enfermedad (hasta 3 meses al año, con antigüedad menor a 5 años, o hasta 6 meses para más antigüedad).
La ART sólo es para accidentes de trabajo o enfermedades laborales, no cubre la licencia.
Buenas tardes
Mi empleada doméstica se accidentó con otra empleadora, a la cual le cubre su ART. Por lo que entiendo a mi me corre como licencia por enfermedad ? o hay alguna manera de estar algo cubierta con mi ART
Además, si no es factible lo ut supra, cómo debe ser el certificado que me debe traer mi empleada, lo tiene que solicitar a la ART que se hace cargo de su situación o la Clínica donde se atiende.? (aclaro que tiene un yeso y va a ser una ausencia laboral prolongada).
Muchas gracias
Hola.
La ART cubre al empleador con el cual el trabajador se accidentó. Los demás empleadores deben pagar la licencia por enfermedad. Lo que tiene que presentar es un certificado médico.
Slds.
es obligatorio pagar los viaticos a la empleada domestica »»’?????
No está previsto en ninguna normativa.
Hola soy empleada domestica trabajo menos de 12 hs semanales,estoy hace más de una semana con problemas cervicales,todavía no di de alta mi obra social y estoy pagando médicos particulares para mi atención,no estoy yendo a trabajar.tengo q llamar a mi art para que me paguen los dia no trabajados?
Hola.
La ART sólo cubre accidentes de trabajo o enfermedades laborales.
Deberías darte de alta en una obra social lo antes posible.
BUEN DIA. EN CASO DE MI EMPLEADA DOMESTICA QUE SE OPERO DE VESICULA Y TIENE CERTIFICADOS MEDICOS SOLICITANDO LICENCIA, LA ART ME PAGA LOS DIAS QUE NO ASISTE AL TRABAJO POR ESTA LICENCIA? O DEBE PAGARLOS EL EMPLEADOR COMO MES NORMAL?
ESPERO SU PRONTA RESPUESTA
MUCHAS GRACIAS!
La ART es para accidentes de trabajo. S
En ese caso es una licencia por enfermedad.
Pregunta: Tengo una empleada que todavía no llego a cumplir los 5 años de trabajo. El otro día me llamo que la tuvieron que operar de urgencia de cálculos de riñones. La ART cubre eso? Como tengo que hacer en este caso? Muchas Gracias!
La ART solo cubre accidentes de trabajo o enfermedades laborales.
Por una cirugía se debe pedir licencia por enfermedad. Se paga hasta tres meses al año.
Hola una pregunta yo estoy embarazada de 16 semanas pero todavia no le avise ami empleador xq siempre esta viajando .qro saber si tengo q descargar no mas el formulario 2.75 y llevar q lo llene cuando este en la casa y otra pregunta yo trabaj hace 12 años ya con el de lunes a viernes 8 hs al dia .cuanto dias de licencia me corresponde ?
https://www.presupuestofamiliar.com.ar/empleadas-domesticas-10-preguntas-sobre-la-licencia-por-maternidad/
buen día. tengo varias consultas: ¿además del aporte de $811 que hago a la afip, debo pagar aparte a la ART? ¿para que mi empleada tenga obra social debe pagar aparte? ¿donde debe hacerlo? y como hace para que la tomen en alguna obra social porque hemos averiguado en algunas y no la toman.
Hola. El aporte de 811 incluye ART, jubilación y obra social.
Buscá la obra social de casas particulares de tu ciudad.
Buen día, yo pago de aporte por Eugenia (quien trabaja en casa), el monto de 811.15, me gustaría saber qué debo pagar yo de ese total (811.15) y si ella debe pagar algo.
Muchas gracias.
hola. La parte de la obra social es el aporte del trabajador. Pero, tené en cuenta que si se lo descontás, el sueldo de bolsillo no puede ser inferior al mínimo: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/cual-es-el-nuevo-aporte-del-servicio-domestico/
Buenas noches,
Mi empleada domestica debe presentar y pagar el formulario 575R ya que con mis aportes no alcanza el mínimo. Yo pago 188,88 correspondiente a menos de 12 hs semanales.
El desglose es OS 43,52, Seg soc 15,36, y ART 130.
Cuanto debe agregar el el form 575? pienso que solo seria el complemento de OS y SS, es así? cuales son los valores mínimos?, muchas gracias y saludos, AM
Hola. Hay que completar el monto para más de 16 hs. semanales. Fijate los valores acá: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/cual-es-el-nuevo-aporte-del-servicio-domestico/
Slds.
Buenos días.
En mi casa trabaja una empleada doméstica (contratada bajo modalidad de horas por semana con varios empleadores – actualmente trabaja 6 horas por semana) tuvo un accidente en su casa. Su doctor le dio reposo por varias semanas para recuperarse. En ese caso, yo debería pagar las 6 horas semanales por cada semana que no pueda trabajar? En caso que sí, entiendo que esto debe ser contra la presentación de un certificado médico. Es así?
Saludos y gracias.
Hola.
Sí, la empleada tiene hasta 3 meses de licencia por enfermedad (paga) por año, con menos de 5 años de antigÜedad. Para justificar la licencia se necesita certificado.
Slds.
Hola soy empleada domestica tube un accidente en la calle dentro del horario laboral lo cual no tenia art me cuesta mucho trabajar me cubre la art ?
La ART cubre el trayecto de ida y vuelta al trabajo.