Empleada doméstica: consultá nuestra calculadora con los sueldos de junio 2019

El convenio de 2019 fijó un incremento del 30% sobre los salarios mínimos, dividido en tres veces. El primer ajuste rige para junio e impacta en el primer medio aguinaldo. Mirá los nuevos valores por mes y por hora.

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Se fijó el  convenio de 2019, con un incremento del 30% sobre los salarios mínimos, dividido en tres veces. El primer ajuste rige para junio. Mirá los nuevos valores mensuales y por hora.

El acuerdo colectivo de trabajo para el personal de casas particulares para 2019 se estableció en tres tramos: un 10% se aplica desde el 1 de junio, otro 10% desde agosto y otro 10% desde noviembre. También hay una cláusula de revisión antes del final del convenio actual, el año próximo.

Este incremento se suma al 15% que se otorgó en marzo de 2019 por la cláusula de revisión del año pasado.

Como siempre, hay que recordar que el convenio establece sueldos mínimos por mes y por hora (después de descontar los aportes) por lo que, no es necesario que todos los sueldos se incrementen en el porcentaje fijado si ya estuvieran por encima de los pisos fijados por la normativa.

Nuevos valores

Las remuneraciones mínimas que están vigentes para junio y julio de 2019, se pagan desde fin de junio o principios de julio e impactan sobre el medio aguinaldo de la primera mitad del año (si ya se abonó sin el incremento, hay que pagar la diferencia).

Categoría 5 (tareas generales). El monto mínimo para el pago mensual (por 48 horas semanales) es de $ 13.974 y de $ 113,5 por hora, con retiro. Para las empleadas domésticas cama adentro es de $ 15.539 y $ 122, respectivamente.

Categoría 4 (cuidado de personas). El salario mínimo queda en $ 15.539 por mes o $ 122 por hora para las empleadas con retiro. En tanto, las trabajadoras cama adentro pasan a $ 17.316,50 mensual y $ 137 la hora.

Utilizá nuestra calculadora para ver el pago proporcional:

CALCULAR SUELDO EMPLEADA DOMESTICA

Consultá la tabla completa con todas las categorías: Remuneraciones servicio doméstico de Junio y julio de 2019.

 

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59 respuestas

  1. Hago una consulta. Trabajo hace 5 años en una casa particular donde mis patrones dicen q no me blanquearon xq nunca fui al afp hacer los papeles. Y como trabajo 2 veces por semanas 8hs me dijieron que no me corresponde vacaciones ni aguinaldo. Y durante esta pandemia no quieren q valla a trabajar ni tampoco pagarme. Esto es así o no?

    1. Todas las empleadas tienen que estar en blanco y a todas les corresponde que les sigan pagando.

  2. Que suerte tiene yo trabajo mínimo 10 horas al dia de lunes a viernes y a veces fines de semana me pagan 20 mil desde el mes pasado estoy cama dentro, obvio que no esta bien….

  3. Hola Paula, tenemos una empleada para tareas generales en mi casa, hace un casi dos meses, quiero ponerla en blanco y ella se niega, y ademas suele faltar mucho o llegar fuera de horario, no hace mal sus tareas y le tenemos confianza, pero en realidad queremos estar tranquilos… ella dice q si la ponemos en blanco va a tener problema con su jubilación, viene 5 horas por dia y le pagamos 14000 …

    1. Hola Maxi.
      tenés que explicarle que registrarla es una obligación de ustedes, no es voluntario. Por lo tanto, si ustedes no la blanquean en el futuro pueden tener problemas (si llega a tener un accidente por ejemplo).
      Sobre la jubilación, el aporte también incluye este ítems y los años de aporte. Si ella es jubilada, el trabajo en el servicio doméstico es compatible y tiene un aporte más bajo.

  4. Cuál es el sueldo mínimo para la 4 categoria? Sueldo mínimo por ley mensual

  5. Buen día… Quería saber cuánto gana una ama de llaves ocho horas diarias seis días a la semana…

  6. Hola, mi empleada está registrada en la 4ta cat, trabaja de lunes a viernes de 08 a 12 hs. quisiera saber si le corresponde que le pague por hora porque no completa la media jornada laboral que es de 48 hs y ella semanalmente trabaja 20.
    Y su tarea ppal ahora es la de limpieza de la casa, si la puedo cambiar de categoría ( a la 5ta), sin que ello implique un perjuicio para ella y se pueda considerar injuriada y despedida con causa.

    1. Hola Carolina.
      Se puede cambiar de categoría, pero si se reduce el sueldo corresponde indemnizar por la diferencia.
      Se puede pagar por hora o por mes, en la normativa no se especifica nada (aunque en algunas jurisdicciones dicen que hasta 20 hs. semanales es por hora y por más, se proporcional el mensual).

  7. Hola Paula! Tengo a mi empleada (categoría 4) en regla y hago los aportes de ley. Ella trabajaba 30 hs semanales. Desde el 2 de agosto está de licencia por enfermedad. Presentó certificados médicos pero el tratamiento traumatológico tiene para largo (el médico le va indicando reposo por 15 días, más otros 10 días, y 10 días más. Hoy le indicó 10 días más), además de que ella no hace el reposo como le indica el doctor. Más allá de eso, tuve que buscar a otra persona para que cuide a mi madre y haga las tareas del hogar, a quien también regularicé ante Afip. En este momento, el 80% de mi sueldo se va en el pago de ambas colaboradoras. No sé hasta cuándo podré hacer frente a los dos sueldos. Por favor: qué debo hacer? Hay algún tipo de jubilación por incapacidad transitoria? Te suplico me asesores. Agradecida desde ya.

    1. Hola.
      Lo que está previsto es el pago de licencia por enfermedad según la antigüedad: hasta 3 meses al año para menos de 5 años; o hasta 6 meses por más antigüedad.
      No hay otra opción que afrontar el pago y reemplazar la trabajadora, si hiciera falta. Slds.

  8. Hola Paula buenas noches yo trabajo ,4 horas y medias cuatro veces a la semana , tareas generales ,domesticas cuanto deberia de ganar’? GRACIAS.

  9. hola, quiero contratar una niñera 3 veces a la seman 6hs corridas y 2 veces a la semana 4hs corridas, solo para cuidar un bb de 1 año estando yo presente, no quiero pagarle viaticos, si q este en blanco y cumplir con todas las obligaciones (art, vacaciones, etc). Lei q los abogados laboristas indican que si la empleada cobra x mes y trabaja mas de 20hs se calcula un proporcional, la formula seria (sueldo neto/48) *24 (hs semanales trabajadas). ¿es correcto liquidarle el sueldo asi o debo pagarle por hs, el sindicato del servicio domestico aprueba este mecanismo? sinceramente no quisiera complicarme legalmente con nadie y cumplir tanto con la ley de trabajo como con el convenio de servicio domestico 4ta categoria. Otra consulta ¿tienen un unico sindicato reconocido por el ministerio como valido? gracias por tu tiempo

    1. Hola.
      Sí se puede pagar en forma proporcional, el cálculo que mencionás es correcto.
      Los sindicatos dependen de cada lugar. Slds.

    2. Buen día. La sra que cuida mis hijos se jubila como empleada doméstica. Ella va a seguir trabajando conmigo. Debe renunciar para jubilarse? Gracias

  10. Hola, trabajo 40 horas semanales, cuánto debe ser mi sueldo???

  11. Hola!! quiero contratar una persona de lunes a viernes para cuidado de un niño 17hs semanales.. aproximadamente cuanto seria el sueldo? 8500 estara bien?

  12. Hola, Consulta sobre servicio doméstico, personal para tareas generales que trabaja entre 25 y 30 hs. semanales. La empleadora siempre abonó por hora (porque a más horas trabajadas, mayor sueldo…); ahora me plantea abonar por mes, con lo cual monto a pagar disminuye, ¿como puedo resolverlo sin perjudicar a ninguna de las dos partes?? Desde ya muchas gracias por su ayuda

    1. Hola.
      No se puede reducir el sueldo sin indemnización aunque cambie la forma de pago . Si va a trabajar menos horas, corresponde que se indemnice esa parte.
      Cualquier duda, te sugiero consultar en el Ministerio de Trabajo. Slds.

  13. yo entre a trabajar en agosto, en febrero cumplía los 6 meses q me corresponden 14 días de vacaciones, pero en enero mis empleadores se fueron de vacaciones y me dijeron q me corresponden 4 días de vacaciones, ¿ es así porque estaba dentro del tiempo de diciembre a marzo q corresponde las vacaciones? aclaro que no las tome ni las cobre !

  14. Buen día quisiera consultar que se establece con relación a los aportes debido a que yo nunca se los he descontado a la empleada. A quien le corresponde el gasto ?

    1. Hola, la parte de la obra social son «aportes del trabajador» según la Afip. Esa parte se descuenta del sueldo bruto (no se puede bajar el salario de bolsillo) porque el empleador lo paga todo junto en los aportes mensuales.

  15. hola buenas noches, como se calculan las horas extras para personal bajo modalidad de prestación sin retiro, 4ta categoría ? o al ser modalidad sin retiro no deben calcularse?

    gracias

    1. Hola. Si trabaja más de 48 horas semanales se pagan como horas extra. Un 50% más que la hora habitual en días de semana y un 100% más los sábados desde las 13, domingos y feriados.

    2. Hola yo trabajo 5 horas diarias 25 horas semanales hace 6 años y quisiera saber bien cuanto tendría que cobrar y me gustaría saber que tengo que hacer para tener una obra social .

    3. Hola recién entre a trabajar cuánto me corresponde q me paguen trabajo 25 horas semanales y quién tiene q pagar la obra social y laRt

      1. Hola. Los sueldos los podés ver en la calculadora.
        Sobre los aportes, el empleador paga el total y le descuenta a la empleada la parte de la obra social.

  16. Hola , niñera por 8 horas de trabajo corresponde categoría 4 ,cuidado de personas ?

  17. Buenas noches yo iba dos veces por semana el año pasado a éste. Luego me dijo sólo niña vez los sábados cobro por mes. Me corresponde el aumento y aguinaldo haciendo 20 hs semanales?

    1. Hola. todas las empleadas tienen que cobrar los salarios mínimos de convenio y recibir aguinaldo, vacaciones, aportes y el resto de los derechos y obligaciones de la ley.

  18. Consulta por seis horas diarias cuidados de chicos cuanto debería cobrar

    1. Hola buen día una consulta.
      Quiero Contratar por la tarde del sábado y todo el domingo sin retiro categoría 4.

      Debería pagar todas las horas como extra al 100 % ?? Por ser la contratación solamente esos días. ?

      Gracias

      1. Hola. Si el régimen de trabajo habitual va a ser el fin de semana, no se consideran horas extra (salvo que trabaje más de 48 hs. semanales). Slds.

      2. Hola Paula,
        Consulta los 3 tramos del aumento 2019 se hacen calculando el 10% del sueldo a Mayo 2019? Es decir, ultimo sueldo antes del aumento o 10% sobre el sueldo del mes anterior al pago de cada tramo (lo cual me daria mas de 30% anual).
        Gracias.

        1. Hola Silvina.
          Lo que tenés que ver son los sueldos mínimos vigentes en cada momento. Primero habían dicho que eran porcentajes sobre los sueldos de mayo pero, cuando publicaron las tablas es como vos decís, se acumulan las subas.
          Un saludo.

  19. Hola, muy buenas noches. Pregunto hace 1 año que estoy anotada ; si tengo vacaciones me las tienen que pagar aparte del sueldo? Cuido un bb de 2 añitos 36hs semanales con un sueldo de 11.000$
    El año pasado no me las pagaron .
    Me pueden orientar ? Gracias mis estimados..

  20. Hola yo trabajo tres veces por semana 9 hs por dia .¿cuanto seria mi sueldo?

    1. Hola! Yo trabajo 35 horas semanales, me pagan el sueldo mínimo ($15.538,60) Y de ese sueldo me descuentan los aportes de la obra social ($689), osea que recibo $14.849,60! Esta bien lo que me pagan??

      1. Hola.
        El sueldo mínimo es de bolsillo, después de descontar los aportes.

    1. Hola. El aumento de junio es del 10% sobre los salarios mínimos, si estabas cobrando más del mínimo no necesariamente te corresponde aumento en esa proporción.
      El aguinaldo es la mitad del mejor sueldo del semestre. Slds.

    1. Hola Paula,
      Consulta los 3 tramos del aumento 2019 se hacen calculando el 10% del sueldo a Mayo 2019? Es decir, ultimo sueldo antes del aumento o 10% sobre el sueldo del mes anterior al pago de cada tramo (lo cual me daria mas de 30% anual).
      Gracias.

      1. Hola Silvina.
        Efectivamente, los tres tramos no son acumulativos. Todos los porcentajes se calculan sobre el sueldo vigente en marzo 2019.
        De todos modos, tené en cuenta es que el convenio no establece porcentajes de aumentos sino valores de sueldos mínimos y esto es lo que hay que respetar.
        Acá podés ver los montos vigentes para 2019: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/wp-content/uploads/2019/07/Escala-de-salarios-servicio-dom%C3%A9stico-desde-junio-2019.pdf