Esta nota corresponde al período fiscal 2014. Mirá cuánto vas a pagar de Ganancias en 2015, según tu sueldo.
Esta nota rige para el Impuesto a las Ganancias del año fiscal 2014.
La AFIP estableció en 2013 cuatro situaciones distintas para trabajadores (o jubilados) de todo el país y también un diferencial del 30% para aquellos que vivan y trabajen en el sur del país.
El parámetro que se toma en cuenta (al menos, por ahora, si no hay cambios legales) es el sueldo bruto mensual que cobraste entre enero y agosto de 2013, aunque luego tu salario haya variado. Las situaciones son:
¿Qué pasa si cambiaste de empleo? Según establece la Resolución General 3525/13 de la AFIP; si hay un inicio de actividades (o cobro de jubilaciones) a partir de septiembre de 2013, sin haber existido otro empleo en el mismo año fiscal, se toman como referencia los salarios del nuevo trabajo. Pero, si hubo un cambio de empleador durante 2013, se siguen considerando los salarios de enero a agosto de 2013.
Veamos, en cada uno de los casos, cuáles son los montos que podés deducir de tu ingreso para obtener la base sobre la cual se efectúa el cálculo del Impuesto a las Ganancias, y a la que se aplica la tabla de alícuotas.
Recordá que el Impuesto a las Ganancias es un tributo anual, y que cada mes se van acumulando ingresos y deducciones (cada mes, se toma el monto total dividido 12). Cuando cobres el aguinaldo, el monto del impuesto aumentará.
Las deducciones son iguales a los ingresos. La base imponible es cero, así que no deberás tributar el Impuesto a las Ganancias (estás exento y en tu recibo de sueldo tendrás una leyenda que lo indica).
Para este apartado mirá las claves de los cambios en Ganancias de 2015.
Para calcular cuánto vas a pagar de impuestos, a tu sueldo neto le tenés que restar las siguientes deducciones (los montos son anuales, para calcular cada mes se dividen en 12) y luego aplicar la tabla de alícuotas:
Deducciones |
Año 2014 |
Ganancia no imponible |
$ 18.662,4 |
Deducción especial empleados en relación de dependencia |
$ 89.580 |
Cargas de familia |
|
-Cónyuge |
$ 20.736 |
-Hijos |
$ 10.368 |
-Otros familiares |
$ 7.776 |
Como ejemplo, un trabajador soltero que cobraba entre $ 15.000 y $ 25.000 mensuales hasta agosto de 2013, podrá deducir de su sueldo neto $ 9.020,2 promedio por mes en 2015, o sea que tributará sobre el resto. Un trabajador con esposa/o y dos hijos a cargo, podrá restar de su base imponible $ 12.476,20 por mes. Mirá la Planilla Excel Cálculo del Impuesto a las Ganancias 2014.
Para los trabajadores o jubilados de la Región Patagónica (La Pampa, Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Patagones, Provincia de Buenos Aires) las deducciones anuales son un 8,3% superiores a los montos anteriores.
Recordá que si tu sueldo bruto superó los $ 250.000 el año anterior, o si pedís el reintegro de la percepción por compras en el exterior, estas deducciones tenés que informarlas a través de Internet (formulario 572 web, herramienta Siradig Trabajador). Mirá la Cómo completar el formulario 572 web (SIRADIG).
En este caso, los empleados en relación de dependencia y los jubilados pueden deducir un monto menor por año. El resto del cálculo es igual:
Deducciones |
Año 2014 |
Ganancia no imponible |
$ 15.552
|
Deducción especial empleados en relación de dependencia |
$ 74.650 |
Cargas de familia |
|
Cónyuge |
$ 17.280
|
Hijos |
$ 8.640 |
Otros familiares |
$ 6.480 |
Mirá la Planilla Excel Cálculo del Impuesto a las Ganancias 2014.
Trabajadores autónomos
Para los independientes, los montos anuales son similares a los trabajadores que habían tenido ingresos superiores a $ 25.000, aunque en este caso, la deducción especial es igual a la ganancia no imponible.
Año 2014 |
|
Ganancia no imponible |
$ 15.552,00 |
Deducción especial trabajadores independientes |
$ 15.552,00 |
Cargas de familia | |
Cónyuge |
$ 17.280,00 |
Hijos |
$ 8.640,00 |
Otros familiares |
$ 6.480,00 |
Para pagar menos por el Impuesto a las Ganancias, además de estas deducciones, se pueden incorporar otras como:
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– Cómo calcular el Impuesto a las Ganancias.
– Cómo completar el formulario 572 web (SIRADIG)
– Planilla Excel Cálculo del Impuesto a las Ganancias 2014.
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Por: comunidadpresupu-admin
gustavo
si mi sueldo durante todo el año no supero los 15000 y por ende no tuve descuento y en diciembre si lo supero por cobro del mes mas aguinaldo mas vacaciones corresponde el descuento a las ganancia?
Hola Gustavo,
Si estás exento (en tu recibo de sueldo dice exento por decreto 1242/2013) no pagás sobre el aguinaldo, ni aunque tengas aumento de sueldo.
Slds.
mi pregunta es , entonces en 2014 se paga el impuesto sobre lo percibido en 2013 ?
Hola Erica,
No se paga sobre lo percibido en 2013 sino sobre lo que cobrás ahora.
El sueldo de 2013 se toma como referencia para ver si estás exenta del impuesto o el nivel de deducciones que te corresponde.
Slds.
Hola, yo cambie de empleador en noviembre de 2013, pero para mi antiguo empleador tuve salarios normales y habituales inferiores a 15000 entre enero y agosto de ese año. Ahora mi nuevo empleador me esta descontando ganancias (ahora gano mas de 15000) Segun tengo entendido no corresponde que me hagan la deduccion ya que la RG de AFIP dice que aún cambiando de empleador, rige el beneficio por haber ganado menos de 15000 entre los meses indicados. es realmente asi? gracias
Hola César,
Se sigue tomando como referencia el sueldo bruto entre enero y agosto de 2013 (el mayor).
Si tenés un nuevo empleador, te aconsejo que le informes de esta situación porque algunos no se fijan cuánto cobrabas antes.
Slds.
cecilia dice
19 de noviembre
hola yo soy madre con 4 chicos de 24, 19,17 ,14 años de edad y sola trabajo en relacion de dependencia hacia extra y cobraba en enero hasta agosta del 2013 entre 7,000 a 11,000 mensual , cuando mI recibo neto era de 10 ,944 me descontaban de impuesto alas G. 1,244 $, AHORA NO REALIZO MAS EXTRAS Y actualmente COBRO 9,200 igual me descuentan 560 pesos y no se que hacer, hoy como esta la situacion ,no me alcanza para nada ,que tengo que tramitar en la afip para que me devuelvan todo los descuentos que me hicieron. gracias por escucharme.
Hola Cecilia,
Si entre enero y agosto de 2013 cobrabas menos de $ 15.000 bruto (no de bolsillo) tendrías que quedar exenta de Ganancias. Si ganabas más y estás alcanzada por el impuesto, fijate si tenés declarados a tu empleador tus cuatro hijos (con tu nivel de sueldo y esa cantidad de hijos, con un cálculo ‘a ojo’ me parece que no deberías pagar, es raro que te estén descontando).
Preguntá bien a tu empleador, que te expliquen tu situación y si necesitás llenar el Siradig (formulario 572web) para informar sobre tus hijos (mirá en esta nota: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/ganancias-completar-siradig-572-web/).
Slds.
hola por favor si es posible me pueden aclara una duda. quisiera saber si pudo deducir en mi formulario 572 descuentos que me hacen en mi cuenta corriente por pago de ingresos bruto provincia de tucuman o impuesto de sellos de tuccuman cobrados tambien en mi resumen cuenta tarjeta credito, desde ya gracias
Hola Raúl,
El pago de impuestos provinciales no está dentro de las deducciones permitidas para Ganancias por la 4º categoría (entre ellos, empleados).
Slds.
Buenas tardes Paula,
Estuve leyendo el foro y creo que mi caso no está publicado, estuve desde enero del 2013 al 19 agosto de 2013 con un empleador ganando menos de $15.000 y luego el 21 de agosto de 2013 cambie de empleador pasando a ganar $21.000 con lo cual en agosto tuve un proporcional de ambos. ¿En este escenario tengo que pagar ganancias?
Hola Mariano,
La verdad es que tu caso es difícil de encuadrar. Supongo que se toma el monto total que cobraste en agosto como referencia.
Te copio el art. 3 de la Res. Gral 3525, la única norma que habla al respecto:
«Art. 3° — Para la determinación de los importes referidos en los Artículos 2º y 5º, del Decreto Nº 1.242/13 y a ese solo efecto, se considerarán las remuneraciones mensuales, normales y habituales, entendiéndose como tales aquellas que correspondan a conceptos que se hayan percibido, como mínimo, durante al menos seis (6) meses del período al que se hace referencia en dichos artículos.
Cuando no se hayan devengado remuneraciones y/o haberes en la totalidad de los meses de enero a agosto del año 2013, se considerarán los conceptos que se hayan percibido, como mínimo, en el SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) de los meses involucrados.»
Si tenés más dudas, podés consultar a la mesa de ayuda de Afip: [email protected]
Slds.
Hola, estoy por entrar a un nuevo trabajo (cambio de empleador) y si bien entre agosto del 2013 ganaba menos de $15.000 en mi antigua empresa, en la nueva ganaré más de $15000 y quisiera saber si me sacaran ganancias.
Mi pregunta apunta a cómo sabe la nueva empresa que ganaba menos de $15.000 ? Debo presentar los recibos de sueldo de esa epoca?
Desde ya gracias por la informacion.
Saludos-
Hola Lourdes,
Sigue vigente el período enero a agosto de 2013 para referencia de la exención de Ganancias. Por las dudas, avisá a tu empleador esta situación para que la tenga en cuenta (te dirán si necesitan algún comprobante o no).
slds.
RECIENTEMENTE ME JUBILÉ, PASADO DE EDAD.(07 DE JUNIO 2014) PERO LOS TRES ÚLTIMOS AÑOS POR PROBLEMAS CARDÍACOS ESTUVE DE LICENCIA. ME DIERON LA BAJA Y ME HAN LIQUIDADO PARTE DE LICENCIAS NO GOZADAS, CORRESPONDIENTES A TRES AÑOS. NO TENGO DEDUCCIONES POR CARGA DE FAMILIA NI OTROS, PERO EL MONTO DESCONTADO POR LOS TRES AÑOS DE LICENCIA NO GOZADAS RESULTO SER LA MITAD DE LO COBRADO. DURANTE PERIODO DE LICENCIA APORTE AL IMPUESTO MENCIONADO, INCLUIDO AGUINALDOS. TENGO DUDAS SI REALMENTE EL PROCEDIMIENTO ESTÁ BIEN APLICADO.
Hola Enrique,
Tendrías que ver tu caso particular con un contador. Pero no sería extraño que las retenciones de Ganancias sean tan altas si no tenés ninguna deducción, realmente el peso del impuesto es muy importante.
slds.
Hola. Creo que reprsento un caso particular que no debe estar contemplado. Durante el año 2013 no tuve ingresos, estaba tramtando mi jubilación. En enero de 2014 comencé a trabajar en relación de dependencia y cobro más de $15000.
Ahora me ha salido la jubilación, con fecha 23 de enero de 2013 y cobré todo el retroactivo en noviembre 2014. De enero a setiembre del 2013 mi jubilación era menor de $15000 por lo qe deduzco de la liquidación del retroactivo. No me están descontando ganancias de la jubilación aunque ahora supero los $ 15000. ¿Que pasa con mi sueldo por el cual sí he pagado todo este año? ¿tendré que pagar pormi salario y no por el haber jubilatorio o no tengo que pagar nada?
Les dije, este caso esta fuara de todas las normativas y ejemplos que he leído.
Agradeceré una respuesta de su parte.
Atenamente :
Mario Hector
Hola Mario,
La verdad es que hay muchas zonas grises en la resolución general 3525 y en el decreto 1242/13. Estas son algunas.
No me queda muy claro si cobraste ambos, sueldo + jubilación. Creo que te puede servir estos dos artículos de la Res.Gral 3525:
«Art. 3° — Para la determinación de los importes referidos en los Artículos 2º y 5º, del Decreto Nº 1.242/13 y a ese solo efecto, se considerarán las remuneraciones mensuales, normales y habituales, entendiéndose como tales aquellas que correspondan a conceptos que se hayan percibido, como mínimo, durante al menos seis (6) meses del período al que se hace referencia en dichos artículos.
Cuando no se hayan devengado remuneraciones y/o haberes en la totalidad de los meses de enero a agosto del año 2013, se considerarán los conceptos que se hayan percibido, como mínimo, en el SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) de los meses involucrados.
Art. 4° — Cuando se trate de inicio de actividades (relación de dependencia) y/o cobro de haberes (previsionales) a partir del mes de septiembre de 2013 —sin que hubiere existido otro empleo y/o cobro en el mismo año fiscal—, la condición del sujeto beneficiario de las rentas frente al régimen se determinará en función a las remuneraciones y/o haberes que correspondan al mes del citado inicio o cobro, según corresponda. En el supuesto que no se trate de un mes completo, deberá mensualizarse el importe percibido.»
Slds.
al calculo de la base imponible a los que ganan mas de 15000 se calcula sobre el exedente de 15000, es decir si uno gana 27.000 la base imponible siria 12000 mensuales?
Hola Rene,
No. Se toma el total de los ingresos (no los que superen los 15000) y a ese monto total se le aplican las deducciones de ley y las cargas de familia para llegar a la base imponible (según el caso pueden deducirse más o menos ).
Slds.
hola quisiera saber si el descuento q le isieron a mi marido esta bien hecho…. este mes cobro en bruto 30.800$ el neto cobrado fue de 12.000$ y en el recibo la retencipon q tuvo fue de 8.000$ solo tiene declarado a sus 2 hijas…. para mi, el empleador paso mal la liquidacion….. xq es mucho el descuento!!!!! tuvo horas extras y no vio diferencia alguna!!!!! como si no hubiese hechoninguna!!!
Hola Diana,
Para saber si está bien, un contador debería ver su caso específico.
Pero no es raro que le descuenten un monto mayor de Ganancias si hace horas extra (de hecho, muchas veces uno pasa a cobrar menos porque el descuento es más alto).
Lo importante es que presente todas las deducciones que pueda (las hijas y todas las demás) a través del Siradig. Mirá estas dos notas: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/como-pagar-menos-impuesto-ganancias/ y https://www.presupuestofamiliar.com.ar/ganancias-completar-siradig-572-web/
Slds.
hola, mi situación es la siguiente… al dia de la fecha sufro un total de $6300 de retencion por parte de mi empleador., mas o menos $1000 x mes de impuesto.Yo el año pasado cobraba en bruto un promedio de $9000.
mi pregunta es, deberia sufrir los descuentos?
Hola Julián,
El cálculo del impuesto es particular y depende de cada caso. Si vos el año pasado, entre enero y agosto, no superaste nunca los 15.000 en bruto, deberías estar exento (no se toma el promedio, sino el monto de cada mes).
Si lo superaste algún mes, entrarías con las deducciones para el segundo grupo que señala la nota (entre $ 15.000 y $ 25.000), o del tercero, si en algún momento cobraste más de $ 25.000.
A partir de que empezás a tributar, el impuesto puede variar mucho según tu situación (ingresos, deducciones generales, cargas de familia, etc.).
Te dejo el link de esta nota en la cual explico cómo se calcula el impuesto (no es algo fácil de entender): https://www.presupuestofamiliar.com.ar/calcular-impuesto-a-las-ganancias/
Slds.
Hola, te cuento mi situacion y mi duda. Yo entre enero y agosto del 2013 ganaba menos de 15000.
En el 2014 (julio) cambie de trabajo y gano mas de 15000. Mi duda es que pasa con el impuesto para el 2015, voy a empezar a pagar? O sigue vigente el decreto del calculo entre enero y agosto 2013?
Gracias!
Hola Brian,
Por ahora, sigue vigente el mismo decreto y siguen exentas las mismas personas con la referencia de 2013.
No sé si en algún momento lo cambiarán, pero por ahora no.
Slds.
Mis ingresos mensuales en 2013 por jubilación y alquiler no superaron los $ 15000. Anses me descontó Ganancias hasta agosto. Como estoy inscripto en Ganancias y Bs.Personales declaré los ingresos de 1a y de 4a categoría en la presentación con el último aplicativo, de donde surgió un impuesto determinado de $ 6400. Pagué la diferencia entre éste y lo descontado. Mi pregunta es ¿si mis ingresos brutos totales mensuales nunca superaron $ 15000, porqué con el aplicativo surge que debo pagar?
Hola Rubén,
El tema es que los % 15.000 es sólo para empleados en relación de dependencia.
Para ingresos de 4º categoría como autónomo, o de 1º categoría, las deducciones y los cálculos son diferentes (es probable que te haya dado un saldo a pagar).
te sugiero que consultes a un contador para que vea tu caso particular y vea si está bien liquidado el impuesto.
Slds.
Hola quisiera saber.Mi hija edmpeso a trabajar en junio del 2014 y cobra por comision en una concesionaria de autos. Si ella vende 20 autos le descuentan como 9000 pesos porque dicen que tiene que pagar a afip mensualmente . Esto es asi o el descuento es anual. Tampoco le entregan el recibo de sueldo a los empleados , o sea que ellla tiene el primero del mes de junio del2014 y luego ninguno mas , es asi o no. Por otra parte le descuentan la obra social deSMATA pero no puede afiliarse porque no tiene los recibos.Quisiera popr favor que me asesoren . Muchas gracias
Hola Lili,
En primer lugar, es obligatorio que le den el recibo de sueldo. Solamente con este papel puede ver qué es lo que le están pagando (y lo que le descuentan). no se puede saber así nomás si los 9000 están bien o no.
Es lo primero que tiene que reclamar, si no le cumplen con esto puede ir al gremio para consultar cómo hacer para que cumplan.
Slds.
HOLA SOY EMMANUEL CUANTO ES EL MONTO DEL IMPUESTOS GARCIAS
Hola Emmanuel,
No hay un monto del impuesto. Depende de cada persona, de su ingreso y de todo lo que pueda deducir. Si querés ver más, podés consultar esta nota: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/calcular-impuesto-a-las-ganancias/
Slds.
hola pau ante todo muy bien explicado todo , ahora tengo una duda hasta el mes de junio tenia un bruto de 16mil y nunca me descontaron nada mi familia esta compuesta por mi señora y 4 niños, a partir de julio con el aumento tengo un bruto de 19,500 , queria saber si me toca el impuesto por que este mes me vino el primer descuento , otra cosa arriba dice deduccion especial y deduccion empleados en relacion que porcentajes son ? o es para todos iguales como pusistes ahy saludos
Hola Ramón,
Los descuentos dependen de tu sueldo bruto entre enero y agosto de 2013 (se sigue tomando esto como referencia, mientras no se modifiquen las normas).
Si en ese período cobrabas menos de 15.000 estás exento de Ganancias.
Si cobrabas más, entrás en la escala de deducciones más elevadas (fijate como se ve en la nota). Loo que podría haber pasado con vos es que antes, con la deducción de tu familia te quedaba una base imponible en cero y por eso no pagabas impuestos. Si tuviste un aumento de sueldo es probable que ahora no te alcance con todas las deducciones y quedes con una base imponible positiva para pagar.
Los montos de las deducciones son fijos, no un porcentaje.
Saludos,
Gracias Paula!!!!
Lo que cobran las tarjetas de credito como seguro de vida y que esta en el resumen de la tarjeta de credito, asi como los seguro de vida de prestamos en bancos, (prestamos no hipotecario), tambien es deducible de ganancias?
Hola Ricardo,
Sí se puede deducir, pero el tope es un poco más de 900 pesos al año.
Slds.
Hola Paula, como estas. Quiero plantearte el siguiente escenario para saber si me impacta ganancias o no….
Entre enero y agosto de 2013 cobre menos de 15 mil brutos, por ende, al cambiar de trabajo en diciembre, mi empleador actual no me esta reteniendo siendo que gano mas que antes.
Que pasaría si el próximo mes (nov-14)vuelvo a cambiar de trabajo ganando mas de 15mil brutos? esta vez ya me impactaría el impuesto o se sigue tomando lo que gane entre enero y agosto del ’13 como base?
Muchas gracias. Saludos. Gonzalo
Hola Gonzalo,
En principio, seguirías estando exento de Ganancias ya que se sigue tomando como referencia el sueldo de enero a agosto de 2013.
Por las dudas, informá a tu nuevo empleador de esta situación.
Slds.
Paula:Pago un crédito hipotecario desde hace 8 años y me faltan 2 años más ,nunca lo declaré,la declaración de los intereses se debe hacer todos los meses a traves del F572?
Hola Julio,
Sí. La deberías hacer a través del F 572 web, mes por mes. Mirá cómo hacerlo aquí: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/ganancias-completar-siradig-572-web/
Solo tenés que declarar la parte de los intereses, no la cuota total.
Slds.
Muchas gracias Pula, què buena noticia.
Te mando un saludo!
Hola Paula, antes que nada muy bien explicado todos los temas de ganancias!
Quería preguntarte un caso en particular. Desde Enero a Septiembre 2013 yo ganaba aprox 10.000 bruto todos los meses (más aguinaldo). En octubre cambié de trabajo a una empresa grande nacional y pasé a ganar 16.000 bruto. Por lo que leí en las notas y en algunos comentarios, yo debería estar exenta de ganancias. Sin embargo, hasta el día de hoy (Septiembre de 2014… casi un año después) mi nuevo empleador me descuenta ganancias todos los meses. Yo no sabía que debería estar exenta y por eso nunca lo reclamé. Es posible pedir que me devuelvan todo eso que me retuvieron? Ante quién debería hacer el reclamo, mi empleador o la AFIP?
Mi empleador tiene la facultad de ponerme como «exenta» a partir de ahora?
Muchas gracias por tu tiempo y respuesta!
Saludos!
Alejandra
Hola Alejandra,
Es un caso bastante común el tuyo. Lo que pasa es que tu nuevo empleador toma como si recién hubieras empezado a trabajar con él.
Tendrías que plantear tu situación en tu empresa porque ellos son agentes de retención y son los que liquidan los sueldos y te retienen el impuesto.
Si ellos dicen que no es así, pediles que te fundamenten por qué te retienen.
Cualquier cosa, te recomiendo consultar a un contador de tu confianza y que te asesore bien en tu caso particular para hablar con tu empresa (tené en cuenta esta resolución: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/wp-content/uploads/2014/08/Resolucion-General-3525.-Impuesto-a-las-Ganancias..pdf).
Slds.
Hola,
Mi nombre es Emiliano.
Durante el 2013 y los primeros meses del 2014 (hasta abril) estuve trabajando en Relaciòn de Dependencia con un sueldo bruto menor a los 15mil pesos.
Este mes empecè a trabajar nuevamente con un sueldo bruto de 19mil pesos mensuales (aùn no cobré mi primer sueldo)
¿Podrías confirmarme si tendré o no que pagar Ganancias? En caso (espero) que no, ¿debería avisar a mi empleador por adelantado?
Muchas gracias por adelantado!!
Hola Emiliano,
Según la resolución de Afip (después lo ratificó en conferencias de prensa) el sueldo que se toma como referencia es el de enero a agosto de 2013 (el año pasado). No importa si cambiás de trabajo y cobrás más (lo más probable es que tu sueldo haya aumentado).
Por las dudas, avisale a tu empleador que tome en cuenta esto ya que, si no le decís, quizá toman como si no tuvieras ingresos antes y te computan este sueldo.
Slds.
Buenas tardes. Antes que nada, excelente nota y respuestas para tan complejo sistema.
Yo voy competando mi formulario 572 via web y quisiera saber que percepciones, desgravaciones y pagos a cuenta me conviene informar a mi empleador apenas los vaya cargando, para que asi me puedan ajustar lo que pago de ganancias este 2014.
No me queda claro que impacta este año y que impacta lo que me descuenten en 2015.
Muchas gracias!
Hola Sebastián.
Me alegra que te sea útil la nota y que lo puedas entender. Espero que sigas consultando la página por este u otros temas! y agradezco cualquier sugerencia que quieras realizar.
Las deducciones que te toman todos los meses son las cargas de familia, el pago de la empleada doméstica, los intereses del crédito hipotecario, cuotas de la prepaga, seguro de vida, pago de cuota sindical.
Los gastos médicos, impuesto al cheque y las percepciones para comprar dólares o pagar con tarjeta en el exterior, se toman recién en el cierre de la liquidación anual (lo tenés que cargar hasta el 31 de enero) que se hace con el sueldo de febrero. No se toma para el período 2015, sino que te devuelven si te queda un saldo a favor con el sueldo de febrero.
Slds.
OK, clarisimo. Y respecto a las donaciones que vaya haciendo este año? Computan para 2014 o para 2015?
Saludos
Hola Sebastián,
Las podés ir declarando y te las toman por mes.
Slds.