Mirá en esta nota los montos que rigen para el salario básico mínimo de las trabajadoras de casas particulares.
PARA 2021. El aumento entre junio 2021 y marzo 2022 será de 42% en cuatro tramos.
En el espacio de la Comunidad Mi Presupuesto, tuvimos varios encuentros en vivo exclusivos para ver cómo impactan los cambios salariales en los aportes y el aguinaldo.
El salario del personal de casas particulares se acuerda en una negociación paritaria (antes, lo fijaba el Ministerio de Trabajo).
Es importante que tengas en cuenta que el convenio colectivo no establece un porcentaje de aumento de sueldo para todas las empleadas domésticas, sino que fija sueldos mínimos, que sí o sí hay que cumplir.
Esto quiere decir que si una trabajadora estaba cobrando más que estos valores no necesariamente tendrá un incremento de sueldo en el mismo porcentaje que los valores mínimos.
Desde el 1 de junio de 2021, el salario mínimo por mes de la categoría 5 es de $ 25.725,05 (por 48 horas semanales) o de $ 209,05 por hora, para la categoría 5 (tareas generales) con retiro. Para las empleadas domésticas cama adentro es de $ 26.605,95 y $ 225,44, respectivamente.
Se aumenta el adicional por zona desfavorable para quienes trabajen en la Patagonia al 30% sobre estos valores.
Los montos mensuales corresponden a 48 horas semanales, u 8 horas diarias por 6 días (el máximo que fija la ley de Empleados de Casas Particulares).
¿Qué pasa si trabajan menos? A partir de marzo de 2020, hubo una modificación en la Resolución 1/2020 que fija el convenio colectivo de trabajo. Allí se estableció que la remuneración será proporcional al sueldo mensual si el trabajo es de 24 horas semanales o más. Por menos horas, se deberá abonar según el monto de la remuneración diaria.
Esto rige recién desde este fecha, pero no hay ninguna norma en el régimen de casas particulares que lo establezca para períodos anteriores. Por esa razón, los especialistas en temas laborales, abogados del sindicato y miembros del Ministerio de Trabajo, aplicaban en estos casos la Ley de Contrato de Trabajo, que permite el tiempo parcial (y sacar un proporcional), pero solo hasta 2/3 partes del tiempo (32 hs. semanales).
Ejemplos con valores a partir de junio de 2021, para la 5º categoría (recordá que son montos mínimos y que se puede acordar pagar más):
Como queda en evidencia, esta forma de cálculo hace que quienes trabajan menos de 24 horas cobren más que las mensualizadas, algo poco razonable y que contraría la Ley de Contrato de Trabajo. Pero es lo que se estableció desde 2020.
Utilizá nuestra calculadora para estimar el sueldo mínimo de las empleadas domésticas mensualizadas:
Los valores vigentes en 2021 para la obra social son de $ 1.408,87, a los cuales hay que sumarle $ 117,68.para la jubilación. (mirá los montos de los aportes del servicio doméstico).
Cobertura de la ART. Además, es obligatorio contar con una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) y pagar la cuota mensual, que va subiendo a medida que aumenta el salario (leé «Empleadas domésticas: cómo es el régimen de ART«).
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Por: Paula Martinez
Hola disculpame una persona que cuida una persona mayor por 4 hs diarias de lunes a viernes que monto debo abonarle?? Gracias. Saludos. Fabian
Hola Fabián,
Para el cuidado de personas, por 48 hs. semanales el sueldo mínimo es 4.296 por mes. Si trabaja menos de 32 hs. semanales se puede calcular un proporcional.
Sld.s
hola yo quería saber cuanto es el monto q me tienen q pagar x 33.77 horas semanales la tarea en la q me desempeño es asistencia y cuidado de persona y me quiere n pagar 3.600 pesos x mes aparte tengo q hacer tareas generales en cuanto los nenes hacen siesta por favor nesecitaria una respuesta lo antes posible gracias
Hola Sonia,
Tenés que tomar el monto de la categoría 4 (cuidado de personas). Si son más de 32 hs. semanales, se paga el sueldo completo, el mínimo es $ 4.296.
Mirá todos los valores acá: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/wp-content/uploads/2014/10/Remuneraciones-servicio-dom%C3%A9stico-2014-2015.pdf
Slds.
Hola corresponde pagar el medio de transporte de la empreada?
No está previsto en la ley.
hola,Soy Ruben,estoy esperando cuando le tendría que liquidar a la persona que tendría que cuidar a mi madre.como dije anteriormente trabajaría de común acuerdo 11 hs,diarias,ella esta de acuerdo,,no estaría con cama adentro,ya que vive muy cerca de la casa de mi madre..me ha llegado info.de que hay un sueldo minimo de $4700 aprox. pero al superar las 38 hs. semanales,tendría que pagarle las hs.de mas a $37la hora….puede ser así?,porque al principio me habían dicho $37 la hora.y yo pense. $37x11hsx30dias.
Hola Rubén.
Deberías pagarle el sueldo completo (fijate en el link de la categoría 4) y lo que exceda las 48 hs. semanales se pagan como hora extra.
Slds
Gracias.por responderme,ya lo tengo mas claro
Debo regularizar a mi empleada, trabaja 30 hs semanales y me pide un sueldo de $4000.- cuanto le corresponde y los descuentos son $233.- mas $230.-? O los 230 de la ART los debo pagar yo. ?
Ella esta desde el mes de septiembre, cuanto tiempo de vacaciones le corresponde y de aguinaldo.
Desde ya gracias por su atención
Slds
Hola
El sueldo mínimo por 48hs semanales es de $3864. Si trabaja menos de 32 hs semanales se puede calcular un proporcional.
Si le corresponde un proporcional de aguinaldo y vacaciones.
Slds
Hola, soy Sandra. Lo que no entiendo es si los 233$ los debo desconta de su sueldo y los otro $ los debo abonar yo. Ya que ella me dice que no debo descontarle nada.
Sí, es así, los aportes del trabajador (233) se descuentan del sueldo bruto y la contribución patronal se toma aparte.
Slds.
hola Paula,
que sueldo me corresponde al trabajar 20 horas semanales.hasta ahora he trabajado solo por horas y no tengo nada claro como de calcula en esta otra situacion.por favor,echarme una mano!!dime por favor,sobre las vaccanciones y el aguinaldo!!espero su respuesta!! Gracias!!
Hola Daniela,
En principio, desde el año pasado todas las empleadas deben cobrar vacaciones y aguinaldo (mirá esta nota: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/contratar-una-empleada-domestica/).
Sobre el sueldo, el Ministerio solo establece valores mínimos y para un trabajo de 48 hs. semanales. Si trabajás menos de 32 hs. semanales se puede sacar un proporcional (el monto, dividido 48 hs. por la cantidad de horas de trabajo).
esos son valores mínimos, aunque puede acordarse un monto mayor entre las partes.
Slds.
Hola Paula quería saber como se calcula las hs extras. Desde ya muchas gracias
Hola María,
La hora extra común se toma al valor habitual más un 50%. Los sábados desde las 13, los domingos y los feriados, es el valor habitual más el 100% (es decir, valen el doble).
Slds.
Hola Ignacio tengo una empelada de menos de 12 horas, donde informo los $130 en el form 102/rt y en donde en el form 572web de informacion al ciradig desde ya muchas gracias
Hola Alejandro,
En el Siradig, dentro de la parte de la empleada doméstica tenés que ingresar el monto de la contribución patronal (por menos de 12 horas son $ 12) y la remuneración (aquí está incluido el aporte del trabajador de $19). Los 130 de la ART no se deducen de Ganancias, así que no se declaran en el Siradig.
Slds.
Mi empleada está iniciando los trámites para jubilarse y desde la Anses le dicen que debo abonar 11 $ de contribución por los meses trabajados, sigo las indicaciones y no me aparecen los períodos que debo abonar
Hola Marilis,
Si no entiendo mal, los $11 es la diferencia entre el aporte obligatorio ($ 24 con destino a la jubilacion para menos de 16 horas) y el total de $ 35.
Entonces, debería abonar esa diferencia por todos los períodos que le realizaste los aportes.
slds.
Hola Paula!
Queria consultarte, tengo una empleada que trabaja tres veces por semana, los lunes, miercoles y viernes, 4 horas cada día, es decir, 12 horas semanales; le estoy pagando conforme un calculo de $42 pesos la hora, $168 por dìa y luego lo multiplico por los dìas que trabajò, porque a veces no viene sobre todo cuando es feriado. Normalmente el sueldo de ella mensual es de $2016 aproximadamente (mas o menos). Mi duda es si le estoy pagando bien como corresponde. Ademàs me reclama el pago de transporte, me corresponde pagar viaticos? y los feriados como se trabajan? ella los feriados no los trabaja se los deberìa pagar?
Gracias por tu asesoramiento como siempre.
Hola Maria.
El pago por hora tiene un mínimo de $ 30.
Los viáticos no están contemplados en la ley. Igual se pueden arreglar pagos más altos.
Los feriados se pagan y si trabaja es el doble.
Slds
Hola, necesitaria que alguien pudiera asesorarme en la siguiente cuestión: mi mama trabaja como empleada domestica, hace unos 15 años en la casa de una Contadora Publica. Hace unos meses que necesitaba ir al medico y se enteró en ese momento que no le estaban realizando el pago de su obra social, y tampoco los aportes correspondientes desde el mes octubre del año pasado. Cómo podria realizar una denuncia? si ademas tampoco percibe lo que corresponde trabajando más de 8 hrs diarias de lunes a sábado. Mi mamá tiene 52 años. Cómo afectaría esto el dia que quiera tener su jubilación? Espero puedan responderme. Muchas gracias.
Hola Cecilia.
Si no le hacen los aportes jubilatorios ($35) no va a poder computar estos períodos para jubilarse.
Por supuesto que le tienen que pagar todo lo que corresponde. Si no cumplen puede ir al sindicato para que la asesoren.
Slds
QUERIA HACER UNA CONSULTA, EL AUMENTO ERA A PARTIR DE SETIEMBRE O DE OCTUBRE? PORQUE YO COBRE ESTE MES DE NOVIEMBRE, LO QUE CORRESPONDE A OCTUBRE PERO EL MES PASADO NO.
Hola Viviana,
El aumento era para el mes de septiembre, que se paga los primeros días de octubre. El próximo aumento rige desde enero, que se paga a principios de febrero.
slds.
yo ya ase cinco años q estoy travajando pero ase un año q estoy en blanco cuanto me coresponde las vacaciones
En esta nota tenés los días de vacaciones que corresponden:
https://www.presupuestofamiliar.com.ar/contratar-una-empleada-domestica/
Slds.
En mi trabajo no me dan los aumentos correspondientes q se hacen al año y cada vez q lo exijo me quieren dejar sin trabajo. Que puedo hacer en este caso???
Hola Soledad,
Consultá con el sindicato de tu ciudad.
slds.
mi empleada me ha avisado que renuncia, obviamente le solicitè que me envie el telegrama de renuncia, no cumple con los dìas de preaviso que me tiene dar. y còmo le deberìa hacer la liquidacion final?
Hola Marcela,
Si ella renuncia, le tenés que pagar los días trabajados más el proporcional de aguinaldo (por el segundo semestre) y vacaciones no gozadas.
Slds.
Hola Paula, te consulto los montos minimos que se expresan, es el salario bruto o lo que recibe la empleada en mano? Es decir, por 48 hs. semanales tengo que pagar a mi empleada 3.864 por mes en mano y aparte los aportes?
gracias
Hola,
Los aportes del trabajador se descuentan del sueldo mínimo.
Slds.
Consulta. Mí amiga trabaja cuidando a una señora y haciendo tareas generales. El empleador le dijo que este mes le corresponde el básico de categoría 4. Pero qué le incluye el viático….es así? O lo debe pagar aparte?
Hola. La ley no prevé viáticos. Ese es un arreglo entre las partes
Buenos días, como corresponde proceder si la empleada, por cuestiones familiares, necesita tomarse 3 semanas aparte de las vacaciones. Considerando que no tiene un año de antigüedad y ésta situación se repetirá todos los años. No queremos cambiar de empleada.
Corresponde que Ella renuncie y volverla a tomar, cuando regrese?
Actualmente recibe la remuneración que corresponde.
Gracias.
Hola Ricardo,
En el recibo de sueldo deberías descontarle los días no trabajados (que no son vacaciones). Ponelo en Otros con el monto con signo negativo para restarlo del sueldo normal.
Slds.
Hola Paula, si la empleada trabaja 36 hs y pasa a trabajar 34 hs si se aplicaria el proporcional? hay algun impedimento para bajarle las horas laborales, o algun tipo de indemnizacion que pagar?
Desde ya agradezco tu asesoramiento.
saludos
Hola Alejandra,
Por más de 32 hs. hay que pagar la jornada completa, no se puede aplicar un proporcional por jornada a tiempo parcial.
No se pueden bajar las horas de trabajo (mucho menos, reducir el sueldo), salvo que se indemnice.
slds.
HEMOS IDO AL SINDICATO EN MAR DEL PLATA CON LA IMPRESION DE ESTA PAGINA EN LA QUE DICE QUE DE 32 A 48 HS. EL IMPORTE A PAGAR ES EL TOTAL..O SEA QUE NO CORRESPONDE DIVIDIRLO POR HORA…ACÁ SE EXHIBE UNA HOJA QUE DICE QUE SE GANA $ 3222.- POR 36 HS. ..NOS RECHAZARON ESTA HOJA YA QUE DICEN QUE NO SON DATOS NI INFORMACION OFICIALES… DE DONDE SE SACA ESTA INFORMACIÓNQUE PUSIERON PARA IR A CONVERSARLO CON ESTA GENTE DE ACÁ…LO DICE ALGUN ARTICULO..ESTA ESCRITO EN ALGUN LADO..?? GRACIAS
Hola Osvaldo,
Por supuesto que esta no es una página oficial. Sólo es informativa.
Lo de 32 hs. lo señalan en forma conjunta los contadores, el sindicato y miembros del Ministerio de Trabajo. (estuve presente en un debate donde este tema quedó claro, aunque también se dijo que hay algunos que tienen otros criterios).
Lo concreto es que esto surge de que la ley de contrato de Trabajo (que se aplica en forma supletoria cuando en la la ley de casas particulares no lo indica) hay un artículo que habla de la jornada parcial. Y dice que se considera esta última cuando el empleado trabaja menos de 3/4 partes de la jornada completa.
Solo en caso de jornada parcial la remuneración se puede proporcionar. Si se trabaja más horas, se debe trabajar la jornada completa.
Es el artículo 92 ter de la LCT. sobre contrato de trabajo a tiempo parcial.
Slds.
Hola si mi empleada trabaja 20 hs mensuales, viene 1 vez a la semana x 5 hs. en que categoria entra? cuanto se paga la Hora?
Hola,
Es la categoría 5 y el valor mínimo de la hora es de $ 30.
Slds.
trabajo 38 horas y me pagan tres mil pesos
cuanto debe cobrar una persona que cuida a una persona desde el lunes a las 10 hs hasta el viernes a la misma hora con cama adentro
Hola Roberto
El sueldo mínimo para cama adentro es de $ 4.788 por mes (a partir de 32 hs. semanales) por categoría 4, cuidado de personas.
Slds.
Hola quisiera saber cuanto seria mi sueldo. Trabajo con cama. Finde semana, viernes ala tarde y salgo lunes a la mañana. Y cuido a tres chicos y hago todas las tareas generales de la casa..
Hola Griselda,
Por categoría 4 (cuidado de personas) con cama adentro, el sueldo mínimo es de 4.788 por mes.
Slds.
Hola muy buen explicada la info y muy completa. Tres consultas:
1) dado que nuestra necesidad es de 20 hs. semanales, debemos calcular el sueldo por Tiempo Parcial. De cuantas semanas se estima el mes?? O, Hay un valor ya preestablecido para el proporcional de la hora?
2) A ese valor que de como sueldo mensual, se le deben sumar los aportes (Obra social, jubilación y ART) o los mismos se extraen de ese monto? Por lo que veo en la respuesta anterior, me parece que estaría incluído .
3) Cuando se completa el Form 102-B, en el recuadro REMUNERACIÓN – Básico, se debe poner el total incluyendo todos los aportes?
Slds, y gracias desde ya. Ana
Hola Ana,
Te respondo:
1) el proporcional es sobre 48 horas semanales (o sea, el monto mensual lo dividís por 48 y lo multiplicás por 20).
2) El sueldo mínimo es el básico y de ahí se descuenta el aporte del trabajador (233 para la OS).
3) Sí. Y el nuevo formulario es el 102RT (mirá esta nota: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/servicio-domestico-como-es-formulario-102rt/)
Sld.s
Hola mi nombre es Clara me gustaría saber cuanto seria mi sueldo mensual, trabajo 15 horas a la semana
Hola Clara,
El sueldo mínimo para el pago mensual por 15 hs. semanales es de 1207,5 pesos por mes.
Si el pago es por hora, el mínimo es de $ 30.
Slds.
hola yo tengo mi amiga que trabaja cuidando a un señor que esta postrado y la señora que la contrato la tiene en negro y le paga 4600 y trabaja cama adentro que tiene que hacer mi amiga desde muchas gracias
Hola,
Tiene que pedir que la pongan en blanco y cumplan con todas las obligaciones de ley (mirá acá: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/contratar-una-empleada-domestica/)
Slds.