Mirá en esta nota los montos que rigen para el salario básico mínimo de las trabajadoras de casas particulares.
PARA 2021. El aumento entre junio 2021 y marzo 2022 será de 42% en cuatro tramos.
En el espacio de la Comunidad Mi Presupuesto, tuvimos varios encuentros en vivo exclusivos para ver cómo impactan los cambios salariales en los aportes y el aguinaldo.
El salario del personal de casas particulares se acuerda en una negociación paritaria (antes, lo fijaba el Ministerio de Trabajo).
Es importante que tengas en cuenta que el convenio colectivo no establece un porcentaje de aumento de sueldo para todas las empleadas domésticas, sino que fija sueldos mínimos, que sí o sí hay que cumplir.
Esto quiere decir que si una trabajadora estaba cobrando más que estos valores no necesariamente tendrá un incremento de sueldo en el mismo porcentaje que los valores mínimos.
Desde el 1 de junio de 2021, el salario mínimo por mes de la categoría 5 es de $ 25.725,05 (por 48 horas semanales) o de $ 209,05 por hora, para la categoría 5 (tareas generales) con retiro. Para las empleadas domésticas cama adentro es de $ 26.605,95 y $ 225,44, respectivamente.
Se aumenta el adicional por zona desfavorable para quienes trabajen en la Patagonia al 30% sobre estos valores.
Los montos mensuales corresponden a 48 horas semanales, u 8 horas diarias por 6 días (el máximo que fija la ley de Empleados de Casas Particulares).
¿Qué pasa si trabajan menos? A partir de marzo de 2020, hubo una modificación en la Resolución 1/2020 que fija el convenio colectivo de trabajo. Allí se estableció que la remuneración será proporcional al sueldo mensual si el trabajo es de 24 horas semanales o más. Por menos horas, se deberá abonar según el monto de la remuneración diaria.
Esto rige recién desde este fecha, pero no hay ninguna norma en el régimen de casas particulares que lo establezca para períodos anteriores. Por esa razón, los especialistas en temas laborales, abogados del sindicato y miembros del Ministerio de Trabajo, aplicaban en estos casos la Ley de Contrato de Trabajo, que permite el tiempo parcial (y sacar un proporcional), pero solo hasta 2/3 partes del tiempo (32 hs. semanales).
Ejemplos con valores a partir de junio de 2021, para la 5º categoría (recordá que son montos mínimos y que se puede acordar pagar más):
Como queda en evidencia, esta forma de cálculo hace que quienes trabajan menos de 24 horas cobren más que las mensualizadas, algo poco razonable y que contraría la Ley de Contrato de Trabajo. Pero es lo que se estableció desde 2020.
Utilizá nuestra calculadora para estimar el sueldo mínimo de las empleadas domésticas mensualizadas:
Los valores vigentes en 2021 para la obra social son de $ 1.408,87, a los cuales hay que sumarle $ 117,68.para la jubilación. (mirá los montos de los aportes del servicio doméstico).
Cobertura de la ART. Además, es obligatorio contar con una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) y pagar la cuota mensual, que va subiendo a medida que aumenta el salario (leé «Empleadas domésticas: cómo es el régimen de ART«).
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Por: Paula Martinez
PAULA necesito quitarme una duda.
-mi empleada trabaja 25 horas semanales, CAT 5 …desde MARZO DEL 2014 en blanco cobraba $4000.- en mano.
– me pidio el aumento de Oct , le dije que era para los sueldos mínimos y su sueldo estaba por arriba de estos valores, x eso le dije ya que estamos conformes con vos vas a cobrar 4500.-
AHORA MI DUDA ES TANTO LOS VALORES DE afip COMO art $498.- yo los estoy pagando APARTE
NO SÉ LOS DESCUENTO DE ESOS 4500 estoy equivocada o se deben descontar de el total de su sueldo que HOY ES DE 4500… espero tu amable respuesta slds
Hola Angie,
Legalmente, el trabajador se tiene que hacer cargo del aporte a la obra social (233). Vos pagas el total y después se los descontás. Si querés asumirlo es algo voluntario, pero yo lo incluiría en el recibo para que quede asentado.
Slds.
NO estoy de acuerdo de como calculan los sueldos proporcionales, ya que no puede ser el mismo sueldo completo para 48 hs semanales que el de 36 hs, y cuando responden sobre los aportes y contribuciones, solo se debe descontar el aporte del empleado, la contribución corre por cuenta del empleador y en la mayoría de los casos sugieren que abone todo el empleador .Confunden a los lectores .
Hola Andrea,
Te copio lo que dice la Ley de Contrato de Trabajo sobre la jornada a tiempo parcial (menos de 3/4 del tiempo de jornada completa).
«Art. 92 TER. —Contrato de Trabajo a tiempo parcial.
1. El contrato de trabajo a tiempo parcial es aquel en virtud del cual el trabajador se obliga a prestar servicios durante un determinado número de horas al día o a la semana, inferiores a las dos terceras (2/3) partes de la jornada habitual de la actividad. En este caso la remuneración no podrá ser inferior a la proporcional, que le corresponda a un trabajador a tiempo completo, establecida por ley o convenio colectivo, de la misma categoría o puesto de trabajo. Si la jornada pactada supera esa proporción, el empleador deberá abonar la remuneración correspondiente a un trabajador de jornada completa.»
Sobre los aportes, la parte de la obra social se descuenta al trabajador y la contribución para la jubilación lo paga el empleador (puede haber algún empleador que lo quiera asumir él, pero esto no es lo que dice la ley). Si te confunde, en esta nota está claro: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/cual-es-el-nuevo-aporte-del-servicio-domestico/
Slds.
buen día. me gustaría saber si es obligación del empleador abonar los viáticos. Yo le pago los viáticos aparte a la empleada pero están incrementando mucho y no tengo comprobante alguno. Hay alguna nota al respecto? Oí que hay una tarifa preferencial de la sube para las empleadas domesticas, es cierto? habrá mayor información? Gracias!!!!
Hola Giselle,
El pago de los viáticos no está incluido en la ley. Si se pagan es por un acuerdo entre las partes.
Slds.
Hola,quiero saber cuanto debe cobrar todo el mes,una empleada con cama adentro,cuanto es su tiempo de descanso y cuanto son los aportes.Atte,sILVIA mUÑIZ
Hola Silvia,
En esta nota podés ver cuál es el régimen para las empleadas: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/contratar-una-empleada-domestica/
El sueldo mínimo de cama adentro por un máximo de 48 hs. semanales es de $ 4.296.
slds.
Me quedo claro la respuesta me gustaria que las empleadas ganemos un poco mas es decir yo que trabajo 45 horas semanales cobrar 6000$ y las con cama 8000$ las chicas con cama hacen todo som las primeras que se levantan y las últimas Qué se acuestan es muy duro su trabajo ya que algunas patronas piensan que somos robot no seres humanos
Deseo saber si debo inscribir a mi empleada, quien viene semana por medio solo 4 horas. Le pago
$ 50.- la hora + 12 de viaticos. Tiene muchas casas. La tengo que poner en una Art?
muchas gracias
Mirta
Hola Mirta,
En realidad, el régimen este es para relaciones habituales. Si no es tu caso, no hace falta registrarla ni nada más.
La ART solo la podés poner si está registrada.
De todos modos, igual la podés registrar.
Slds.
hola yo trabajo 4 hora y media de lunes a viernes.estoy en blanco y me pagan ahora con el aumento 2020 esta bien?
Hola
El sueldo mínimo por 48 hs. semanales es de 3.864 por mes. En tu caso, habría que calcular un proporcional.
Slds.
Si trabaja 3 fias a la semana y de 9 a 12. 9 goras semanales. Cuanto ea el monro a abonar. Tareas de limpieza
Hola Mercedes,
El monto mínimo por hora es de $ 30.
Slds.
Hola, este sueldo minimo es neto de bolsillo o corresponde al sueldo bruto al que hay que descontarle la obra social. Gracias.
Hola Cecilia,
Es el sueldo bruto.
Slds.
Hola, excelente la información. Me queda la duda si el valor establecido como mínimo de las categorias es el bruto o neto, considerando que debe descontarse los actuales 233 para aportes cuando trabajand mas de 16 hs. Muchas gracias.
Hola Gise,
Es el monto bruto.
Slds.
hola soy empleada domestica trabajo 16 hs semanales y mi sueldo es de $ 2.175 cuanto tendria q cobrar con el aumento espero eta sids
Hola Mónica,
El sueldo mínimo es un proporcional del valor mensual de 3.864 (tareas generales) que es por 48 hs. semanales (3.864/48*16).
Slds.
perdon paula esta bien lo que estoy cobrando o tendria q cobrar mas porq no entiendo muchas gracias espero su respuesta..
Hola quisiera saber cuanto sería mi sueldo .si trabajo 48hs semanales cuidando un bebe d 11 meses y hago todo tipo d tareas generales .,desde ya muchas gracias por su respuesta .
Hola Romina,
Por 48 hs. semanales, el sueldo mínimo de categoría 4 es de 4.296 por mes.
slds.
hola mi empleada trabaja 5 horas por día todos los dias, o sea 25 hs semanales. El aporte a la AFIP es tambien el maximo? Es decir el pago de $ 268. Gracias
Hola Silvana,
El aporte máximo (498 con la ART) es para más de 16 hs. semanales.
Slds.
hola,yo trabajo de 5 a 6 horas x semana y me da un promedio de 18 a 20 hs. por mes, y descuentan 233$ en el recibo de sueldo a partir del mes pasado y antes me descontaban 100$; esto esta correcto?, o a donde puedo consultar?
Hola Roxana,
Es correcto. A partir de septiembre el aporte del trabajador subió de $ 100 a $ 233.
Slds.
hola soy lucia trabajo en negro desde marzo y realizo tareas de cuidar un anciano, limpiar la casa, cocinar, poner a lavar la ropa, plancharla, cocinar, llevar al hombre al medico hacer tramites en la clinica, en pami buscarle los remedios y trabajo 22 horas semanales y me pagan 2000 por mes . ¿cuanto deberia ser mi sueldo? saludos
Hola Lucía,
El sueldo mínimo es de 4.296 por 48 hs. semanales, o un proporcional si son menos (hasta 32 hs.)
Slds.
hola buenas tardes quisiera de tu ayuda yo gano 4000 desde el año pasado trabajo cama dentro tengo derecho al aumento del 20% y de 10% o no espero tu ayuda gracias
Hola Mayra,
Para empleadas cama adentro, el sueldo mínimo por 48 hs. semanales (o más de 32 hs.) es de $ 4.296 por mes y desde enero, de 4656
Slds.
Hola Paula,
Por un error involuntario (entendi que el aumento era a partir de Octubre de 2014) no le pague a la empleada el aumento correspondiente al mes de Septiembre de 2014, sino que le pague el salario que le venia pagando los meses anteriores. Que procedimiento debo realizar para subsanar este error y como debo hacerlo para que quede registrado? Desde ya, muchas gracias por tu atencion.
Atentos saludos
Magdalena
Hola Magdalena,
Realizá el cambio en el registro de AFIP y volvé a darle el recibo (formulario 102/B hasta el mes pasado o 102RT desde ahora).
Slds.
Muchas gracias Paula por tu respuesta. Pero el recibo desde hace varios meses lo hago utilizando el servicio on-line de AFIP (con clave fiscal), ya que me dijeron de AFIP que era equivalente hacerlo por uno u otro medio. POr lo tanto ya esta registrado ese recibo. Igual puedo hacer ahora un 102/B por la diferencia?
Saludos
No está prevista esa opción. Probá dar de baja el recibo anterior y generar uno nuevo o modificarlo, pero no estoy segura que lo puedas hacer.
En realidad, para los fines laborales, lo que importa es el recibo que firme la empleada y el empleador.
Slds.
hola soy naty yo trabajo de lunes a viernes cuatro horas cuanto debo cobrar x favor si me pueden contestar gracias
Hola Naty,
El sueldo mínimo es de 3.864 por 48 hs. semanales, y si trabajás menos se toma un proporcional.
Slds.
Queria consultar mi madre necesita una señora que le haga la limpieza cada 15 dias 3hs, cuanto debe pagar ya que le pidieron $50,- + $40 de viaticos , esta mal ? ! Gracias fernanda
Hola Fernanda,
El sueldo mínimo por hora es de $ 30, pero se está pagando bastante más (40 o 45, pero depende de cada situación).
Slds.
Tengo una amiga que le hacen pagarse los $ 35 de la obra social, esto es así?
Hola Patricia,
La parte de los aportes que van a la obra social se descuentan del sueldo de la empleada (el total desde septiembre es 233).
Slds.
hola trabjo de lunes a viernes 8hs.me pagan 4mil mas 500de viaticos.me corresponde el aumento?
Hola Mónica,
Lo que te pagan es superior al sueldo mínimo por tu categoría (3.864 por mes). Podés negociar un aumento, pero será optativo.
Slds.
ANA:
TENGO UNA EMPLEADA QUE TRABAJA 4 HORAS SEMANALES EN MI CASA Y CON OTRAS EMPLEADORAS COMPLETÁBAMOS LOS APORTES DE 16 HS SEMANALES, DE ESE GRUPO QUEDÉ YO Y OTRA PERSONA MÁS QUE ESTAMOS PAGANDO ESOS APORTES, HAY FORMA DE REGULARIZAR ESA SITUACIÓN Y QUE CADA UNA HAGAMOS LOS APORTES POR LAS HORAS QUE TRABAJA EN NUESTRAS CASAS?
GRACIAS
ADRIANA
Hola Adriana,
Es responsabilidad de cada empleador (la trabajadora lo debería pedir) tener todo en regla.
Slds.
Hola Silvina…estoy blanco hace cuatro meses..tengo todo en regla,,quisiera saber cuanto tendria que ser mi sueldo por 6 hs diarias..de lunes a viernes..mil gracias por contestar
Hola Rosa,
El sueldo mínimo por 48 hs. semanales es de 3.864 por mes. Por menos de 32 hs. se calcula un proporcional.
Slds.
Hola estoy por tomar a una empleada y quiero tener un tiempo de prueba. Cuanto tiempo debe ser? y por otro lado como serán 3hs por día, ¿tendría que ser pagarle $30 por hora? en ese caso debo pagarle el sueldo y pagar todo lo que indica tu artículo???
Saludos
Hola Ana,
El período de prueba es de 15 días.
Para todas las empleadas es obligatorio el pago de todos los derechos: aguinaldo, vacaciones, aportes, etc.
Slds.
hola mi empleada trabaja 5 horas por día todos los dias, o sea 25 hs semanales, y cobra $4000.- esta en blanco desde marzo de este año, debo pagarle el aumento del que hablan del 30% entre setiembre y enero, ella me lo requiere, que respondo espero eta slds
Hola Angie.
Lo que se establece es una suba del mínimo, no de todos los sueldos. Si cobra por encima no hace falta aumentarle.
Slds
MUCHAS GRACIAS POR TU RESPUESTA SLDS