Servicio doméstico

Cuánto es el aporte del servicio doméstico

01/01/2020

A partir del período enero de 2020 (vence el 10 de febrero) el aporte obligatorio que hay que pagar todos los meses por las empleadas de casas particulares que trabajan más de 16 horas semanales sube a $ 1.612,19.


 

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A partir del período enero de 2020 (vence el 10 de febrero) el aporte obligatorio que hay que pagar todos los meses por las empleadas de casas particulares que trabajan más de 16 horas semanales sube a $ 1.612,19.

Los aportes a la jubilación y la obra social se actualizan una vez al año para coincidir con los valores del Monotributo. En 2019, subieron 28,4%; y en 2020 aumentan un 51,1% (el mismo porcentaje de la movilidad previsional). De todos modos, la parte de la ART se actualizará cuando haya subas salariales, así que este aporte no será fijo todo el año.

Recordá que el pago mensual vence el día 10 del mes siguiente mes y que se puede pagar a través del Formulario 102/RT o mediante un Volante Electrónico de Pago (VEP) que se genera en la web de la AFIP.

Consultá el video para ver cómo generar el VEP.

YouTube video

Nuevos valores

La parte de los aportes que va al régimen jubilatorio (contribución del empleador) en 2020 es de $ 86,97  por mes (en 2019 era de $ 57,55) por mes y la obra social de $ 1.041,22 (el año anterior, $ 689 por mes. Este valor también se aplica a los familiares de afiliación voluntaria.

Menos de 16 horas. Esos valores son para quienes trabajan más de 16 horas semanales. Quienes lo hacen por menos tiempo, tienen un aporte obligatorio menor. Sin embargo, para contar con la obra social y la jubilación, la empleada debe completar la diferencia con aportes voluntarios.

Si trabaja menos de 16 horas semanales puede sumar los aportes de distintos empleadores. Si así y todo no completa el total, puede realizar aportes voluntarios a través del Formulario 575/RT.

En tanto, los montos destinados  a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) quedan en $ 484, hasta el próximo aumento salarial. Mirá los detalles en «Empleada doméstica: cómo es el régimen de ART«).

Los montos para los trabajadores activos, que rigen para 2020 son los siguientes:

Aportes obligatorios empleada doméstica
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Mirá los valores para los trabajadores jubilados y menores: Aportes obligatorios servicio doméstico 2029.

Además, por cada familiar que la empleada quiera incorporar en forma optativa a su obra social, desde enero de 2020 (vence desde febrero), deberá pagar $ 1.041,22 por mes.

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Por: comunidadpresupu-admin

Comentarios

1.081 comentarios

  1. Damián García Damián García dice:

    Si la empleada que está por menos de 12hs, quiere pagar aparte con el F575B la diferencia para poder sumar para su jubilación y el día de mañana poder jubilarse. ¿Debe pagar cada mes $23 mediante el F575B?
    Muchas gracias.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Sí.

  2. carmen carmen dice:

    un empleador quiere hacer unos aportes de años anteriores que le falta de su empleada son dos años aprox. con 12 horas semanales diferencia de aporte paga con el 575rt cuanto 23 pesos
    con el 102rt 176 pesos y con el 575 $23

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      SE paga el aporte vigente en cada mes y, aparte, los intereses desde el vencimiento hasta la fecha de pago.
      Mirá más detalles en esta nota: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/como-dar-de-baja-al-servicio-domestico/

  3. sol sol dice:

    si contrato una empleada por un solo dia que aportes debo pagar?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Si no es un trabajo regular no hay relación de dependencia.

  4. Carolina Carolina dice:

    hola, soy empleada, trabajo 12 horas semanales. quería saber cuánto tengo que abonar a la obra social?
    saludos

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Para tener obra social tenés que sumar $ 490 por mes. Podés sumar distintos empleadores.
      Si no llegás, pagás la diferencia a través de aportes voluntarios (form. 575/RT)

  5. Nicolas Nicolas dice:

    Hola, tengo varias dudas porque nunca he hecho este tema, si podrías contestarme te agradecería mucho, aunque te parezcan básicas:
    1- Si tengo una persona contratada por 6 hs semanales, el valor a pagar es proporcional a las horas, no corre ese sueldo mínimo que indicás, sino que es proporcional a ese valor, ¿no es así ? (sí, parece obvio para vos, pero no para mí)
    2. ¿Cuánto debería pagar, entonces, de cargas sociales al empleado? ¿los 176 pesos que mencionás o va también en proporción, lo mismo que si ese empleado incorpora a alguien a su obra social también es en proporción a horas trabajadas?
    3- ¿Cómo se inscribe a alguien en este régimen?
    4. Si el empleado no trabaja en otros lugares -no lo sé, no sé cómo ha arreglado con otros empleadores-, ¿debo pagar el total de cargas yo, o sólo el proporcional de horas?

    Muchas gracias.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Te respondo:
      El aporte no es proporcional sino fijo.
      La cuota es 176 pesos. Para tener obra social, el empleado tiene que completar 419 pesos por mes, con aporte voluntario o de otros empleadores.
      3. https://www.presupuestofamiliar.com.ar/paso-a-paso-registrar-afip/
      4- Cada empleador paga el aporte según le corresponde, independientemente de otros empleadores.

  6. Guillermo Guillermo dice:

    Puede sumarse aportes voluntarios con el formulario 575 solo para completar el minimo para la jubilación , aunque no llegue al minimo para la obra social?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Sí.

  7. GAbriela Barbieri GAbriela Barbieri dice:

    Alguien me podrá asesorar sobre como debo proceder con una empleada domestica que se tomo 45 días de vacaciones, ella es Peruana, debiendo reintegrarse el 03/02/17. Nunca regreso. Se mudaba antes de viajar y no tengo domicilio actualizado. Solo el denunciado al momento del alta. Intente por medio de whatsapp hablar con ella porque se que que regreso a Argentina. Solo me dice que esta con un problema personal….Envié CD intimandola a justificar sus faltas y a presentarse a retomar su trabajo. y no tuve respuesta. Le doy la baja en Afip desde el mes de febrero y listo? Gracias!

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Te sugiero consultar en el MInisterio de TRabajo para que te asesoren en este caso particular: http://www.trabajo.gob.ar/doméstico.
      Slds.

  8. Sergio Sergio dice:

    Buenos días, si el cese laboral es a mitad del mes, el aporte es proporcional o corresponde el aporte mensual entero? Muchas gracias y saludos

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      El aporte es fijo por mes

  9. Daniel Daniel dice:

    El medio aguinaldo paga aportes?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      No, los aportes son un monto fijo por mes, no un proporcional.

  10. Julio Julio dice:

    Si trabaja 4 horas semanales, deben hacer aportes ?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Sí, es para todos.

  11. maria maria dice:

    estoy trabajando 30 horas semanales 120 al mes cual seria mi sueldo ?

  12. sol sol dice:

    hola necesito como se liquida el sueldo y el tema de los aportes si mi empleada ya se jubilo

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. el sueldo es igual.
      Los aportes los podés ver acá: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/wp-content/uploads/2016/07/Aportes-servicio-domestico-junio-2016.pdf

  13. leonardo leonardo dice:

    consulta, de que norma legal surge ¨UNA ACLARACIÓN IMPORTANTE. El valor NETO (de “bolsillo”) que reciba la empleada, después de haber hecho los descuentos (por ejemplo: Aportes del trabajador), no puede ser inferior al sueldo básico mínimo establecido por las normas para cada categoría.¨ ?

    gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Las normas legales son bastante «grises» al respecto.
      Esto que menciono es una respuesta que da el Ministerio de Trabajo sobre este tema, pero no se basa en ninguna norma.

  14. cecilia cecilia dice:

    Hola! Trabajo con francos rotativos y no siempre la empleada viene la misma cantidad de horas. Como debería pagarle?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Lo mejor es pagar por día.

  15. Jose Vargas Jose Vargas dice:

    Tengo una duda, como y donde se paga el formulario 575/RT?
    No entiendo eso…

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Se imprime, se completa y se abona en un Rapipago o similar.

  16. Alicia Cabarrou Alicia Cabarrou dice:

    Las vacaciones Constan del salario mensual y aparte el monto resultante de multiplicar el salario diario x los días de vacaciones, o la diferencia entre ambos a manera de plus?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. En el caso del servicio doméstico no hay un plus de vacaciones. Se paga lo mismo que cobraría en ese tiempo si estuviera trabajando.
      Acá podés ver cómo calcularlo: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/empleada-domestica-como-pagar-las-vacaciones/

  17. Carlos Gietz Carlos Gietz dice:

    El empleador de personal de servicio doméstico debe abonar el importe correspondiente a la asignación familiar por hijo? Si es así cual sería ese importe y si este debe depositarse en el mismo formulario 102. Gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      No, lo paga la Anses. Slds.

  18. ana ana dice:

    Hola !!
    quisiera saber si trabajo menos de 16 horas semanales por que la obra social OSECAC me quiere cobrar ($419 ) que es el monto que pagan las que trabajan mas de 16 hrs,?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      hola. Para tener la cobertura de la obra social, tenés que completar los 419 por mes. Si con los aportes obligatorios no alcanzan porque trabajás menos de 16 horas, podés usar el formulario 575/RT para pagar lo que falta.

  19. Sebastian Sebastian dice:

    Una consulta, los aportes voluntarios que hacen las empleadas domesticas a la obra social (adherentes) por cada familiar, estos aportes se abonan con el formulario 575, los mismos, se abonan mes vencido o mes en curso?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Es con el formulario 575/RT y el vencimiento es igual que los otros aportes, hasta el día 15 del mes siguiente (mes vencido).

  20. Maria Maria dice:

    Hola kisiera preguntar si yo no uso mi obra social de las empleadas domestica puedo dejar de pagar .y solo pagar art y x las jubilaciones

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      No, sí o sí hay que pagar todo el aporte obligatorio, que incluye la obra social.

  21. Juan P. Juan P. dice:

    Estimada, viendo su aclaración de: «el valor NETO (de “bolsillo”) que reciba la empleada, después de haber hecho los descuentos (por ej: Aportes del trabajador), no puede ser inferior al sueldo básico mínimo», quiere decir que los montos vigentes en cada Acuerdo que surge son sueldos NETOS, y no un básico como aparece allí (y que se aplique como a un empleado en relación de dependencia común dado que a estos si se puede restar del monto básico el componente actual de obra social ($419) y resultar en un neto a pagar menor). Le agradecería me pudiera sacar esa duda. Saludos!

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      La norma en la cual se publican los salarios mínimos dice solo sueldo mínimo, Esto de que el sueldo de bolsillo no puede ser inferior a ese valor es una aclaración (interpretación) que realiza el ministerio.
      Hay muchas zonas grises y dudas en la ley de casas particulares y no hay ninguna norma escrita que la interprete. Sugiero que se tome lo más beneficioso para el trabajador en estos casos, para no tener problemas.
      De todos modos, ante una duda, se puede pedir un asesor laboral que, con una justificación normativa, señale el camino a seguir.
      Saludos,

  22. María Elina Vergara María Elina Vergara dice:

    Cuando genero el Vep aparece junto tanto el aporte como la contribución.Mi pregunta es si como empleador tengo que pagar los dos o el aporte se lo tengo que descontar a la empleada?

    Todos tus post me son gran ayuda porque no entiendo mucho y hago lo que acá dicen . Gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola,
      Se paga todo junto. Le podés descontar el aporte a la empleada pero el sueldo de bolsillo no puede ser inferior al sueldo mínimo. Slds.

  23. Melisa Melisa dice:

    Qué obra social les corresponde a las trabajadoras?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Se pueden elegir diferentes obras sociales. Podés consultar en la superintendencia de servicios de salud: http://www.sssalud.gov.ar

  24. Roberto Roberto dice:

    Hola. La minera de mi hijo se unió a la pensión universal (Puam). El aporte lo tengo que pagar como jubilada?.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      La verdad que no conozco este caso, podrías preguntar en la Afip? http://www.afip.gov.ar/consultas

  25. Jose Jose dice:

    Con el aporte de $ 252 para los comprendidos en ese segmento, se tiene acceso a la Obra Social y es suficiente para la jubilacion?
    Para que se utiliza el formulario 575/rt?
    Muchas gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      No. Para la obra social hay que completar el aporte a través del formulario 575/RT