A partir del período enero de 2020 (vence el 10 de febrero) el aporte obligatorio que hay que pagar todos los meses por las empleadas de casas particulares que trabajan más de 16 horas semanales sube a $ 1.612,19.
A partir del período enero de 2020 (vence el 10 de febrero) el aporte obligatorio que hay que pagar todos los meses por las empleadas de casas particulares que trabajan más de 16 horas semanales sube a $ 1.612,19.
Los aportes a la jubilación y la obra social se actualizan una vez al año para coincidir con los valores del Monotributo. En 2019, subieron 28,4%; y en 2020 aumentan un 51,1% (el mismo porcentaje de la movilidad previsional). De todos modos, la parte de la ART se actualizará cuando haya subas salariales, así que este aporte no será fijo todo el año.
Recordá que el pago mensual vence el día 10 del mes siguiente mes y que se puede pagar a través del Formulario 102/RT o mediante un Volante Electrónico de Pago (VEP) que se genera en la web de la AFIP.
Consultá el video para ver cómo generar el VEP.
La parte de los aportes que va al régimen jubilatorio (contribución del empleador) en 2020 es de $ 86,97 por mes (en 2019 era de $ 57,55) por mes y la obra social de $ 1.041,22 (el año anterior, $ 689 por mes. Este valor también se aplica a los familiares de afiliación voluntaria.
Menos de 16 horas. Esos valores son para quienes trabajan más de 16 horas semanales. Quienes lo hacen por menos tiempo, tienen un aporte obligatorio menor. Sin embargo, para contar con la obra social y la jubilación, la empleada debe completar la diferencia con aportes voluntarios.
Si trabaja menos de 16 horas semanales puede sumar los aportes de distintos empleadores. Si así y todo no completa el total, puede realizar aportes voluntarios a través del Formulario 575/RT.
En tanto, los montos destinados a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) quedan en $ 484, hasta el próximo aumento salarial. Mirá los detalles en «Empleada doméstica: cómo es el régimen de ART«).
Los montos para los trabajadores activos, que rigen para 2020 son los siguientes:
Mirá los valores para los trabajadores jubilados y menores: Aportes obligatorios servicio doméstico 2029.
Además, por cada familiar que la empleada quiera incorporar en forma optativa a su obra social, desde enero de 2020 (vence desde febrero), deberá pagar $ 1.041,22 por mes.
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Por: comunidadpresupu-admin
Mi empleada trabaja menos de 12 hs semanales . Al generar el recibo de sueldo estoy pagando $205.89 que incluyen obra social, jubilacion y art. Consulto, los $ 689 de obra social los debo pagar yo o el trabajador. Otra consulta ; la obra social que esta incluida en los 205.89 es parte de los $689.
Agradeceré una respuesta.
Hola.
Para tener la cobertura de la OS, la empleada debe pagar (ella) la diferencia entre el aporte obligatorio y los $ 689. Si trabaja en otros domicilios puede sumar los aportes de otros empleadores y, entonces, le queda menos para completar. Slds.
Buenas noches te consulto sobre esto. La señora que me ayuda tiene dos empleadores:yo soy una de ellas. Ambas pagamos el aporte y contribución completo, pero aún así ella tiene que pagar la diferencia por el hijo adherente. Es esto posible? Llame a la súperintendencia y me indicaron que casas particulares no aplica el sistema solidario,
Ergo, el “aporte adicional” se va a no sabemos quién… tenes idea si se podría reclamar? Iniciar alguna acción para que no pague ese excedente y lo compense con su aporte? Gracias!
Hola.
Lo que te dijeron en la superintendencia es así. No se puede tomar el aporte obligatorio para la cobertura de familiares, lamentablemente. Slds.
hola, desde enero 2019 comence a pagar aportes y contribuciones de mi empleada por VEP pagando por home banking. tengo que hacer también el f102/RT para entregarle a ella? si es afirmativo, podrías pasarme el link al f102/rt editable 2019? no lo encuentro en ningun lado. gracias
Hola. No hace falta.
Le podés dar el comprobante de pago junto con el recibo. Slds.
Hola, como estas?. Mi consulta es porque voy a liquidar el sueldo de enero de mi empleada (ya 2 años de antigüedad) y al ingresar al sistema de AFIP, para generar recibo de sueldo y pagar los aportes, me figura como dada de baja el 01/01/2019 pero figura en el histórico hasta el 31/12/2018. No entiendo que pasó, debo consultar a AFIP? O volver a darle de alta?
Fijate si podés revertir la baja. Si no, consultá qué pasó, si es un error.
Hola, yo le pago por internet a mi empleada el total de la obra social x 16 hs. Pregunta: después se los descuento? quién lo paga?
Hola.
En realidad, la parte que va a la obra social es un aporte del trabajador, según la Afip, con lo cual habría que deducirlo del sueldo bruto (de bolsillo no puede cobrar menos que el mínimo). Esto, si es el aporte obligatorio. Si se trata de los aportes voluntarios (formulario 575/RT) lo tendría que pagar la empleada, pero no hace falta que vaya en el recibo.
Buenas tardes! quisiera saber si se puede tener 2blanqueos, ya estoy en blanco en una casa,y me quieren poner en otra, tengo algún beneficio a futuro??es decir vale la pena, desde ya muchas gracias!
Hola.
Estar en blanco es una obligación, no una opción. Deberían registrarte todos los empleadores que tengas, para poder tener los derechos de todas las empleadas: vacaciones, licencias, aguinaldo, etcétera.
Hola yo hago trabajo por hora pero quería hacerme el monotributo ya q trabajo en negro lo puedo solicitar yo sola cuanto sería el monto a pagar
Hola.
En primer lugar, lo que corresponde es que te registren y paguen los aportes como servicio doméstico.
De todos modos, si querés podés inscribirte como monotributista. Podés ver los montos de 2019 en esta nota: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/monotributo-montos-a-pagar-2019/
Hola! Di de alta con fecha 1-1-19 una empleada doméstica de mi cuñada. En ese momento me decía que debía pagar la art, que se paga adelantado. Resulta que ahora cuando voy a generar el recibo de sueldo de enero no me deja generar los aportes. Y cuando voy a ver el historial de pagos, figura ese pago de art en periodo enero y por eso no me deja generar el vep por los aportes completos. Como se hace? Gracias.
Hola. Pagá los aportes del mes siguiente. A partir de ese momento pagás ula ART por el mes en curso y la obra social y jubilación por el mes anterior. Slds.
Hola como está? se puede completar únicamente el pago de la obra social mediante el F. 575/RT o hay que completar también para el aporte jubilatorio? Se trata de un personal doméstico que aporta hasta el momento por menos de 12 horas de trabajo. Los felicito por la amabilidad y seriedad para responder tantas inquietudes. Suerte.
hola. Gracias por el comentario, me alegra que el sitio te sea útil.
Sí se puede completar solamente la obra social, aunque el aporte jubilatorio es importante para tener años para el retiro (salvo que la empleada tenga aportes previsionales por otro lado, debería hacerlos). Slds.
Hola. Muy interesante la información y además útil. Pero mi consulta es qué debo hacer cuando me apararece en la AFIP una deuda de los aportes a mis empleadas de casas particulares y tanto ellas como yo, tenemos los recibos de que esa deuda fue pagada.Una es de octubre de 2018 y otra de mayo de 2017. MUchas gracias. María Inés.
Hola. En ese caso deberías hacer el reclamo a la Afip.
Pero antes, fijate si no abonaste períodos diferentes (tené en cuenta que se paga a mes vencido). Slds.
Hola tengo a mi hija y a mi esposo como adherentes y no puedo pagar con el débito de ninguna tarjeta. TODO ME DA ERROR,como puedo solucionarlo?adonde tengo que ir?
Hola. Hay que pagar en un Rapipago o pago mis cuentas con el formulario 575/RT
Buenas tardes x favor me podrías informar cuanto es el aumento p el aporte jub estoy en blanco con 6 hrs semanales de obra social pago $492 82 y contribución de seguridad social 29 44 .muchas gracias
Fijate que en la nota están los nuevos valores. Slds.
hola, quería preguntar sobre una empleada domestica que trabaja desde noviembre2018, le correspondes vacaciones por esos tres meses trabajados y como y cuantos días serian? ella solo trabaja en mi çasa dos veces al mes, 4 o 5 horas como máximo cada dia que viene. desde ya muchas gracias
Hola. Sí, le corresponde un proporcional de vacaciones: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/empleada-domestica-como-pagar-las-vacaciones/
Buenos dias. Mi consulta es.. Si yo le pago el valor de la hora establecida x afip para su categoria.. No puedo deducirle los aportes de la obra social? Xq si los deduzco cobraria de bolsillo menos del minimo establecido para esa categoría..
Hola. Es así. De bolsillo tiene que cobrar el mínimo legal.
Tengo una empleada domestica esta menos de 12 horas semanales cuanto mas tengo que pagar para que tenga la obra social, ya que el nuevo valor para menos de 12 horas es $205
Para tener obra social, desde este mes, tiene que completar $ 689 por mes. Para menos de 12 horas el aporte obligatorio es $ 55,91, así que tiene que pagar la diferencia con el formulario 575/RT (puede sumar aportes de otros empleadores).
Pagué enero 2019 $536,35 por cada adherente, el día 2, todavía no estaban los nuevos valores. Debo pagar la diferencia este mes?Muchas gracias
Sí, hay que generar luego y pagar la diferencia
consulta. tengo una empleada que trabaja 40 ha semanales, debo abonar $ 976,55. la obra social esta incluida aca? luego se lo descuento del recibo de sueldo?
Está incluida la obra social.
Buenas noches. Yo trabajo d lun a viern de 13 a 19hs y hago de niñera y de empleada domestica. Me pagan $13000 mensual. Esta bien? O es muy poco? Gracias!
https://www.presupuestofamiliar.com.ar/cuanto-cobran-las-empleadas-domesticas/
Hola buenas tardes empeze a trabajar el año pasado como empleada doméstica me pusieron el blanco enseguida , ahora me agarro intriga nunca fui monotributista y quisiera averiguar a mi como empleada me corresponde pagar algo , para la elección de obra social les pedi que me anotaran una que yo ya tenía y figuraba en las opciones pero una de mis jefas se equivoco como tendria que hacer para poner en las dos la misma me corresponde a mi cambiarla o a la Sra y con respecto a los aportes vi en el vídeo de que se podía agregar un pago de parte de la empleadora aparte puede ser ? Desde Ya muchas gracias muy interesante si blog ayuda muchisimo
Hola, me alegra que te sirva la información que brindamos.
Te comento lo de la obra social. Los aportes obligatorios que te hagan todos tus empleadores va a ir a una misma obra social (no la eligen el empleador sino que el trabajador tiene que afiliarse personalmente, si no está en ninguna).
Para tener la cobertura, hay que completar el pago total para 16 hs. semanales (mirá los valores acá: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/cual-es-el-nuevo-aporte-del-servicio-domestico/ ) Si trabajás menos de 16 hs y tenés varios empleadores, se pueden sumar los aportes de todos.
Si aún así no completás el mínimo (para 2019 es de $ 689 por mes) podés pagar la diferencia mediante el formulario 575/RT.
Slds.
Tengo 2 empleadas que cuidan a mi madre. Estas hacen 48 hs de trabajo por 48 de descanso indistintamente el dia que caiga. Algunas veces trabajan domingos y otras no.
Como se saca lo que hay que pagarles.
Se toma las horas de trabajo semanal, sin importar el momento, en ese caso. Si hay horas extra, se pagan más, pero lo mejor es arreglar un sueldo mensual que incluya estas diferencias en los días. slds.
buenas tardes, la Sra que trabaja en casa hace 11 años, cobra la jubilación hace 10 meses aprox. la duda mía es bajo que condición debo pagar sus aportes, porque lo sigo haciendo como Activa.gracias
Hola.
Poné en el formulario de Afip la opción «jubilado» y te cobran menos. https://www.presupuestofamiliar.com.ar/wp-content/uploads/2019/01/APORTES-OBLIGATORIOS-SERVICIO-DOM%C3%89STICO-2019.pdf
Voy a contratar una empleada doméstica, tiene 50 años y no tiene ningun aportes jubilatorios hasta el momento, podrá pagar un importe voluntario para tener más años al momento de jubilarse?
Hola.
Como empleada doméstica empezará a aportar para la jubilación (tiene que completar el monto de las 16 hs. semanales para tener el beneficio).
No tiene que aportar más por mes sino pagar períodos anteriores para que le computen más años. Consultá con un previsionalista que te asesore bien.
Buenos días ,mi consulta es que pasa cuando mi empleada domestica realiza la cuarta y la quinta categoría ,se paga la de mayor responsabilidad o ambas juntas que es muchísimo me parece, saludos
La ley dice que se paga la categoría donde realiza la mayor cantidad de tareas, en general es la de mayor monto. Slds.
Hola,
Cuando descargo ganancias por personal domestico, en el formulario que valor va en Contribucion – Monto? 811.15 o 44.80? 811,15 = 536.35 (oporte obra social) + 44.80 (contribuciones jubilaciones)
Saludos
Hola. Solamente tenés que poner los 44,8 de contribuciones patronales (lo otro es el aporte del trabajador) + la remuneración.
Slds.
Hola, gracias por toda la información , me sirvió mucho, quería preguntarles si le descuento los aportes a la empleada , por ej el sueldo sería 13360,50 el mínimo yo le sumo el aporte y después lo descuento es decir 14049,50-689= 13360,50 valor bolsillo
Pregunta? Que valor tomo para el aguinaldo 14049,50 o 13360,50? Mil gracias
Hola.
El aguinaldo es la mitad del mejor sueldo bruto. Como el aporte no es un porcentaje sino un monto fijo mensual, en el mes del aguinaldo no se puede descontar dos veces. Slds.
Hola! la chica que trabaja en casa tiene hasta 16hs y queria completarle con el 575/RT el aporte para la obra social, ella me dijo que no lo quiere porque si le pongo la obra social le sacan la signacion que cobra por el hijo. Esto es asi? que o como puedo hacer para que tenga la obra social y siga cobrando la asignacion?
Hola. No le sacan la asignación universal. El servicio doméstico está incluido en la AUH así que la sigue cobrando.