Servicio doméstico

Cuánto es el aporte del servicio doméstico

01/01/2020

 

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A partir del período enero de 2020 (vence el 10 de febrero) el aporte obligatorio que hay que pagar todos los meses por las empleadas de casas particulares que trabajan más de 16 horas semanales sube a $ 1.612,19.

Los aportes a la jubilación y la obra social se actualizan una vez al año para coincidir con los valores del Monotributo. En 2019, subieron 28,4%; y en 2020 aumentan un 51,1% (el mismo porcentaje de la movilidad previsional). De todos modos, la parte de la ART se actualizará cuando haya subas salariales, así que este aporte no será fijo todo el año.

Recordá que el pago mensual vence el día 10 del mes siguiente mes y que se puede pagar a través del Formulario 102/RT o mediante un Volante Electrónico de Pago (VEP) que se genera en la web de la AFIP.

Consultá el video para ver cómo generar el VEP.

Nuevos valores

La parte de los aportes que va al régimen jubilatorio (contribución del empleador) en 2020 es de $ 86,97  por mes (en 2019 era de $ 57,55) por mes y la obra social de $ 1.041,22 (el año anterior, $ 689 por mes. Este valor también se aplica a los familiares de afiliación voluntaria.

Menos de 16 horas. Esos valores son para quienes trabajan más de 16 horas semanales. Quienes lo hacen por menos tiempo, tienen un aporte obligatorio menor. Sin embargo, para contar con la obra social y la jubilación, la empleada debe completar la diferencia con aportes voluntarios.

Si trabaja menos de 16 horas semanales puede sumar los aportes de distintos empleadores. Si así y todo no completa el total, puede realizar aportes voluntarios a través del Formulario 575/RT.

En tanto, los montos destinados  a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) quedan en $ 484, hasta el próximo aumento salarial. Mirá los detalles en «Empleada doméstica: cómo es el régimen de ART«).

Los montos para los trabajadores activos, que rigen para 2020 son los siguientes:

Aportes obligatorios empleada doméstica
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Mirá los valores para los trabajadores jubilados y menores: Aportes obligatorios servicio doméstico 2029.

Además, por cada familiar que la empleada quiera incorporar en forma optativa a su obra social, desde enero de 2020 (vence desde febrero), deberá pagar $ 1.041,22 por mes.

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Por: comunidadpresupu-admin

Comentarios

1.081 respuestas a “Cuánto es el aporte del servicio doméstico”

  1. hraulgonzalez dice:

    Hola, buenas tardes.
    Soy empleador y quisiera saber si puedo ingresar el aporte voluntario del trabajador el monto equivalente a la contribución para la jubilacion solamente, sin ingresar la parte de la obra social. Ella trabaja menos de 12 horas semanales y tiene obra social por su esposo. Muchas gracias!

    • hraulgonzalez dice:

      Perdón, ya me habías respondido el 18/12/2020 y no leí la respuesta.
      Solo me queda una inquietud, cómo verifico que ese pago voluntario quede registrado debidamente a nombre de la trabajadora? Hay muchos aportes que se han perdido.
      Muchísimas Gracias por tu respuesta!

      • Paula Martinez dice:

        La empleada tiene que entrar a consultar en la Anses su historial laboral de aportes, para más de 12 meses necesita clave de seguridad social (la que sacaron para cobrar el IFE).

  2. Natalia dice:

    Hola, mi consulta es la siguiente: tengo a mi empleada que hasta el 2020 trabajó mas de 16 horas semanales por lo que le hacia el aporte completo. Ahora ella va a empezar a trabajar menos de 12 horas semanales. Quiero saber si puedo seguir haciendole el aporte completo para que ella pueda seguir teniendo la obra social hasta que ella consiga los aportes por otro lado. Eso podría traerme inconvenientes a mi por la relación laboral?

  3. carina dice:

    hola buenas tardes, cuantas horas maximo puede trabajar una empleada domestica por semana y por mes??
    tengo una empleada domestica que trabaja 48 horas semanales y si las sumo, mensualmente me da mas de 192 horas, debido a la distribucion de las semanas del mes.
    debo pagar horas extras?

  4. vanina dice:

    buen dia, queria averiguar, el sueldo que le pago a mi empleada es $16000 en mano por recibo por 4 horas diarias de lunes a viernes. Queria saber si los aportes que le corresponde pagarlos a la empleada los descuento de esos 16000? o sea el recibo que le hago es por 16000 pero en mano le tendria que dar 14960, restando 1040 de aportes, para luego pagar los $1649 de aportes, contribuciones y art, es asi? gracias

  5. Jonatan dice:

    Buen día consulta cargue hasta julio el servicio doméstico (pero solo me figura en vista previa ) cuando lo envío y descargo el formulario enviado solo figura hasta mayo? Tengo que llamar a algún número de afip?

  6. Marta dice:

    Hola una consulta yo trabajo 2 veces a la semana menos dex12 hs mi patrona paga 554.18 y yo estaba pagando 884.67 hoy me cortaron la obra social hay algún aumento ya no se cuanto debo de pagar y no hay forma de que la obra social te informen Ayuda porfa

  7. Adriana irma PEREZ dice:

    hola buenas tardes una consulta soy empleada domestica y trabajo en dos casas 16horas semanales osea 8 horas en cada casa y quiero obtener la obra social y me dicen q no porq los aportes q me hacen no me alcanza q son menos de 12 horas dicen q los aportes tienen q ser de una sola casa q no se suman las horas de las casas q valla esto es cierto desde ya muchas gracias

  8. Rosario Castro dice:

    Hola. Consulto: voy a tomar como domestica a la portera de mi edificio (que esta en blanco con aportes y contribuciones), 3 horas por semana. Que aportes y contribuciones debo pagar yo?
    Muchas gracias

  9. Tkachuk María Gabriela dice:

    Consulta, las escalas publican los salarios mínimos que deben cobrar las empleadas de casas particulares, a esos salarios hay que descontarle la obra social o no pueden cobrar menos de lo publicado en las escalas.

    Gracias

  10. Cecilia dice:

    Hola, quiero consultar por la deduccion de aportes y contribuciones de la seguridad social y ART del servicio domestico en ganancias. Soy empleada en relacion de dependencia y estoy por tomar servicio de una persona ,mi consulta es si tengo que deducir todo aporte + contribuciones + ART??? Que es lo que me corresponderia deducirme de esto tres conceptos??? Aguardo respuesta gracias

  11. Hola consulta para regularizar mis aportes ?

  12. Mary dice:

    Hola me ofrecieron un trabajo de 25 horas semanales cuánto debería cobrarle por mes

  13. Rumilda dice:

    Hola. Una consulta, mi patrona paga la mitad de los aportes y la otra mitad me hace pagar a mi. Me dijo que si no acepto va pagar por menos hs, yo trabajo mas de 16hs semanales. Yo tengo que pagar solo la parte de la obra social no?

  14. Horacio dice:

    Desde donde se cambia la cuenta a la que AFIP envía el VEP cada vez que se genera. ?
    Necesito cambiar de cuenta y no encuentro dónde hacerlo, revisé todos los menú de AFIP sin exito.
    En la Declaración de CBU no hay ningún CBU relacionado, pero de hecho cada VEP que se genera va a una cuenta en el Santander que habré declarado hace años.
    Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Entiendo lo que consultás. No se declara el CBU en este caso. Al momento de generar el VEP hay que decir cuál es tu banco y, con tu DNI y CUIL te manda el VEP a tu cuenta activa.
      Creo que si declarás otro banco, te lo enviará a otra cuenta.

  15. Eliana dice:

    Hola. El sueldo que figura publicado en AFIP a partir de Mayo 2020 es el sueldo que va a mi bolsillo en limpio? O tengo que tener en cuenta que mi patrón me va a descontar algo?

  16. Lili dice:

    Hola trabajo 4 ha de lunes a viernes soy cuidadora mi empleador aveces no me hace ir porque tiene visitas y me descuenta el día y me descuenta la obra social de lo que yo gano en mano, esto lo puede hacer si yo cobro menos del básico

  17. Lorena dice:

    Hola estoy en blanco hace 3 años . Mi patrón está pagando mis aporten pero no me dan de alta mi mustual.. que debo hacer? Ya que no me dan solución, a la ves no me dan de baja mi mutual para poder pasarme a otra

  18. Silvana dice:

    Hola, cuanto es el valor del ART… Soy empleada domestica. Y como deberia figurar en mi recibo este descuento. Gracias

  19. Francisca dice:

    Hola les quiero Aser una consulta, el aporte tengo q Aser yo o mi patron,,ellos me dicen q ellos me lo van a pagar pero me descuenta de mi sueldo ,eso está bien?

  20. Vilma villa dice:

    Soy empleada domestica con mas de 16 hs Cuanto es el importe de adherentes?

  21. CABRAL JORGE dice:

    si quiero pagar online por cajero me da muchos items como se cual selecionar para mas de 16 horas semanales

  22. Sandra Torres dice:

    Como puedo pagar la obra social de mi hijo soy empleada doméstica y la abono yo

  23. Irma dice:

    Me sirvió mucho leer toda esta información.Gracias por repuestas claras…me di cuenta que hay irregularidades en mi sueldo.
    Por qué no figura el item.. sueldo bruto en formulario 102/RT ? Me lo piden en Anses y nosé cuál es.

  24. jaquelin dice:

    hola yo ttrabajo por h en tres casas semanalmente llego a veces menos de 16 hs .una de las casas m quiere poner en blanco pero solo voy un dia y hago 5 hs. me beneficia en algo? o no me conviene ya que por el momento hago esto ya que no encuentro trabajo en alguna empresa.desde ya gracias.

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      En primer lugar, es obligatorio que te pongan en blanco, no es algo optativo. Y lo deberían hacer todos los empleadores sin importar la cantidad de horas.
      Segundo, el aporte mensual a la Afip te da derecho a dos cosas: por un lado, la cobertura de la Obra social. Por otro, computar ese mes como aporte para tu futura jubilación. En ambos casos, tenés que completar el aporte total del mes para más de 16 hs. Si el aporte obligatorio del empleador es menor, hay que pagar la diferencia con un aporte voluntario.
      Slds.

  25. Santiago dice:

    Buenas tardes Paula, un empleado doméstico de 5ta categoría necesita ser monotributista por trabajar con dos empleadores por 5 hs semanales? o solo con los aportes y contribuciones que le haga el empleador alcanza? El trabajador solo se tendría que pagar la parte de obra social?

    • Paula Martinez dice:

      Hola Santiago.
      Cada empleador debería registrarlo en el régimen de casas particulares.
      Para tener la obra socialdebe completar lo que le falta para el aporte completo a la OS (por mas de 16 hs, $ 1.041 por mes). Esto se hace con el formulario de aportes voluntarios 575/RT.
      No se tiene que inscribor en el Monotributo.

  26. paola dice:

    hola mi mama trabaja y me meti andes y dice asi
    SERVICIO DOMESTICO APORTE OBLIGATORIO
    dice 86,97 periodo 02-2020
    que quiere de ir ese importe.! o q es lo q le paga la empleadora.! en 2013 le pagaba 14$

  27. Alejandra Graciela Iorio dice:

    Hola, necesito saber lo siguiente, tengo 60 años y me faltan cubrir 5 años de aportes, desde el 2008 hasta principios de 2014, (NO trabajaba en blanco), encontré a mi empleadora porque vivimos en el mismo barrio y me dijo que averiguara con alguien que esté en el tema, cómo podría hacer ella, para reconocer en el Anses que trabajé con ella para que pueda iniciar los trámites de mi jubilación. que según escuchó, tiene que hacer acreditación de firma y registro de huella digital, junto con 2 vecinos que atestigüen que trabajé para ella y yo, una amiga que también reconozca que yo trabajé casi 20 años haciendo tareas domésticas. Ud. ¿podrá orientarme en éste tema por favor? NO tengo abogado y en el Anses NO saben dar una explicación exacta, ya que 3 empleados, me han dado 3 versiones diferentes. Desde ya, muchísimas gracias por su atención. Bendiciones. (Hay una moratoria que vence a fines de Abril, es lo único cierto que pude averiguar.)

    • Paula Martinez dice:

      Hola Alejandra.
      Te sugiero que consultes a un profesional que entienda en temas previsionales. Si el caso tiene complicaciones, es mucho mejor. Slds.

  28. Sandra dice:

    Hola Paula, a mi me acaban de contratar me dijeron que mi sueldo era de 21mil pero que descontando los aportes mi sueldo en mano seria 19.500.. no entiendo realmente

  29. Melanie dice:

    Buenos días me figura para aportes adherentes para extensión de obra social a los familiares $689, es desactualización (error de página) o el aumento de 689 a 1041,22 debe abonarse de otro modo?

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      El nuevo aporte de enero vence el 10 de febrero. Puede ser que el sistema esté desactualizado y luego haya que pagar la diferencia.

  30. vanesa dice:

    hola buenas noches,yo soy empleada domesica y niñera.el sueldo es el mismo?o me tendria que pagar mas?

  31. Hola Paula Martínez, a mi me paga 4ta categoría $ 14.950,ese es el sueldo básico? Descontando los aportes?? Muchas gracias!!

  32. Estela dice:

    Hola, mí empleada quedó viuda, y decidió reducir sus horas de trabajo de 4 días / 4 hs semanales a 3 días / 4 horas, pero mantener su obra social.
    Tengo que hacer el formulario 575/RT y retenerle la diferencia del sueldo? Ya que antes pagaba OS (689) y trabajaba 16 hs.
    Otra consuta,ella no pasa a tener Pami al ser pensionada( viuda) y eso significaría no tener que aportar a la OS?

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Si ella quiere tener la cobertura de salud de empleada doméstica, ella tiene que pagar la diferencia del aporte obligatorio a través del f 575/RT.
      Pero, si ya tiene Pami y no la necesita, no es necesario.

  33. Natalia dice:

    hola, tengo una empleada que trabaja entre 12 y 16 hs, le estaba pagando el vep de cargas soc. por $457,05.- mas la diferencia por formualrio de $585 para que acceda a la obra social. Este mes me aumento el vep a $530,18, pero no se cuanto es la diferencia a abonar x el formulario, donde lo puedo ver??

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      La dierencia es entre el aporte para más de 16 hs. y lo que efectivamente pagaste por la cantidad de horas que te corresponde, siempre teniendo en cuenta la parte de la Obra Social.
      Fijate que en esta nota está el cuadro con todos los valores.

  34. Cecilia dice:

    hola Paula, mi consulta es cuanto tiene que pagar mi empleada como diferencia por aporte voluntario para su jubilacion (ella trabaja 12hs semanales como unico trabajo) y cual es el codigo o referencia para pagarlo via VEP
    mil gracias!

  35. maria dice:

    Hola Paula la señora que trabaja en casa 12 horas semanales a la que le realizo los aportes mensualmente , Quiero saber por favor si tiene derecho a obra social y en un futuro a jubilarse, Gracias Un saludo

  36. maria dice:

    Hola tengo una empleada domestica 12 horas semanales a la que le realizo los aportes , Quiero saber por favor s itiene derecho a obra social y en un futuro a jubilarse, Gracias Un saludo

  37. Andrea Vallejos dice:

    Hola soy Andrea puedo pagar con el formulario 575 yo sola aportes y mutual trabajo con gente jubilada

    • Paula Martinez dice:

      Hola Andrea,
      Siempre tenés que tener un empleador. El formulario 575 sí lo paga la empleada, pero tiene que estr registrada en AFIP como trabajadora de casas particulares.

  38. ELIZABETH dice:

    Hola. Si una persona tiene dos empleadores que aportan como domestica en la escala de «menos de 12 horas», esos aportes se pueden sumar para cumplir con el mínimo para llegar a jubilarse? Desde ya muchas gracias. Saludos

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Sí, sumás los aportes de todos los empleadores pero tenés que completar la diferencia con el aporte com ol leto para que ese mes se compute para la jubilación.

  39. Esther Ponce dice:

    hola Paula x favor quiro saber si aumento la obra social yo trabajo x hrs y pago $37 82 contrib trab casas parti y de obra social $633 09 gr5

  40. SUSANA GUTIERREZ dice:

    En mi Declaración Jurada de Impuestos a las Ganancias 2019, #Deducción de Personal Doméstico, ¿cómo debo completar el ïtem «Contribución»? sólo $ 19,43 (en mi caso) o también debo agregar el valor de aportes (55,91 $)? En AFIP, cada empleado que consulto me dice algo diferente. Muchas gracias por su respuesta!!

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      La contribución es la parte de la contribución del empleador, o sea, la que va a la jubilación, que depende de la cantidad de horas trabajadas (para menos de 12 horas, es 19,73, por ejemplo).
      Slds.

  41. Micaela dice:

    Buenas tardes, realice el pago de aportes y contribuciones de Enero 2020 antes de su vencimiento y AFIP todavía no había actualizado los valores, como puedo hacer para pagar la diferencia? Muchas gracias, saludos.

    • Paula Martinez dice:

      Hola Micaela.
      Si hay diferencia en el monto que pagaste y el que corresponde, la Afip te va a mostrar la deuda al ingresar en la página en la herramienta de Casas Particulares. Desde ahí podés generar el VEP para pagar.
      Si no te aparece una deuda, es probable que hayas pagado el mes anterior.
      La otra opción es ingresar en la herramienta Cuenta Corriente para Monotributistas y Autónomos y ver si ahí adeudás algo.
      Un saludo,

  42. Mariano dice:

    Hola.
    En este caso no seria conveniente, no subir el básico ya que seria base de calculo para SAC y otras indemnizaciones. Ya que aunque no lo deje plasmado en el recibo (la retención de Aportes) fácilmente se puede demostrar su pago.

  43. Pablo M dice:

    Buenas Paula Martinez, no entiendo bien. A mi empleada le pago su sueldo de categoria 4 ($ 20.465) y aparte le pago contribucion jubilatoria ($ 86) y Art ($ 484). Total: $ 21.035 x mes. De ese sueldo que le doy en mano despues ella tiene que pagar su obra social no? O en realidad yo tengo que pagarle 21.035 + el aporte jubilatorio de $ 1.041?

    • Paula Martinez dice:

      Hola Pablo.
      El aporte obligatorio lo tenés que pagar por el total. De ahí, la parte que corresponde a la empleada es 1041 y se descuenta en el recibo de sueldo como «aporte del trabajador». Por lo tanto, el sueldo bruto debería ser lo que cobra de bolsillo más la obra social.
      No te va a cambiar lo que le pagás, pero si el recibo.

  44. nilda muller dice:

    hola paula tengo mi jardinero anotado de 12 a 16 horas quiero saber cuanto debo pagar de aporte voluntario por la obras social,ahora en febrero 2020 ya con los importes nuevos.-muchisimas gracias

  45. belen lopez dice:

    Hola! Te consulto, cual es el marco normativo donde se establece que los sueldos publicados en la escala constituyen un minimo de bolsillo y no un basico como en el resto de convenios? Gracias!!

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Es una interpretación de las autoridades laborales. Obviamente, uno podría no seguir ese criterio porque no está en una norma (coincido con tu apreciación en esto) pero, como siempre en caso de dudas se falla a favor del trabajador es preferible pecar por ser más «benigno». Slds.

  46. yesica dice:

    Hola estoy x poner una chica para tareas grales menos de 12 hs semanales.
    Le corresponde mutual ¿ y a su hijo tmb¿

  47. José dice:

    Hola mi esposa tiene 7 empleadores todos aportan ,por que ella tiene que pagar 457.00 éste mes de diciembre ella trabaja 12 horas

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Para tener la obra social y la jubilación la empleada tiene que completar el pago completo de 689 (1041 desde el mes que viene) para obra social, y 86,97 de la jubilación
      Lo que aporta cada empleador depende de la cantidad de horas (fijate en el cuadro cuánto es cada cosa) y ella tiene que abonar la diferencia de cada uno: OS y JUb, con el formulario 575/rt

  48. Claudia Rodriguez dice:

    Hola, hace dos años que hemos pagado de más a la cuidadora de mi papá como tampoco le hemos hecho el descuento de los aportes. Quiero saber si puedo recuperar los aportes q no fueron cobrados y si le puedo bajar el sueldo, ya q ella pretendía 20.000pesos por 25ths semanales

    • Paula Martinez dice:

      Hola Claudia.
      Una aclaración: lo que fija el convenio colectivo son sueldos mínimos, o sea que se puede pagar más que ese monto con arreglo de las partes.
      Por otra parte, se puede bajar el sueldo pero hay que indemnizar a la trabajadora por la diferencia. Lo que sí podrías hacer es no subirle (siempre que el salario permanezca por encima de los mínimos).

  49. Debora dice:

    Hola quiero saber cuánto debo pagar a una persona que trabaje aprox 10 días al mes por 5 horas diarias .

  50. Evangelina dice:

    Hola queria saber yo trabajo solo 6 horas semanales entra algunos de los pagos ??

  51. susana dice:

    Hola, quiero inscribir a mi empleada, pero ella tiene miedo a perder su jubilación, es así?o son cosas independientes? ella tiene la jubilación que dio Cristina. Gracias

  52. ELINA dice:

    UNA ACLARACIÓN IMPORTANTE. El valor neto (de “bolsillo”) que reciba la empleada, después de haber hecho los descuentos (por ejemplo: Aportes del trabajador), no puede ser inferior al sueldo básico mínimo establecido por las normas para cada categoría. Los aportes corresponden a la trabajadora y las contribuciones están a cargo del empleador.

    No entiendo bien como se interpreta esta regla. los aportes los paga la empleada pero si no llega al minimo descontsando aportes lo debe pagar la empleadora???

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Lo que hay que hacer si no llega al sueldo de bolsillo con los descuentos, es subirle el sueldo básico.
      (en realidad, siempre lo paga el empleador, pero queda plasmado distinto en el recibo).

  53. Nahuel Riolfo dice:

    Hola,mi empleada domestica trabaja 16 ó más horas semanales. mi consulta es la siguiente: los aportes de obra social le corresponden al empleado, o al empleador?
    Si le corresponden al empleador, por que al generar el recibo de sueldo aparece «Desc. Aportes de ob. soc. ?

    • Paula Martinez dice:

      Hola
      la obra social es lo que debe pagar el empleado (en las tablas de Afip figura como aporte del trabajador) y se descuenta del sueldo básico (de bolsillo no puede cobrar menos que el mínimo).

      • Paula dice:

        Buenas tardes.

        Entonces las escalas que publican son sueldos netos? Donde esta especificado eso?
        Se supone que toda escala salarial es sueldo bruto.

        Hay algun articulo de la ley que aclare este punto?

        Gracias

        • Paula Martinez dice:

          Hola Paula.
          No está especificado en ningún lado, pero cuando consultás con los organismos de control te dicen que tiene que ser sueldo neto. A priori uno pensaría que es bruto, como decís, pero hay muchas cosas en este régimen laboral que están en una zona gris. Slds.

  54. Carla Dho dice:

    buenos dias, queria consultar como apican los aportes y contribuciones en caso de licencia por maternidad de empleada domestica. si se abonan normalmente durante el perido de licencia de 3 meses. gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola Carla. Es un problema ese tema.
      En realidad, no corresponde pagar aportes pero, como la AFIP no tiene ninguna manera de informar que la empleada está con licencia, la obligación sigue corriendo y se genera una deuda si no se paga. Desde el organismo dijeron que estaban viendo ´cómo implementarlo pero todavía no hay nada, lamentablemente.
      Un saludo,

  55. Pame dice:

    Hola necesito saber cómo debo registrar a mí empleada que solo cuida del nene de 3 años. Y cómo debo pagarle para estar todo en ley?

  56. luciano alvez dice:

    hola dra buenas tardes, le hago una consulta mi empleada esta por ingresar el tramite de jubilacion,
    y yo no puedo pagarle mas el sueldo, estoy tratando de ayudarla hasta que logre su jubilacion, en tal caso una vez jubilada, yo puedo despedirla sin tener que pagarle una imndemnisacion? y sin que ella tengo derecho a reclamarmela? desde ya muchas gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola Luciano.
      Tendrías que intimarla para que se jubile y que presente los papeles y luego de que obtenga el retiro se puede concluir la relación laboral sin indemnización. Slds.

  57. Guillermo dice:

    Buenas tardes
    Quisiera consultar sobre el cuidado de mi padre. Con cama adentro, para asistencia del mismo [cambiarse, ir al baño, etc), cuáles son las tarifas mensuales que debo pagar y que contrato debo hacer. Todo en blanco. 12 hs diarias… aproximadamente.. no sabemos bien. Me pueden orientar.?.. Muchas gracias

  58. Norma dice:

    Hola!mis aportes no cubren el pago de la obra social,tengo 2empleadores,aportan 95$ cada uno,los puedo sumar?y pagar la diferencia de cto sería?y haciendo esto ,como hago para que alguna obra social me tomé?ya que de las sindicales todas se han negado!espero su era atte norma

    • Paula Martinez dice:

      Hola Norma.
      Consultá en la superintendencia a qué obra social podrías afiliarte: https://www.argentina.gob.ar/sssalud
      para tener derecho a la cobertura, tenés que completar $ 689 por mes (valor de 2019). Se paga en el formulario 575/RT
      Fijate lo que te están aportando ahora tus empleadores y abonás la diferencia para completar ese monto.
      Slds.

  59. Gabriela dice:

    Hola soy empleada doméstica de 4 categoría trabajo 30 hs. semanales y solo me paga 9500 más el transporte, cuanto debería ganar

  60. mariana dice:

    buenos días, en caso de que la empleada trabaje 40 hs semanales, para calcular el sueldo se hace un proporcional del publicado por 48hs semanales?. Por otro lado quería saber como se debe proceder en caso de tener que bajarle las horas de trabajo a la empleada porque ya no es necesario que venga tantas horas por semana. gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Por 40 hs. semanales no se puede pagar jornada reducida (según la ley de contrato de trabajo).
      En caso de reducir horas, se debe indemnizar si hay baja en el sueldo por la diferencia salarial.
      Slds.

  61. Natalia dice:

    Hola trabajo de lunes a lunes 3 hora por día y sábado u domingo 4 hora cuánto debería hablar por mes

  62. Monica dice:

    Hola, si mi empleada domestica tiene varios trabajos y esta en blanco en todos, cuanto me corresponde pagarle a mi de aportes?
    Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola Mónica.
      El aporte de cada empleador depende de las horas de trabajo semanal en su caso particular, no importa si trabaja para otros empleadores o no. Cada uno es independiente y debe abonar lo que le corresponde (aunque el aporte total de todos supere el mínimo). Slds.

  63. Silvana dice:

    Buenos días licenciada ,, una consulta ,, a mi me dijeron que el ultimo aumento q se dará el 1de noviembre de 16 mil y pico no me lo van a pagar xq no pueden ,,, vale aclarar q cuido una nena de dos años y un nene de diez y limpio dos o tres hs de lunes a viernes de ocho a 17:45 ,, cuando le pedí q me registre ,, en ves de registrarme x cuidado de niños ,, me registro x la 5 categoría ,, la verdad q acepte xq lo necesitaba ,,, vuelvo a lo q le quería consultar ,, si no me da el aumento q corresponde a la 5 categoría ,,, estoy en mi derecho de no firmarle el recibo ??

  64. Fernanda dice:

    Hola yo pago el formulario F102/RT ademas tengo que pagar el F 575/RT de $689??

  65. Natalia dice:

    Quisiera saber cuánto tengo que ganar soy niñera me pagan 13.500

  66. Bibiana dice:

    Hola,
    Mi empleada que trabaja menos de 16 hs hace 3 años en casa, no realizó contribuciones complementarias para alcanzar el mínimo para jubilación.
    A partir de este mes lo hará.
    Es posible realizar el pago retroactivo de los 3 años en que lo abonado por menos de 16 hs no alcanzó para sumar los años de jubilación ?
    Muchas gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola Bibiana.
      Sí, puede hacer el pago complementario. Pero te sugiero que consulte a un profesional que conozca de temas previsionales para ver si le conviene hacer esto, o bien, juntar los años con una moratoria u otra forma.
      Slds.

  67. Jose dice:

    Hola,tengo una empleada en relación de dependencia,cómo debo pagar los días de enfermedad,me tiene que traer certificado médico?

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      La licencia por enfermedad debería ir por separado en el recibo de sueldo (descontando y sumando los días). Otra opción puede ser poner los días en observaciones.
      Y deben estar justificadas, como en cualquier trabajo.

  68. cecilia dice:

    Hola! me sorprendió este comentario. Surge de alguna norma? Pensé que las tablas que se publicaban eran el valor bruto no neto.
    Gracias.

    UNA ACLARACIÓN IMPORTANTE. El valor neto (de «bolsillo») que reciba la empleada, después de haber hecho los descuentos (por ejemplo: Aportes del trabajador), no puede ser inferior al sueldo básico mínimo establecido por las normas para cada categoría. Los aportes corresponden a la trabajadora y las contribuciones están a cargo del empleador.

    • Paula Martinez dice:

      Hola Cecilia.
      No surge de ninguna norma sino de la respuesta que dan en el Ministerio de Trabajo sobre el tema.
      Lamentablemente, en la normativa de casas particulares hay muchísimas zonas grises e interpretaciones diversas. Creo que en este punto conviene pecar en exceso y no quedarse corto; tené en cuenta que si hay una judicialización por algún problema, las leyes laborales suelen inclinarse por lo más favorable al trabajador.
      Es un problema, pero bueno…
      Un saludo,

  69. Leo dice:

    Hola. Mi empleada quiere poner a su hijo en la obra social. Ya se que debe efectuar un pago voluntario por el mismo valor de Obra Social que paga ella (hoy $689). Actualmente su aporte lo pago yo con un pago electronico (VEP). Mi consulta es si el pago del hijo se puede pagar por VEP en lugar de un pago manual con el F575. Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola Leo.
      Estuve buscando, pero no se puede pagar por VEP los aportes optativos, lamentablemente.
      Sólo es con el formulario manual el F 575/Rt.

  70. Carla dice:

    Buenas noches, consulta: cada vez que hay un incremento de sueldo, debe registrarse en AFIP, en la parte de MODIFICACION DE DATOS ? Muchas gracias. Saludos.

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Sí, debería ser así. Un saludo

      • paula dice:

        Buenos dias, tengo una empleada domestica que hace dos meses no concurre al trabajo, por discapacidad de su hijo, el cual se encuentra internado, puedo volcar, o dejar constancia en el recibo de sueldo? deberia cambiar el ítem activo?

    • Susana dice:

      No entiendo…como si se paga 133 hora ..cuánto se reduciría ese monto estando en blanco .. categoría 4 .20 horas semanales…pagan mis empleadores por quincena….ya que con la calculadora me da 88$ x hora nada…es como que yo estoy pagando todo!!!..por más que pague mis empleadores…por favor necesito …entender.

      • Paula Martinez dice:

        Los montos que están en esta nota son todos en blanco.
        Hay una diferencia entre pagar en forma mensual y pagar por hora. Este último monto es mucho más alto según lo establecido en el convenio.

  71. silvia dice:

    buenas noches, tengo una persona que trabajo menos de 12 horas durante desde enero de 2015 hasta 08/2018, tiene como aporte jubilatorio menos de 35 pesos y menos de 44,80 que es para 2018 el minimos. que tiene que pagar como aporte voluntario para poder jubilarse?

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      El monto del aporte voluntario es la diferencia, en cada mes, entre el aporte jubilatorio realizado y el que corresponde a más de 16 hs. semanales (el completo). Si no tiene todo, ese mes no se computa para la jubilación.

      • Alberto dice:

        Paula primero que nada muy buena tu página felicitaciones. Estoy estudiando un poco mas este tema ya que a mi madre la inscribieron hace poco, luego de varios años sin poder hacerlo. Ella posee un régimen de menos de 16 horas pero mayor a 12 por lo cual hay que pagar un adicional para que se consideren sus aportes jubilatorios, ahora bien, yo te consulto (si acaso sabes) que pasa si alguien que esta en esa carga horaria y nunca realiza el pago del adicional llegado el momento ¿no podría jubilarse?.

  72. Carolina dice:

    Hola buenas tardes, quiero dar de alta como empleada domestica a una persona que es monotributista y quiere seguir manteniendo su obra social como hasta ahora. La obra social es Construir Salud de OSPECON, se puede hacer el registro manteniendo su misma obra social?. Yo llame a esa obra social y me dijeron que la Superintendecia de Salud tiene un convenio con Servicio Domestico que envía si o si los aportes a la obra social de casas particulares que es OSPACP, que no pueden ser enviados a otra, y si ella quiere seguir manteniendo su obra social se tiene que seguir pagando ella el monotributo. Esto es asi? Aguardo respuesta por favor. Gracias!

    • Paula Martinez dice:

      Hola Carolina.
      Eso que te dijeron no es lo que dice la ley. En principio, deberían atender a las empleadas domésticas pero muchas no las reciben.
      Sugiero que consulten en la Superintencia para ver qué pueden hacer: https://www.argentina.gob.ar/sssalud En ese link hay un lugar donde hacer consultas y, en la sección Usuarios puede ver las OS del servicio doméstico.
      Slds.

  73. cristina dice:

    Hola , tengo una empleada que por decision propia quiso bajar las horas de trabajo, ahora son menos de 12 hs semanales, yo le hago todos los aportes correspodientes al dia, ahora consiguio que otros dos empleadores la pongan en blanco , pero cuando fue a la obra social para volver a atenderse tiene una deuda ya que no aporto la diferencia de obra social para mantenerla ( yo le habia advertido que perderia la OS ) , como se hace para que no siga corriendo esa deuda ? en la obra social me dijeron que deberia terminar la relacion laboral conmigo y asi poner nuevamente en 0 su cuenta y darse de alta con el otro empleador , o cual seria otra opcion ? refinanciar la deuda es imposible para ella pagarla y yo tampoco puedo.
    gracias

  74. Anibal Manieri dice:

    Hola. Gracias por la información en general de tu blog. Tenemos una empleada doméstica jubilada que trabaja 1 día por semana 7 horas. te preguntaríamos cual es el procedimiemto, y si hay que hacerle algún aporte. Gracias

  75. Delia Freschi dice:

    Buenas noches:
    La trabajadora de mi casa, está registrada y pago el aporte y contribuciones correspondientes. Como éste es el único trabajo formal que tiene y no le alcanzará para su jubilación futura, pago un aporte adicional mediante el F.575/RT
    Se desempeña en tareas generales, cumpliendo menos de 12 horas semanales por lo que pago actualmente $ 256,64
    Mi consulta es cuánto debo abonar ahora, con el aumento, por el concepto 896 (Diferencia de Contribuciones)
    Le agradeceré pueda responderme

  76. Ignacio Nieto dice:

    Hola! me podrías explicar cómo cargar los $16.951,50 de sueldo y los $1.193,55 de contribuciones en el form 572 de la afip?
    En el detalle de pagos figura para ingresar «Contribución» y «Retribución». Imagino que en «retribución» puedo cargar los $16.951,50, pero en «Contribución» puedo ingresar todos los $1.193,55?
    O solo se peude cargar alguna de Obra social, jubilación y art? o es algún otro aporte?

    En la ayuda de la AFIP dice:
    «Si sos empleador de personal de casas particulares y pagás el Impuesto a las Ganancias, podés deducir (restar) del mismo la remuneración abonada a tu/s trabajador/es y las contribuciones patronales ingresadas.» pero no da mucho detalle.

    Gracias!

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      El sueldo lo podés cargar completo (en bruto, antes de deducciones), pero en contribuciones solamente va la parte del aporte jubilatorio de $ 57,55 (fijate en el cuadro, que es la contribución patronal).
      Tené en cuenta la fecha. No te va a permitir cargar un mes de sueldo si no está pagado el aporte a la Afip.
      Slds.

  77. Florencia dice:

    Consulta, tengo mi emepleada que trabaja 44 hs semanales, corresponde le abone por 48hs? o debe ser proporcional a 44hs tomando como base el sueldo de 48hs?

    • Paula Martinez dice:

      En realidad, lo que no permite la LCT es proporcional por menos de 32 hs. semanales. O sea que se debería pagar y trabajar jornada completa.

  78. Martín dice:

    Hola de los casí 1200 de aportes por más de 16 hs. se le descuenta algo en el recibo a la empleada domestica o no

  79. Ignacio dice:

    Señorita Paula. Buenas tardes. Tengo entendido que la ART se paga por mes adelantado, con lo cual al modificarse el importe a partir de abril de 2019, ya abril habría que haberlo pagado 1118.55 (así figura en el F102RT de AFIP) . De ser correcto mi impresión, estaría desfasado en un mes toda la planilla de pago del 102RT publicada. Ruego confirmar para no llamar a error de pago. Gracias

  80. Marisa dice:

    Hola! Estuve leyendo las preguntas y respuestas anteriores, vi que puedo dar de alta a una empleada doméstica desde la página de afip con fecha retroactiva desde abril de 2013, en mi caso sería desde octubre, la consulta es: pago los aportes y contribuciones de esos períodos mediante «presentación de ddjj y pagos», la ART, me puede hacer el reclamo por los mismos? Muchas gracias!

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Fijate que luego que te registres, vas a tener acceso en la Afip a una sección de Casas Particulares.
      Allí deberían aparecerte los link para pagar meses atrasados (lo tenés que hacer uno por uno).
      Otra opción es la cuenta Corriente Monotributistas y Autónomos, al consultar la deuda del servicio doméstico te permite generar el VEP para abonar. Para todo, esperá unos días hasta que el sistema te muestre la deuda.
      El pago de la ART está incluido en el aporte obligatorio, lo vas a tener que abonar sí o si todo junto ya que no se pueden separar los ítems.
      Slds.

  81. Carina dice:

    Buenas tardes realice el pago del mes de Julio con el formulario, indique el monto de 1193,55, pero me cobraron 1118,55, como puedo hacer para ingresar el monto que falta por ART?. No lo hice via web sino en pago facil

    Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola. El monto de 1193,55 es de agosto.
      Fijate en la web (dejá pasar unos días) si te aparece alguna deuda (entrá con clave fiscal en la parte de casas particulares). si es así, te va a dar la opción para generar el VEP y pagar.
      Slds.

    • Guillermo dice:

      Hola! Voy a dar de alta a una empleada domestica por 15 horas semanales y me resulta extraño que en la calculadora (utilizada para trabajo x hora según categoría) el valor hora sea inferior a lo vigente actualmente como mínimo. Por ejemplo: empleada con retiro categoría 5,15 horas semanales me da un sueldo actualizado a Agosto 2019 de $4763.91. Si tengo en cuenta ese sueldo y divido por las 60 horas mensuales(15 x semana) me daría un valor hora de $79.40 y no los $124 por hora estipulado como valor minimo. Quiero sacarme esa duda ya que si bien pienso pagarle un poquito más dentro de mis posibilidades, quiero como minimo cumplir lo dispuesto por ley en estos casos. Muchas gracias de antemano.

      • Paula Martinez dice:

        Hola Guillermo
        Es así como habías calculado, porque el valor hora del pago mensual es mucho más bajo que el valor hora del pago diario (es lo que establece el convenio…).
        En general, si no son muchos días de trabajo, se suele pagar por hora y se toma como referencia el valor más alto.
        La diferencia entre el pago por día y el mensual es que este último es siempre igual, sin importar los días hábiles de trabajo. En cambio, el pago diario puede variar de un mes a otro la cantidad de días hábiles y el monto final a pagar.
        Yo creo que es cuestión de llegar a un arreglo que les sirva a ambos, siempre y cuando se cumplan los mínimos.
        Slds.

  82. Mariela dice:

    Buenas tardes, antes del cese de la relación labora, se redujo la jornada de 16 a 12 hs semanales, le reclama a su empleadora la diferencia que le figura como deuda en la obra social, quién debe pagar?
    No entiendo las diferencias que reclama de aporte si todo se pago en el F102

    • Paula Martinez dice:

      Hola. El empleador tiene que pagar el aporte obligatorio según la cantidad de horas de trabajo semanal. La diferencia la abona la trabajadora como aporte voluntario en el formulario 575

  83. Mariana Murias dice:

    Hola, tengo que contratar 2 personas para el cuidado de mi madre, y para compañía. El tema es que se van a turnar entre ellas por ser madre e hija,pero no dejarían sola a mi mama en ningún momento. Como me conviene ingresarlas, mensualizadas a las dos con retiro??? o que categoría. Como se calculan las horas de trabajo, dado que siempre alguna de las dos va a dormir allá??

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Si van a dormir la modalidad es cama adentro.
      Y hay que hacer dos relaciones laborales distintas y pagar aportes para ambas, no importa si ellas son familiares. Tampoco hace falta que el horario sea fijo, pueden ir cambiando pero tendrías que tener un monto por una cantidad de horas de trabajo semanal máxima de 48 horas (o pagar horas extra si se exceden). Es cuestión de quedar de acuerdo entre las partes, siempre que se pague más que los mínimos de convenio.

  84. gariela dice:

    hola mi empleada esta por jubilarse pero queremos que continue trabajando con nosotros. Tengo que hacer algún tramite o continuamos con la relación laboral como hasta ahora?

  85. Clara dice:

    Buenas tardes, es obligatorio tener seguro de vida para una empleada que trabaja ente 8 y 10 horas semanales y esta anotada en la AFIP pagandole Jubilación, obra social y ART? Gracias

  86. Marbelys dice:

    Hola buen día. Me podrías por favor orientar cómo hacer para solucionar que al generar el vep se refleja invertido trabajador – empleador??

  87. Ignacio Aramayo dice:

    Buenos días, hoy pague los aportes correspondientes al Julio 2019 a través del VEP y me cobraron: $ 1.193,55, pero por lo que veo en las tablas publicadas este valor debería ser recién para los aportes del mes que viene (agosto 2019).
    No tendría que haber pagado $ 1.155,55??

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Quizá se entiende mal en las tablas, pero está bien lo que te cobraron. Los valores que dicen «agosto» son para los vencimientos de este mes (aportes de julio y ART de agosto).

  88. Fernando Martinez dice:

    Hola,si quiero dar de alta como empleada domestica a una persona que ademas es monotributista, puedo hacerlo? El importe por los aportes patronales es inferior, como cuando se contrata a alguien jubilado? Gracias, saludos

  89. EZEQUIEL dice:

    Buenas, el 01/07/2019 di de alta a mi niñera. En ese momento pague la cuota del ART. Ahora cuando quiero pagar por primera vez los aportes y contribuciones me dice que indique el periodo fiscal. En este caso, tengo que ingresar el periodo 07/2019 o 08/2019?. Muchas Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      El período fiscal es julio (los aportes se computan a mes vencido) fijate que sean los que vencen el 10 de agosto (no el 10 de septiembre).
      Si tenés dudas, fijate con tu clave fiscal en la parte de pagos y recibos (en la sección casas particulares) y mirá qué tenés pago y qué no. Slds.

  90. Daniel A dice:

    Buenos días. Les comento que estoy por contratar a una Persona para el cuidado de nuestro Bebe, Personal Domestico 4 categoría. La duda que tenemos es que esta persona es jubildada como servicio Domestico, la queremos ayudar y hacer todo como corresponde. Como es el tema de los aportes de Jubilación, se deben hacer igual, no tenemos problema en pagarlos, lo que no queremos en realizar algo incorrecto y terminar perjudicandola. muchas gracias.

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Sí se puede contratar a una jubilada.
      Se pagan aportes reducidos. Cuando la registres en la Afip, poné esta situación y te va a generar un volante de pago por el monto que corresponda. Slds.

  91. Fernando dice:

    Buenas noches. Estoy tomar a una persona para el cuidado de nuestro bebe y la registraremos en afip. Tengo una duda ya que la misma es jubilada como personal domestico. La puedo dar de alta y en caso afirmtivo, como son los aportes? Me refiero al aporte jubilatorio.muchas gracias

  92. MiguelCejj dice:

    Buenas por favor si alguien me puede orientar, una Sra viene a casa a colaborar con la limpieza una vez a la semana 4 Hs como máximo
    Como hago para hacerle los aportes? Dónde debo ir

  93. Carolina dice:

    Hola! Muchas gracias por la información otorgada! Quisiera tener una empleada doméstica con tareas generales pero algunos días debería también cuidar a una niña. Serían 4 días x semana x 6 horas. Cuánto debería pagarle? Yo tendría que pagarle la obra social?

  94. Lalesa dice:

    si el empleado no quiere la obra social, por lo tanto no le interesa pagar el aporte. es obligatorio que lo tenga que abonar?. el pago por 16 hs o mas, lo debo hacer completo y el aporte descontarselo del sueldo?

  95. Florencia dice:

    Hola,pagué un monto inferior al que me corresponde mediante formulario 102, para abonar la diferencia lo hago mediante formulario 575? Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Tendrías que ver si te generó una deuda entrando con clave fiscal a la Afip. Ahí te va a permitir generar un VEP para pagar la diferencia. Slds.

  96. Matías dice:

    Hola que tal? Tengo pensado contratar una persona para que cuide a mi hija y haga otras tareas en casa 6 horas diarias (30 semanales), use la calculadora y me da un sueldo de $9711.88.
    Mi consulta es si el importe por la obra social, contribución jubilatoria y art ($1118) lo tengo que descontar del sueldo que calcule o lo tengo que Agregar/sumar al sueldo? De ser así por mes debería pagar $10830 (9711.88+1118) por mes? Podrían orientarme por favor. Espero su respuesta y desde ya muchas gracias. Saludos

  97. Gabriela dice:

    Buenas tardes, consulta. Tengo todos los aportes pagados pero cuando me lo quiero deducir en el SIRADIG me tira como error: «La CUIT/ CUIL no registra pagos de contribuciones como Personal Doméstico para el mes de Junio, sólo se puede deducir el monto de la Retribución». Me podrás indicar qué estoy haciendo mal? Muchas gracias.

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Los aportes y contribuciones obligatorios se pagan a mes vencido. Los de junio, vencieron el 10 de julio y pueden demorar para estar incorporados al sistema. Recordá que el sueldo, en general, también se paga a mes vencido. Y no lo podés cargar en el Siradig hasta que no esté efectivamente pagado.
      Probablemente estés cargando mal los meses por estos motivos.
      Un saludo,

  98. Emilia dice:

    Buenos días
    Mis empleadores quieren registrarme, ya que desconocian que por la cantidad de horas semanales les corresponde, yo trabajo hace 6 años. ¿Tienen que pagar una multa? ¿a mi me corresponde?

  99. Jorge dice:

    Consulta para deducir ganancias, la carga del siderag
    empleada domestica con 12 hs a 16
    1- Contribuciones $ 39.46
    2- Sueldo Bruto ( Basico + hs extras) – sin descontar el aporte de obs social
    ejemplo sueldo $ 4050 / ap ob social 103.59
    tomar los 4050 asi seria lo correcto?

  100. Marta dice:

    Mi empleada trabaja 16 hs semanales. Cual escala considero para los aportes?

  101. Analia dice:

    Hola quiero saber como hay q hacer cuando en el comprobante de pago están invertidos los cuit?

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Es raro que te permita pagar a un CUIT invertido, pero, si abonaste a otro es difícil reafectar el pago. Probá con clave fiscal en la herramienta: “Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos”. Si no, hacé una consulta a la Afip para que te indique qué hacer (pero no lo veo muy fácil).

  102. nancy dice:

    hola tengo una sra que tiene tres empleadores los tres menos de 6 horass semanales como seria el aporte voluntario de q monto

  103. Sandra garcia dice:

    Buen día, me podrías indicar cuanto seria el adicional a pagar para una empleada que trabaja menos de 12 horas para los aportes jubilatorios? O sea para que en su momento le alcance para jubilarse. Tengo entendido que si se paga por el mínimo no le serviría para jubilarse. Puede ser?
    Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Para que se compute el mes como aporte jubilatorio hay que completar el monto total de este ítem. Fijate cuánto es (el que corresponde a más de 16 horas) y cuánto pagás y ahí te va a dar la diferencia.
      Slds.

  104. Maria belen dice:

    Hola !! Yo pago el formulario 575 x la obra social de mi hija , este mes pague a principio de mes y no sabía que había aumentado…como hago para pagar la diferencia ?

  105. Carolina dice:

    Hola, me gustaria poner en blanco a la persona que limpia en casa. Va 1 vez por semana 3hs. Serian 12hs. al mes. De todas maneras el pago es de $ 226,64??

  106. teresa dice:

    que debo hacer si el mes pasado (principio de junio) pague 976,55 y aparentemente había que pagar el nuevo monto. Y cual es el nuevo monto porque en el tabla dice 1118,55 y en el articulo 1118,76?

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Entrá en la web de Afip con tu clave fiscal, buscá el servicio «Cuenta Corriente Monotributistas y Autónomos (o habilitalo si no lo tenés) y pedí la deuda del servicio doméstico. Si está mal pagado te va a aparecer el monto adeudado y te permite generar desde ahí el VEP para pagar.

  107. patricia Estrada dice:

    Hola , no estaba pagando los aporte y contribuciones , me llegó una intimación de la art para cancelar la deuda , la cual ya cancele . ahora la cuestión es que quiero ponerme al dia , como hago para pagar aporte y contribución sin art ?

    me ayudan porfi .

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Entrá en la web de Afip con tu clave fiscal, buscá el servicio «Cuenta Corriente Monotributistas y Autónomos (o habilitalo si no lo tenés) y pedí la deuda del servicio doméstico. Una vez que te sale el monto adeudado, te permite generar desde ahí el VEP para pagar.

  108. Nancy Fernández dice:

    Hola. Dice que las contribuciones le corresponde pagarlas al empleador, cuáles son las contribuciones? Xq jubilación y mutual las paga la empleada con lo q se le descuenta d su sueldo

  109. Clara dice:

    Hola, necesito adherir a mí familia, requisitos, & pagos?
    Agradeceré una respuesta.

  110. Susana dice:

    Buenos días, voy a blanquear a mi empleada doméstica, ella trabaja en casa 8 hs una vez por semana, o sea, corresponde pagarle un importe total mensual de $ 226,64; mi pregunta es, ¿ dentro de esta categoría, tiene cobertura médica por obra social? no me refiero a la cobertura en caso de accidente (ART)- Agradezco su respuesta.

  111. Gustavo dice:

    Hola. No entiendo por qué arriba hay dos escalas, una para mayo y la otra de mayo a diciembre de 2019. Yo quiero ingresar a una empleada a partir de este mes. Por cuál de esas dos escalas debo pagarle? Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola, una es de enero a abril (ahora lo corregimos) y la otra de mayo a diciembre. Slds.

    • Maria Alejandra dice:

      Hola. Empiezo con una señora en casa más de 16 hs semanales. Que tendría que pagar yo y que beneficios tiene ella? Muchas gracias

      • Paula Martinez dice:

        Hola.
        Fijate que en la nota está el cuadro con los aportes obligatorios por hora.
        El pago se hace en una sola boleta, pero hay una parte que corresponde al empleador (contribuciones para la jubilación y ART) y otra al trabajador (la que dice aportes, que va a la obra social). Esta se resta del sueldo bruto, aunque el salario de bolsillo no puede ser inferior al mínimo vigente.
        En cuanto a beneficios: se pagan vacaciones, aguinaldo y licencias por enfermedad y otras; y con los aportes recibe la prestación de la obra social y se computa el mes para su jubilación.
        Más detalles: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/como-es-el-regimen-para-empleadas-domesticas/

  112. BETO dice:

    El aporte por menos de 12 horas, aumentó a partir de abril/19 de 205,64 a 226,64….pero no se puede pagar porque los lugares de pago no tienen cargado el nuevo valor ! Increíble…y ya estamos en junio !!!!!

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Estoy actualizando esta nota porque la Afip ya actualizó esta semana su sistema. Si generás el VEP, están los montos nuevos.

      • Natalia Carrizo dice:

        Hola Paula yo estuve pagando el formulario 575/RT de contribuciones para mi empleadora y hace varios meses que no pago porque me resultaba engorroso ir a un rapipago. Necesito saber desde cuando hace que no pago y el monto con intereses para liquidar la deuda. Mi empleada trabaja de 12 a 16 horas semanas, pero yo quiero que tengo el máximo de la jubilación que se puede. Como hago para calcular la deuda y pagar. Gracias, Natalia Carrizo

        • Paula Martinez dice:

          Hola Natalia,
          Hay una herramienta de Afip para consultar los últimos 12 meses: http://www.afip.gob.ar/misaportes , pero no sé si funciona.
          Lo más preciso es ingresar con tu clave fiscal a la herramienta: “Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos”. Allí te sale la información de los pagos efectuados y te permite: «1. Visualizar la información relativa a los pagos de aportes y contribuciones e intereses y los saldos registrados correspondientes al Régimen Especial de Seguridad Social, ordenados por período mensual y concepto. 2. Calcular los intereses adeudados a una fecha determinada, respecto de los pagos registrados fuera de término. 3. Imprimir los volantes de pago F. 102/B y/o F. 575/B para la cancelación de intereses, según correspondan a obligaciones del dador de trabajo o a pagos voluntarios del trabajador, respectivamente.»

  113. sandra dice:

    Hola buenas, tengo una persona conocida que se queda sin trabajo pero ella quiere seguir pagado osea quiere hacer el pago voluntario ,. lo que quiero saber es cual es el monto a pagar cuando lo hace en forma voluntaria. desde ya muchas gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola. No puede seguir pagando porque necesita un empleador.
      Sí podría inscribirse como monotributista, aunque sea en la categoría más baja: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/monotributo-montos-a-pagar-2019/

    • Anabella dice:

      Hola!! Como se hace cln los los feriados? Por ejemplo una trabajadora que hace menos de 12 hs y tiene 2 feriados en el mes.
      Si bien trabaja menos y cobra los días feriados. El empleador como detalla ese pago en el recibo de sueldo?

      • Paula Martinez dice:

        Hola.
        Si no trabaja los feriados, el pago es como cualquier mes normal.
        Si los trabajara, se pagan aparte al 100% más y se detallan en el recibo (como el recibo digital no tiene esta opción, se puede hacer uno manual).

    • Soledad dice:

      Hola. Si doy de alta a Una empleada domestica que trabaja 6 hs. semanales. Ella Tiene ya obra social a traves de su esposo que es encargado de edificio. Para que pueda acceder a la jubilacion deberia hacer aporte voluntario. Este aporte debe ser solo por la diferencia de jubilacion o tambien debe abonar la diferencia por obra social? Gracias.

  114. Santiago Bello dice:

    Hola tengo una duda que no puedo encontrar en la WEB. Para formalizar la relación desde Octubre 2014 hasta ahora, tengo que pagar los aportes. Esos aportes incluyen ART… pero por qué deben pagarse si no se prestó el servicio de ART durante ese periodo? Debe pagarse, o solo aportes y contribuciones de O. Social y Jubilación?

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Los aportes obligatorios atrasados hay que pagarlos completos, no se puede pagar solo la jubilación porque este régimen establece un monto fijo que no se discrimina. Slds.

  115. Miriam dice:

    Hola tengo una consulta,trabajo en una casa particular ya x hacer 1año mas de 16hras x semana,me pusieron en blanco hace 3meses.. Tengo dudas sobra la obra social,aparte de lo q ellos pagan,tengo q pagar yo 585 mas?? Puede ser??

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Para tener obra social hay que completar el aporte total por mes correspondiente a más de 16 horas. Si el empleador paga por menos horas, hay que pagar la diferencia, si no, no hace falta.
      En total, son 689 por mes.

  116. Karina dice:

    Hola! Quiero contratar una empleada para que cuide a mi mamá que es autoválida pero no puede hacer algunas cosas de la casa y no puede ir sola al médico. Esta persona tiene 5 hijos menores de los cuales 1 es discapacitado. Que me correspondería pagar como empleadora? Desde ya muchas gracias

  117. Maria dice:

    Hola, la Sra que cuida a mi mamá se le paga todo, el sueldo, la obra social, la ART, es así o estamos pagando de mas? No se le descuenta absolutamente nada. Gracias.-

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      El aporte obligatorio se paga todo junto y lo debe ingresar el empleador.
      Esto incluye distintos ítems, uno de ellos es el aporte del trabajador a la obra social, que se descuenta del salario bruto (el sueldo de bolsillo no se puede reducir). Slds.

  118. Adriana dice:

    Buenas tardes, voy a poner una empleada en blanco, su esposo es pensionado y ella tiene la obra social PAMI, por lo tanto no quiere que le aporte otra Obra Social, como puedo hacerlo? Gracias

  119. PABLO dice:

    Hola,

    El empleador debe pagar $976,55 por +16 hrs por empleada. La empleada tambien tiene que hacer algún aporte o con los $976,55 ya está todo cumplimentado (OS, ART, JUBILACION).

    Gracias

  120. PABLO dice:

    Hola,

    Si le liquido en el recibo de sueldo el pago de los viáticos (SUELDO BASICO + VIATICOS), que el formulario de recibo de sueldo te da la opción, luego los mismos se deben computar para el calculo de la indmenización o son independientes (no remunerativos)?

  121. MARIA EMILIA dice:

    HOLA, TENGO UNA EMPLEADA DOMESTICA. QUISIERA SABER:

    1) SI CORRESPONDE LEGALMENTE QUE LE PAGUE VIATICOS APARTE DEL SUELDO.

    2) COMO SE CALCULA EL PAGO MENSUAL (YA QUE COLOQUÉ EN EL CALCULADOR DE SUELDO LA CANTIDAD DE HORAS QUE TRABAJA POR SEMANA Y ME DIO UN VALOR BASTANTE MENOR AL QUE ME DA CUANDO HAGO YO LA CUENTA).

    MUCHAS GRACIAS

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Los viáticos no están contemplados en las normas, pero se pueden acordar.
      El salario mínimo por mes es mucho menor que si se calcula por horas. Pero tené en cuenta que son un piso y a partir de ahí se le puede pagar más.
      Slds.

    • Sandra dice:

      Hola yo trabajo en una casa de familia estoy en la cuarta categoría 16hs +
      Y de mí sueldo básico me hacen los descuentos está bien? A mí me hace ruido eso
      Me parece que eso debería estar a cargo del empleador y mí sueldo tiene que ser el que está en la escala salarial no?

  122. Anyela dice:

    Hola, quiero saber si mi empleada tendría que pagar un gasto adicional al que yo realice por sus aportes y contribuciones ($ 308.05), los conceptos de jubilación y O.S como deberían abonarse?
    A su vez, voy a contratar la ART pero leí algo acerca de exámenes pre ocupacionales, es obligatorio? lo tengo que pagar yo de mi bolsillo? o está dentro de los servicios de la ART?

    Desde ya muchas gracias.

  123. paula dice:

    Hola, una consulta:
    Mi empleada, que viene una vez por semana, cobra en total $ 4.000- en la mano por mes.
    Cuando le hago el recibo de sueldo al mes siguiente, cómo lo confecciono?
    Tendría que cargar que cobra $ 4.055,91.- y hacerle el descuento de $ 55,91.- para que me de un neto de $ 4.000.-?
    O con poner $ 4000.- sin aclarar eld escuento es suficiente? es la primera vez que lo hago.
    Gracias!

  124. Silvia dice:

    Cobrando un sueldo mensual de auxiliar de casas particulares en blanco ,pactado por sobre la escala del mínimo obligatorio me corresponden los aumentos???? Al imprimir el recibo de sueldo de ajusta ahutomaticamente o tengo que recordárselo…a mí empleador.

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Lo que se fija por convenio son los sueldos mínimos (de bolsillo). Si estás cobrando más tendrías que ver si arreglás o no un incremento.
      El recibo de sueldo no es automático, el empleador pone el monto que corresponde.

  125. Reyes,Cecilia Ines dice:

    Hola, buenas tardes.
    Ya me informe qué es posible blanquear retroactivo años de servicio de empleo domestico.
    La señora quiere jubilarse pero por la moratoria sin aportes y está vence en julio.
    La consulta es si se puede pagar los aportes adeudados que son 3 años en 1 o 2 pagos para llegar a esa fecha y de cuánto sería el aporte mensual a la fecha.
    Muchísimas gracias.

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Recomendale que consulte a un asesor previsional, para ver si le conviene la moratoria (creo que sí) o pagar aportes atrasados. Slds.

    • Roxana dice:

      Se pueden pagar aportes RETROACTIVAMENTE en el SERV DOMESTICO…pero en 1 solo pago. Si querés, te paso el mail del ABOGADO…Dr ELOY HAGGE y le consultas esto porque el, hace, ese tipo de JUBILACIONES ( Con Moratoria) q vence el 20/ 07 /19. Se dedica a derecho previsional. Saludos. Roxana

  126. Laura dice:

    Hola! estoy empleando a una persona en mi casa y en la casa de un familiar, aunque me hago cargo yo de la admnistración y el pago , mi familiar también aporta el dinero. La quiero poner en blanco, pero no se si corresponde hacerlo como dos empleadores distintos. de hecho, trabaja en dos domicilios distintos. En un domicilio trabaja 9 horas semanales, y en el otro 33hs semanales. Aguardo respuesta. Muchas gracias

  127. Sara dice:

    Hola, en el mes de febrero y en marzo pagué la diferencia del aporte de la obra social correspondiente a enero y a febrero respectivamente con el mismo valor que el que pagué en enero por diciembre, pues no sabía del aumento. Eso implica que a la obra social le ingresó un importe menor a la que le hubiera correspondido.
    Esa diferencia de los dos meses mal pagados la puedo pagar ahora sumándola al importe que pago ahora en abril por marzo? temo que si me tengo que atender en la obra social me rechacen por la deuda.

    Gracias!!

    Saludos cordiales

  128. Ignacio Bottini dice:

    Hola, buen día.

    Quería consulta si cuando doy de alta en AFIP a la persona que va a trabajar en mi casa, tengo que poner el sueldo bruto o neto.

    Muchas gracias, saludos!

  129. datiana vera dice:

    hola la obra social y la jubilación deber ser abonada por el empleador ,el trabajador o ambos?

  130. Oscar dice:

    Buenas tardes, mi consulta es la siguiente, en el formulario 575 RT entre otras cosas se consigna la diferencia de aporte de Obra Social. Pero al pie, figura también para aportar diferencia de ART… No obstante, desde el aporte jubilatorio, una parte va para la cuota ART, me podrán aclarar por favor? Cuándo correspondería aportar esa diferencia y cuánto sería? Muchas gracias! Oscar Perez

    • Paula Martinez dice:

      Hola Oscar. La diferencia de ART es otra cosa. Si te interesa completar el aporte total de la obra social, solamente deberías llenar esa parte. Slds.

  131. Ema dice:

    Cuánto se paga por hora , tengo una chica que viene una o dos veces por mes.

  132. Rosana dice:

    Buenas tardes, mi empelada domestica se encuentra de licencia por maternidad. Yo deje de pagar los aportes desde el mes pasado (febrero 2019) pero cuando ingreso a la AFIP me figura una deuda de sus aportes. Que debería hacer? Porque todavía le faltan 2 meses mas de licencia.

  133. Giuliana dice:

    Hola, buenas tardes.
    Mi consulta es la siguiente, tengo una empleada que trabaja más de 16 hs., por lo que su pago es mensual, en la categoría 5.

    Su sueldo hasta marzo de 2019 era de $11.988,50, y ahora la escala me da $12.283,50, lo cual no es el 3% como se dice que es el aumento. Porque motivo sera esto?
    Aguardo respuesta, gracias.
    Saludos

  134. Gabriela dice:

    Buen día, quiero blanquear a mi empleada doméstica que trabaja 115 horas mensuales. Haciendo el cálculo con el simulador debería pagarle $7356. A eso debo añadirle $57.55 de contribuciones de jubilación, $230 de ART y la duda es si los $689 de obra social se los debo retener de los $7356 a mi empleada o debo cubrirlos yo. No sé cuánto cobrará en mano mi empleada y cuánto tendré que pagar en total. Agradeceré enormemente su ayuda. Saludos

  135. eva sola dice:

    buenas tardes,
    contratrate una empleada domestica y le di de baja a los diez dias, o sea, dentro del periodo de prueba. en la pagina de afip me resulta que tengo que pagar los aportes de ese mes… es correcto? aunque haya estado solo diez dias de prueba?

  136. Pablo dice:

    Hola
    Tengo empleada con menos de 12hrs semanales y para que la atiendan en la OS se debe abonar la diferencia para llegar a los $689 (o sea $633). La pregunta es si este aporte debe ser abonado por parte del empleador o del empleado?
    Gracias

  137. Magali dice:

    Hola! Contrate una persona con menos de 16 horas semanales, mi consulta es dentro de los $ 308.05 que debo abonarle ya estan incluidos alli los aportes de obra social, contribuciones de jubilacion y ART??? Ademas, en el recibo debo discriminar si o si el monto a pagar por las horas trabajadas y el monto poe las contribuciones o puedo colocar todo junto?? Gracias!! Excelente la pagina ayuda mucho

    • Paula Martinez dice:

      Hola. Fijate en el cuadro que está en esta nota la parte que va a cada cosa: obra social, jubilación, art.
      A la empleada se le descuenta los aportes del trabajador que es lo de la obra social. Slds.

  138. Noemi dice:

    Hola que tal tengo una duda. Ami me contraron para niñera con retiro,trabajo 2 horas y 3 veces a la semana pero tambien realizo muchas tareas de hogar, estoy trabajando en negro.
    Me pagan $111 la hora queria saber si me conviene estar en blanco. Si esta bien el pago.

  139. Monica Ana maria Mezzadri dice:

    Se pude realizar los descuentos correspondientes al empleado si por omision y desconocimiento nunca le descontaste la carga de obra social que corresponde a empleada Siendo que la empleada solo trabaja en dia por semana y tiene otros empleadores ……y ella no lo menciona en mas de 7 años.

    • Paula Martinez dice:

      Como no le podés deducir el sueldo para atrás, podés rehacer los recibos de sueldo. Que tenga otros empleadores no importa para nada, porque cada uno tiene que pagar sus aportes obligatorios.

  140. Magdalena dice:

    Cómo hacer para que tenga obra social? pago los aportes desde hace dos años.

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Si paga el aporte mensual completo ($ 689 por mes) tiene que ir a la obra social para afiliarse y listo (le pedirán llenar un formulario).

  141. Marìa dice:

    Buenos días, gracias por los aportes resultan muy útiles.
    Ha comenzado a trabajar en casa una empleada de servicio, viene 3 hs. por semana. Debo inscribirla en la categoría » entre 12 y 16″ ?
    Yo pago todo? Obra social, jubilación y art?

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Sí, se inscribe y se paga según la cantidad de horas de trabajo semanal. El aporte obligatorio se paga unificado y luego se resta el aporte de la obra social del sueldo (pero el salario de bolsillo no puede ser inferior al mínimo ni al acordado con la empleada).

  142. Rosalia dice:

    Hola.soy empleada domestica quiero saber cuanto pagan la hora en blanco,trabajo seis horas por dia de lunes a sábado y me pagan por mes.cuanto tendria que cobrar?

  143. lo dice:

    Hola, quería saber cómo puedo hacer para dar de alta una empleada doméstica de forma retroactiva. Es posible ? tendría que pagar los aportes retroactivos eso no habría problema, pero podría generar el alta por ej poniendo enero 2018 ? sino cómo tendría que proceder? Gracias.

  144. Florencia dice:

    Buenas noches. Tengo una amiga/vecina que cuidaría mi hija 2 veces por semana, serían 9 horas por semana. Tengo que ponerla en blanco? Aún siendo amigas? Quiero pagarle lo que corresponde..Yo veo ahi los valores por hora, $96. Por lo cual yo debería pagarle $3456 (serían las 36 horas trabajadas al mes).. es asi? Ella me dice que ese es el precio de una empleada en blanco que cobra por mes, que en negro y por hora se cobra mas…. Mi idea es pagarle mensualmente! Como sería?
    Agradezco el asesoramiento.

  145. Noelia dice:

    Hola! Excelente la pagina y muy clara la informacion! Sirve de mucha ayuda! mi consulta es la siguiente: mi empleada trabaja entre 12 y 16 hs, yo le hago la diferencia de contribuciones para que le sirva el aporte jubilatorio con el f575, necesitaria saber cuales son los montos en 2019. Gracias!

    • Carina dice:

      Hola! Te consulto como hago para generar un vep y pagar una diferencia? Ya que el período de enero 2019 fue pagado por 811,15 en vez de 976,55? Que porcentaje le corresponderia a cada concepto? Y pagar la diferencia?
      Se puede?
      Gracias!!!

      • Paula Martinez dice:

        Hola. Fijate si te permite pagar el monto adeudado desde la herramienta de Casas Particulares de la web de AFIP. Si no, hay que calcular la deuda con la herramienta Cuenta Corriente para Monotributistas y Autónomos y ahí se puede generar un VEP.
        Tené en cuenta que el aporte se paga a mes vencido, así que el nuevo valor, el de enero, recién lo pagaste en febrero. Slds

  146. Javier dice:

    Buen día, para que mi empleada tenga obra social puedo generar un VEP aportando la diferencia? Esto tiene que figurar en el recibo de sueldo? Solo trabaja una vez por semana 5 horas por eso los aportes no llegan a cubrir el pago de la obra social. Gracias, saludos.

  147. Guillermina dice:

    tengo dificultad para completar el Formulario F.575/RT. Pregunto: en el item IMPUESTO 946 – Diferencia de contribuciones, iría la diferencia entre $57,55 y el aporte de este mismo item del Formulario F.102/RT ? Es decir $57,55 menos $19,73 ? Se trata de una empleada con menos de 12 horas semanales. Gracias!!

  148. mauricio dice:

    Hola. Entonces a partir de 2019, para una empleada con menos de 12 hs semanales, el aporte para jubilación (impuesto 946) ahora es $ 37.82 ($ 57.55 – $ 19.73). Es correcto? Gracias

  149. Ara dice:

    Hola…que tal? Soy empleada doméstica y niñera de 22 horas y media semanales…. No entiendo bien el tema de los aportes… Sé que me descuentan de mi sueldo 680 de los aportes. Me hicieron un sueldo de siete mil y algo a 96.8 la hora en blanco, pero me descuentan los 680 de eso. Y me quedan 6988 de sueldo. La preg es… Es eso lo que corresponde? Debo pagarlo de mi sueldo?

    • Paula Martinez dice:

      Hola. El aporte a la obra social se descuenta del sueldo de la empleada, aunque deberías ver que el sueldo de bolsillo no sea inferior al mínimo y al pactado.

  150. Patricio dice:

    Hola!
    Tengo una empleada que trabaja 12 horas semanales. Entiendo que no llega al minimo de aporte para tener obra social. ¿Puedo pagarle yo esa diferencia? ¿Se puede hacer el pago online a través de AFIP u otro medio?
    Gracias!

  151. Carlos yoel dice:

    Hola, como andas? Mi mama esta en negro, tiene 55 años puede empezar a aportar por su cuenta? que tramites tendria que hacer?. Muchas gracias!!

    • Paula Martinez dice:

      Hola. no puede en el régimen de servicio doméstico porque es un trámite del empleador. Lo que tiene que pedir es que la blanqueen y le hagan los aportes.
      otra opción es que se inscriba en el Monotributo.

  152. Henry dice:

    Excelente paginas, y las respuestas otorgadas
    Una consulta, quiero adherir a una empleada, que trabajara entre 12 y 16 horas, pero quiero pagarle 7000 pesos, no importa el monto? así sea mayor al que da por horas?, ya tiene otro empleador y están cubiertos sus hijos en la obra social, es necesario pagar un plus por sus hijos? Con estas horas de trabajo, puedo deducir de ganancias.
    Gracias y saludos

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Los salarios establecidos por convenio son el mínimo. Se puede arreglar una cifra superior entre las partes, de hecho, es habitual ya que el monto legal es bastante bajo.
      Si ya tiene aportes por sus hijos, no hace falta que pague nada más. De todos modos, vos tenés que realizar los aportes obligatorios que te corresponden según sus horas de trabajo.
      Y sí podés deducir de Ganancias. Cargá todo lo que le pagás en el Siradig y el sistema toma el tope anual (unos 84 mil al año para 2019).
      Slds.

  153. Natalia dice:

    Hola!! Que pasa si por error en el pago facil se abonó una categoria mas alta (era menos de 12 y se abono 12 a 16hs). Se puede re ajustar el pago de mas? A alguien le paso? Gracias

  154. Natalia dice:

    Hola! Tengo una pregunta. Que sucede si al abonar los aportes se paga mal la categoria (se abona una superior a la que corresponde)?. Es posible de alguna forma re imputar el monto excedente? A alguien le paso? Gracias!!

    • Paula Martinez dice:

      Hola. se pueden reimputar los montos a otras deudas. Tenés que usar la herramienta web de Afip Cuenta Corriente Para Monotributistas y Autónomos.

  155. Amadeo dice:

    Entonces este aumento en los aportes que realiza la empleada es un aumento de salario encubierto ya que al aumentar el aporte de la empleada y no poder trasladar ese descuento al salario de bolsillo debemos aumentar el valor del salario neto sin descuentos; por ello hemos otorgado un aumento de sueldo que sera afectado en próximos aumentos como el valor base sobre los que se calcularan los mismos. Es así o estoy equivocado?

  156. Norma Alicia Aschoff dice:

    Hola, tengo una empleada domestica que trabaja 4 horas semanales (16 horas mensuales) ¿corresponde hacer los aporte ?

  157. Yamila dice:

    El empleador ¿tiene el derecho de descontarle de su sueldo los aportes a la empleada. ?Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Una parte de los aportes obligatorios a la AFIP (la que va a la obra social) son aportes del trabajador y se descuentan del sueldo bruto (ojo, que el salario de bolsillo no puede ser inferior al mínimo). Slds.

  158. Maria dice:

    Buenas tardes, quería saber si haciendo los aportes a una empleada q trabaja menos de 12 hs semanales le corresponde la obra social?? Porq ella no la quiere para poder atenderse en el hospital pero yo no la puedo tener en negro….Como puedo hacer???

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Para tener la obra social tiene que completar el aporte (obligatorio o voluntario) completo de 685$ por mes, si se aporta por menos de 12 horas, no tiene cobertura de salud.

      • Monica Blanco dice:

        Hola cuánto es lo q tengo q pagar para la obra social de mi empleada?ella trabaja 10hrs yo le hago los aportes y le pagaba 449 de la obra social pero me parece q ahora corresponde mas
        Gracias

  159. Stella Maris dice:

    Cómo debo hacer para calcular la diferencia por cada mes,desde el año 2014, más los intereses correspondientes?

  160. sebastian dice:

    Hola.
    Yo ya había pagado la cuota de Enero con el valor anterior (811$). Como debo hacer para pagar la diferencia? En la página de AFIP al generar un VEP no me deja modificar el valor.

    Gracias

    • Paula Martinez dice:

      Hola.
      Cuando entres en la página de AFIP te va a figurar una deuda por el período y de ahí te va a permitir gneerar un VEP para pagar la diferencia, siempre que hayas pagado de menos (fijate que el aporte que hayas pagado sea el de enero, que se abona en febrero, y no el de diciembre, que vence en enero):

      • Sebastian dice:

        Vengo intentado hacerlo así, pero en la página de AFIP a pesar de tener registrado el pago de 811 no me aparece la opción de pagar la diferencia?? Como puedo hacer?
        Gracias!

      • Noelia dice:

        Hola! Queria consultar cuando es el monto fijo que hay que pagar en 2019 para poder hacer la diferencia de contribuciones, en el f575. El año pasado creo que era $33, no se si se modifico este año. Muchas gracias!