En septiembre de 2013 se fijaron las nuevas categorías que rigen en todo el país, con una nueva definición. También se establecieron salarios únicos para todo el país (se actualizaron en septiembrre de 2014).
En esta nota, cómo quedan las nuevas escalas y cómo calcular los valores.
El Ministerio de Trabajo estableció nuevas categorías para los empleados de casas particulares. Aquí no sólo se fijaron nuevas remuneraciones mínimas a partir de 1º de septiembre de 2013 (consultá los nuevos sueldos desde septiembre de 2014 y enero de 2015) , sino que se modificaron las definiciones de las distintas escalas.
Registro. Recordá que cualquier aumento salarial, tenés que anotarlo en el registro de la AFIP, como una modificación (mirá cómo hacerlo en Paso a paso para registrar al servicio doméstico).
Unificados. Con el régimen anterior del servicio doméstico, había una definición de categorías vigentes dentro de la Provincia de Córdoba y otra diferentes para el resto del país. Ahora, es única.
Personal con y sin retiro. En las nuevas escalas, se establecen valores diferentes en cada categoría, tanto de la hora como de los salarios mensualizados para las empleadas “cama adentro” y para quienes tienen retiro.
A partir de septiembre de 2014 (NUEVO), los valores oscilan entre $ 30 y $ 37 por hora para el personal con retiro y entre $ 34 y $ 41, sin retiro.
Para los mensualizados están entre $ 3.864 y $ 4.740 y entre $ 4.296 y $ 5.280, respectivamente (mirá la tabla con todos los valores más abajo y la interpretación del Ministerio de Trabajo sobre cómo pagar).
Categorías. Se dividen en 5 escalas, definidas según su actividad.
En la primera, se incluye el servicio doméstico que tiene personal a cargo; en la segundad, aquellos empleados que cumplen tareas específicas que necesiten personas idóneas; en la tercera, caseros o trabajadores para el cuidado general de la vivienda; en la cuarta, todos aquellos que asistan o cuiden personas, desde ancianos hasta enfermos o niños; y en la quinta, la más común, las tareas de limpieza general.
Horarios. A diferencia de las resoluciones anteriores, en estas categorías no se incluye la cantidad de horas diarias de trabajo por día, ni tampoco por semana. Aunque no está especificado, se puede entender que los valores mensuales son por 8 horas diarias, o 48 horas semanales
Tampoco se incluye un monto mensual en caso de que el trabajo sea por menos horas (en las resoluciones anteriores se mencionaba el valor por 4 horas).
Cómo calcular el sueldo. Según la interpretación de contadores especialistas en temas laborales, abogados del sindicato y miembros del Ministerio de Trabajo, los montos corresponden a 48 horas semanales, u 8 horas diarias (el máximo que fija la nueva ley de Empleados de Casas Particulares), pero, en caso de que los empleados trabajen menos, se puede tomar como trabajo a tiempo parcial (y sacar un proporcional).
El tiempo parcial solo correspondería si es por menos de 2/3 del tiempo (esto dice la Ley de Contrato de Trabajo), es decir 32 horas semanales. Entonces, para menos de 32 horas semanales, se saca una proporción del valor mensual (que corresponde a 48 horas) y entre 32 y 48 horas semanales, se debe tomar el monto total por categoría y pagar el valor completo.
Ejemplos con valores de septiembre de 2014, para la 5º categoría (son montos mínimos, se puede pagar más):
Siempre tengamos en cuenta que estos son montos mínimos y que se puede arreglar un sueldo mayor.
Una aclaración importante. Anteriormente había una interpretación que comunicaban en el Ministerio de Trabajo (0800-666-41000,opción 5) que interpretaba que había que se tomaba el pago mensual (siempre con una proporción, sin importar la cantidad de horas) por más de 20 horas semanales. Por menos horas, se consideraba pago por hora, con un mínimo de $ 30 cada una (a septiembre 2014).
Voy a aclarar que los especialistas de distintos sectores (incluso del Ministerio, donde hay discrepancias) dicen que esto no tiene ningún asidero técnico ni legal. Habrá que esperar si hay algún dictamen oficial al respecto.
¿Cuándo es pago por hora? Es un tema que no está claro para nadie. La respuesta de los laboralistas es que depende de la forma de trabajo. Por ejemplo, si la empleada va un par de veces por semana, se pagará por hora o por día.
Mirá la tabla con las categorías y los nuevos sueldos que rigen desde septiembre de 2014.
Para ver los aportes obligatorios a la AFIP, consultá: «Cuánto es el nuevo aporte del servicio doméstico» y el aporte a las ART «Cómo es el nuevo régimen de riesgos del trabajo«.
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– Empleada doméstica: nueva opción para pagar y dar el recibo de sueldo
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Por: comunidadpresupu-admin
Hola Soy Paola quisiera realizarte una consulta estoy buscando una empleada domestica pero por el momento quiero solo por 9 hs semanales , cuanto le corresponde cobrar? y se que tendría un mes de prueba, por lo que leí, una vez que pase ese mes ,que aportes le tendría que hacer?, gracias y espero tu respuesta.
Hola Paola,
El sueldo mínimo es de $ 25 por hora, aunque en el mercado se está pagando más.
Los aportes obligatorios son los $ 20 para menos de 12 horas semanales.
Slds.
holal mariana, mi empleada trabaja 7 hs por dia de lunes a viernes, cuanto seria la remuneración?? gracias
Hola Mónica,
El sueldo mínimo es de $ 3.220 por 48 hs. semanales. Si trabaja menos, se calcula una proporción ($ 2.348).
Slds.
Hola alguien sabe si para este año 2014 hay aumento ?
Todavía no.
Hola quería saber en que categoría estaría mi empleada que es niñera y realiza limpieza en general.
Muchas gracias.
Hola Mariana,
Si es niñera, en la 4º, para el cuidado de personas.
Slds.
trabajo 5 horas diarias 3 veces por semana cuanto deberia cobrar?
Hola Micaela,
El valor mínimo por hora es de $ 25.
Slds.
cuanto debo abonar de aguinaldo a mi empleada domestica que hace 2 meses esta trabajando,quiero saber que calculo debo hacer le pago «2.100» por 28 hs.semanales mas losaportes correspondientes. muchas gracias.Sandra
Hola Sandra,
Tenés que sacar una proporción.
El medio aguinaldo normal es la mitad del mejor sueldo del semestre ($ 1.050). En tu caso, tendrías que dividir este monto por 6 y multiplicarlo por 2.
Para más datos, leé esta nota: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/calcular-aguinaldo-empleada-domestica/
Slds.
Hola soy laura trabajo de lunes a viernes 4 horas por día o sea 20 hs semanales y 80 hs mensuales. Cuanto tengo que cobrar? Gracias.
Hola Laura,
El mínimo por hora es de $ 25.
Slds.
Si trabajo de 13 hs hasta las 18 hs o sea 5 hs Diarias de lunes a Viernes en tareas generales, cual seria el sueldo y si esta incluido el transporte en dicho monto para llegar a la casa y/o la comida del almuerzo? .
Hola Andrea,
El sueldo mínimo por 48 hs. semanales es de $ 3.220 por mes. Por 25 hs, sería de $ 1.678.
No está previsto en la ley el pago extra de viáticos o almuerzo (salvo que sea cama adentro).
Slds.
COMO SE PAGA LA ASISTENCIA Y CUIDADOS DE PERSONAS MAYORES
Hola Irma,
Entran en la categoría 4º para el cuidado de personas. Mirá los montos en la nota.
Slds.
Trabajo de lunes a viernes de 14,30 a 19,30 hs es decir 5 horas diarias…Cùanto deberia cobrar mensualmente..Me parece que lo que me estàn abonando està por debajo de lo legal. Gracias
Hola Patricia,
El sueldo mínimo para 48 hs. de trabajo semanales es de $ 3.220 por mes. Si trabajás menos horas, se calcula un proporcional. Por 25 hs. semanales, serían $ 1.678.
Slds.
muchas gracias!!
otra duda, el recibo de sueldo generado por afip, no el F102, pregunta modalidad de pago, es mensual. Y mas abajo hay que completar un casillero con cantidad de horas. Ahi surge mi duda, pongo 24 que son las semanales o las resultantes de multiplicar las 24 semanales por 4? es decir 96?
Hola Paola,
Lo único que aclara la AFIP sobre esto es que la cantidad de horas tiene que coincidir con la modalidad de pago (si es mensual, las horas trabajadas en el mes; si es semanal, en la semana, etc.).
Slds.
Hola te haho una consulta..yo trabajo cama adentro hasta las 1:30 los sab.estoy en la categoria mas d 16 hs semanales segun lo q figura en l bono d sueldo..y pero estoy cobrando $3300 esta bien lo q cobro??? Desde ya muchas gracias.
Hola Edith,
Te aclaro que más de 16 hs. no es una categoría de salario, sino de aportes a la AFIP.
En la categoría genral, por 48 hs. de trabajo semanal, el sueldo mínimo es de $ 3.220 por mes.
Slds.
Hola
Cómo calculo el aguinaldo, para una señora que empezó a trabajar en el mes de mayo?
Hola Paola,
Tomá la mitad del mejor sueldo del semestre, lo dividís por 180 y lo multiplicás por la cantidad de días de trabajo (desde que empezó hasta el 30 de junio).
Slds.
Perdón, cuanto se paga 2 días a la semana de 5 o 6 horas cada uno, para tareas generales. Gracias
Hola Lorena,
Para tareas generales, por esa cantidad de horas el monto mínimo es de $ 25 por hora. De todos modos, en general se paga más (entre 30 y 35), pero depende del lugar y la situación.
Slds.
hola paula.trabajo 78horas semanales y me pagan $3220 y estoy en blanco.y no tengo feriados.trabajo de domingo a sabado o sea desde 20horas de la noche hasta las 9hs.de la mañana una noche libre.cuidando una anciana de 86años.mi consulta es cuanto tendria que cobrar?
Hola Valeria,
Para el cuidado de personas el sueldo mínimo (incluso se puede pagar más) es de $ 3.580 por mes con 48 hs. semanales de trabajo. Por día no se pueden trabajar más de 9 hs.
Todas las horas que se trabajen por encima de esa cantidad (9 hs. por día o 48 hs. semanales) se deben abonar como horas extra, aparte. Las horas extra son un 50% más que las horas normales de trabajo los días de semana, y un 100% más (o sea, el doble) los sábados desde las 13, los domingos y los feriados.
Tendrías que hacer la cuenta en tu caso para ver cuánto te da, pero seguro que es más que $ 3.220.
Slds.
hola cuanto debo cobrar? yo estoy en la categoria 16hs o mas.trabajo 24 hs semanales.soy niñera.actualmente cobro 1511$ esta bien o debo cobrar mas?
Hola Alejandra,
Para el cuidado de niños, el sueldo mínimo es de $ 3.580 por 48 hs. semanales. O sea que, si trabajás 24 hs. deberías cobrar, por lo menos, $ 1.790.
Slds.
Hola Paula, quiero saber cuál es el valor de la hora para una niñera que cuide dos niños. Te consulto porque voy a contratar una por algunas pocas horas y me dijo que cobraba entre 50 y 60 la hora, es más o menos lo que están cobrando (digo porque quizás tengas una idea a partir de las consultas que recibís).
saludos
Hola Vanesa,
Según la normativa del Ministerio, el monto mínimo es de $ 28 la hora.
Yo sé que se paga alrededor de 35 para tareas generales, y puede ser un poco más para cuidar niños. Recordá que los sábados desde las 13, los feriados y los domingos se paga el doble que una hora común.
Slds.
Soy empleada domestica y trabajo 5 horas diarias o sea 25 hs semanales, cuanto tengo que cobrar por mes y cuanto tiene que pagar mi patrón de AFIP? en un formulario F.102/B
Hola Andrea,
El sueldo mínimo por 48 hs. de trabajo semanales es de $ 3.220 por mes. Por 25 hs, serían $ 1677. Este es un mínimo pero se puede arreglar un sueldo mayor.
A la AFIP habría que pagar $ 135, de ese monto $ 100 corresponde a la empleada y $ 35 al empleador.
Slds.
Buen dia, quisiera consultar cuando deberia ganar mi mama que cuida a una abuela de lunes a viernes 4 horas. Muchas gracias
Hola Diana,
Para el cuidado de personas, la categoría es la 4º, con un sueldo mínimo de $ 3.580 con retiro y $ 3.990 cama adentro, por 48 horas semanales. Si trabaja menos de esa cantidad, se calcula un proporcional. Si el pago es por hora, son $ 28 la hora, como mínimo.
Slds.
Hola soy Susana trabajo de lunes a domingos 12 hs de 20hs a 08Hs soy cuidadora de un anciano con discapacidad motriz,cuanto deberia cobrar la hora a la fecha de hoy 19 de mayo del 2014?? pago monotributo e ingresos brutos,muchas gracias por su atencion.Agradezco su respuesta.
Hola Susana,
Para el cuidado de personas, el valor mínimo de la hora con retiro es de $ 28 y sin retiro de $ 31.
Slds.
hola! te hago una consulta Soy empleada domestica hago tareas generales en un casa trabajo 5hs por día, seria 25hs por semana de lunes a viernes ¿cual seria mi sueldo?.
y si trabajara de lunes a sábado 5hs por día, es decir 30hs semanales. ¿cual seria mi sueldo?
Desde ya muchas gracias
Hola Amalia.
El sueldo mínimo mensual por 48 hs semanales es de $ 3220. Por menos horas es un proporcional. Por 25 hs, $1678 y por 30 hs, $2013.
Slds.
Muchas gracias Paula!
Hola Paula le hago una pregunta yo entro al trabajo de las cuatro de la tarde a 9 y media de la noche limpio lavo y cuido a un niño de lunes a sabados de cuanto tendría que ser mi sueldo me pagan por mes gracias..
Hola Cintia,
Por el cuidado de niños, el sueldo mínimo por 48 hs. semanales es de $ 3.580 por mes. Si trabajás menos horas es un proporcional (entiendo que en tu caso serían 33 hs, o sea: deberías cobrar como mínimo $ 2.462 por mes. Los sábados después de las 13, las horas se pagan el doble que un día normal.
Slds.
quisiera saber para cuidado de persona mayor sin retiro de lunes a sabados cuanto es el sueldo que debería tener,y los aportes cuanto me descuentan gracias
Hola Graciela,
El sueldo mínimo para una trabajadora cama adentro, que cuida personas es de $ 3.990 por mes, por 48 hs. semanales.
Los aportes completos son $ 135, de los cuales $ 100 son a cargo del trabajador.
Slds.
muchas gracias x contestarme lo q me proponen y quisiera sABER CUANTO ME CORRESPONDE DE PAGO ES CUIDAR UNA SRA MAYOR DESDE LAS 20HS HASTA EL OTRO DIA A LAS 11HS DE LUNES A SABADOS
Hola Graciela,
El sueldo mínimo para el cuidado de personas es de $ 3.580 por mes, por un trabajo de 48 hs. semanales (si es menos, es una proporción).
El trabajo por día debe ser, como máximo de 9 horas (no puede superar las 48 hs. mensuales). Lo que exceda esto, se paga como horas extras: un 50% más en días comunes y un 100% más los sábados después de las 13, los feriados y los domingos.
Slds.
Soy empleada domestica hago tareas generales de un casa y cuido un nene de 2 años trabajo 5 hs de lunes a viernes cual seria mi mi sueldo.
Hola Débora,
El sueldo mínimo para cuidado de niños es de $ 3580 por 48 hs. semanales. Si trabajás 25 horas, el monto mínimo sería: $ 1865 por mes.
Slds
Hola Paula, te consulto: la niñera ya esta por el final del cuarto mes de embarazo y todavia no ha realizado el tramite en el anses, ese tramite, segun entiendo es personal (en mi caso, soy empleada con relación de dependencia y cuando estaba embarazada hice todos los tramites yo, no la empresa donde trabajo) me podrias guiar un poquito que tiene que hacer, si deberia sacar turno en el anses, que documentacion debe llevar y si tiene que traerme algun tipo de documentacion a mi tambien, si yo tengo que informar algo tambien (le he pedido varias veces certificado de embarazo con fecha posible de parto y todavia no me lo ha traido) necesito que se organice y organizarme yo tambien ya que cuando se tome licencia tengo q contratar con tiempo otra niñera. te agradezco alguna respuesta que me pueda guiar.
un beso. Nerina
Hola Nerina,
Te paso una nota que hice al respecto: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/empleada-domestica-licencia-maternidad/
El trámite lo tiene que hacer ella en la Anses. Tiene que pedir turno con tiempo porque demora para dar el turno y para empezar a pagar una vez completos los requisitos.
Además, te tiene que presentar el certificado con la fecha probable de parto para que vos le otorgues la licencia de 90 días.
Slds.
Hola, mi nombre es Gabriel, yo quiero abonarle de mas a mi empleada. Le vengo colocando como básico 2300. Y quiero abonarle más, en el recibo el aumento lo coloco en «otros conceptos» o dentro de «suldo Básico»
Hola Gabriel,
No hay problema que lo pongas como sueldo básico. En realidad, el Ministerio sólo establece remuneraciones mínimas, no dice que no se puede pagar más.
Recordá que los aumentos de sueldo hay que consignarlos en el registro de la AFIP (en modificaciones).
Slds.