Ahorro e inversión

Cómo pedir a la AFIP el 20% del dólar ahorro

03/04/2014

percepción-dólar-tenencia-AFIP

Para recuperar el 20% de percepción que la AFIP cobraba hasta el 16 de diciembre de 2015 al comprar dólares para tenencia, el procedimiento es similar al que utilizamos para el recargo a las compras de viajes o gastos con tarjeta en el exterior. Sin embargo, en este caso hay algunas particularidades que vamos a ver en esta nota.

Recordemos que la opción de comprar dólares con motivo de ahorro, a una cotización oficial más el 20% de percepción del fisco, está vigente desde el 27 de enero de 2014 (mirá “Todo lo que tenés que saber para ahorrar en dólares”).

Como en el caso de los gastos para viajes o turismo, el procedimiento dependerá de cuál es tu situación fiscal y laboral. Para saber más sobre esto, leé la nota “Cómo recuperar el 20/35% de las compras con tarjeta”.

Antes de cargar los formularios, te sugiero consultar en la página de AFIP, con clave fiscal, la herramienta Mis Retenciones. Allí vas a poder obtener una planilla Excel con todas tus percepciones ya informadas y con los datos que necesitás para completar los formularios (mirá el video: «Cómo consultar recargos de AFIP por compras en el exterior«).

Ahora sí, vamos a ver cada caso en particular.

Empleados que pagan Impuesto a las Ganancias

Si sos trabajador en relación de dependencia (o jubilado) y te siguen descontando  Ganancias, tenés que utilizar el aplicativo SIRADIG, formulario 572 web (el mismo en el cual se informan otras deducciones personales). Consultá en esta nota si estás dentro de quienes siguen tributando.

Ingresá al sitio de la AFIP con clave fiscal, al servicio “SIRADIG – Trabajador“.

Si es la primera vez que vas a utilizar esta herramienta, primero tenés que adherirte al servicio y sumarlo a tu listado (click en Servicios Administrativos con Clave Fiscal / Administrador de Relaciones).

Si no lo habías hecho el año anterior, luego de llenar tus datos personales y los de tu empleador, tendrás que cargar todas tus deducciones (mirá la guía Paso a paso del SIRADIG).

Carga del formulario. Aquí tenés que ir a “Otras retenciones, percepciones y pagos a cuenta”, desplegar el menú “Agregar…” y hacer click en “Pago a cuenta Resolución General AFIP 3583/2014. Adquisición de moneda extranjera para tenencia de billetes extranjeros en el país”.

Acá una captura de pantalla (gracias a Gabriel Nicosia)

Siradig percepcion 20% dólares tenencia

Luego, aparecerán las percepciones por compra de dólares ya informadas por los bancos a la AFIP. Hay que corroborar los datos, uno por uno, y guardarlos.

Cuando terminamos, aparece un cartel que informa que el contribuyente no tiene operaciones pendientes de carga en 2014.

Recordá que los gastos de todo el año se pueden cargar hasta el 31 de enero del año siguiente pero tu empleador recién los tomará en cuenta en la liquidación final de Ganancias que realizará con el sueldo de febrero.

Empleados que no pagan Ganancias ni Bienes Personales

Si esta es tu situación, no vas a tener ningún impuesto para computar el pago a cuenta del 20%, por lo tanto, tenés que pedir que la AFIP te devuelva el monto en tu cuenta bancaria. No hay plazos previstos para hacerlo, pero recién podés pedir las percepciones de 2015 a partir de enero de 2016.

El procedimiento es a través de la herramienta “Mis Aplicaciones Web”, formulario 746/A. Para esto necesitás tener un número de CUIT (si sólo tenés CUIL, lo tenés que pedir en una oficina de AFIP), clave fiscal, e informar el CBU de tu cuenta bancaria a la AFIP (mirá “Paso a paso:  declarar CBU a la AFIP“).

Luego, ingresá a la página web de AFIP con clave fiscal, al servicio “Mis aplicaciones web” (si no lo tenés en tu listado, primero tenés que adherirte con el Administrador de Relaciones con Clave Fiscal).

Hacé click en agregar nuevo, tildá el Formulario F.746/A (Devoluciones y transferencias) y completá los datos. En Percepciones no registradas en Mis Retenciones, podés agregar percepciones, una por cada tarjeta, cada banco, y por cada resumen. Luego, hacé click en “Obtener monto total de percepciones a tramitar en devolución” y Presentar. Mirá el video “Pedir reintegro del 20/35% a la AFIP si no pagás impuestos” y la Guía Paso a Paso Mis Aplicaciones Web.

Autónomos

En este caso, podés incluir la percepción para reducir el monto de los anticipos que ingresas en forma periódica o computarlo en la declaración jurada anual que vence en abril o mayo del año siguiente.

Contribuyentes de Bienes Personales

Si el monto de la percepción es superior a lo que pagaste en Ganancias, o si no tributaste este impuesto a la renta, podés incluir el 20% de las compras de divisas en la liquidación anual de Bienes Personales, que se realiza en abril (o mayo) del año siguiente.

Monotributistas

Sólo podrás aplicar la percepción contra Bienes Personales pero no podés reducir la cuota mensual.  Si no tributás el impuesto al patrimonio, el procedimiento es el mismo que los empleados que no pagan impuesto a las Ganancias (mirá más arriba).

 

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– Cómo recuperar el 20/35% de las compras con tarjeta.

– Todo lo que tenés que saber para ahorrar en dólares.

– Video: cómo consultar recargos de AFIP por compras en el exterior.

– Video: pedir reintegro del 20/35% a la AFIP si no pagás impuestos.

– ¿Cuánto voy a pagar de Ganancias en 2014?

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Por: comunidadpresupu-admin

Comentarios

171 comentarios

  1. Diego Diego dice:

    Buen día Paula.
    Soy trabajador bajo dependencia y no pago ganancias ni bienes personales. Qusiera saber cuál es la documentación exacta a presentar en la AFIP para poder obtener un CUIT y así solicitar el reintegro por compra de dólares.
    Muchas gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Solo el DNI actualizado y una constancia de domicilio. Slds

      1. Diego Diego dice:

        Gracias Paula! Te hago otra consulta, por tramitar ese CUIT luego tendré que abonar algo en forma adicional o es un trámite gratuito y luego no pago nada?
        Tenés conocimiento si en la actualidad hay personas recibiendo el reintegro por compra de dólares de esta manera?
        Desde ya muchas gracias por tu ayuda!
        Saludos

        1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

          El trámite es gratuito y no genera ninguna obligación posterior (salvo que te inscribas en algún impuesto).
          La Afip está respondiendo recién pedidos de 2013, así que, paciencia. Slds.

  2. Gaston Gaston dice:

    Hola, por desconocimiento el mes pasado cargué el Siradig, aunque no pagaba ganancias, hoy completé el 746. Además fui despedido de mi empleo. Se me reintegrará el dinero en la cuenta asociada con mi CBU?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Antes, tenés que declarar el CBU a la AFIP (tené paciencia porque demora mucho tiempo). Slds.

  3. gabriel gabriel dice:

    que pasa si lo que declaro de ahorro en dolar es mayor a lo retenido por el impuesto? pierdo la diferencia? tengo que declarar menos y pedir la diferencia por otro lado?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Gabriel,
      No, tenés que pedir todo. Tu empleador te devolverá hasta el monto retenido de Ganancias. Si querés pedir el saldo tenés que inscribirte en Ganancias y presentar la declaración jurada anual en abril. Si lo vas a hacer, ocnsultá a un contador. Slds.

  4. Mariano Mariano dice:

    Hola Paula, muy bueno el blog!
    Te hago una consulta, yo pago ganancias, pero lo que me retuvieron de ganancias es inferior a lo que me retuvieron por percepción del 35%. Entiendo que mi empleador me va a devolver como TOPE lo que me retuvo.

    Como puedo tramitar el resto?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Mariano,
      El saldo lo podés pedir, pero te tenés que inscribir en Ganancias y presentar la declaración jurada en abril, con un saldo a favor para aplicar a otros impuestos. Consultá a un contador para ver si realmente conviene en tu caso. Slds.

  5. Manu Manu dice:

    Cual es el plazo para presentar el F.746/A?
    Si no llego a presentar el F.746/A con las percepciones del 2014 antes del 31 de enero puedo hacerlo mas adelante? o lo que no presente ahora estara perdido?
    Gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. No hay plazo para presentar el 746. Podés hacerlo despuésl. Slds.

  6. marcia mass marcia mass dice:

    Hola, soy empleada en relac. de dependencia y no pago ganancias. En 2014 me informaron mal y agregue el servicio Siradig. Pienso que por eso no me aparece la opcion de completar el formulario F/746. Como hago para eliminar el servivio Siradig? gracias!

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Marcia. No lo podés eliminar. Agregá el servicio «Mis Aplicaciones Web» y ahí podés completar el formulario 746. Mirá un tutorial acá: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/video-pedir-reintegro-del-2035-a-la-afip-si-no-pagas-impuestos/
      Slds.

  7. Estoy intentando asociar «mis aplicaciones web» en el administrador de relaciones. Cuando doy click en «mis aplicaciones web» me aparece una pantalla en la que dice «buscar»…y no tengo acceso a «mis aplicaciones web»

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Debe estar andando mal el sistema. Volve a intentar en otro momento. S

  8. Bernardo Pereira Bernardo Pereira dice:

    Hola, estoy tratando de cargar el formulario f572 , pero tengo una duda: no estoy seguro de cual sea la «fecha de pago de percepciones». Todos los demás campos vienen llenos con las compras que hice este año, pero este está vacío. ¿Que debería ingresar en ese campo para poder continuar con la carga del formulario?
    Muchas gracias, el instructivo es muy útil!

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Es cuando compraste los dólares (o cuando los retiraste si estaban depositados.

      1. Bernardo Pereira Bernardo Pereira dice:

        muchisimas gracias Paula, saludos!

  9. Julia Garateche Julia Garateche dice:

    Hola. Necesito saber como hace el pedido de reintegro un Jubilado. Muchas Gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Es igual que un trabajador en relación de dependencia. Slds.

  10. mariana mariana dice:

    estimados: soy empleada en relacion de dependencia, no pago ganancias, y he cargado a pedido de mi empleador el f 572. Quiero solicitar la devolucion de percepciones por compra de moneda extranjera para tenencia, pero en afip me dijeron que el haber cargado el 572 ivalida a realizar el 746. Esto es asi??porque la normativa no especifica nada.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Mariana. Es que no podés hacer el mismo pedido por dos vías, no te va a dejar. Si no pagás Ganancias no tenés que presentar el Siradig. Slds.

  11. Dario Dario dice:

    Hola Paula,
    Trabajo en relación de dependencia y depende el mes me descuentan ganancias. El F572 web ya lo presente y quisiera saber si la devolución que realiza la afip es a traves de mi cbu o me queda un crédito a favor para futuros descuentos ?
    Saludos,

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Darío, Si presentaste el 572 web, tu empleador te va a reintegrar hasta el monto que pagaste de Ganancias con la liquidación del sueldo de febrero. Slds.

  12. NICO NICO dice:

    Q PASA SI LO HICE CON UNA CTA DE AHORRO QUE YA NO TENGO?? POR Q TENGO ENTENDIDO QUE ACREDITAN EN LA MISMA CUENTA QUE SE RETIRO,VERDAD?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Declara un nuevo CBU.

  13. milu milu dice:

    Hola, muchas gracias por el post, me sirvio mucho., una consulta, ya presente todo para pedir la devolucion, no pago ganancias ni bienes, sabes cuando estarian depositandome el dinero?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Tene mucha paciencia porque demora mucho (mas de un año )

  14. Gustavo Gustavo dice:

    Hola Paula!
    Mil gracias por el post! Lo seguí paso a paso y pude completar todo perfectamente!
    Te quería consultar si para completar el 746/a (de los que no pagan ganancias) es posible hacerlo tanto para períodos del 2013 como para el 2014 porque escuché que varios lo hicieron y en mi caso, el sistema de AFIP me lo permite.
    Ya que el año pasado no presenté ningun formulario, quería saber si podía presentarlo ahora junto con lo de 2014.
    ¿Sabés si es viable la presentación del formulario para ambos períodos?

    Muchas gracias!

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Gustavo,
      Me alegro que te haya servido!
      No hay problema que presentes en el 746 años anteriores (igual hay que hacerlo mes a mes).

      Saludos,

  15. Ely Ely dice:

    Buenas tardes Paula! tengo retenciones por compras en el Exterior y paquetes de viajes desde el año 2013…todavia puedo reclamar la devolucion en AFIP o ya caducó? si yo presento antes del 31/1/2015 que meses puedo incluir en la solicitud de devolucion?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Depende de tu situación fiscal. Fijate bien en esta nota: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/como-recuperar-20-por-ciento-compras-exterior-con-tarjeta/
      Slds.

      1. Ely Ely dice:

        Trabajo en relacion de dependencia y el sueldo no llega a los $ 10.000 o sea que no me retienen gcias en la empresa en la que trabajo

      2. justino justino dice:

        Hola Paula. Compre dolares para tenencia durante el 2014 y Yo no califico para pagar ganacias ni bienes personales y sin embargo cargue todos los datos en el sistema SiRADIG por error donde declare los dolares que compre mes a mes…..para que me reintegren las percepciones en mi cuenta tengo que volver a declararlo con el form F 746 A??? Influye esa información que cargué por error en el F 572 web?? Que debo hacer??

        1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

          Hola. No creo que puedas cargarla en forma duplicada. En todo caso, lo que deberías hacer es inscribirte en Ganancias y presentar una declaración jurada con saldo a favor. Te aconsejo consultar tu caso particular con un contador. Slds.

  16. Martin Martin dice:

    hola! realicé el procedimiento para los que no pagan ganancias. Las presentaciones me aparecen como aceptadas mes a mes. Tengo el cuit,tengo el domicilio certificado, la huella digital, el cbu declarado etc etc etc etc .Ahora la pregunta!! conoces a alguien que le han depositado? o solo perdí mi tiempo ?
    Gracias!

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Martín, sé de muy pocas personas que ya le devolvieron (son las que pidieron primero, en 2013). Pasa lo mismo con las empresas que piden reintegros…

  17. joel joel dice:

    Hola Paula! hice todo el tramite! quisiera saber si hay una fecha estimada de pago ! muchas gracias!

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Joel, no hay plazo para responder. Tenés que tener mucha paciencia porque demora muchísimo (más de un año). Slds.

      1. joel joel dice:

        Muchas gracias Paula!

  18. Norberto Norberto dice:

    Consulta como se hace para deducir los colegios parroquiales como donaciones?, me dijeron que entra.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      En otras deducciones está la opción donaciones.

  19. joel joel dice:

    Hola! Una consulta, como puedo saber la fecha en que me depositaran el dinero? hay alguna fecha fijada? Execelente pagina, de mucha ayuda, saludos!

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Joel,
      Gracias por el comentario!
      no hay un plazo para que la Afip responda. No esperes que lo haga rápido porque suele demorar bastante más de un año.
      Slds.

  20. Lucas Lucas dice:

    Hola Paula mi consulta es la siguiente:

    En marzo del 2014 ingrese para los periodos entre el 201210 y 201311 las solicitudes del Formulario 746/A ya que no pagaba ganancias. Entiendo que la AFIP aprobó a todas estas solicitudes, pero nunca realizó la devolución.
    Hoy en día mi sueldo aumentó y me están descontando por ganancias. Quisiera saber si hay alguna forma de modificar esas solicitudes del 746 e imputar esos períodos directamente en ganancias.

    Espero haber sido claro.
    Muchas gracias,
    Lucas.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Lucas,
      Podés llenar el Siradig con las percepciones del mismo período fiscal en el cual te descuentan Ganancias. O sea, todo lo que te cobraron del 20/35% en 2014.
      Recordá que tenés hasta el 31 de enero para cargar todo lo de 2014, para que tu empleador te lo compute en la liquidación anual de Ganancias 2014 que te hará con el sueldo de febrero.
      Por percepciones de años anteriores, te recomiendo consultar un contador porque tendrías que presentar declaraciones juradas para atrás y, la verdad, habría que ver si conviene en tu caso.
      Slds.

  21. viviana viviana dice:

    Hola Paula he estado siguiendo paso a paso para la preentacion del 746/A y todo bien hasta que quiero hacer la presentacion y me aparece un cartel que dice «…………….
    Error de validación
    Usted no tiene una agencia asignada en el Sistema Registral. Para poder acceder a este trámite, por favor, diríjase a la Dependencia AFIP que le corresponda…………..»
    y alli quede ¿ que hago ?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Viviana.
      Andá a una oficina de Afip con el documento.
      Slds

  22. jaqueline jaqueline dice:

    Hola Paula, en caso de una que es jubilado solamente que tuvo percepciones por compra de dolares para tenencia, como solicita la devolucion?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      El caso de los jubilados es similar que el de los empleados. Slds.

  23. Viviana Viviana dice:

    Gracias por toda la informacion!!! Logre llenar el siradig y enviarlo

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Muy bueno, Viviana!
      Me alegro que te haya servido la información de la página!

  24. Eugenio Eugenio dice:

    Planteo un caso; compro dolares en el mes de mayo año 2014, no los retiro, los dejo en caja de ahorro por 365 días, luego el 15 de enero del 2015 (antes de cumplirse el año) decido sacarlos pagando el 20%. Luego el 18 de enero de 2015 registro en siradig la fecha del pago de la percepción y lo envío a mi empleador antes del 31 de enero del 2015. Consulta ¿La devolución del 20 % la hacen en el 2015? o por haber retirado el 15 de enero del 2015 se hace efectiva al año siguiente? Pago impuesto a las ganancias y mi empleador es agente de retención. gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Eugenio.
      Si la percepción es de enero corre para el año fiscal 2015. El cierre del 31 de enero es para el año 2014.
      Salvo que tu empleador tome la percepción todos los meses en lugar de al cierre del año (algunas empresas lo hacen) la devolución será el año que viene.
      Slds.

  25. gustavo gustavo dice:

    me descuentan ganancias pero me lo devuelven que formulario tengo que llenar por favor gracias!

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Gustavo,
      Completá el Siradig antes del 31 de enero: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/ganancias-completar-siradig-572-web/
      Slds.

      1. daniela daniela dice:

        Hola Paula y Gustavo! Paula el caso de Gustavo es el mismo que te consulté entre el 10 y 13 de diciembre. Y me dijiste que como no tribute Ganancias (porque el importe en el Rec. de Sueldo suma y resta por la misma cantidad = D.1242/2013) tendría que solicitarlo mediante el Form. 746/A.
        Imagino que no es fácil para vos atender consultas tan diversas, por eso mi intención solo es colaborar.
        Saludos cordiales,
        Daniela