Al terminar una relación laboral con una empleada doméstica hay varios temas a tener en cuenta: la formalización, el pago de todas las sumas adeudadas y la indemnización, si corresponde, y la baja en el registro de la AFIP.
En esta nota vamos a ver qué trámites hay que hacer, cuánto hay que pagar y cómo.
La finalización de la relación de trabajo entre el personal de casas particulares y su empleador puede darse por distintas razones. Estas son las que prevé la ley que rige actualmente para el servicio doméstico:
Los procedimientos para terminar la relación son diferentes según la causa. A continuación, veremos qué hacer en cada uno de los casos anteriores.
-Mutuo acuerdo: la ley establece que esto se debe formalizar ante el Ministerio de Trabajo de la Nación (consultar oficinas en todo el país). De todos modos, también se admite considerar extinguida la relación si se desprende “del comportamiento concluyente y recíproco” que así lo indique.
-Renuncia de la empleada. Debe formalizarla a través del envío al empleador de un telegrama o carta documento, o bien, realizar una manifestación personal ante el Ministerio.
– Denuncia de incumplimiento del contrato de trabajo. La ley no lo dice expresamente pero en estos casos también es conveniente dejar asentada la causa en el Ministerio.
-Abandono de trabajo. Para que el empleador considere que la trabajadora abandonó su puesto laboral, debe intimarla en forma fehaciente (carta documento) para que se reintegre al trabajo con, al menos, dos días hábiles de anticipación.
-Despido sin causa. Enviar una carta documento a la empleada con la noticia y la fecha de cese de la relación. La ley obliga a avisar 10 días antes (con una antigüedad inferior a un año) o 30 días (si es superior), si el plazo no se cumple, se debe pagar una indemnización por este plazo.
Al terminar la relación laboral, la empleada debe cobrar:
La liquidación final se realiza en un recibo de sueldo, similar al que se entrega todos los meses, pero con el detalle de cada ítem.
Es conveniente pedir un turno en el Ministerio de Trabajo y realizar la liquidación y pago final allí para que quede constancia de lo pagado y evitar problemas en el futuro.
Indemnizaciones. Los casos en los cuales corresponde pagar son los siguientes:
Cualquiera sea la causa, un punto que no hay que olvidar es dar de baja la relación laboral en el registro de la AFIP. Si esto no se cumple, se sigue generando la obligación de ingresar los aportes. El plazo son 5 días corridos.
Para esto se debe ingresar en “Simplificación Registral – Registros Especiales de Seguridad Social”, “Servicio Doméstico” y luego hacer click en Relaciones Laborales.
En la pantalla van a aparecer los datos y al costado, a la derecha, varios íconos muy chicos (mirá la imagen a continuación). Hay que hacer clic en el tacho de basura (registrar baja), poner la fecha de finalización (puede ser distinta a la del día del trámite) y aceptar.
Una vez dada de baja la relación en el registro de AFIP, el sistema permite generar el volante electrónico de pago (VEP) para abonar los aportes y contribuciones del último mes de trabajo (no se debe abonar la ART, ya que está se paga por adelantado).
Se debe generar el formulario 1350 y se paga en forma electrónica (Pagomis cuentas, Pagos Link, Homebanking).
IMPORTANTE. Ante cualquier duda, es recomendable que busques el asesoramiento de un profesional especialista en temas laborales y la consulta en el Ministerio de Trabajo. Recordá que este es un tema muy sensible que puede traer inconvenientes si no queda resuelto adecuadamente.
– Ley 26844. Régimen Especial de Trabajo de Casas Particulares.
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Por: comunidadpresupu-admin
Buenos dias, mi consulta es.. yo twngo mi empleada que trabaja 8 horas diarias, apartir de enero comenzaria a trabajar 4.. que es lo que debo hacer? Ella ya esta informada pero de palabra.. tengo que enviarle una carta documento? Y coml debo indemnizarla? Me podran ayudar con eso por favor?
Gisella
Hola.
Si le bajás el sueldo, la tenés que indemnizar por la diferencia.
Además, tenés que cambiar el alta en la Afip.
Hola mi pregunta es la siguiente:soy empleada domestica desde febrero del 2015 y en febrero tengo que terminar el contrato porque me caso y me mudo a otra ciudad. Me corresponde alguna asignación por matrimonio??Cuando seria conveniente dejar mi trabajo para realizar los tramites matrimoniales??muchas gracias
Hola. No hay asignación por matrimonio para el servicio doméstico.
Muchas gracias!
Tengo una señora en blanco que cumplió 60 años y quiere jubilarse no teniendo los años de servicio. Trabaja también en blanco en una Empresa y en otra casa particular en negro. La Empresa le llenó los papeles como personal de maestranza que presentó en AFIP y de allí en ANSES quien le manifestó que debo ser dada de baja para comenzar los trámites. Pero la Señora quiere seguir trabajando de lo mismo así tendría 3 sueldos: la Empresa, lo mío, lo de la otra casa y la jubilación aunque sea mínima.
Yo soy docente jubilada, monotributista (porque tengo 2 locales alquilados) todo en orden y no quiero pagarle en negro. La Empresa sí le pagaría en negro, así lo hizo mucho tiempo y la otra actividad nunca la blanqueó. Cómo arreglo esta situación ya que no la despido
Hola. Las personas jubiladas pueden ser empleadas domésticas, de hecho, están previstos aportes especiales a la Afip en este caso. Habría que ver si te piden darla de baja primero y después darle el alta como empleada jubilada. Te sugiero que consultes bien en la Anses.
Hola me acaban de despedir sin causa y en el cual hace 6 años y 4 meses q estoy trabajando, cual seria el calculo q debo hacer para saber cuanto me corresponde cobrar?
Es un mes por año de antigüedad. Cualquier duda, te sugiero consultar con el ministerio: https://www.argentina.gob.ar/trabajo/tribunaldomestico
Buen dia, mi mamá trabajó para una familia muchos años y como es una relacion de confianza y amistad, no estuvo registrada. Hoy en dia no va a trabajar mas por motivos de salud y como necesita dinero para un tratamiento, el «patron» le dijo que le pagará los SAC y vacaciones que no le pagó oportunamente segun la ley y que le adeuda desde el 2001 (a modo de arreglo personal) ademas de realizarles aportes previsionales correspondientes.
Mis dudas son:
1- Al calculo que le dé en bruto del SAC, se le aplicaría intereses? Xq ella en 2001 cobraba algo de $1,50 la hora, a razon de trabajar 4 hs diarias durante 5 dias a la semana fijos, serian 80hs al mes ($120 al mes) un SAC proporcional según he leído en esta pagina seria de $60. Pero esa suma hoy en dia es irrisoria ya que equivale a menos de una hora de trabajo.
2- Que interés se debería tener en cuenta para el calculo?
3- El interés aplicable variaría por año, o directamente se sacaría todos los SAC desde el 2001 hasta por ejemplo 2016 y se le suma el porcentaje de interes a cada año por igual?
4- Al calculo de vacaciones, tambien se le agregaría el mismo porcentaje de interés que al SAC?
Pregunto esto, porque no tenemos el dinero para costear los gastos de un abogado y el patrón nos dijo que arreglemos nosotros con el y no quiero que mi madre salga perjudicada.
Saludos y aguardo su respuesta.
Te sugiero que te asesores en el ministerio: https://www.argentina.gob.ar/trabajo/tribunaldomestico
Hola. Mi caso es este: en 2014 la empleada doméstica que venía a casa los cinco días de la semana pasó a venir tres. Yo, a traves de la AFIP, empecé a pagar en la categoría de hasta 15 horas y por ende solo un porcentaje de la obra social y las contribuciones. Como no quería que se quedara sin beneficios por tener que venir menos horas, pague la diferencia de contribuciones por el formulario correspondiente y lo de la obra social se lo di a ella porque eso me pidió (no estaba conforme con la obra social y quería pagar un servicio de salud privado).
Ahora ella quiere volver al sistema de obra social y me salta una deuda por todos estos meses que pasaron. Yo no la quiero perjudicar pero al mismo tiempo tampoco puedo hacerme cargo. El tema es que al pagar el porcentaje de su categoría nunca la dan de baja y la deuda crece y crece. Yo nunca hice ningún trámite para registrar que viene menos horas (¿Es ese el problema? ¿Qué debo hacer para que la deuda no se siga incrementando? ¿Puede volverse a empezar o, si no se paga la deuda, ella jamás tendrá derecho a una obra social? ). Muchas gracias por la asesoría,
La deuda se acumula por los aportes obligatorios. Estos dependen de la cantidad de horas que esté declarada ante la Afip.
Que indemnizacion por despido le corresponde a la empleada con antiguedad de 2 meses y medio?
El mínimo es un mes
Hola, hice la baja tal como uds lo indican con el tachito de basura y nunca me pidió la fecha de la baja, directamente lo eliminó.Creo que no es correcta la indicación que uds. están dando. Ahora no puedo generar el VEP para pagar los últimos aportes porque me indica error 265 inconsistencia en las fechas. El ícono para dar la baja NO es el tacho de basura.
Hola ! Quisiera saber si los aumentos rigen sobre el salario minimo de la empleada domestica o sobre lo que yo le estoy pagando. En este momento el salario para 30 horas semanales con retiro es, aproximadamente, $5000-. yo le estoy pagando $8000 en este momento. Siempre calcule el aumento sobre lo que ella cobra en mano pero, me jubile, y ya no tengo las mismas entradas de dinero. Le pago los aportes y su obra social. Su antiguedad es de 8 años. Que debo hacer ?
Muchas gracias !
Hola.
Lo que se establecen son sueldos mínimos, no un porcentaje de aumento.
O sea que, mientras superes ese mínimo, está bien. Lo que deberías hacer es arreglar con ella para ver cuánto pagarle (y que a ella no le quede atrasado).
Un saludo,
Hola. Trabajé 1 año y 10 meses cuidando un adulto mayor. Voy a renunciar al finalizar agosto. Que liquidación me corresponde?
El proporcional de aguinaldo y las vacaciones no gozadas.
Buenas tardes, mi empleada esta por jubilarse. Le aporte por menos de 12 hs. semanales ya que trabaja en mi casa dos veces por semana 4 horas. el problema es que en el listado de aportes del anses le surge una diferencia de pago todos los meses como si yo estuviera pagando menos aportes cosa que no es asi ya que en la afip no tengo deuda. Como ella antes trabajaba mas horas con otro empleador puede que haya quedado guardado ese dato? Como puede hacer para que el anses corrija sus horas trabajadas y no tenga deuda? Yo le puedo dar el alta en afip donde constan las horas y todos los pagos pero en el anses insisten conque hay deuda.
Lo que pasa es que, por menos de 16 hs., no completa los $ 35 de aporte jubilatorio. Hay que abonar la diferencia de cada período con el formulario F 575 de aportes voluntarios.
Fijate en esta nota cuánto estás pagando y cuánto sería la diferencia: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/cual-es-el-nuevo-aporte-del-servicio-domestico/
Hola mi empleada trabaja en casa hace 3 meses. Falta injustificadamente, llega tarde, se ha retirado antes de su horario varias veces x diversos motivos. Le pago x mes, son 4 hs x dia de lunes a viernes. Le hable varias veces x esto y no cambia la actitud. Es irresponsable. Como tengo que hacer para despedirla? Qué corresponde?
Te sugiero que lo consultes con un abogado para que te asesore en tu situación particular.
la baja en afip se debe hacer el la fecha que se da el aviso(10 o 30 dias de anticipación) o una vez que transcurrió ese tiempo?
El día que efectivamente deja de trabajar.
Hola. Tengo una empleada domestica desde hace 10 años. Hace 2 que se jubilò y sigue trabajando en casa. Ya no necesitamos de sus servicios y espero llegar a un acuerdo con ella. Lo que querìa preguntar es cuantos meses de indeminizaciòn le corresponderìa por ley.
Muchas Gracias
Corresponde la indemnización por los 10 años
No Paula. Hoy leí la ley al respecto. La ley 26844 remite a los arts 252 y 253 de la ley de contrato de trabajo. Se indemniza desde la fecha de jubilación
Gracias por la aclaración.
Lee la ley 26844 la parte referida a desvinculación por jubilación. Allí contempla tu caso, remitiendo a los arts 252 y 253 de la ley de contrato de trabajo, Trabajador jubilado. Se indemniza desde la fecha de jubilación
en mi caso la sra que trabaja en casa pidio un alicencia sin goce de sueldo por hijo enfermo, su hijo aclaro tiene 29 años,prepaga, trabajo etc, al no venir ella y no cumplir su presentismo, como procedo, no quiere renunciar, pero desde ya no cumple su contrato, que derechos como empleador tengo, es despido con causa no?
Te sugiero que te asesores con un abogado o en el Ministerio de Trabajo.
Yo creo que deberías intimar a retomar la relación por carta documento y, si no se presenta a trabajar, dar por finalizada la relación (sin despido). PEro me parece mejor que te asesores en tu caso particular.
Se puede poner la empleada doméstica a cargo de mi marido en lugar de tenerla yo a cargo como vengo haciendo hasta ahora?. Es para que él la pueda deducir de ganancias, ya que a mi no me retienen y a mi marido sí.
Sí, tendrías que darla de baja y él darla de alta, respetándole la antigüedad.
Hola necesitamos terminar la relacion laboral con nuestra empleada porque nos mudamos a mas de 500 km. ella trabaja una vez por semana 4 hs y el alta lo tiene desde diciembre de 2014.. cual es la liquidacion que le corresponde? Gracias por la ayuda
Corresponde indemnización, y aguinaldo y vacaciones no gozadas.
Hola, soy niñera de un niño hace 5 años y el mes que viene terminaría mi relación laboral. Sería por mutuo acuerdo ya que el niño está en edad escolar y sin poder abarcar los horarios que teníamos establecido entre las dos partes.
Corresponde indemnizacion, por mas que sea por mutuo acuerdo o cómo sería la liquidación? Ellos me pueden mandar telegrama o tenemos que ir a una delegacion?
Gracias!
Hola. SI es por mutuo acuerdo no corresponde indemnización. Sí se debe pagar aguinaldo proporcional y vacaciones no gozadas.
Siempre es mejor dejar asentado todo en el Ministerio de Trabjao.
Consulta en el caso de que teníamos un niño al cuidado de la niñera y este llega a la edad escolar por lo que ya no la necesitarían que tipo de indemnización corresponde?
la indemnización por despido sin causa.
Hola queria saber como tengo que hacer si yo empleador me voy a mudar a mas de 30 km. Gracias
Sería un despido sin causa
Si la empleadora se muere un día y la baja se tramita varios días después o un mes después, en realidad la baja es al día que se murió. En que situación queda el resto de tiempo trabajado porque estaría sin contrato trabajando
Hola una consulta estube trabajando 7 años y me.despidieron sin causa alguna solo Porq accidente y me.dieron descanso medico mi jefe me llamo y me despidio Porq no les soy productiva que puedo hacer no me quieren pagar lo que me corresponden gracias espero me ayuden gracias
Te sugiero asesorarte con un laboralista para hacer el reclamo correspondiente. Slds.
Tengo una empleada domestica con 10 meses en casa, la cual no cumple con las expectativas que tenía. Quiero rescindir la relación laboral al 31 de mayo, que debo pagarle y antes que nada debo mandarle telegrama de despido??? Esta en blanco
Hola. Le tenés que pagar la indemnización y cumplir los pasos que se dicen en la nota.
Cualquier duda, consultá con un laboralista para no tener problemas.
Por favor, mi empleada doméstica me mandó telegrama de renuncia, ya le di la baja en el afip, quiero saber para menos de doce horas, cuanto tengo que pagar en el formulario de baja. gracias
Te va a salir automáticamente cuando generes el VEP después de la baja.
Si tengo a la empleada por mes todos los días de lunes a viernes y quiero pasar a dos veces por semana la tengo que indemnizar o no.
Sí, se indemniza por la diferencia
Cómo debo hacer para pagar a mi empleda aportes de 2 años y 8 meses correspondientes al año 1997 desde julio, hasta abril del 2000. A partir de allí tiene todo en blanco hasta el dia de la fecha. He ido a AFIP y me dieron un cuadro en donde hay que sacar un coeficiente. ( a eso ya lo tenía). Pero como se hace.
En esta nota podés ver los detalles: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/regularizar-empleada-domestica/