Servicio doméstico

Cómo dar de baja al servicio doméstico

15/04/2015

baja-de-empleada-doméstica

Al terminar una relación laboral con una empleada doméstica hay varios temas a tener en cuenta: la formalización, el pago de todas las sumas adeudadas y la indemnización, si corresponde, y la baja en el registro de la AFIP.

En esta nota vamos a ver qué trámites hay que hacer, cuánto hay que pagar y cómo.

La finalización de la relación de trabajo entre el personal de casas particulares y su empleador puede darse por distintas razones. Estas son las que prevé la ley que rige actualmente para el servicio doméstico:

  • Por acuerdo entre las partes.
  • Jubilación de la empleada.
  • Muerte de la empleada, del empleador (si decide no seguir trabajando para sus familiares) o de la persona que tenía a su cuidado.
  • Denuncia por no cumplir el contrato de trabajo.
  • Abandono de trabajo.
  • Despido sin causa.

Trámites antes del cese

Los procedimientos para terminar la relación son diferentes según la causa. A continuación, veremos qué hacer en cada uno de los casos anteriores.

-Mutuo acuerdo: la ley establece que esto se debe formalizar ante el Ministerio de Trabajo de la Nación (consultar oficinas en todo el país). De todos modos, también se admite considerar extinguida la relación si se desprende “del comportamiento concluyente y recíproco” que así lo indique.

-Renuncia de la empleada. Debe formalizarla a través del envío al empleador de un telegrama o carta documento, o bien, realizar una manifestación personal ante el Ministerio.

– Denuncia de incumplimiento del contrato de trabajo. La ley no lo dice expresamente pero en estos casos también es conveniente dejar asentada la causa en el Ministerio.

-Abandono de trabajo. Para que el empleador considere que la trabajadora abandonó su puesto laboral, debe intimarla en forma fehaciente (carta documento) para que se reintegre al trabajo con, al menos, dos días hábiles de anticipación.

-Despido sin causa. Enviar una carta documento a la empleada con la noticia y la fecha de cese de la relación. La ley obliga a avisar 10 días antes (con una antigüedad inferior a un año) o 30 días (si es superior), si el plazo no se cumple, se debe pagar una indemnización por este plazo.

Qué hay que pagar

Al terminar la relación laboral, la empleada debe cobrar:

La liquidación final se realiza en un recibo de sueldo, similar al que se entrega todos los meses, pero con el detalle de cada ítem.

Es conveniente pedir un turno en el Ministerio de Trabajo y realizar la liquidación y pago final allí para que quede constancia de lo pagado y evitar problemas en el futuro.

Indemnizaciones. Los casos en los cuales corresponde pagar son los siguientes:

  • Preaviso. En el caso del despido sin causa, si no se cumplió el plazo de aviso anticipado (10 o 30 días), se debe abonar un sueldo equivalente a este período.
  • Por antigüedad o despido. En el despido sin causa, se debe pagar el equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de tres meses. Se toma la mejor remuneración, mensual, normal y habitual del último año. Nunca puede ser menos de un sueldo.
  • Por muerte. En los casos de fallecimiento de la empleada, el empleador o la persona que estaba al cuidado de la trabajadora (siempre y cuando no continúe el trabajo para otros familiares), se le debe pagar a esta o a sus herederos un monto equivalente al 50% de la indemnización por antigüedad.

Baja en la AFIP

Cualquiera sea la causa, un punto que no hay que olvidar es dar de baja la relación laboral en el registro de la AFIP. Si esto no se cumple, se sigue generando la obligación de ingresar los aportes. El plazo son 5 días corridos.

Para esto se debe ingresar en “Simplificación Registral – Registros Especiales de Seguridad Social”, “Servicio Doméstico” y luego hacer click en Relaciones Laborales.

En la pantalla van a aparecer los datos y al costado, a la derecha, varios íconos muy chicos (mirá la imagen a continuación). Hay que hacer clic en el tacho de basura (registrar baja), poner la fecha de finalización (puede ser distinta a la del día del trámite) y aceptar.

baja empleada doméstica

Pago de los aportes

Una vez dada de baja la relación en el registro de AFIP, el sistema permite generar el volante electrónico de pago (VEP) para abonar los aportes y contribuciones del último mes de trabajo (no se debe abonar la ART, ya que está se paga por adelantado).

Se debe generar el formulario 1350 y se paga en forma electrónica (Pagomis cuentas, Pagos Link, Homebanking).

IMPORTANTE. Ante cualquier duda, es recomendable que busques el asesoramiento de un profesional especialista en temas laborales y la consulta en el Ministerio de Trabajo. Recordá que este es un tema muy sensible que puede traer inconvenientes si no queda resuelto adecuadamente.

Contenido relacionado

– Ley 26844. Régimen Especial de Trabajo de Casas Particulares.

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Por: comunidadpresupu-admin

Comentarios

833 comentarios

  1. Carlos Carlos dice:

    Paula, una consulta: mi empleada acaba de renunciar, me dijo que me va a enviar el telegrama pero aun no llego, yo ya puedo darla de baja en Afip? o espero a que llegue el telegrama? Mil gracias por tu respuesta!! Saludos

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Si no te envía el telegrama, la podrías intimar a que retome el trabajo, así queda constancia del fin de la relación laboral.
      slds.

  2. griselda griselda dice:

    M domestica no cumple .Falta mucho y no venía a horario.Esta anotada por hora .Hace 45 dias q.no viene.Me llamo para decirme q.le dieron reposo. Tiene problemas de la espalda.le estoy abonando todo como corresponde y no es una ayuda.Todo lo contrario.la puedo despedir aunque me traiga certificado médico?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Siempre la podés despedir pero te sugiero que consultes antes a un laboralista para que te señale cómo hacerlo y si hay o no riesgos.

  3. Sofia Sofia dice:

    Despedi a la empleada,no llega a los 3 meses trabajando conmigo,que le debo pagar?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Las indeminizaciones y montos correspondientes. MIrá en la nota que está detallado.

      1. Mariano Mariano dice:

        Corresponde en ese caso 1 mes completo de sueldo? o recae en el periodo de prueba?
        Saludos

  4. Juliana Juliana dice:

    Hola buenos días, tengo el caso de una empleada que debo despedir, tuvo 15 días de prueba y ahora lleva 16 días con el alta en afip, que indemnizaciones debo abonar? Ella cobra mensual

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Son las que se ven en la nota

  5. Pato Pato dice:

    En el caso de despido de empleada domestica entrego Constancia la baja en afip y la liquidación final en el f.1350. Hay algún otro certificado q deba entregarle?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      No. la liquidación final de lo que quede del sueldo, aguinaldo, vacaciones e indemnización, si corresponde.

  6. Diego Diego dice:

    Hola, te consulto: una empleada domestica que renuncia antes de los 90 días, debe enviar telegrama?. Gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Sí.

  7. romina romina dice:

    si la empleada domestica tuvo un accidente de trabajo en otra casa o sea con otro empleador y esta de licencia por accidente laboral tengo que pagar sueldo?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      En principio sí, igual informá a tu ART.

  8. ANAMARIA ANAMARIA dice:

    Deseo saber si se paga indemnización a la empleada domestica que hizo abandono de trabajo, ella trabaja 9 hs. semanales y está faltando desde hace 1 semana sin aviso a pesar de los mensajes que le envío y no responde…cuál sería el procedimiento? gracias!

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Te sugiero consultar en el Ministerio de Trabajo para que te informen cómo intimarla a que retome el puesto y en qué caso considerar que hacee abandono de trabajo (www.trabajo.gob.ar/domestico). Slds.

  9. Natalie Natalie dice:

    Tengo la niñera de mi hija que trabaja por horas. Cuando la necesito la llamo. La tengo en blanco pero ahora fue mamá y no va a seguir con nosotros. Que corresponde pagarle si ni tenía sueldo fijo?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Si ella renuncia, no corresponde indemnización por despido. Sí, el proporcional de aguiinaldo y vacaciones no gozadas.

  10. Mirta Mirta dice:

    Hola! tengo este caso: la niñera que empleó mi hija tiene problemas de salud y falta a menudo, teniendo en cuenta que mi hija no puede faltar al trabajo porque la niñera no va, qué causa y qué corresponde pagarle en caso de despido?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Fijate en la nota que se explica todo lo que corresponda en la indemnización por despido.

  11. Paula ZImet Paula ZImet dice:

    hola, mi empleada me renunció y me dijo que se queda solo una semana más.
    No sé como hacer para darle de baja, ni cuales son los valores que tengo que pagarle.
    Ella tiene que hacer la renuncia de alguna manera oficial, con un telegrama, o algo?
    Muchas gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Fijate que en la nota están todos esos detalles.

  12. Claudia Claudia dice:

    Una consulta, no se puede disminuir las horas de trabajo de una empleada doméstica? Éso por qué???? Si a uno el presupuesto no le alcanza, cómo se hace????
    Y si es de común acuerdo???

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Lo que no se puede es reducirle el sueldo. Cualquier duda, consultá al ministerio de Trabajo: http://www.trabajo.gob.ar/domestico

  13. Romina Romina dice:

    Hola, necesito despedir a mi empleada domestica por los problemas financieras que todos conocemos. Trabaja en mi casa una vez a la semana 5 horas. Quería saber si pueden decirme donde puedo sacar un modelo de telegrama de preaviso, ya que que los aumentos de servicios se me hace imposible que siga trabajando en casa. Tiene dos años de antigüedad.
    saludos.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Consultá en el ministerio de Trabajo: http://www.trabajo.gob.ar/domestico . Slds.

  14. VILMA CAMPANA VILMA CAMPANA dice:

    Tengo una empleada desde hace 14 años en blanco pagando el sueldo correspondiente a 48 hs. semanales. Por problemas presupuestarios necesito reducir su trabajo a 30 hs. semanales.
    -Quisiera saber si debo pagar indemnización por reducción de horas y como debo calcular el monto. GRACIAS

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Vilma.
      No se puede reducir el sueldo de una empleada. en ese caso, corresponde una indemnización. Te sugiero que te asesores con un profesional laboralista. slds.

  15. MARIA ISABEL GRANGETTO MARIA ISABEL GRANGETTO dice:

    hola quiero despedir a mi empleada doméstica y no puedo llenar el formulario 1350, por favor envíenme uno a mi correo electrónico o quiero saber su lo puedo llenar de forma manuscrita. Gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Tenés que dar de baja a la empleada en la página de la Anses y, recién después de eso, generar el VEP para el pago de los aportes. Ahí te va a aparecer el formulario 1350. Fijate al final de la nota se explica bien cómo es el trámite. Slds.

  16. Andres Andres dice:

    Hola, tengo una empleada domestica que presento certificado de embarazo en febrero y le dieron 20 dias de reposo, pasado dicho plazo no volvio al trabajo ni vino a cobrar lo que se le debia. tampoco volvio a traer otro certificado medico. Esta en blanco y le continue pagando las cargas sociales. A mi entender hizo abandono de trabajo, como debo proceder para notificarla y cesar la relacion laboral? gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Te sugiero consultar en el Ministerio de Trabajo: http://www.trabajo.gob.ar/domestico

  17. Andres Andres dice:

    Hola, mi empleada doméstica trabaja 15 horas por semana y acaba de cumplir 60 años. Me manifestó su interés de jubilarse pero solo tiene mis aportes desde el inicio de la nueva ley. Cómo debo proceder para finalizar la relación laboral sin potencialidades a juicios o reclamos? Desde que se reglamentó el blanqueo vengo haciendo los aportes y desde la última modificación el pago de SAC y vacaciones.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Te sugiero que le digas que averigüe para entrar en la moratoria previsional para que pueda jubilarse.
      Después de jubilada puede seguir trabajando como empleada, sin aportar la parte de la obra social, o sea que es más barato.
      Un saludo,

  18. Andres Andres dice:

    Buenas tardes, quiero dar de alta a una empleada domestica que habia renunciado mediante telegrama, quien ha decidico volver a trabajar luego de solucionar sus problemas? como hago para dar de alta al mismo empleado? GRACIAS

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Andrés, si lo diste de baja no deberías tener problema para darle de alta nuevamente. Slds.

  19. jimena jimena dice:

    hola, tengo una empleada en blanco desdde noviembre de 2015, hace mas de 20 dias me informo que a partir de 1/7 no quiere trabajar mas, lo dijo a traves de mensaje de texto y luego personalmente, pero no ha enviado aun el telegrama de aviso de renuncia, a pesar de mi pedido. que puedo hacer?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Te sugiero que consultes en el ministerio o que te asesores con un laboralista: http://www.trabajo.gob.ar/domestico

  20. Gimena Gimena dice:

    Estimados, una chica trabajo en mi casa por 5 meses aproximadamente. La remuneración percibida era de 4500 por 4 hs y media de lunes a viernes . A su vez se encontraba en blanco (aportes, art, obra social) comenzó a faltar argumentando que por indicación me dice debía hacer reposo por estado gripal, nunca presentó certificado médico (fueron tres ocasiones de dos y tres días) un buen día renuncia, manda telegrama con fecha errónea ( tres días hábiles después del abandono de trabajo real) y no dio a luz pre aviso según ley que rige dicho trabajo. Mi consulta es… Cual es el plazo que tengo para hacer su li ubicación final? La ley nada dice al respecto. Gracias.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Te sugiero consultar en el ministerio de Trabajo (www.trabajo.gob.ar/domestico) . Slds.

  21. Beatriz Beatriz dice:

    Envíe telegrama de ausencia laboral e intimacion a que se reintegre en 48hs a mi empleada doméstica que hace 4 días que no viene sin justificación. Como dejó constancia que efectivamente no vino? Es su palabra contra la mía. Me pueden orientar?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Te sugiero consultar en el ministerio de Trabajo: http://www.trabajo.gob.ar/domestico

  22. Marcelo Marcelo dice:

    Hola, tengo que dar de baja a la mujer que cuidaba un familiar que falleció. No tengo forma de hacerlo por la pagina de la AFIP por no tener clave fiscal (estaba a cargo del familiar fallecido que no tenia clave). Como hago? y después como pago los aportes del ultimo mes, hice el formulario de cese pero no lo cobran en Bapro pagos no Rapipago

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Hace falta ingresar al registro de personal de casas particulares y eso necesita, sí o sí, clave fiscal. Te sugiero que vayas a la Afip a consultar el caso. Slds.

  23. Maria José Maria José dice:

    Hola soy empleada sin retiro hace 8 años ayer mi jefe me dijo q se mudan dentro de unos meses y q necesitaría de mis servicios sólo 3 veces por semana 8 horas diarias ,me corresponde q me pague algo ya q me baja el sueldo y categoría

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      No se puede bajar el sueldo, en caso contrario se paga indemnización.

  24. susana susana dice:

    hola me gustaria saber q debo hacer porq en mi trabajo en los ultimos meses empece a sufir maltratos vervales y la ultima semana avise 45 minitos antes q no me podia presentar a trabajar porq estaba engripsda y se enojo conmigo y me corto el telefono y esa fue una de las relaciones q tuve con ellos…osea siento q estoy obligada a dejar mi trabajo porq la situacion no da p mas..por favor ayudemen a saber q debo hacer?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Te sugiero consultar en el sindicato o el Ministerio de Trabajo: http://www.trabajo.gob.ar/domestico

    2. pablo pablo dice:

      que pasa en el caso que los empleadores, osea yo y mi mujer, nos quedamos sin trabajo, … nos echaron del trabajo y no sabemos que hacer con la emplkeada., es una causa legal? tenemos que indemnizarla? con que?? necesitamos asesoramiento. gracias

      1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

        Hola Pablo, Te sugiero que consultes en el Ministerio de Trabajo (www.trabajo.gob.ar/domestico) o te asesores con un abogado laboralista. Slds.

  25. Mirta Mirta dice:

    Buenos dias!
    El 28/05/2016 se produjo el fallecimiento de mi empleada domestica, la di de baja en AFIP y pague el VEP de Cese de relacion laboral. El Pago del servicio era diario. A fin de cada mes le entregaba el recibo de sueldo. Deberia Hacer algun otro tramite? Gracias!

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. No creo. Por las dudas, consultá en el Ministerio de Trabajo: http://www.trabajo.gob.ar/domestico