Al terminar una relación laboral con una empleada doméstica hay varios temas a tener en cuenta: la formalización, el pago de todas las sumas adeudadas y la indemnización, si corresponde, y la baja en el registro de la AFIP.
En esta nota vamos a ver qué trámites hay que hacer, cuánto hay que pagar y cómo.
La finalización de la relación de trabajo entre el personal de casas particulares y su empleador puede darse por distintas razones. Estas son las que prevé la ley que rige actualmente para el servicio doméstico:
Los procedimientos para terminar la relación son diferentes según la causa. A continuación, veremos qué hacer en cada uno de los casos anteriores.
-Mutuo acuerdo: la ley establece que esto se debe formalizar ante el Ministerio de Trabajo de la Nación (consultar oficinas en todo el país). De todos modos, también se admite considerar extinguida la relación si se desprende “del comportamiento concluyente y recíproco” que así lo indique.
-Renuncia de la empleada. Debe formalizarla a través del envío al empleador de un telegrama o carta documento, o bien, realizar una manifestación personal ante el Ministerio.
– Denuncia de incumplimiento del contrato de trabajo. La ley no lo dice expresamente pero en estos casos también es conveniente dejar asentada la causa en el Ministerio.
-Abandono de trabajo. Para que el empleador considere que la trabajadora abandonó su puesto laboral, debe intimarla en forma fehaciente (carta documento) para que se reintegre al trabajo con, al menos, dos días hábiles de anticipación.
-Despido sin causa. Enviar una carta documento a la empleada con la noticia y la fecha de cese de la relación. La ley obliga a avisar 10 días antes (con una antigüedad inferior a un año) o 30 días (si es superior), si el plazo no se cumple, se debe pagar una indemnización por este plazo.
Al terminar la relación laboral, la empleada debe cobrar:
La liquidación final se realiza en un recibo de sueldo, similar al que se entrega todos los meses, pero con el detalle de cada ítem.
Es conveniente pedir un turno en el Ministerio de Trabajo y realizar la liquidación y pago final allí para que quede constancia de lo pagado y evitar problemas en el futuro.
Indemnizaciones. Los casos en los cuales corresponde pagar son los siguientes:
Cualquiera sea la causa, un punto que no hay que olvidar es dar de baja la relación laboral en el registro de la AFIP. Si esto no se cumple, se sigue generando la obligación de ingresar los aportes. El plazo son 5 días corridos.
Para esto se debe ingresar en “Simplificación Registral – Registros Especiales de Seguridad Social”, “Servicio Doméstico” y luego hacer click en Relaciones Laborales.
En la pantalla van a aparecer los datos y al costado, a la derecha, varios íconos muy chicos (mirá la imagen a continuación). Hay que hacer clic en el tacho de basura (registrar baja), poner la fecha de finalización (puede ser distinta a la del día del trámite) y aceptar.
Una vez dada de baja la relación en el registro de AFIP, el sistema permite generar el volante electrónico de pago (VEP) para abonar los aportes y contribuciones del último mes de trabajo (no se debe abonar la ART, ya que está se paga por adelantado).
Se debe generar el formulario 1350 y se paga en forma electrónica (Pagomis cuentas, Pagos Link, Homebanking).
IMPORTANTE. Ante cualquier duda, es recomendable que busques el asesoramiento de un profesional especialista en temas laborales y la consulta en el Ministerio de Trabajo. Recordá que este es un tema muy sensible que puede traer inconvenientes si no queda resuelto adecuadamente.
– Ley 26844. Régimen Especial de Trabajo de Casas Particulares.
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Por: comunidadpresupu-admin
Qué pasa cuando el empleador se muda a 25 km?
Si la empleada no quiere viajar para trabajar, como se continúa?
Si no van a seguir la relación laboral, se debe dar de baja con el procedimiento que se explica en la nota.
Tengo una empleada con cama desde noviembre 2014 totalmente legal.
Ahora ella me plantea que quiere trabajar con retiro. Le solicité un telegrama donde ella pide el cambio y en qué horario quiere trabajar.
Realmente no me conviene y quiero saber cómo debo despedirla sin tener problemas. Y en caso de que se quede cuál sería su salario ( qué porcentaje debo bajar) y qué modificaciones debo hacer en Afip.
Ella cobra actualmente 8600 pesos.
Muchas gracias
Hola,, mi empleada doméstica me aviso por teléfono que no va a volver a trabajar, le envié una carta documento intimando la que vuelva al trabajo. La carta documento me vino de vuelta, quería saber cómo proceder ya que ella no recibió la carta, muchas gracias
Hola. Te sugiero asesorarte en el Ministerio de Trabajo (www.trabajo.gob.ar/domestico). Slds.
Hola soy empleadad domestica y renuncie a mi trabajo despues de mas 7 años y no me pagaron liquidacion y ningún papel firme… Sólo fui al correo con mi empleador y firme un telegrama de renuncia… Que debo hacer ya que no recibi ninguna liquidacion. Gracias por contestar
Lo que deberían pagar es el sueldo del mes trabajado, más el aguinaldo y las vacaciones proporcionales de 2015.
Hola tengo q despedir a mi niñera.. tengo forma de ver cuando la puse en blanco? ? Ya q en el afip la carga en 2013.. se q esta en blanco desde 2009.. yo le envié el telegrama y la baje de afip.. existe un recibo para la indemnización? ?ayuda
Hola.
el recibo es el mismo del sueldo. Ahí se hace toda la liquidación y el pago del aporte del mes vencido (sin la ART).
me llego telegrama de empleada domestica diciendo que se consideraba despedida porque su patrona le habia dicho que no fuera durante enero (del dia 10 en adelante) porque tenia gente en la casa.la empleada contesta que asi no le conviene, que pierde plata y que gracias por los seis años. posteriormente envia telegrama dandose por despedida por la patrona, solicitando la registracion laboral, el pago de las indemnizaciones por antiguedad y las de la multas de los arts8,9,10 y 15 de la 24013. mas la amenaza de denuncia a la afip, indicando que trabajaba siete horas por semana todos los dias viernes. la empleadora niega todo lo vertido en el telegrama y me indica en forma personal que solo trabajaba dos a tres viernes al mes, cuando podia y de cuatro horas mas o menos. al otro dia de recibir la carta documento de la empleadora, la empleada la visita diciendo que quiere llegar a un arreglo y ofrece una liquidacion realizada en el ministerio de relaciones laborales. COMO SE DEBE PROCEDER?LLEGAR AL ACUERDO, ? REGISTRARLA? QUE CONSTANCIAS HAY QUE DESPUES NO SE SIGUE JUDICIALMENTE LA CAUSA?
Te sugiero consultar con un abogado laboralista para que vea tu caso. Slds.
¿el sueldo del ultimo mes de trabajo es aparte de la liquidación??
hola !! tuve q despedir a una empleada q trabajó 6 meses . en 2015 cobro el proporcional de aguinaldo y luego cobro sus vacaciones – Enero de 2016 trabajo menos horas y se le redujo el sueldo POR MUTUO ACUERDO , incluso se le bajo de categoria de aportes …
. Se le dio el aviso anticipado del despido como corresponde en febrero . ya le dimos la baja en Afip ,pero …NO SE QUE DEBO PAGARLE AHORA ???
gracias. Saludos
Hola.
Corresponde la indemnización por despido sin causa, más el proporcional de aguinaldo y vacaciones de 2016.
Buen día, mi empleada doméstica renunció, pero dice que no tiene tiempo de mandar el telegrama y ya pasó una semana, cómo debo manejarme? Muchas gracias! Laura
Hola, Laura.
Si aún no resolviste el tema (estuve unos días de vacaciones y recién veo tu mensaje), dale la baja en la Afip y luego enviale una carta documento para que se presente a trabajar o si no, que se considere despedida.
Slds.
Tengo una persona que trabaja en casa a mi nombre y quiero que figure que le empiece a pagar mi esposa. Como debo hacer?
Tendrías que darte de baja como empleador y ella darse de alta.
Muchas gracias. Pero es necesario pedirle que renuncie a luego volverla a contratar o es solo un trámite nuestro?
No creo que haga falta (te aclaro que no soy especialista en el tema, cualquier duda, consultá en el Ministerio de trabajo).
Hola: Necesito asesoramiento para despedir a mi empleada doméstica. Trabaja conmigo hace 9 años. Los primeros 4 trabajando 4 hs por semana y los ultimos 5 años, 8 hs por semana. No la tengo en blanco porque ella no queria. Si alguien me puede facilitar el contacto de algun abogado que se dedique a guiar a la gente en estos pasos le estaria muy agradecido (obviamente abonando una consulta)
Saludos
Hola! quisiera saber si debo pagar algo a la niñera de mi hijo. Tiene 5 meses de trabajo efectivo y el motivo de la baja es porque nos vamos a vivir a otro país. Que debo abonarle? Está en blanco, le pago todos los aportes, ya le pagué propocional de Sac y plus vacacional. Saludos y muchas gracias
Corresponde indemnización por despido sin causa y preaviso.
Hola como estas, queria consultarte si debo abonarle algun tipo de indemnizacion a mi empleada, ella hace 2 años que trabaja 25 hs semanales, pero estoy disconforme con su desempeño.. le voy a enviar telegrama y le voy a liquidar prop aguinaldo y vacaciones.
Sí, claro, si el despido es sin causa corresponde indemnización
trabajo en blanco 5dias de la semana y el año pasado por problemas de ellos me dijieron que solo trabaje tres dias cual es mi derecho
Mi empleada renunció apenas regresó de vacaciones.
Me envió un telegrama y yo tengo lista su liquidación final pero no viene a cobrarla. Le envío mensajes que no contesta. Que debo hacer ?
CONSULTA. QUE PASA SI EL EMPLEADOR NO REALIZÓ LA BAJA DENTRO DE LOS 5 DÍAS CORRIDOS A LA RENUNCIA DEL PERSONAL. HAY FORMA DE QUE ME LA TOME IGUAL ?
Te la va a tomar con la fecha actual. Hacerlo cuanto antes.
Hola! mi niñera trabajo 2 años en negro y posteriormente la pude blanquear. luego de tres años de trabajo por problemas personales y hablando con ella le tuve que inviar un telegrama de pre aviso de despido (30 días de anticipación), cesaría sus actividades el 10 de marzo.
Mi pregunta es por la indemnización ya que quiero pagarle lo que le corresponde, debo pagar el tiempo en negro mas lo blanqueado o sea por 5 años? mas el proporcional del aguinaldo y vacaciones, y los 10 dias restantes de marzo, para posteriormente darla de baja en el afip? que mas tendría que hacer para terminar la relación de trabajo? Muchas gracias por su tiempo.
Hola, deberías pagarle la indemnización por todos los años de trabajo efectivo.
Te sugiero pedir un turno en el Ministerio de Trabajo y certificar allí el cese de la relación laboral (www.trabajo.gob.ar/domestico). Slds.
Hola, estoy en blanco en mi trabajo pero reulta q m salio una propuesta d trabajo mejor , q debo hacer y tiempo d preaviso no tuve xq fue todo d un dia para otro ?
Hola. Tenés que presentar una carta de renuncia.
Hola, tengo una consulta. La empleada renunció el 15/01/2016, enviando el telegrama, pero hasta el día de hoy no hice el tramite de baja en AFIP. Ahora, cuando intento hacerlo, me solicita la fecha de fin pero no puedo ingresar el 15/01 ya que debe ser posterior a la fecha actual en que se está realizando la baja. Hay alguna manera de solucionar esto? No quiero poner una fecha posterior a la actual, ya que no sería real.
Desde ya, muchas gracias.
La baja hay que hacerla dentro de los 5 días. Genes que poner una fecha que coincida con esto. Y hacerlo cuanto antes para que no te siga corriendo la obligación de aportar.
CON EL DOLOR DEL ALMA TENEMOS QUE DESPEDIR A LA EMPLEADA DOMESTICA DE MI MAMA POR PROBLEMAS ECONOMICOS NO PODEMOS , HACE 1 AÑO Y MEDIO QUE TRABAJA ¿QUE TENEMOS QUE HACER Y QUE TENEMOS QUE PAGARLE’? muchas gracias
Es lo que está en esta nota, indemnización por antigüedad y proporcional de aguinaldo y vacaciones no gozadas, además de preaviso
Buenos días; mi empleada estaba mensualizada. Registrada . Le pagaba un sueldo mensual , mas vacaciones, mas SAC. Y los aportes correspondientes.Total eran $ 3200 medio dia todos los días 4 horas por dia.
Ahora le debo reducir las horas, obviamente y le pago por hora. De mes paso a 6 horas por semana , pago diario. Si falta no cobra..Qué indemnización le corresponde?Un sueldo por año? Cuánto es el máximo de cuotas en que puedo pagarle?
Es un sueldo por año de antigüedad más el preaviso y el proporcional de aguinaldo y vacaciones.
como calculo lo que debo pagar extra a mi empleada domestica si renunció a partir del 5/2/2016, ademas del sueldo completo de enero, Como se calcula lo del aguinaldo y lo de vacaciones que le corresponde si por mes cobra 5.727 y tiene 21 días de vacaciones al año? como es la formula para sacar esos proporcionales!? ayudaaaa!!!!
Hola,
además de los días de febrero, se paga el aguinaldo proporcional (la mitad del sueldo dividido 180 días por X días trabajados hasta el 5/2). De vacaciones es un día: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/empleada-domestica-como-pagar-las-vacaciones/
Saludos,
Quisiera saber si renunció m corresponde algo entre el 15/4/2010 m blanqueo después m despidió y tomó d nuevo en 12/2010 m reinscribio y aún sigo trabajando pero quiero dejar pero le diría a ellos k trabajo hasta fines d febrero
Hola. corresponde que te paguen el sueldo del mes más el aguinaldo proporcional y las vacaciones no gozadas (las de 2015 si no te las tomaste) y las proporcinales de 2016. Saludos,
Se le envió en 2 oportunidades carta documento indicándole el fin del trabajo, pero esta carta vuelve sin que la haya firmado ( no encuentran la dirección o no había nadie en el lugar). Cuantas veces debo enviarla para poder liquidarle.. Gracias
Te sugiero asesorarte legalmente en el Ministerio de Trabajo (y dejar registrada la situación). http://www.trabajo.gob.ar/domestico. Saludos,
Buenas quería saber que monto de indemnización corresponde trabajando 1 año 8 meses gracias
La indemnización por despido es un sueldo por año o fracción mayor de tres meses.