Al terminar una relación laboral con una empleada doméstica hay varios temas a tener en cuenta: la formalización, el pago de todas las sumas adeudadas y la indemnización, si corresponde, y la baja en el registro de la AFIP.
En esta nota vamos a ver qué trámites hay que hacer, cuánto hay que pagar y cómo.
La finalización de la relación de trabajo entre el personal de casas particulares y su empleador puede darse por distintas razones. Estas son las que prevé la ley que rige actualmente para el servicio doméstico:
Los procedimientos para terminar la relación son diferentes según la causa. A continuación, veremos qué hacer en cada uno de los casos anteriores.
-Mutuo acuerdo: la ley establece que esto se debe formalizar ante el Ministerio de Trabajo de la Nación (consultar oficinas en todo el país). De todos modos, también se admite considerar extinguida la relación si se desprende “del comportamiento concluyente y recíproco” que así lo indique.
-Renuncia de la empleada. Debe formalizarla a través del envío al empleador de un telegrama o carta documento, o bien, realizar una manifestación personal ante el Ministerio.
– Denuncia de incumplimiento del contrato de trabajo. La ley no lo dice expresamente pero en estos casos también es conveniente dejar asentada la causa en el Ministerio.
-Abandono de trabajo. Para que el empleador considere que la trabajadora abandonó su puesto laboral, debe intimarla en forma fehaciente (carta documento) para que se reintegre al trabajo con, al menos, dos días hábiles de anticipación.
-Despido sin causa. Enviar una carta documento a la empleada con la noticia y la fecha de cese de la relación. La ley obliga a avisar 10 días antes (con una antigüedad inferior a un año) o 30 días (si es superior), si el plazo no se cumple, se debe pagar una indemnización por este plazo.
Al terminar la relación laboral, la empleada debe cobrar:
La liquidación final se realiza en un recibo de sueldo, similar al que se entrega todos los meses, pero con el detalle de cada ítem.
Es conveniente pedir un turno en el Ministerio de Trabajo y realizar la liquidación y pago final allí para que quede constancia de lo pagado y evitar problemas en el futuro.
Indemnizaciones. Los casos en los cuales corresponde pagar son los siguientes:
Cualquiera sea la causa, un punto que no hay que olvidar es dar de baja la relación laboral en el registro de la AFIP. Si esto no se cumple, se sigue generando la obligación de ingresar los aportes. El plazo son 5 días corridos.
Para esto se debe ingresar en “Simplificación Registral – Registros Especiales de Seguridad Social”, “Servicio Doméstico” y luego hacer click en Relaciones Laborales.
En la pantalla van a aparecer los datos y al costado, a la derecha, varios íconos muy chicos (mirá la imagen a continuación). Hay que hacer clic en el tacho de basura (registrar baja), poner la fecha de finalización (puede ser distinta a la del día del trámite) y aceptar.
Una vez dada de baja la relación en el registro de AFIP, el sistema permite generar el volante electrónico de pago (VEP) para abonar los aportes y contribuciones del último mes de trabajo (no se debe abonar la ART, ya que está se paga por adelantado).
Se debe generar el formulario 1350 y se paga en forma electrónica (Pagomis cuentas, Pagos Link, Homebanking).
IMPORTANTE. Ante cualquier duda, es recomendable que busques el asesoramiento de un profesional especialista en temas laborales y la consulta en el Ministerio de Trabajo. Recordá que este es un tema muy sensible que puede traer inconvenientes si no queda resuelto adecuadamente.
– Ley 26844. Régimen Especial de Trabajo de Casas Particulares.
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Por: comunidadpresupu-admin
Hola Paula, tengo 4 empleadas de casas particulares que cuidaban a mi madre la cual falleció el pasado 10-02-19, la liquidación final, sería: días trabajados + vacaciones no gozadas + proporcional SAC + indemnización por antigüedad al 50% , es correcto ? y debo mandarles telegrama informando el fallecimiento y el ceso de la relación laboral ?
Desde ya muchas gracias por su respuesta.
Hola. Sí, es correcto.
Para que se queden tranquilos, sugiero que formalicen el cese laboral ante la autoridad laboral (el Ministerio de Trabajo) Podés ver más detalles acá: http://www.trabajo.gob.ar/domestico. Slds.
Hola yo trabajo en blanco hace 2 años y quiero renunciar soy empleada domestica me corresponde la liquidacion
Corresponde abonar el aguinaldo proporcional y las vacaciones no gozadas.
Buen dia, mi empleada se tomo licencia por maternidad y decibi no volver. Le pedí que me presente el telegrama, debo igualemente liquidarle aguinaldo y vacaciones no gozadas?
Sí, por supuesto.
Tengo que mudarme a otra provincia porque en mi trabajo estoy sujeto a traslados. Cómo corresponde cesar la relación laboral con la empleada doméstica?
Corresponde indemnización por despido sin causa.
Buenas si mi empleada renuncia voluntariamente cuanto y que le corresponde cobrar? Tiene 2 años y 9 meses de antiguedad… gracias
Hola. Hay que pagar proporcional de aguinaldo y vacaciones no gozadas.
Buenos días, tengo una empleada en blanco a nombre mio pero presta servicios a mi madre en su domicilio, va a ir a un geriatrico y tengo que despedila . Como tengo que hacer. Gracias
Hola. Hay que indemnizarla por despido sin causa.
Buenas tardes
Una empleada doméstica se jubila el mes que viene y no va a seguir trabajando. Ella debe enviarme un telegrama de renuncia para extinguir la relación laboral?
Hola. No haría falta, pero si lo hace mejor, para evitar que te genere algún reclamo posterior.
Hola Paula. Si la relación laboral es en provincia de Buenos Aires en que sede del Ministerio se tiene que celebrar el acuerdo de desvinculación? Muchas gracias
Es la sede del Ministerio de la Nación, pero en provincia. FIjate en la web si dice dónde está. Slds.
Buenas tardes, tenia una empleada que renunció después de salir de vacaciones (pagadas) finalizadas a fines de enero, está semana me llego telegrama de renuncia. Antes de que salga de vacaciones le hice los aportes . Me queda algo pendiente?
Muchas gracias
Hola. Tenés que darla de baja en la Afip y pagar los aportes que te queden (incluye una parte que se paga a mes vencido). Cuando hagas el trámite te va a permitir pagarla diferencia. Slds.
Hola , mi empleada doméstica está por jubilarse. Me pueden indicar los pasos que hay que cumplir para formalizar la finalización de la relación laboral ?
Muchas gracias
Hola. Tenés que dar de baja la relación en la página web de Afip (con tu clave fiscal) y pagar los aportes correspondientes. Pero sólo después que le salga la jubilación. Slds.
hola buenas tardes ,me di de baja en monotributo y tengo una empleada domestica. desde hace 3 anos no voy a despedirla y quiero saber si .puedo pasarla con su antiguedad, para q mi marido la tenga en blanco y pase a ser su nuevo empleador .se puede o que debo hacer .
gracias
Hola.
Podés darla de baja y, al mes siguiente que tu marido la incorpore como su empleada. En el caso de un matrimonio se considera que la relación laboral sigue (sobre todo, si es el mismo domicilio) y mantiene la antigüedad.
Hola Paula, tenía una empleada doméstica. En diciembre terminó el contrato (habíamos acordado que finalizaba en dic 18) pague lo que correspondía. Ahora me solicita que la despida por telegrama para ella poder cobrar el fondo de desempleo ante Anses. Tengo que enviarle ese telegrama?
Sí corresponde telegrama de despido junto con la liquidación final.
El servicio doméstico entiendo que no está incluido en el fondo de desempleo, es así Paula?
No, es sólo para trabajadores incluidos en la Ley de contrato de trabajo, no incluye empleados doméstico: https://www.anses.gob.ar/desempleo-para-trabajadores-en-relacion-de-dependencia
Buenas, se debe indemnizar a la empleada doméstica, q se retira por su voluntad?
No corresponde indemnización, fijate en la nota el causal de renuncia.
Hola tengo una empleada desde octubre 2017, trabaja 20 hs semanales, es decir lunes a viernes 4 hs por día . Hace 2 semanas que falta 2 días a la semana, por ejemplo lunes y martes, jueves y viernes, o llega tarde, lo que me complica porque debo salir, entonces se va antes de las 4 hs, puedo despedirla por no cumplir con el contrato? Cuánto debería pagarle?
Hola. Si la vas a despedir con causa te sugiero que te asesores bien con un laboralista porque podría dar origen a un reclamo judicial posterior.
Hola, tengo empleada domestica, me quede sin trabajo, y no puedo seguir pagandole mas, debo desvincularla pero tampoco puedo pagar una indemnización de 5 años de antiguedad, ¿que puedo hacer?
Hola. No está prevista una excepción en la indemnización, hay que abonarla o se genera una deuda. .
Buenas tarde tengo que despedir a mi ninera por cuestiones laborales que implica mudanza… Ella no esta en blanc y tiene una antiguedad de 19 meses … Cual seria el proceder?
Te sugiero que consultes con un profesional laboralista porque en caso de empleadas en negro la indemnización es el doble.
Hola, mi empleada me mandó un mensaje de texto diciendo que renunciaba, que estaba en Uruguay y no pensaba volver. Sé que le tengo que mandar la carta documento intimando que retome tareas y dos días después le mando otra desvinculándola. La consulta es, cómo le pago lo que debo para que la relación termine fehacientemente terminada? Debo darle algún tipo de documentación también? Gracias
Le podrías pagar a través de una cuenta bancaria, o ver cómo pasa a buscar el dinero o se lo enviás.
La documentación, en principio, es el recibo de sueldo cdonde conste la baja y la liquidación final. Slds.
Buenos días,
Mi empleada (solo trabaja 6 horas semanales) renuncio despues de gozar las vacaciones que le correspondian del 2018. Es decir, en el 2019 no trabajo ningún día, solo le liquide las 2 semanas de vacaciones. Tengo que pagarle algo en la liquidación final?
Y la otra duda que tengo es que la tengo en blanco desde enero 2018, pero ella ya trabajaba desde abril 2017; puedo llegar a tener algun problema por esos 9 meses sin aportar?
Muchas gracias.
Hola. Si no trabajó en 2019, no generó días de vacaciones ni aguinaldo.
Los períodos que trabajaba en negro se pueden blanquear pagando los aportes adeudados. Slds.
Mi empleada renuncia a mitad de mes. y le pago por liquidación mensual. yo le tengo que abonar el mes completo? la baja la puedo generar ni bien reciba el telegrama?
Se paga por el tiempo trabajado
Hola..trabajo en servicio domestico y cuido una criatura de 3 años,me salio otra propuesta laboral y quiero renunciar. Que pasos debo seguir y que debe pagar mi empleador? Gracias
Hola. No sé si corresponde despido a una empleada que trabajó 10 años en mi casa pero solo 13 horas por semana. Gracias
Hola. Sí, corresponde indemnización si es despido sin causa
Hola! mi empleada se ha jubilado hace dos años, y quisiera prescindir de sus servicios. Debo indemnizarla? Saludos
Hola.
Sí, corresponde la indemnización por despido sin causa. Slds.
Hola, en el caso en que ya no pueda seguir manteniendo el trabajo de mi empleada domestica. Y no tengo dinero para indemnizarla, como se hace?
La obligación es indemnizarla, y si no lo hacés te va a quedar una deuda. No hay una legislación que ampare en caso de imposibilidad de pago.
Buenos días, tengo que despedir a la niñera sin causa justa, una vez que reciba el telegrama, cuanto tiempo tengo para pagar la liquidación final?.
Muchas gracias.
Fer
Hola. Deberías pagarle en el momento del despido.
En todo caso, podés ver con ella si acepta un pago diferido. Slds.
Tengo a mi empleada en afip hasta el 31/12 y quiero cesar la relación laboral. Está trabajando desde marzo 2018 . Que le debo pagar para finalizar la relación?
Hola.
corresponde el aguinaldo, las vacaciones no gozadas y la indemnización por despido sin causa (más preaviso, si corresponde).
Hola!!, le tengo que bajar las horas a mi empleada domestica, me han despedido. De 30 hs x semana se las bajo a 15 hs. Trabaja conmigo desde Septiembre 2018. Debo pagarle algo?
Hola. La reducción de sueldo se debe indemnizar por la diferencia, según la antigüedad.
Hola. Quiero despedir a mi empleada doméstica sin causa. Vivo en Vte. Löpez, y quiero pagar la indemnización en el Tribunal de TRabajo. Leí que corresponde en S. Isidro. Se debe pedir turno?
Puedo evitar la feria judicial, si lo pido el 26 de diciembre.
Muchas Gracias
Hola.
Estuve de vacaciones y recién veo tu mensaje. Cualquier duda, consultá al Ministerio de Trabajo; acá podés ver el teléfono: http://www.trabajo.gob.ar/doméstico