Desde el 26 de septiembre no se pueden comprar dólares en el mercado oficial y en el dólar MEP en forma simultánea. Qué se puede hacer y qué no.
El Banco Central implementó una restricción cruzada para la compra de dólares en el mercado oficial y en el MEP para frenar con un “rulo” que le impedía acumular reservas comprando los dólares que liquidaron los exportadores.
La medida rige desde el 26 de septiembre de 2025 y generó muchas dudas de qué se puede hacer y qué no. Por eso aquí punteamos los principales temas a considerar
La decisión tomada por la Comunicación A 8336 del Banco Central (BCRA) no permite que una misma persona compre dólares en el mercado oficial y los venda inmediatamente en el mercado financiero vía dólar MEP.
Para hacerlo, debe esperar 90 días. De esta manera, se frena el “rulo” que había al comprar más barato el dólar oficial y venderlo más caro en el dólar MEP.
En la práctica esto genera restricciones para algunas operaciones con bonos, Cedear, ETF y otros activos financieros dolarizados.
La eliminación temporal de retenciones a las exportaciones agropecuarias hasta U$S 7.000 millonesgeneró una avalancha de dólares en el mercado oficial que redujo los precios.
A su vez, los exportadores que liquidaron las divisas buscaron dolarizar parte de ellas en el mercado financiero subiendo el valor del dólar MEP.
La diferencia de precio (brecha entre el oficial y el MEP) generó que hubiera gente que compraba al oficial y vendía en el MEP, ganando una diferencia.
El problema es que, de esa manera, se impedía que el Tesoro comprara esos dólares y aumentara las reservas del Banco Central (el objetivo al implementar la eliminación temporal de retenciones).
Con las restricciones implementadas, el Tesoro empezó a comprar la mayoría de los dólares que se liquidaron.
De esta manera, desde esta fecha, lo que pueden hacer y no las personas físicas es lo siguiente:
-Puede seguir comprando dólares en el mercado oficial sin límites (según lo permita su situación patrimonial), tanto en su banco como en una billetera virtual o casa de cambio.
-Seguir comprando dólar MEP a través del mercado financiero, sin restricciones.
Esto quiere decir que puede elegir comprar dólar oficial o dólar MEP, indistintamente, sin limitaciones.
-Si compra dólares en el mercado oficial, no podrá vender dólar MEP por 90 días.
-Si compra dólar MEP sí puede vender en el mercado oficial (por el momento, esto no es conveniente por la diferencia de precio, pero no está restringido)
Quienes compren dólar oficial no podrán comprar bonos, Cedear o ETF con dólares (dentro de los 90 días de restricción). Esto es así porque es la manera para vender dólar MEP.
Sí podrán comprar bonos, Cedear o ETF en pesos.
Quienes quieran realizar inversiones en la Bolsa deben tener en cuenta esta limitación al comprar dólares en el mercado oficial.
Al momento de comprar dólar oficial, el banco hará firmar una declaración jurada (es una leyenda que el cliente debe aceptar) que señala que no se accederá a la operación restringida.
Expresamente, el cliente se debe comprometer a no realizar “compras de títulos valores con liquidación en moneda extranjera a partir del momento en que requiere el acceso y por los 90 (noventa) días corridos subsiguientes”.
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Por: Paula Martinez