Servicio doméstico

Qué cambia desde abril de 2014 para las empleadas domésticas

21/04/2014

reglamentacion-ley-empleada-domesticaA partir de abril de 2014, el Gobierno argentino implementó nuevos cambios que complementan el nuevo régimen del servicio doméstico.

Lo sustancial apunta a la necesidad de abrir una cuenta sueldo, la obligación de contratar una ART y algunas precisiones sobre las vacaciones.

Veamos de a uno cuáles son los cambios que estableció la reglamentación del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares (la ley se había publicado un año antes, en abril de 2013) y cómo te podrían afectar:

Remuneración. Las empleadas que trabajen durante 32 horas o más por semana (en una misma casa) cobrarán a través de una cuenta sueldo. Esta cuenta bancaria la tendrá que abrir el empleador y es sin costo para la trabajadora. En los casos de un trabajo por menos horas semanales, el pago mediante el banco es optativo.

Pese a esta obligación, el decreto reglamentario dice que la empleada puede pedir que le paguen en efectivo (nota: desde septiembre de 2014 suben los aportes obligatorios a la AFIP, mirá «Cuánto es el nuevo aporte de la empleada doméstica (septiembre de 2014)«).

ART. El decreto reglamenta el artículo de la ley sobre la cobertura de accidentes laborales y obliga a los empleadores a contratar con una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART).

Además, establece que la AFIP será la que cobre la cuota (que se sumará al aporte mensual) y después distribuirá los fondos entre las ART.

Consultá esta nota con los detalles del nuevo régimen, que es obligatorio desde noviembre de 2014 «Empleadas domésticas: cómo es el nuevo régimen de ART«.

Por el momento, entonces, quienes tienen contratado un seguro de accidentes personales para cubrir a su empleada doméstica, pueden seguir con este sistema hasta que venza el período del contrato.

Pago de las vacaciones. En el caso de que la empleada trabaje sólo algunos días por semana, para calcular las vacaciones se multiplica la cantidad de días de la semana, por las semanas que le corresponden de licencia anual. Por ejemplo, si trabaja dos días por semana y tiene menos de 5 años de antigüedad (14 días corridos de vacaciones), se pagarán 4 días. El monto es el que cobra normalmente.

Vacaciones mínimas. Si una empleada no cumple los 6 meses de trabajo dentro de un año calendario, necesarios para tener la licencia anual completa, la ley establecía un día de vacaciones cada 20 días de trabajo corridos.

En la reglamentación se fijó un mínimo de días corridos de vacaciones pagos:

–          Si trabajó entre 4 y 7 semanas, le corresponderá, al menos, 1 día.

–          Entre 8 y 11 semanas, 2 días.

–          Entre 12 y 15 semanas, 3 días.

–          Entre 16 y 19 semanas, 4 días.

–          Más de 20 semanas, 5 días.

Las vacaciones comienzan el primer día hábil de trabajo habitual de la semana; y si es feriado, al siguiente.

Cuota sindical. Hoy la afiliación al gremio es voluntaria y cada empleada debe ir a abonar la cuota al sindicato. Ahora se encomienda a la AFIP a implementar el cobro de esta cuota sindical y derivarla al gremio correspondiente.

Empleo temporario. Se puede contratar una empleada por tiempo limitado (se llaman eventuales o por temporada), siempre y cuando se haga un contrato por escrito donde quede asentado los motivos. Si es un reemplazo de otra trabajadora (por ejemplo, en caso de licencia por maternidad), debe quedar por escrito el nombre de esta.

Empleo de menores. También tiene que quedar asentado en un contrato. La trabajadora debe tener un certificado médico de que está apta para el empleo y, además, tener certificado de los estudios terminados. Los menores de 18 años no pueden trabajar más de seis horas diarias y en horario diurno (desde las 6 hasta las 20 hs).

Antes de contratar un menor de 18 años hay que tener en cuenta estos y otros requisitos estrictos porque si no la relación se considerará mal registrada.

Tribunal para resolver problemas. Se crea el Servicio de Conciliación Obligatoria para el Personal de Casas Particulares (SECOPECP) para resolver las controversias entre trabajadores y empleadores. Este funciona.

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Cuánto es el nuevo aporte de la empleada doméstica (septiembre de 2014).

Qué hay que tener en cuenta al contratar una empleada doméstica.

Paso a paso para registrar el servicio doméstico.

Empleada doméstica: cómo es el nuevo recibo de pago.

Remuneraciones del servicio doméstico.

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Por: comunidadpresupu-admin

Comentarios

241 comentarios

  1. emilce emilce dice:

    hola soy emilce quisiera saber que sueldo me corresponde ya que trabajo 6 horas diarias 4 dias a la semana en este momento me pagan 2300 y hace 16 años que trabajo estoy en blanco hace 2 años trabajaba 5 dias a la semana pero ahora me recortaron 1 dia quiero saber si lo que me estan pagando esta bien desde ya gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Emilce,
      Acá está la nota con los nuevos sueldos desde septiembre de 2013. El mínimo es de $ 3.864 por 48 hs. semanales de trabajo: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/cuanto-cobran-las-empleadas-domesticas/ (en la nota se explica como calcular por menos horas).
      Slds.

  2. graciela graciela dice:

    hola trabajo 3 dias a la semana hace 4 años,no me queda claro cuntos dias de vacaciones me corresponden,gracias.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Graciela.
      Hasta 5 años de antigüedad son 14 días corridos de vacaciones.
      Slds

  3. silvia silvia dice:

    por favor me podrán informar si en el sindicato entregan el decodificador de televisión digital ? para nosotras las empleadas domesticas seria una buena ayuda porque los cables privados son muy costosos
    espero su respuesta , gracias

  4. daniel daniel dice:

    Hola, tengo una empleada que trabaja dos dias a la semana 4hs diarias osea 8hs semanales. Cuanto deberia ser el sueldo mensual. Las opciones que lei son de 4hs dia pero todos los dias de la semana.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Daniel,
      en realidad, es un proporcional de los $ 3.864 mensuales por 48 hs.
      Sin embargo, para 8 hs. semanales, lo más común es que se pague por hora y el mínimo legal en este caso es de $ 30 (aunque se está pagando más).
      Slds.

  5. Mirta Mirta dice:

    Quisiera saber si a una empleada domestica contratada por hora justo uno de los días que le toca venir es feriado, se le debe abonar igual como si lo hubiese trabajado?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Mirta,
      Sí corresponde.
      Slds.

  6. natali natali dice:

    hola trabajo de lunes a viernes 35 horas y media por semana. Hago el trabajo domestico y cuidado de dos niños. Quisiera saber cuanto tendria q cobrar por mes y hace ya un año q trabajo quisiera saber cuanto de vacasiones me tendria que tomar

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola,
      El sueldo mínimo desde este mes para el cuidado de personas es de $ 4.296.
      Las vacaciones, por menos de 5 años de antigüedad, son 14 días corridos (dos semanas).
      Slds.

  7. clara guarie clara guarie dice:

    Hola mis patrones pueden despedirme.o descontarme..x faltar los dias q m tok trasmiar l dni..soy extranjera..y hace.un aňo siet meses q trabaj cn ellos..stoy cn cama.y mi sueld es de 3500.nada mas y ellos no hacen ni l minimo sfuerzo d trasmitarm l dni.ni ponerm n blanco..x eso decidi trasmitar yo.lo dl dni..x eso pregnto tienen derech d correrm.o descontarm ellos..x los dias q tuv turnos y no m he ido a laburar?gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Clara,
      No entiendo muy bien tu mensaje, pero no hay prevista una licencia especial para realizar trámites. Entiendo que deberías hablar esa situación particular con tus empleadores para recuperar las horas de trabajo otro día.
      Slds.

  8. Hola Paula, tengo una persona que cuida a mis hijos ocasionalmente, sólo cuando la necesito, sin horario fijo. Hay momentos del año en los que viene una vez por semana 3 o 4 horas, a veces un sábado a la noche y hay meses en los que no viene. Necesito saber:
    – si la doy de alta en el sistema, tengo que darla de baja si sé que no va a venir por un mes o más? (por ejemplo en vacaciones)
    – Y con los aportes y ART, cómo se maneja en los meses no trabajados?
    Por último, cómo calcúlo las vacaciones?
    saludos
    Vanesa

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Vanesa,
      Te quiero aclarar que el régimen de casas particulares es para relaciones laborales habituales. Esto quiere decir que si es una persona que va en forma esporádica no la tenés que inscribir ni cumplir con ninguna de las obligaciones de la ley (vacaciones, aguinaldo, aportes a la AFIP, cuota de la ART).
      En realidad, correspondería que ella fuera monotributista y facturara como independiente las veces que vaya a trabajar.
      Slds.

  9. Soledad Soledad dice:

    hola yo quisiera saber si me corresponde cobrar por una cuenta sueldo trabajando 30 horas semanales. gracias.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Soledad,
      Como dice la nota es obligatorio el pago por cuenta bancaria a partir de las 32 hs. semanales. Para los otros es optativo.
      Slds.

  10. mariel mariel dice:

    hola como estas una pregunta yo estoy trabajando con cama dentro de lunes a viernes y mi sueldo es de 3500pesos cuido a un matrimonio de ancianos hace dos años..estoy en negro… cual seria un sueldo normal y justo por el trabajo que tengo

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Mariel,
      Acabo de subir la nota con el aumento de sueldo desde septiembre de 2014.
      Slds.

  11. ana ana dice:

    Y sabes para cuando tienen aumento las empleadas domesticas

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Todavía no hay nada.
      Slds.

  12. jaki jaki dice:

    hola necesito saber si ya rige un aumento para la empleada domestica ya que trabajo 4hs de lunes a sabado mediodia.gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Todavía no.

  13. gaby gaby dice:

    hola yo quiciera saber cual es el sueldo X 5.30 HS DIARIAS.. Y EL DE 4 HS DIARIAS GFAVOR

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Gaby,
      Acabo de subir la nota con el aumento de sueldo desde septiembre de 2014.
      Slds.

  14. golria golria dice:

    cual es el sueldo actual, estamos en el mes septiembre del 2014,y tambien la hora bueno espero su respuesta////

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Gloria.
      Todavía no hubo aumentos en 2014. Están vigentes los siguientes: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/wp-content/uploads/Remuneraciones-servicio-dom%C3%A9stico.-2013.pdf
      Slds.

  15. liliana liliana dice:

    Cuando nos van aumentar el sueldo todo suben el sueldo nuestro esta igual

  16. Lilian Lilian dice:

    Hola! Queria saber si me corresponde dias de estudios. Y cuantos dias me corresponde por año?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Lilian:
      Para rendir examen: 2 días corridos por examen, máximo 10 días por año calendario. Sólo para aquellas/os trabajadoras/es que presten servicios por 16 horas o más. En los demás casos la licencia es proporcional al tiempo de trabajo semanal.
      Slds.

  17. dora dora dice:

    hola. trabajo 24 hs semanales, y mi sueldo es de 2664.45 $ y trabajo en blanco, queria saber si mi sueldo esta bien pago o bien cuanto deberia estar cobrando. gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Dora,
      El sueldo mínimo por 24 hs. es de $ 1610 por mes.
      Slds.

  18. Juan Juan dice:

    Queria consultar que aportes debo realizarle a una empleado que solo realiza tareas 3 horas semanales.
    Slds.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Juan,
      Son los de la categoría de menos de 12 horas semanales. Mirá los montos acá: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/cual-es-el-nuevo-aporte-del-servicio-domestico/
      Slds.

  19. Candelaria Candelaria dice:

    Hola mi trabajadora domestica trabaja 15 hs semanales, según la nueva ley le corresponde vacaciones y aguinaldo? saludos

  20. antonela antonela dice:

    hola quisiera saber si la empleada domestica se embaraza y no notifico por escrito, solo verbalmente, la pueden echar y decir q no sabían q estaba embarazada , si pasa esto ella puedo notificar por escrito y q le reintegren el trabajo

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Antonela,
      Si hay un despido y la trabajadora está embarazada, se presume que es por este motivo. En estos casos, la indemnización es agravada.
      En estos casos, recomiendo consultar a un abogado laboralista para que te asesore.
      Slds.

  21. lucila lucila dice:

    Hola,trabajo 8hr diarias de lunes a viernes,hago tarea generales y cuidados de dos chicos ,me pagan 4000 pesos,quisiera saber si el sueldo es correcto

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Lucila,
      el sueldo mínimo para la cat. 4 de cuidado de personas es $ 3.580 por mes.
      Slds.

  22. Milena Milena dice:

    Hola, yo hace 7 meses que soy niñera en una casa, estoy en blanco como empleada domestica. Yo trabajo dos veces por semana (17 horas). Los dos últimos días falte por enfermedad y uno de esos días el lunes 1-9 me llama mi jefa y me despide (Me pide que no vaya a trabajar mas). Recién hoy me mandan el telegrama. Ese llamado se considera el pre aviso? Tengo que cobrar el mes que me deben mas uno de indemnisacion mas aguinaldo y vacaciones proporcionales y aparte de todo eso un mes por no avisarme con 10 días de anticipan o solo le sumo los 10 días de pre aviso por que me llamaron por teléfono dos días antes de mandarme el telegrama. Espero tu respuestas.
    Gracias!!
    Milena

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Milena,
      El preaviso no se puede hacer por teléfono, sino que tiene ue estar en el telegrama.
      Si el despido rige desde el día del telegrama, entonces te tienen que pagar los días de preaviso.
      Lo que te correspondería es un sueldo más el prevaviso, más vacaciones y aguinaldo proporcionales.
      Cualquier cosa, te recomiendo consultar a un contador o abogado laboralista por tu caso particular.
      Slds.

  23. maria maria dice:

    hola, analia, el sueldo mínimo actual es también, para las empleada domesticas, trabajo mas de 90 horas mensuales, partir de cuando se cobra???
    gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola,
      El sueldo mínimo es solo para los trabajadores que están en la ley de contrato de trabajo.
      Para las empleadas domésticas todavía no salió el aumento de este año.
      Slds.

  24. Analia Analia dice:

    Hola.Mi abuela Ingresó a trabajar en el año 1995, con la ley vieja, como empleada doméstica y la echaron hace unos días ( agosto 2014). siempre estuvo en negro. Queria saber si el rubro antiguedad se lo tienen que pagar segun ley nueva ( 1 mes de sueldo por cada año trabajado, osea 19 sueldos). Gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Analía,
      La indemnización se paga según la nueva ley.
      Slds.

      1. SOFIA SOFIA dice:

        HOLA SOY SOFIA…CUANDO VAN A AUMENTAR EL SALARIO…ESTAMOS MUY ATRÁS DE TODOS…DONDE HAY Q DIRIGIRSE
        PARA RECLAAMAR..?

  25. verónica verónica dice:

    una consulta, tenia una empleada doméstica que trabajó tres meses. Un buen día no vino más. Le pedí que me enviara el telegrama de renuncia y no lo hizo. que debo hacer? muchas grs

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola Verónica,
      Lo que corresponde es que la intimes para que se reintegre al trabajo con una carta documento. Si no lo hace, podés tomarlo como abandono del trabajo.
      esto es lo que dice la ley al respecto:
      «Por abandono de trabajo: debe configurarse la mora mediante intimación fehaciente a la empleada/o a que se reintegre al trabajo.»
      Si no lo podés resolver, te sugiero consultar al Ministerio de Trabajo, para que luego no tengas problemas: 0800-666-4100 (opción 5)
      Slds.