Servicio doméstico

Calculadora del sueldo del servicio doméstico

10/07/2017

calcular-sueldo-empleada-domestica

Con esta calculadora, ponemos en marcha una serie de herramientas para ayudarte en tu economía familiar.  En este caso permite calcular el salario mínimo de pago mensual de las empleadas domésticas.

Desde el 1 de junio de 2016, rige un 18% de aumento, desde diciembre del mismo año habrá otro 15% de suba no acumulativa para los valores mínimos.

SUELDOS MÍNIMOS. Nuevos valores de remuneraciones desde junio de 2017.

La calculadora toma en  cuenta el acuerdo logrado en la nueva paritaria del servicio doméstico.

Los valores mensuales de esta norma corresponden a un trabajo de 48 horas por semana. Para una jornada semanal inferior se toma el criterio de la Ley de Contrato de Trabajo: por menos de ⅔ del tiempo (32 horas semanales) se puede pagar una jornada reducida, en forma proporcional. Por más horas, se paga el valor de la jornada completa.

Ir a la calculadora:
calculadora servicio domestico 3

Cómo usar la calculadora

Primero, elegir la modalidad: cama adentro (sin retiro) o con retiro.

Luego, hay que ingresar la categoría de trabajo.

Por último, la cantidad de horas semanales.

Al oprimir el botón “Calcular” se ve el sueldo mensual que, como mínimo, se debe pagar a las empleadas domésticas.

Esto significa que, por acuerdo entre las partes, se puede abonar una remuneración superior.

Para jornadas superiores a 48 horas semanales hay que sumar las horas extra (50% más que la hora normal los días de semana y 100% más los sábados desde las 13, los domingos y feriados).

PAGO POR HORA: Consultar Remuneraciones del servicio doméstico 2017

 

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Por: comunidadpresupu-admin

Comentarios

224 comentarios

  1. Mirtha Viviana Gomez Mirtha Viviana Gomez dice:

    Buenos Días, mi empleada trabaja de 8 a 14 hs. de lunes a viernes y de 8 a 12 hs. los sábados,osea un total de 34 hs. semanales con un sueldo de 9.000 pesos mensuales . Inició actividad en Noviembre de 2017 , osea hace 7 meses, Mi pregunta es : Cómo cálculo el aguinaldo? Debo pagarle 4.500 pesos de aguinaldo?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      El aguinaldo es la mitad del mejor sueldo del semestre: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/calcular-aguinaldo-empleada-domestica/

  2. Elisabet Elisabet dice:

    hola. consulto lo siguiente, debo registrar a la Sra que trabaja desde 1-6-2015 hasta la fecha. que debo hacer? se puede blanquear la situacion y cuanto seria la registracion. trabaja 3 veces por semana 4 hs por dia.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Sí se puede registrar y pagar los aportes atrasados. Mirá aquí los detalles: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/regularizar-empleada-domestica/

  3. Mirta Mirta dice:

    Hola yo trabajo 12,horas semanal 3horas por dias menos los martes q no trabajo … Me blanquearon pero no me pagan feriados … Me corresponde los feriados y vacaciones por mas q aga 12 horas .. Ah y me pagan semanal ellos

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Sí corresponde el pago de feriados y vacaciones.

  4. María José María José dice:

    Hola, contraté a una persona para realizar tareas de limpieza en casa, comenzó el 21/5/18. Como debo pagarle el mes de mayo ? Y cuando y como debo pagarle el SAC ?
    Por otro lado, al darle de alta en afip, la pagina me direcciona al pago de la ART, pero no me queda claro si yo debo elegir una, en ese caso, cuáles son las opciones ? Y cual es el trámite que debo realizar?
    Y por último, quiero saber cómo y dónde hacer el recibo de sueldo.
    Muchas gracias
    María José _ Cordoba capital

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      Los períodos menores a un mes, se pagan proporcional, al igual que el SAC.
      Mirá acá todos los detalles del régimen de servicio doméstico: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/como-es-el-regimen-para-empleadas-domesticas/

  5. Gabriela Gabriela dice:

    Hola buenos días.
    La señora que trabaja en mi casa trabaja 16hs semanales. 4hs un dia y 3hs x 4 dias. Si ella tuviese que quedarse un día más horas. Por ejemplo 6hs mas como deberia abonarle esas horas? Yo le abono $3500 en mano mas los aportes. Pero no se si esas 6hs se cuentan como horas extras o como que…y a que valor debería tomarlas. Aguardo tu respuesta. Muchas gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Las horas extra son las que exceden las 48 hs. semanales.

  6. xiomara xiomara dice:

    Hola quisiera saber si esto rige para el 2018 tambien ?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Cuando ingresás al link de la calculadora, podés ver los valores actualizados: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/herramientas/calculadoras-2/calculadoras/

  7. VERONICA VERONICA dice:

    EN EL CASO DE CUIDADO DE PERSONAS, SI ALGUIEN TRABAJA SOLO LOS FINES DE SEMANA, LA REMUNERACIÓN A TOMAR ES COMO SI TRABAJA EN LA SEMANA? O SE PAGAN EXTRAS??
    EN ESE CASO COMO CALCULO EL SUELDO, POR HORA O POR UN PROPORCIONAL DEL MES???
    POR ULTIMO SI CADA DÍA TRABAJADO ESTA MÁS DE 8 HS. DIARIAS EL EXEDENTE SE PAGA COMO HORA EXTRA???

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Las horas valen lo mismo el fin de semana, salvo que sean horas extra.
      Las extra se pagan a partir de 9 horas por día.

  8. Ana Ines Garcia Ana Ines Garcia dice:

    Hola! Estoy buscando una niñera x 6hs…no quiero que haga limpieza pero si que me mantenga lo minimo (camas y todo lo que se ensucie mientras ellas está como platos y demás)…no sé cuánto puedo ofrecer…me das una idea por favor? Y en caso de que sean 9 horas y media? Si es que no consigo jardín para el bebé tengo que tener esa opción tb…Muchas gracias!

  9. Paola Paola dice:

    Hola! Quisiera saber si tengo que pagar a mi niñera que trabaja 12 horas semanales, en forma mensual. Debo pagar por hora o mensual. Quiero inscribirla y no sé cuánto debo poner en el registro de alta. Gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. No hay ninguna normativa que diga cuándo pagás mensual o cuando por día.
      En tu caso, es algo que depende un poco de lo que arregles. Lo que tenés que considerar que el mes se paga siempre igual (no importa cuántos días hábiles tenga) y el pago diario, cuando va a trabajar.

  10. Marta Sanchez Marta Sanchez dice:

    Hola Yo trabajo en casa de familia 6 horas días de lunes a viernes ahora la Sra me quiere reducir a 4 horas diarias,la pregunta es debo aceptar a q me reduzca el horario o me debo oponer porq es mi derecho o no tengo derecho a negarme, espero tener pronta respuesta gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Si te reducen el sueldo, te tienen que indemnizar por la diferencia.

  11. Mariel Mariel dice:

    Cuido a un nene y hago todas la tareas de limpieza de la casa.
    Son 30hs. semanales.
    ¿Me corresponde el mismo sueldo que una niñera que se dedica solo al cuidado del nene o más?!gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Se toma la categoría donde se desempeñan la mayor cantidad de tareas.

  12. Lucia Lucia dice:

    Hola una consulta mi patrona fallecio. Su esposo me quiere volver a poner en blanco y con su esposa trabaje 10 años. Me corresponde q me pague los años trabajados ya q el quiere empesar de cero trabajo 16 hs semanales y me paga 6000 esta bien lo q me paga ??

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. En esos casos se considera que es una continuidad de la relación laboral anterior. Él empieza desde cero como empleador pero te tiene que considerar la antigüedad

  13. MariP MariP dice:

    Hola. Quisiera saber cuánto corresponde pagar a una persona que cubre el fin de semana en el cuidado de personas, es decir, desde el sábado a las 13hs hasta el lunes a las 8hs.

    Gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Se calcula según las horas de trabajo semanales.

  14. sabrina sabrina dice:

    Hola me ofrecieron trabajar en blanco. 30 hs semanales. De cuanto seria el sueldo. y a partir de marzo de lunes a sábado de 10 a 14. se mantendría el mismo sueldo.. o cambia al ser q el sábado trabajaría dsp de las 13.. gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Los sueldos se calculan según las horas semanales. Las horas extra se pagan más si son los sábados desde las 13. En todo caso, trtá de arreglar un pago extra si te parece. Slds.

  15. Maria Noriega Maria Noriega dice:

    Hola me contrato la mujer de mi hermano para cuidar a su niña y despues de unos dias mi hermano hablo con migo y me dijo de aser mas tareas en su casa labar limpiar cocinar llevar y buscar la niña en jardin hacer curaciones a su mujer y al niño recien nacido.
    Y pasado el tiempo no me pagaron.ellos siempre dicen que cuando tengan plata me van a pagar los meses que trabaje.
    Pero hace unas semanas que dijeron que ellos no me van a pagar. Algien se sabria decir donde debo diridirme para hacer que me pagen lo que me deben

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      consultá al sindicato de empleadas domésticas de tu ciudad

  16. elisa elisa dice:

    Por favor le agradecería me informe cuál es el sueldo mínimo para una cuidadora: horario: de lunes a viernes de 21 hrs a 9 hrs, y sábado desde las 15 hrs hasta domingo a las 15 hrs

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Estos son los valores que rigen desde diciembre, según la categoría (la 4 es cuidado de personas): https://www.presupuestofamiliar.com.ar/aumento-empleada-domestica-desde-diciembre/

  17. PABLO PABLO dice:

    Buenos días, quisiera saber cuando me corresponde pagar por hora y cuando en forma mensual. Creo entender que para que corresponda abonar un sueldo mensual el trabajador debe trabajar como mínimo 48 hs semanales, es correcto ?. Si es correcto quiere decir que aquel que trabaje 47 horas semanales se le deberá pagar por hora trabajada ?. Muchas gracias

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola.
      La ley no establece nada. Hay una interpretación (no una normativa) que dice que por menos de 24 horas semanales se paga por hora, pero no lo dice en ningún lado. Es un poco arbitrario.
      La diferencia es que el pago mensual siempre es igual, no importa cuantos días laborables tenga el mes. En cambio, en el pago por hora, sólo se abona el día que va a trabajar (además de las licencias y feriados).

  18. Noelia Noelia dice:

    Hola yo quisiera saber los sueldos para diciembre para cuidados de personas con retiro,si trabajo 5 horas de lunes a viernes y si me podria informar sobre vacaciones, cuanto me corresponde si estoy trabajando hace 9 meses? Gracias

  19. roberto roberto dice:

    Para una empleada que trabaja por horas (4 por semana), se pagan sólo los días efectivamente trabajados? Por ejemplo, si viajo, corresponde pagar el día de trabajo?

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Si le pagás por hora, se paga los días que trabaja.

  20. Florencia Florencia dice:

    Hola quisiera saber si me corresponde liquidación al estar solo un mes en blanco y haber renunciado

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      No

  21. rodrigo rodrigo dice:

    Hola la calculadora para definir el pago mensual en función de las opciones que se coloquen esta muy buena. Lo que si la misma no considera el pago de jornada completa al trabajar por encima de las 32 hs semanales. Es decir si le pongo 40 hs me sigue sacando un proporcional cuando en realidad segun entiendo debería figurar como resultado la jornada completa.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Es cierto Rodrigo,
      Lo puse así porque en algunos lugares, como Bs. As, el Ministerio «interpreta» que es un proporcional siempre (en realidad, lo cambié porque al principio lo había hecho con el monto total en más de 32 hs).
      Yo sigo tomando como correcto el pago total por más de 32 hs. porque no hay ninguna norma en la cual se basan para esa interpretación y, el día de mañana, las autoridades y lo que interpretan puede cambiar. En ese caso, podés poner el total de 48 hs. y listo, te da el total.

      1. Sergio Yanov Sergio Yanov dice:

        Hola Paula, mi nombre es Sergio Yanov y Trabajo para el Sindicato de Personal de Casas Particulares UPACP, la respuesta que nosotros damos sobre este tema es la siguiente:
        La explicación legal es: Entre 32 y 48 hs. va el sueldo total como si trabajara 48 hs
        Esto surge de la modalidad de jornada reducida, técnicamente se llama «trabajo a tiempo parcial». Esto está contemplado en el art. 92 ter de la LCT, que receptó a la Ley 26.474; en la Ley 26.844 no está. Por eso se aplica residual o subsidiariamente (ello, de conformidad a lo establecido por el art. 72, inc. a) de la Ley 26.844).
        Es trabajo a tiempo parcial EL MENOR A LOS 2/3 DE LA JORNADA COMUN (48 hs.); consecuentemente el de menos de las 32 hs. Si es de menos de 32, se calcula proporcional al sueldo total; si se superan las 32 hs., va el sueldo total (eso dice la norma).-
        Y la explicación o justificación «de la calle» es que si se trabaja 32 horas o mas no le queda tiempo al empleado para tener otro trabajo. También vale que te pidan que vayas las 48 horas mensuales por el mismo sueldo de 48 hs. Pero eso debe establecerse al comienzo de la relación laboral

        1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

          Muchas gracias, Sergio.
          Es la misma explicación que dan en Córdoba y es la que yo tomo.
          El tema es que en el Ministerio, en Bs As, dicen otra cosa si uno consulta. Claro que es una interpretación que no está basada en ninguna norma legal. Por eso, me parece correcto tomar la LCT en forma supletoria, al menos, hay un respaldo normativo.
          Gracias nuevamente por el aporte.

  22. Javier Javier dice:

    ¿En qué casos se aplica el pago por hora? ¿Cuándo se paga por hora cómo es el pago del aguinaldo? ¿Se pagan las vacaciones también como en el caso de pago mensual?
    La persona que tengo contratada le pago en forma mensual proporcional a las 20 horas. Aplico el criterio de la calculadora, pero tomo el básico más un porcentaje extra. Ahora quiere cobrar por hora.
    Te agradeceré si me lo podés aclarar porque en ningún lado encontré cuando se aplica el criterio por hora.

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. No hay ningún criterio para pagar por hora, la normativa no lo dice.
      Algunos interpretan que, si la empleada trabaja pocos días a la semana, se paga por día. Pero esto depende del acuerdo entre ambos.
      El pago de aguinaldo, vacaciones, licencias, etc es igual.
      Lo que va a variar es que van a haber meses que trabaje más días y le pagues más que otros. El pago mensual es siempre igual.

  23. Silvina Silvina dice:

    Hola, tengo q indemnizar a la empleada q atendía a mi mama porque la llevamos a un hogar de ancianos. Trabajó hasta el 30 de junio. Se le pagó el mes de junio y medio aguinaldo. Indemnización: Yo calculé 4 sueldos ( por 4 años de antigüedad) y 7 días de vacaciones proporcionales. No se le paga otro sac proporcional, no?. Ya le di de baja en la Afip y pagué el ver. Hay algo más? Mes de preaviso?
    Muchas gracias x la información!

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Hola. Faltaría el preaviso, según se haya avisado antes o no.
      Cualquier duda, te sugiero homologar todo en el MInisterio de Trabajo, para reducir eventuales problemas.
      Salduos.

  24. Beti Beti dice:

    Hola quería consultar el.pago de indemnización de una niñera que trabajo durante 4 años por 10 hs semanales

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      Mirá en esta nota: https://www.presupuestofamiliar.com.ar/como-dar-de-baja-al-servicio-domestico/
      Cualquier duda, consultá con el Ministerio de Trabajo

  25. Claudia Ballestrini Claudia Ballestrini dice:

    Buenas tardes como calculo un sueldo para una empleada de tareas generales con cama si ingresaria los lunes a las 16 hs hasta los viernes 10hs.quise utilizar la calculadora pero no se cuantas horas de trabajo considerar .Desde ya muchas gracias!

    1. Paula Martinez Paula Martinez dice:

      en la calculadora tenés que poner las horas de trabajo por semana. Si es cama adentro, considerá 8 horas diarias