A partir de febrero de 2026 se actualizan por inflación los aportes a la ARCA (ex AFIP) del régimen de servicio doméstico y se mantienen hasta julio en dos de los tres componentes.
Hay quecordar que el aporte mensual es de un monto único (no se puede dividir) pero tienen 3 rubros: obra social (aporte del trabajador), jubilación (contribución patronal) y ART.
Los dos primeros se actualizan 2 veces al año en función de la inflación del semestre anterior, al igual que la suba de los aportes del Monotributo, : en febrero (período enero) y en agosto (período julio).
El tercer componente, la ART, es un porcentaje del salario mínimo por lo que sube cuando hay aumento de sueldo y también cuando la Superintendencia de Riesgos del Trabajo ajusta el monto fijo.
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Los valores de los aportes hasta julio de 2026
A partir del vencimiento del 10 de febrero de 2026 (correspondiente al período enero), el aporte obligatorio total mensual a la ARCA es de $ 37.095,95 para más de 16 horas semanales.
En el caso de personas que trabajen entre 12 y 16 horas por semana, el total es de $ 13.727,08. Y, si no llegan a 12 horas, hay que aportar $ 8.741,78 por mes.
Así queda el aporte total obligatorio para 2026, con los tres componentes (según la fecha de vencimiento):
-Enero 2026 (período diciembre 2025): $ 34.036,97
-Febrero 2026 (período enero 2025): $ 37.095,5.
Cómo varían la obra social, la jubilación y la ART
Obra social. El monto mensual de este componente subió un 14,3% a $ 21.990,11 mensual (antes $ 19.239,97). Es el mismo valor de la cobertura de salud de las categorías más bajas del Monotributo y se mantendrá durante todo el semestre, hasta el vencimiento de julio (período junio).
El mismo monto se debe ingresar por cada integrante del grupo familiar que se quiera afiliar al servicio de salud, a través del pago de aportes voluntarios.
Jubilación. El aporte previsional completo para el primer semestre de 2026 es de $ 1.821,88 por mes (antes, $ 1.594 ). Se actualiza igual que la obra social. Este es el monto que se debe completar para que la empleada pueda contar ese mes como período aportado para su jubilación futura.
ART. Por el contrario, el monto mensual que se destina a la cobertura de riesgos del trabajo es un porcentaje del sueldo mínimo de la categoría 5, con retiro, para tareas generales. Por esta razón, aumenta junto con el sueldo. También hay un incremento de los montos fijos que define la Superintendencia.
La parte de la ART se paga en el mes en curso, mientras que la cobertura jubilatoria y la de salud son a mes vencido. Por eso, el mes que suben las remuneraciones, también se incrementa la cuota a la ART.
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En el siguiente cuadro interactivo se puede ver el detalle de aportes por mes, según la cantidad de horas trabajadas:
Vencimientos
El pago mensual del aporte obligatorio vence los días 10 de cada mes. El aporte voluntario (diferencia o cobertura de grupo familiar) se paga hasta los días 15 (o día hábil siguiente).
Se puede abonar con un Volante Electrónico de Pago (VEP) que se genera en la web de la AFIP o en forma manual a través del Formulario 102/RT .
A partir de julio 2025, el pago mensual de los aportes se puede adherir al débito automático.
Cómo se mueven los aportes el resto del año
Para el resto del año, los aportes obligatorios y voluntarios del régimen de casas particulares serán los siguientes:
Obra social. Se mantiene en $ 21.990,11 hasta el vencimiento de julio. Desde agosto se actualizará por inflación.
Jubilación. Es de $ 1.821,88 por todo el primer semestre y en agosto también se ajusta por inflación.
ART. El monto se actualiza mes a mes en función del cambio salarial.
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Cuáles son los aportes voluntarios
En el rubro obra social y jubilación, si el trabajador no llega a las 16 horas semanales y el aporte obligatorio es más bajo, puede sumar los aportes de varios empleadores con menos de 16 horas semanales para tratar de completar el monto mínimo mensual.
Si tampoco llega así, la diferencia, se abona a través de aportes voluntarios con el Formulario 575/RT o a través de un volante electrónico de pago – VEP.
Estos dos componentes (obra social y jubilación) no variarán hasta el período junio de 2025. Es decir, los aportes voluntarios por la diferencia se mantendrán hasta el vencimiento de julio 2026.
Casos especiales. Los trabajadores jubilados no pagan el componente de la obra social. En tanto, los menores de edad (de 16 o 17 años) no abonan el aporte jubilatorio.
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