Es para obligaciones vencidas hasta el 31 de agosto de 2021. El monto total no puede superar el límite por todo concepto. Incluye a personas físicas, monotributistas, micro y pequeñas empresas. Se puede dar de baja la moratoria especial para pedir este beneficio.
Mediante la ley 27.653 de alivio fiscal, se fijaron diversos beneficios para distinto tipo de contribuyentes. Entre ellos, se incluyeron la condonación de deudas hasta $ 100 mil para individuos y pequeñas empresas, la ampliación de la moratoria y algunos beneficios para cumplidores.
En esta nota, vamos a detallar qué requisitos hay que cumplir y cómo pedir el perdón de las deudas. En notas anteriores profundizamos sobre los otros temas que trata la ley.
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El beneficio de condonación de deudas apunta a dos tipos de contribuyentes:
Se incluyen obligaciones líquidas y exigibles vencidas al 31 de agosto de 2021.
Estas deudas no deben haber sido canceladas o regularizadas, salvo que se haya hecho en el marco de la moratoria para monotributistas de la ley 27.639 (Ver: “Así es la moratoria especial para monotributistas”). En este caso, se puede dar de baja el plan de pagos y pedir la condonación.
Los siguientes ítems no se incluyen en la condonación, ni suman para llegar a los $ 100.000:
Plazos. La herramienta para realizar el trámite estará habilitada entre el 20 de diciembre de 2021 y el 16 de marzo de 2022 (prorrogado de la fecha original del 2 de marzo).
Para poder pedir la condonación de deudas, los contribuyentes tienen que reunir estos requisitos:
En el caso de los individuos (personas humanas), deberán estar inscriptos al 11 de noviembre y activos durante 2020 en alguno o varios de los siguientes tributos:
Se los considerará pequeños contribuyentes si cumplen con todas estas condiciones:
Plazo. La solicitud se podrá realizar entre el 20 de diciembre de 2021 y el 16 de marzo de 2022.
Para solicitar la condonación hay que ingresar, con clave fiscal nivel 3, a través del servicio “Condonación de Deudas – Título I – Ley 27.653” en la página web de la AFIP.
Cuando se ingrese, el sistema detallará las deudas vencidas que pueden ser condonadas.
En ese momento, el interesado debe convalidar las obligaciones que se van a condonar.
Como resultado, el sistema emitirá una constancia del trámite y generará el formulario F.1006 con el detalle de las obligaciones incluidas en la condonación.
Se podrán presentar reclamos mediante el servicio Presentaciones digitales, en el trámite “Manifestación de disconformidad Beneficio condonación Ley 27.653”.
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Por: comunidadpresupu-admin