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Todo lo que hay que saber para comprar el «dólar ahorro»

tenencia de dólares para ahorro

A partir del 17 de diciembre de 2015, la compra de moneda extranjera fue liberada y cualquier argentino puede comprar sin restricciones. Para ver cómo funciona la compra de dólares sin el cepo hacé clic.

A continuación, la modalidad anterior, con autorización previa de la AFIP, vigente hasta el 16 de diciembre de 2015.

¿Quién puede comprar dólares? Si sos empleado formal, autónomo o monotributista,  podrás comprar moneda extranjera en un banco o una casa de cambio, siempre y cuando tus ingresos mensuales superen un piso de dos salario mínimos, vital y móvil.

Desde enero de 2015, el ingreso mínimo para obtener autorización de Afip para la compra de dólares es de $ 9.432; a partir de agosto de 2015 sube a $ 11.176 y el 1 de enero de 2016 aumentará a $ 12.120.

¿Cuánto puedo comprar? El límite general es de U$S 2.000 por persona por mes. Sin embargo, no vas a poder adquirir todo lo que quieras, sino que tendrás un tope del 20%, de acuerdo a tus ingresos declarados a la AFIP.

Podrás comprar dólares para ahorrar todos los meses, según estos límites. Los montos no se acumulan para el mes siguiente.

¿Cómo se mide ese tope? Según tu situación fiscal los límites son los siguientes:

¿Cuál va a ser la cotización del dólar? Si comprás para tenencia por el mercado formal, vas a pagar la cotización oficial del dólar libre de ese día.

Pero, además, tenés que abonar una percepción del 20% a la AFIP a cuenta de otros impuestos. Este recargo lo podés recuperar al año siguiente, con alguno de los métodos ya previstos  para los gastos en el exterior.

Si elegís depositar los dólares en el mismo banco, por un plazo de 365 días, no tendrás que pagar ese 20%. Para esto, tenés que abrir en tu banco una cuenta especial en esta moneda. Si los sacás antes de ese plazo, al retirarlo te cobrarán el 20% de la cotización oficial de ese momento.

¿Qué pasa con el dólar para viajes y compras fuera del país? No hay ningún cambio. Todas las operaciones siguen con el recargo del 35% (leé “Dólar turista: una guía para viajar al exterior” y “Cómo queda el dólar turista tras los cambios (35%)”).

Según la AFIP, podés pedir dólares para tenencia (con el 20% y según el límite fijado) y también solicitar moneda extranjera para turismo, o comprar con tarjeta (con el 35%).

Cómo es el trámite

Pedir autorización a la AFIP. Antes de ir al banco o a una casa de cambio, tendrás que solicitar que el fisco te habilite.

Necesitás tu clave fiscal (si no la tenés deberás ir a una oficina de AFIP a solicitarla) para ingresar en la página de la AFIP.

Ingresá con la clave fiscal  y accedé a «Consulta de operaciones cambiarias«. Seleccioná la opción “Tenencia de moneda extranjera”, completá el monto y listo.

La AFIP te va a emitir un comprobante con el monto autorizado (puede ser igual o menor a lo que pediste).

Luego, imprimí el comprobante porque lo vas a necesitar. Si no lo hacés en ese momento, podés volver a ingresar luego y en Consultas, volver a imprimirlo.

Si te equivocaste el monto, podés ingresar en Consultas, cancelar esa solicitud y volver a pedir otra.

Mirá este video con el instructivo del trámite:

Comprar las divisas. Con ese papel vas al banco o a una casa de cambio dentro de las 72 horas siguientes a la autorización. En el comprobante de la AFIP te va a decir hasta cuándo podés comprar.

Si se te pasa el plazo de 72 horas, volvé a ingresar al sistema, en la parte «Consultas» cancelá la solicitud y volvé a pedir otra.

Homebanking. Si tenés una cuenta en dólares, algunos bancos permiten comprar a través de su página web, para lo cual necesitarás la clave de la autorización de AFIP (DJAH).

Sin efectivo. La compra de dólares no la podés realizar con efectivo.  En el banco, podés pagar con débito a tu cuenta bancaria. En una casa de cambio, podés realizar una transferencia a la entidad o pagar con cheque de tu cuenta.

¿Y si deposito los dólares? En el mismo momento de la solicitud tenés que decidir si vas a retirar los billetes “verdes” o si los querés dejar depositados por un año en el banco en una cuenta especial.

En este caso, no te van a cobrar el 20% de percepción a cuenta.  Los podés retirar antes de los 365, pero si lo hacés, vas a tener que pagar el cargo, a la cotización de ese momento.

Un incentivo para realizar depósitos en dólares es que el Banco Central implementó una operatoria (a través de sus títulos) para que los bancos generen colocaciones en moneda extranjera a una tasa mucho más atractiva (del 0,5%/0,6%, pasaría hasta más de 2% por plazos largos).

También hay bancos que habilitaron la opción de comprar dólares por Internet depositándolos en las cuentas bancarias comunes en moneda extranjera (cajas de ahorro). En este caso, sí te cobran la percepción del 20%.

LEÉ. «Cómo recuperar el 20% que te cobra la AFIP«.

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