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¿Qué tienen que hacer las embarazadas para cobrar la licencia por maternidad?

asignaciones familiaresLas mujeres embarazadas que trabajan en relación de dependencia también pueden ser beneficiarias de las asignaciones que paga la ANSES (Administración Nacional de Seguridad Social).

Son cuatro: se cobran durante el embarazo, la licencia, el nacimiento, y luego hasta que el hijo cumple 18 años.

Salvo el pago de la licencia, para el que no hay límite de ingresos (ANSES deposita el equivalente al sueldo habitual bruto), a las otras solo la cobran quienes no superen los topes salariales.

En esta nota te contamos qué trámites debés hacer y cómo gestionar el cobro de las asignaciones si estás embarazada.

Asignación familiar prenatal

La ANSES hace un pago durante los meses de gestación y hasta el mes que se produzca el nacimiento a todas las mujeres en relación de dependencia que tengan ingresos por debajo de los 30 mil pesos por mes por grupo familiar, sin que ningún miembro supere los 15 mil pesos brutos en forma individual.

Consultá acá los montos y topes.

Uno de los requisitos para el cobro es tener una antigüedad mínima y continuada de tres meses a la fecha de concepción, pudiendo acreditar antigüedad inmediata anterior en otro empleo.

El trámite se puede iniciar a partir de las 12 semanas de gestación. Pero tené en cuenta que para percibir esta asignación, la acreditación del embarazo debe efectuarse antes del sexto mes cumplido de gestación, no después.

Asignación por maternidad (licencia)

ANSES paga el salario bruto durante la licencia. Para que el pago acompañe el transcurso de la licencia, asegurate de hacer este trámite con tiempo.

Cuando tengas el certificado médico donde conste la fecha probable de parto, lo tenés que notificar a tu empleador, a la vez que debés decidir si tomar la licencia 45 días antes y 45 días después de la fecha probable de parto, o 30 días antes y 60 después.

Si antes de entrar en licencia, no estás yendo a trabajar porque así lo indicó tu médico, el empleador tomará el período de 45 días antes y 45 días después de la fecha probable de parto, sin opción.

El depósito que realiza ANSES puede que no coincida con la fecha de pago habitual. En tu cuenta verás un monto mayor al que estás acostumbrada porque será sin los descuentos de las cargas sociales, como jubilación y obra social. Claro que esos salarios no contarán luego en el pago del aguinaldo.

Un apartado en este punto: la ley en Argentina prevé que a la licencia le adiciones un período de excedencia, de tres o seis meses, tiempo durante el cual no vas a cobrar tu salario. Debés dar aviso con tiempo a tu empleador si te interesa tomarlo.

Qué trámite hay que hacer. Para la Asignación Prenatal y por Maternidad, tenés que solicitar un turno teléfonico al 130 o en la sección Trámites en línea, desde la web de Anses.

El día que te asignen, debés presentarte en la oficina de Anses con el original del formulario lleno (Declaración Jurada Novedades Unificadas. Sistema Único de Asignaciones Familiares).

Lo podés imprimir desde este link.

La parte de “datos del Certificado Médico y Médico Certificante (Prenatal / Maternidad)” puede ser reemplazada por un certificado médico original que contenga los mismos datos, además del nombre y apellido y DNI de la embarazada.

Es muy importante que la parte que llena el médico no tenga firma posterior a 30 días.

Si el titular de la asignación es el padre y la relación con la mujer embarazada no está declarada ante ANSES deberá presentar:

-Si vive en concubinato: original y copia de la Información Sumaria Judicial o Policial de Convivencia

-Si está casado: original y copia del Acta de Matrimonio.

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Asignación por nacimiento

Es el pago extraordinario que abona la ANSES y se puede solicitar entre los dos meses y hasta los dos años de la fecha de nacimiento.

El turno también se pide por teléfono o en el sitio web de ANSES.

Hay que presentar el original de la nota “Solicitud Prestación por Nacimiento/Adopción/Matrimonio” (la podés imprimir desde el sitio de ANSES) .

Además, tenés que ir con original y copia del DNI del titular y del recién nacido. También con el original y fotocopia de la partida de nacimiento.

Asignación por hijo

Es el pago mensual, de acuerdo a los montos vigentes, que abona ANSES.

El pago es por cada hijo menor de 18 años, aunque trabaje en relación de dependencia o sea beneficiario de cualquier prestación de la seguridad social.

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