La AFIP estableció la obligación de pagar la cuota mensual del Monotributo con un medio electrónico y, en forma progresiva se van incorporando todas las categorías.
Si sos autónomo o estás en el Monotributo, ya no podrás abonar el aporte mensual con el pago por ventanilla (banco, Rapipago, Pago Fácil, etcétera) sino por medios electrónicos.
La intención es que, a lo largo de 2017, todos los monotributistas estén bancarizados.
¿Cuáles son las formas de pago admitidas?
Podés pagar el aporte del mes con:
- Transferencia electrónica de fondos. Para esto, debés generar todos los meses un Volante Electrónico de Pago (VEP) y abonarlo mediante tu cuenta bancaria. Mirá el Paso a paso para generar el VEP.
- Con débito automático de tu tarjeta de crédito.
- Con débito de tu cuenta a través de cajeros automáticos.
- Con debido automático en tu cuenta bancaria. Para esto tenés que pedir la adhesión del servicio en tu banco. Si lo hacés antes del día 20, tendrá efecto al mes siguiente.
¿Desde cuándo es obligatorio?
La obligación del pago electrónico de la cuota mensual es escalonada.
Según la categoría, se debía cumplir desde:
Monotributistas categorías K y L (ahora, J y K). octubre de 2016.
Categoría I y J (ahora, H e I). noviembre de 2016.
Categoría H (ahora, G). diciembre de 2016.
Autónomos categorías III y III’. Diciembre de 2016.
Categorías IV y IV’. Noviembre de 2016
Categorías V y V’. Octubre de 2016.
Para 2017:
Monotributistas categorías F y G (antes G y H). Obligatorio desde abril de 2017.
Categorías D y E (antes E y F). Mayo 2017.
Categorías A, B y C (antes, B, C y D). Noviembre de 2017.
Una vez que el monotributista o autónomo empieza a pagar en forma obligatoria por medios electrónicos (puede hacerlo antes del vencimiento del cronograma).
Cuenta bancaria especial
La AFIP también implementó la Caja de Ahorro Fiscal, sin costo, que podrás utilizar para pagar estas obligaciones.
Características:
- Está nominada solo en pesos.
- Se puede abrir en el Banco Nación.
- El titular no debe pagar: costo de apertura y mantenimiento mensual; provisión de una tarjeta de débito; emisión de resumen trimestral, depósitos y extracciones, gastos por débito automático de las obligaciones recaudadas por la AFIP.
- Esta cuenta la podés para cualquier operación bancaria habitual, no solo para los débitos y créditos de la AFIP.