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Monotributista o autónomo, el costo de ser independiente

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A la hora de trabajar en forma independiente, un capítulo importante para analizar son los costos impositivos.

En Argentina, hay dos posibilidades: inscribirse en el Monotributo o tributar en el régimen general, comúnmente denominados autónomos.

¿Cómo es cada uno de los regímenes y cuáles son los costos en cada caso? Lo vemos en esta nota.

Nivel de ingresos

La principal variable para elegir entre el régimen simplificado o el general es la facturación. Los monotributistas tienen un límite anual de $ 896.043,90, en el caso de prestadores de servicios, o de $ 1.344.065,86, si son comerciantes.

Pero, además, hay otros parámetros a considerar: cuánta energía consumen, cuánto pagan de alquiler al año y cuál es su nivel de gasto (mirá en esta nota el cuadro con las categorías y los límites de cada una: “Cuáles son las categorías en el Monotributo”).

Si la facturación es superior, habrá que inscribirse en el régimen general de IVA y Ganancias.

Carga administrativa

Una primera diferencia entre los autónomos y monotributistas es el nivel de complejidad de las tareas administrativas.

En el Monotributo, una vez establecida la categoría el trabajador independiente tiene que pagar un monto mensual fijo que cubre la parte impositiva y de la Seguridad Social.

SIMPLIFICADO. Monotributo: cómo es el régimen para pequeños contribuyentes.

En el caso de los autónomos, en cambio, deben inscribirse en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y en Ganancias. Y tienen que presentar declaraciones juradas mensuales o anuales y liquidar los impuestos, para lo cual, necesitan un profesional y mayor cantidad de documentación.

Diferencia de costos

Además de la complejidad administrativa, la diferencia de costos es muy importante.

El monotributista, cumple en un sólo pago mensual con dos obligaciones: la impositiva (IVA y Ganancias) y la de la seguridad social (cobertura de salud y jubilación). Esta última no la abonan aquellos que, además, son empleados,  jubilados o profesionales que aportan a cajas previsionales propias.

En el caso del autónomo, tiene que inscribirse en el régimen general de IVA y tributar por la diferencia del saldo a favor y a pagar. Si puede trasladar el impuesto a los clientes, podría considerarse un tributo neutro (aunque no siempre es así y, muchas veces, tiene un costo financiero).

Si no es profesional con caja propia ni empleado, además, tendrá que realizar aportes a la Seguridad Social como autónomo.

En este caso, la cuota mensual depende de la categoría (que varía según actividad y facturación). La categoría I tiene una renta de referencia mensual de $ 4.693.51, para la V, la más alta, es de $ 20.651.39.

El monto a pagar se ajusta cuatro veces al año en función de la movilidad de las jubilaciones. A partir de junio de 2018, la cuota mensual de $ 1.501,92 para la categoría I y de $ 2.102.68 en la segunda.

PARA CONSULTAR. Aportes de autónomos desde junio 2018

Esta cuota sólo incluye el aporte jubilatorio pero no cubre la obra social. O sea, la cobertura de salud habrá que pagarla aparte.

Ganancias. Aquí se puede restar de los ingresos los gastos necesarios para la actividad, pero para los profesionales, trabajadores independientes o cualquier otro prestador de servicios, esto es muy limitado, así que la carga fiscal es muy elevada.

Además, los independientes pueden deducir mucho menos que un trabajador asalariado. Para 2018, el piso de los autónomos para comenzar a tributar es de ingresos netos de $ 200.753,73 al año ($ 16.729,48 promedio por mes). En cambio, los empleados empiezan a pagar Ganancias recién a partir de sueldos netos al año de $ 388.123,88 ($ 29.855,68  más aguinaldo por mes).

IMPUESTO. «Cuánto vas a pagar de Ganancias en 2018.

La alícuota es progresiva pero se puede llegar rápidamente a la tasa máxima de 35%.

En este cuadro podés ver un resumen de las principales diferencias:

 

Monotributo

Autónomo

Seguridad Social (aportes para salud y jubilación)

 

 

Independiente. Paga un monto fijo por mes  que sube según la categoría ( $536,35 para la obra social y, entre $ 384,02 y $ 996,04 para jubilación). Independiente. Paga  como autónomo según la categoría (entre $ 1.501,92 y $ 6.608,44 desde junio de 2018). No incluye la cobertura de salud.
Profesional matriculado. Aporta a la caja de jubilación de su colegio profesional. Profesional matriculado. Aporta a la caja de jubilación de su colegio profesional.
Empleado o jubilado. Si también es dependiente, sólo paga lo que le descuentan del sueldo. Empleado o jubilado. Si también es dependiente, sólo paga lo que le descuentan del sueldo.

IVA

Paga un monto único que también incluye Ganancias. Varía según la categoría: entre $ 87,04 y $ 3.584,17 (prestadores de servicios) o $ 6.048,30 (comerciantes). Se tiene que inscribir y liquidar el impuesto todos los meses, se restan saldos a favor. El efecto es neutro si lo puede trasladar.

Tiene costos administrativos y financieros.

Ganancias

Paga un monto único que también incluye IVA Varía según la categoría: entre $ 87,04 y $ 3.584,17 (prestadores de servicios) o $ 6.048,30 (comerciantes). Debe inscribirse y presentar la declaración jurada anual. Empieza a tributar con un ingreso neto de $ 200.753,73 al año (2018).

 

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