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Asignaciones familiares: quiénes las pueden cobrar

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Si sos empleado, estás “en blanco” y estás dentro de los límites de ingresos porías estar incluido en el grupo de trabajadores que reciben el denominado “salario familiar”. También pueden cobrar los monotributistas.

Conocé en esta nota de cuánto son los beneficios, cuándo se cobran, quién y cómo se pagan.

Hay tres sistemas diferentes:

1- Asignaciones familiares para empleados, y jubilados.

2- Asignación universal para desocupados, empleadas domésticas y monotributo social.

3- Asignaciones familiares para monotributistas.

¿TE CORRESPONDEN ASIGNACIONES? Consultá este test de ANSES.

1- Asignaciones familiares para trabajadores en relación de dependencia

Quienes lo reciben. Los trabajadores que están en empresas privadas (siempre y cuando sean formales) y los empleados públicos dependientes de la Nación que no superen los topes salariales fijados, los jubilados y pensionados nacionales y quienes reciben subsidio por desempleo.

El organismo encargado del pago es la ANSES (Administración Nacional de Seguridad Social). Aclaro que los empleados públicos provinciales y municipales también tienen un régimen de asignaciones, que es diferente según el lugar ya que lo fijan las provincias o los municipios, no dependen de la Anses.

Las asignaciones por hijo sólo la pueden cobrar uno de los dos padres, pero la prioridad es de la madre (si ella trabaja).

Desde marzo de 2020, el tope de ingresos es de $ 155.328 por mes por grupo familiar, sin que ningún miembro supere los $ 77.664 brutos en forma individual. Aclaración: no importa si los padres no están casados o no conviven, igual se computan los ingresos de ambos padres legales.

Consultá más abajo, en esta nota, los montos de las asignaciones según tu sueldo.

Cómo se calcula el tope de ingresos. Para ese límite no sólo se suman los sueldos cobrados en la actividad privada, también se incluyen lo que cada uno (o su cónyugue) cobre por empleos públicos, o como monotributistas o autónomos.

Los topes se toman mes por mes, así que, una familia puede cobrar asignaciones un mes y otro no si sus ingresos varían. (mirá «Cómo entender tu recibo de sueldo«)

Cuáles son las prestaciones. Aunque la prestación más común es la Asignación por Hijo (para menores de 18 años), la Anses también paga por: Hijo con Discapacidad (sin límite de edad), Ayuda Escolar (anual), Prenatal (en los meses de embarazo), Nacimiento, Adopción y Matrimonio. Salvo la de hijo discapacitado, todas las otras sólo la cobran quienes no superen los topes salariales.

Además, las mujeres embarazadas cobran la asignación por Maternidad (en este caso no hay límite de ingresos), que es equivalente al sueldo habitual bruto (sin deducir aportes a la obra social y jubilación) de la trabajadora en esta situación. O sea, en los 90 días de licencia, la empresa no abona el salario sino la Anses.

Cuánto se cobra. Los montos de las asignaciones familiares dependen del rango de ingresos de la familia y de cada uno en particular.

Los valores vigentes son los siguientes:

Consultá los Montos de asignaciones familiares y AUH desde Marzo de 2020.

Anterior: Montos de las asignaciones familiares y la AUH desde Diciembre de 2019.

Otras asignaciones:

Nacimiento.

Adopción.

Matrimonio.

Ayuda escolar anual.

Cónyuge (solo jubilados).

Qué trámites hay que hacer. Los trabajadores privados deben declarar a su empleador las cargas de familia (esto debe realizarse una sola vez) y con estos datos, la Anses liquida la asignación por hijo en los meses que correspondan (siempre que no se pasen los topes de ingreso). Cada niño tiene que tener generado su número de CUIL, si no lo tiene, hay que ir a pedirlo a una oficina de ANSES.

En los otros casos, de prestaciones especiales, los empleados tienen que pedir el beneficio mediante un trámite en la ANSES. Hay que pedir turno por teléfono en el 130 o en la página web (www.anses.gob.ar)

Cómo se cobra. La ANSES deposita directamente el monto de las asignaciones en la cuenta sueldo del empleado o en su cuenta bancaria (esto se denomina SUAF, Sistema Único de Asignaciones Familiares). Las empresas empleadoras ya no intervienen más en este tema.

Si necesitás más detalles, mirá en la página del organismo.

2- Asignación Universal por Hijo y por Embarazo

Este beneficio es diferente que las asignaciones familiares de los trabajadores.

Es para los desocupados, trabajadores «en negro», empleadas del servicio doméstico, o monotributista social. Para acceder a este beneficio es necesario que los dos padres (no importa su situación de pareja) estén incluidos en estas situaciones. Mirá más detalles en la página de la Anses.

Si uno de los dos es empleado o monotributista, el hijo (o la mujer embarazada) no puede cobrar la asignación universal.

Montos. El pago mensual de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y de la Asignación por Embarazo se puede consultar en la web de Anses.

3- Asignaciones familiares para Monotributistas

Los pequeños contribuyentes del Régimen Simplificado (Monotributo) pueden acceder a las asignaciones familiares siempre y cuando no sean, a su vez, empleados o su cónyuge, sea asalariado o autónomo.

Cobran lo siguiente:

Mirá en esta nota cuáles son los montos que percibirán de acuerdo a la categoría y cómo obtener el beneficio.

Para seguir leyendo

Cómo entender tu recibo de sueldo.

Qué hay que tener en cuenta al contratar a una empleada doméstica.

Monotributo: cómo es el régimen para pequeños contribuyentes.

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