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Principales dudas sobre el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE)

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La ayuda de $ 10.000 se entregará en abril a trabajadores informales, monotributistas A y B, empleadas domésticas y beneficiarios de la AUH, sin otro ingreso familiar.  

Podés consultar tu cobro en esta sección especial de Anses.

NOTA ACTUALIZADA AL 5 de mayo.  Mirá las nuevas preguntas y respuestas más abajo.

¡NUEVO! Cómo pedir que revean tu caso si te rechazaron el IFE

 

SE ESTÁ ANALIZANDO. El 21 de mayo se habilitó la consulta para quienes no habían entrado (ver pregunta 9) de todos quienes estaban en análisis  o no lo hicieron antes (ver pregunta 10).

RECHAZADOS. En los casos no aprobados (ver motivos posibles en preguntas 3, 4 y 5), Anses los va a revisar, desde el 22 de abril, según número de DNI (mirá cronograma y horarios en pregunta 17). 

PAGO. A partir del 21 de abril hasta el 5 de mayo se abonará a quienes cargaron el  CBU antes del 15 de abril (ver cronograma pregunta 15 ).

PAGO SIN CBU. Se abrió una nueva fecha para  elegir otros medios de pago desde el 27 de abril (ver pregunta 16).

PACIENCIA. Iremos informando cuando se conozcan novedades.

Como una medida para ayudar a las familias más necesitadas en la cuarentena obligatoria por el coronavirus, el Gobierno nacional implementó un Ingreso Familiar de Emergencia (IFE).

Es un monto de $ 10.000 que se otorgará en abril y que se podría repetir en mayo si se mantiene el aislamiento social para todos por el Covid-19.

A continuación, te aclaramos las dudas más comunes sobre el otorgamiento de este beneficio.

1-¿Quiénes pueden cobrar el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE)?

La ayuda está prevista para:

2-Si soy empleada doméstica “en blanco” ¿puedo cobrar el IFE?

Sí, siempre que se cumplan los otros requisitos.

Al principio se había dicho que sólo era para las trabajadoras del servicio doméstico “en negro”, pero el decreto no hace ninguna distinción al respecto.

Pero la reglamentación que están alcanzadas trabajadores del Régimen Especial de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.

3-¿Cuáles son los requisitos para acceder?

La persona que se inscriba tiene que tener entre 18 y 65 años y ser argentino nativo o naturalizado, o bien, residente legal por más de 2 años.

Además no debe tener un patrimonio importante ni renta financiera.

Parámetros de exclusión del IFE (según Resolución 8/2020 del 31 de marzo):

4-¿Puedo tener otro ingreso y cobrar el IFE?

No. Un requisito básico es que ni el beneficiario del IFE  ni otro miembro de su grupo familiar pueden tener ninguno de los siguientes ingresos:

5-¿Qué pasa si en la familia hay dos personas que pueden cobrar el IFE?

En este caso, lo cobra una sola persona del grupo familiar.

Grupo familiar: Según Anses incluye al cónyuge, conviviente e hijos menores de 18 años o mayores si son discapacitados.

Jóvenes de menos de 25 años.  Tienen que informar por declaración jurada una residencia distinta de sus padres para que se los considere por separado. Si tienen hijos, se los considera otro grupo familiar, aunque vivan en la misma vivienda.

Por ejemplo: dos monotributistas A o B (si uno es C, ninguno de los dos pueden cobrar). Un monotributista A o B y una empleada doméstica. Un trabajador informal y un monotributista, o una empleada doméstica.

Se dará preferencia a la mujer si dos o más personas de un mismo grupo familiar piden el IFE.

6-¿Qué tengo que hacer para cobrar los $ 10.000?

Quienes cobran la AUH o la Asignación por Embarazo no tienen que hacer nada (ver cronograma de pago en la pregunta 9).

El resto de los beneficiarios se tenía que preinscribir en la página web de Anses según su número de Documento (DNI). El trámite se cerró el viernes 3 de abril.  

No se aclaró si se volverá a abrir la preinscripción.

7-¿Cuándo se paga la IFE a los beneficiarios de la AUH?

Los beneficiarios de la AUH cobraron automáticamente en la misma cuenta que hoy reciben esta prestación. Fue entre el 3 y el 4 de abril.

El resto de los inscriptos empezarán a cobrar el 21 de abril (ver cronograma en la pregunta 15)

8-Ya me inscribí ¿quiere decir que voy a cobrar?

No necesariamente. La ANSES hace un cruce de los datos para corroborar que la persona o su grupo familiar no tengan otro ingreso incompatible, ni que posean bienes importantes.

Para esto, se tomará la información ya registrada en la ANSES. La situación patrimonial será verificada por la AFIP.

NUEVO. Anses abrirá una instancia para corregir datos para quienes hayan sido rechazados para el el beneficio. Será después de que se pague a quienes se aceptó en esta etapa (probablemente, luego del 20 de abril).

9-¿Y cómo sé que me aprobaron el pago?

Desde el 21 de abril todos quienes se habían inscripto y no consultaron antes pueden ver en la página web de Anses: www.anses.gob.ar si el organismo les aprobó el beneficio.

Entre el sábado 11 y el miércoles 15 se abrió la primera fecha para completar el CBU (cronograma de pago en la pregunta 15)  

El resultado de las evaluaciones realizadas estará disponible en el sitio web  https://www.anses.gob.ar/ingreso-familiar-de-emergencia

10- ¿Qué respuestas me puede dar la Anses?

La consulta arroja pueda arrojar una de estas tres respuestas:

11-Me rechazaron pero hay un error ¿qué hago?

Primero, hay que ver el motivo del rechazo. La Anses dice que se puede consultar en la misma web.

Reclamo. Si uno considera que es un error Anses reverá los casos para corregir datos en el sistema, a partir del  22 de abril (mirá cronograma y horarios en la pregunta 17).

La persona puede tener algunos de los causales que detallamos en las preguntas 3, 4 y 5: tener otros ingresos en blanco (jubilación, plan social, renta, monotributo C en adelante, sueldo en blanco, etcétera); tener un familiar con ingresos (se toman los cónyuges, convivientes e hijos menores); haber trabajado y cobrado más de dos salarios mínimos en los últimos seis meses; tener autos o viviendas de un monto alto.

Hay un correo electrónico, al cual se puede enviar el reclamo con la documentación correspondiente: consultas@anses.gov.ar . 

12- Me aprobaron el beneficio ¿qué tengo que hacer?

Quienes estén aprobados, tendrán que cargar la Clave Bancaria Uniforme (CBU), necesaria para realizar el pago. Es la segunda etapa de «Inscripción, Solicitud y Validación de Datos»

Hay que tener Clave de Seguridad Social e ingresar al aplicativo “Ingreso Familiar de Emergencia”.  Si no tenés esa clave, se puede crear a través de este link.

Lo que se pide es completar o verificar una serie de datos básicos, cargar datos de contacto e informar una Clave Bancaria Uniforme (CBU) para identificar la cuenta bancaria donde se realizará la transferencia del subsidio.

Si está todo OK, te aparecerá el siguiente cartel (mirá fechas de pago en la pregunta 15):

Quienes no puedan informar el CBU según el cronograma lo podrán realizar en la segunda etapa, desde el día 27 (si no pudiste hacerlo entre el 16 y el 20 de abril). Mirá las fechas en la pregunta 16.

13-¿ Cómo se cobrará el IFE?

Anses pedirá la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de su cuenta bancaria para depositar el dinero allí. De esta manera, la persona lo podrá extraer de un cajero o comprar en los negocios con su tarjeta de débito.

La CBU se validará en el mismo momento en el sistema informático (lo hace la Cámara Compensadora Electrónica) que esté correcto.

La cuenta debe pertenecer al solicitante, no puede ser de otra persona. Quien ya cobra asignaciones familiares, recibirá el dinero en la misma cuenta.

Si está todo bien, la ANSES pagará a través de esta cuenta. Si no, ver preguntas siguientes.

14- ¿Puedo sacar una nueva cuenta bancaria?

Sí, es posible. Hay bancos virtuales, como Brubank, Wilobank, Rebank y otros, que permiten crear una cuenta a través del celular, en muy pocos minutos. La mayoría tiene costo cero y permite obtener una tarjeta de débito para comprar o sacar dinero del cajero. Todo se maneja desde una aplicación del celular. 

Además, los bancos públicos iban a permitir apertura rápida de cuentas (hay que ver si, efectivamente, es así). Hace poco se habilitó la Cuenta DNI, la billetera virtual del Banco Provincia de Buenos Aires.

Si no, ver la opciones de la pregunta 16:

15- ¿Cuándo se paga el beneficio? ¡NUEVO!

Cronograma  de pago para quienes informaron la Clave Bancaria Uniformes (CBU) antes del 15 o la tenían  registrada en la Anses:

Quienes informaron el CBU u otro medio de pago entre el 16 y el 20 de abril todavía no tienen cronograma.

16-¿Cómo cobro si no tengo cuenta bancaria?

Quien no tiene CBU, recién podrá elegir la opción de cobro entre el jueves 16 y el lunes 20, según un cronograma. Si no lo hiciste en estas fechas, lo podés hacer desde el lunes 27 de abril. 

En ese caso, se dará la posibilidad de optar entre estas alternativas:

ASÍ FUNCIONA.  Cómo pueden cobrar por cajero quienes no tienen cuenta bancaria.

¿Conviene cobrar en un billetera virtual nueva? DEPENDE. No todos los comercios permiten pagar con estas billeteras. Si necesitás efectivo para comprar, puede ser difícil obtenerlo. La forma sería mediante una tarjeta, pero la tenés que pedir y te tiene que llegar (ahí podrías sacar plata de un cajero o un supermercado).

17-Si me rechazaron ¿cómo y cuándo puedo reclamar?

Hay que ingresar al sitio web de Anses, con Clave de Seguridad Social, en Atención Virtual, entre las 8 y las 16 horas.

El cronograma es el siguiente, según terminación de DNI:

Estaremos atentos a las novedades para actualizar esta nota.

CONSULTÁ. El texto completo del decreto que otorga el IFE.

COMENTARIOS

ATENCIÓN. Debido a la cantidad de consultas en esta nota y con muchas de ellas similares, las iremos aprobando y las responderemos en general. Esto quiere decir que no habrá una respuesta individual en cada comentario).

Sugerimos leer la nota todos los días porque la vamos actualizando con las novedades.

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